TA CUN - 9436191-(18-04-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 9436191-(18-04-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIN'IO - Caducidad
4 TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMÑFe -SECCION SEGUND0 5013 -SECC;ION D Santai de 13ot. D..., abril d.iecii. Ci de mil. novecientos noventa Y seis.
g F:.Dne.í1t Dr. NEVARDO A REYES RQDR1GUEZ
Juicio No. 94-36.191
Demandan te: JUAN 4GUT iN W ILCHES VARGAS
AUTORIDADES NACIONALES Ministerio-de Ministeriu -de Educación Nacional.- FE.]. seor JUAN AGUSÍ IN WILC.HES VARGAE • con C . C No .11 373.344 de Fusauasuy , por intermedio de apoderada en ej erciciu de la acción dp Nulidad > Restablecimiento del presentó demenda ente este Tribunal, el 28 de julio de 1.994, pare que previos los trrni.tes de ley se hagan 1 iuu:i.. Lee declaraciones y condenas PRINCIPALES: PRIMERA: Declarar que operó el Fenómeno dei silencio Administrativo en relación con la reclamación formulada en representación del demandante ente la seora Ministra de Educación Nacional Doctore MARUJA PACHON DE VILLAMIZAR presentada el d.a 10 de diciembre de 1991 por haber transcurrido el término previsto desde la fecha de recibido del escrito por parte de la Administración • in que esta se hubiora pronunciado concediendo u negando lo pedido t.a.t coma lo establece el paraurto 2 articulo 1 i 7
haber transcurrido el término previsto desde la fecha de recibido del escrito por parte de la Administración • in que esta se hubiora pronunciado concediendo u negando lo pedido t.a.t coma lo establece el paraurto 2 articulo 1 i 7 de la ley 58 de 1992 y el Código Contenciasu Administrativo.
SEGUNDA: Declarar 1 Li nulidad del Acto Administrativo implícita en le negativa do le Aclminiet:raci.ón , a prc)nurtc:J.ere en forma concrete conc:ed 'u.indo o n9gando le petición formulada por escrito en nombre -, representación de JUAN AGUSTIN
WILCHES VARGAS.
TERCERA: .:ciar -ar que el demandante JUAN AGUSTIN WILCHES VARGAS tiene derecho eJ pago de tres (3) dotaciones por ahc desde enero de 1990 hasta le presentación de le demande. d.4, CUARTA: Decíarar que la vía Gubern ...,a de reiamo quedó loyalmente aqotada.
PETICION ESTRICTAMENTE SUBSIDIARIñ LE LAS AIT ER lORES Si el escrito del ?línisterio de Educación Nacional sin numero de fecha enero 5 de 1994 firmado po la doctora SOLEDAD DUQUE DE CADENA f.)iroç:tcjra General Adtninzstrat.iv a constituyo una repuesta que pueda çonsiderarse un. acto admiri .Lrativo, en forma ostricLamento sub-sidiaria de las peticiones anteriores, solícito se dec:lae la nulidad de dicho acto."
"CONDENAS
PR1 MERA : Ordenar a l A Na.ión Ministerio de
forma ostricLamento sub-sidiaria de las peticiones anteriores, solícito se dec:lae la nulidad de dicho acto." "CONDENAS PR1 MERA : Ordenar a l A Na.ión Ministerio de .ión acional , el pA uo inmediato y efec:.t±vo de 1s dotaciones tres . por arlo a nue tiene derecho JUAN AGUSTIN WILCHES VARGAS corno efi4pleado del Min.iterio de Educat:ián Nacional y que no han sido canceladas durante 1990. 1991 1992 y SEGUNDA: Se concede a la NaciónMinisterin cl E.
Educ: in Naciorai a paciar al demandante JUAN AI3USTIN WILCHES VARGAS los intereses correntesy mor tc .' t:auados hasta cuando Si-- ofof:tIe? pl paqo TERCERA: Uue sobre 1 as condenas que se profieran V-1111 iquden como ajuste de valor ten icrido como base el indice de precios al consumidor c;ertiticado por el DA¡--¡E durante el tiempo transcurrido
eri la ',iqenc:i.a de 1 a deuda CUARTA: La sen ten ci. e mediante 1 a cue 1 so pone fin a este proceso sera cumplida dentro de los estrictos trm.tnos a que se refiero el ar Liculo t' del Como hechos fundamentales de la acción propuesta :i istaron en el 1 iho lo demandatcirio los siu entes: 1 ) Mi mandante ingresó t. continuado al servicio del Ministerio de Educación Nacional como fur,c;bniario dminist,rativo previo nombrainíen fo y
1 ) Mi mandante ingresó t. continuado al servicio del Ministerio de Educación Nacional como fur,c;bniario dminist,rativo previo nombrainíen fo y posesión según Acto Administrativo Adjunto. 2 . La educación fue nacional i..ada por la i€ de 3 ) . Mi. mandan te ha devengado mensual men te monos de dos salarios mínimos legales vigentes durante los aos 1991) 1991 , 1.992 y 199.3 eúr consta en Ja certi. fi . cacián do sueldos anexos1 4 ) Haata la fechami rnnd. -rte taima 1eq1. 1a. s dctcie que .1'? de diciembre du jj .LLm.LnisLro cada cuatro (4 gratuita, un pr de zapatos .' ibór. no ha recibido en establece la ley 7j Ja cu.e 1 ordena el en frn un ( 1) vestido de ' El Ministerio de reolui.iri 181 del el procediciento.para labor y calzado para de Educación Nacional valor aproximado -par Educación Nacion i'j de octubre de ci sitnit.r o de las emple a dos clt:'1 éstableciondo en cacl.. dotación 1. €rintr 1990 adoptó vet . t:ic:> de Ministerio ci mismo el 1 . secretarias, Mecanógrafas, Recepcionista, Almacenistas, ayudantes de Oficina, Aux.L 1 £re cimirLL•I:.r ¿iLi.,c>. Bibliotecarios, EcÓnc.- Conductores, (Iefj uros y Pagadores.
Almacenistas, ayudantes de Oficina, Aux.L 1 £re cimirLL•I:.r ¿iLi.,c>. Bibliotecarios, EcÓnc.- Conductores, (Iefj uros y Pagadores. 1 1 Para eí: .1 edos que habiñen en clima c:i 1 ido. 1 . .1. 1. ...MLJJEHLS Un in forme consistente en ti 1 uea falda o un voutidO enterizo y un par de zapatos en cuerol c:uvc, valor no exceda do veintiocho (28 salarios iriri1rrio diar tos 1 eqa 1 ev 1 1. 2. HC Un uniforme que consta de camisa, pantalón Y un poi de zapatos de cuero cuya valor no excoda de veintiocho (281 salarios in1ins legales vigentes ci:iari.cw. 1.2. Para ,empleados que habiten en clima frío.. 1.01. M1JJE.RES Un uniforme consiste en un traje estilo tre ct:nplet:o, blusa y un par do zapatos, en cubro. dotación Luyo valor t.Otúi no excede de cuarenta y ocho í 48) salarios mii.mios diani.oj legales vigente. .. t4LW kL E Un uniforme qtue consieto en un ti-aje uomp leLo • camisa, corba ta y un par de en cuero c.t'u valor no ec ceda cLe cincuánta y ta 5:3 salai)s nin1.iiO; d legales vi.qei -ites por dotación. .. Fara asead res auxiliares de serv i.
cincuánta y ta 5:3 salai)s nin1.iiO; d legales vi.qei -ites por dotación. .. Fara asead res auxiliares de serv i. generales, operarios. e i. 1 i ares • &'cn 1 c dibujantes. 2.1. HUii3I: Un uniforme c:ons i. a ten te en un a camisa, un pantalón, una blusa cJe trabajo y un par de zapatos en cuero o en caucho dependiendo del trabajo especi lico dotación cuyo valor no exceda de veintiocho ( 28 i salarios níniríicms diarios. Legales vientes. 2.1. LJJkfE.h Un uniforme que consiste en blusa. una falda, una blusa de trabajo y un par de zapatos en cuero o en caucho dependiendo del4 JuLciç No310 trabajo especifico, dotación cuyo valor no exceda de veintiocho 2E3) slarios mir1moz diarios legales vigentes. - Auxiliares o ayudantes de man ten iuii.en tu auxiliarez o ayudantes. de a imacrt . carpinterou r Jardineros, operarios auxiliares de tcni..cus y auxiliares de servicios generales. Un uniforme que consiste en un overol o un pantalón chaqueta, una c.isa, un par de botas o patos y un par de guantes si las necesidades del oficio lo hacen indispensable; ropa do trabajo según ci trabajo especifico que cIescpea el empleado. El valor por dotación de vestido y calzado no., podrá exceder de veintiocho (LB
oficio lo hacen indispensable; ropa do trabajo según ci trabajo especifico que cIescpea el empleado. El valor por dotación de vestido y calzado no., podrá exceder de veintiocho (LB salarios 'miniírioç diarios legales vigentes. (sic) Mi poderdante a través de la Asociacióvl 2indica1 que los representa ha elevado diferentes Peticiones ante ci Ministerio de Educación Nacional solicitando la entrega de las Ótac:uones cada cuatro (4) meses desde 1989 y hasta la no ha obtenido respuesta favorable a la misma. 7). Mi mandante .tine derecho a la dotación cada cuatro 4 ) meses teniendo como base su sueldo y segun la tabla que a continus€;:iún real izo. El valor aproximado de cada dotación teniendo en cuenta la resolución 131361 del 10 de octubre de 1990 seria el siguiente: dio 1990 Salario mínimo icual diario 1%ó7.50 113 salarios diarios : $24 15oo 28 u 38.290oo 49 U u 53 72_47750 APo 1991: Salarid mínimo legal diario 1.724,= 18 $alarios diarios $31.032,00 28 tt U 48 11 82.275oo 53 91.372oa ófÇu 1992: Sal. arlo aini.mo lentl diario $2 171 oo 18 8a1arios diarios $39.11400 U 60.84400 48 U 104 . 00 115.169,o (.ANo 1$93: Salarlo mínimo legal diario $2..71,25 18 salarios diarios 26 u 76.055oo 1
U 60.84400 48 U 104 . 00 115.169,o (.ANo 1$93: Salarlo mínimo legal diario $2..71,25 18 salarios diarios 26 u 76.055oo 1 48 130 . 3130 00 U U 14391,2 o). Mi. nidarre labora én ci irna fr io dsempeiartdci el cargo de Celador , Clase 11, grado 4)rr?pc)ncL.É?ndoi o 53 ario .ici p dotc1ór1 V / k L.AR 1 0 No • bALMR 10 V / R PO[ No. V . k liii. rio 1) LAR 10 0 LAR 105 DOT (`4CI QN Lcr ;c 1. ON $I...3 h7.50 $72.477.So : 191 17..1.4jo 53 91.3'/2oo 3 274.L1b.uo 1992. 2.. i . .:. 4s. 50? oc 7 16 143 .si. .. i..:.j. 083,75 E1 .939 E 1 30 de d i: teibre de 1993. mipderdanto' e riuevai1ert t:e po 1 i. c: .t Óri ari te o . Mi. o 1 s ter i. o do E:duc:iÓri Nacion.I. a través de apoderado a quien ie le iriirirmó med 1 tn te cociiun . c:.acón do 1 5 do erie r o
E:duc:iÓri Nacion.I. a través de apoderado a quien ie le iriirirmó med 1 tn te cociiun . c:.acón do 1 5 do erie r o ile 1994 f'mada por la do:tor .a SOLEDAD DUQUE DE CADENA 0i.roc:tora G enoral Adi.r.Et.rat1!: que ao o13t2& efectuando el i:rámj.te admirt.rativo repoLt 1/O dopeod i.erdo de 1 a i 1 i.clad 1 10) Por eta u ct: oriei acudo ante -:a cc)i)oraç:i.ón ara que e . ui.:ici.a ./ la. Na:ibn Mini 1,6 ter.'iu de Educ:ac::ión ncioria 1 io olor que a c)durdan te el derecho a recibir • :od.ai dotac:.ores atr asadas o el equ1v:t .1. en te €:n di o o c::on el. reapect.tvo a.) LILOa1 PCiO y )' -ÇC do Lomo ocr L.cjri e ti tu o 1 una 1 e y La 1 ts .. 1 aí en t,: i taron
las elg ion toe i J. rtc.uii.. . 2.. y t3 trt.i.t.uc.oii Pc,itica do Lo 1. oit, b.5. a
t,: i taron
las elg ion toe i J. rtc.uii.. . 2.. y t3 trt.i.t.uc.oii Pc,itica do Lo 1. oit, b.5. a Ley ;Í) dci 9 do d;i.c:jomhre do .1.908_ Ai1:ic:u 1 o S 31 .i 4i. Cód icjci Lotenciueo Adm1riitra.1vo. Oecreto reo lamenLarlo i95. do 1r 5 oo ho ti ¡ un t' Lcr tal No 1 dol IJO 1
Trmjtdo el orc: )ciso ooniormo a la ley , doritr o do 1 termino loqal la Procuradora Doce. Judici.]. do 1 T ríbun. 1 • reuii tió al c:cn copio &No i.5E37 1 de fondo por 1 1 a oxereeadci el 27 de or:tubre do 1. .995 • Fcc.ec 223, Antor U1i ladol i o Chaparro No ano, ten icuido et cuenta que se trata de a;or Lo s imi. 1. ar al a plan teacio y que 'fue aci ido por eota Lrportcit..'ri en son tra::La do). 15 de di cimbre do 1 995, Mao Ponen te Dr. FI L.EMON J :ErIENEZ 00)-lOA por 1 a oua 1 se6 Juiçio No-. 1.91 niqan las pretensiones principales de la demanda s se declara probada la Excepción de Caducidad de la Acciún m respecto de la pretensión %ubsJiria, propuesta por ¡a
niqan las pretensiones principales de la demanda s se declara probada la Excepción de Caducidad de la Acciún m respecto de la pretensión %ubsJiria, propuesta por ¡a entidad demandada0 tfs.561601.demandada '4o exístÍendc: razones que :Lnvai.Lcien la actuac ;.or e procede a resolver la presente controversia,haciendo previamente las siguientes (_O N 3 X DE R 4 C 1 0 N E e trata de la duda por medió de la cual ae pide principalmente la declaración de]. q 1 en C 11-3 adir istrativo negativo por haber transcurrido el térMin0 provisto en la Ley sin quel la administrácián se hubiera pronunciada 'respecto de la petición 'rrn lada por el demandante a la Ministra de Educación Nacional el SO de diciembre de 1.993 l sol :1 citandol e el reirocimiento y pauo de las dotaciones de uniformes de trb&io a. que considera tiene cJerccho. como consac:uencia de lo antetior que se anule Él. acto ficto resultante de la rcktiva Lrnpiic:Lta de la entidad, y nec se declare que el astur tiene derecho a la pretendida dotación de trabajo. t;ubsiuiariamente, demanda la nulidad dei escrito de fecha 5 de enero de 1.994. suscrito poi' la Directora General Admiáistrativa del Ministerio de Educación Nacional, si se t.:ensidera que constituye el ¿::to afILhStrat:Lvo con 91 cual se dió respuest. a a SL( petición i corno restablecimiento del Derecho que se ordene a la entidad
si se t.:ensidera que constituye el ¿::to afILhStrat:Lvo con 91 cual se dió respuest. a a SL( petición i corno restablecimiento del Derecho que se ordene a la entidad accionada cl pago inmediato y eíectivc, do las dotaciones Para 1990. 1991 1992 y 1993 tres por cada ao con los interes corrientes y moratorios casadoe con los reajustes de Le' sin solución de continuidad hsta cuando se efectúe 1 peue r - tp l eadu del Ph r . o J/ No Educación Nacional. El disentimiento dei. actor lo expresa en el concepto de violación diciendo que 1E1 suministro de calzado y vestido de labor está c:onsrado como una prestación a que tienen derecho los servidores Estatales" "La provisión de estos ej. emeri tus cleL'e etuctuarla la administración en las fechas indicadas por el rdenann unto jur idi co" y que esto engendra una ubi iación para €l. Estado que busca brindar unas condiciones Smejoramiento en el estar de los empleados que per . . Li' i un salario bajo con el fin de equilibrarlos con los que tienen ingresos mejores. La Entidad accionada se hizo presente al proceso por intermedie de apoderada, quien dió contestación a la demanda y solicitó que se desestime la primera pretensión de la snirna argumentando que no se debe alegar silencio de la administración "ya que aqui no hubo Abstención de 1 administración de pronunciarse ante las peticiones do los administ.r adc.is pues a dicha reclamación se le diió respuesta
la snirna argumentando que no se debe alegar silencio de la administración "ya que aqui no hubo Abstención de 1 administración de pronunciarse ante las peticiones do los administ.r adc.is pues a dicha reclamación se le diió respuesta mediante oficio de la fecha enero 5 de .t que os un auténtico "&ctoacimuistrativb" . que con €i quedó agotada -la. vía gubernativa, y que respecte del mismo existe caducidad de la acción de conformidad con el articulo 136 del U .C. prescripción de la dotación que pide para el a': 1
- -
1. .
E-i c: Epcior)es que se decidirán, con la controversia por estar relacionadas directamente con el fondo de la. :r sifi Analizada la demanda encontramos que el demandante fue vir,culado al Ministerio de Educación Nacional mediante
Resolución 371 de i. de febrero dc..l97O en el cargo de Celador 11-4 6020--03 de la Escuela HogarFasca Eund tnamarca del cual tmú posesión el 13 de 'febrero de irzi. (fu. 2,7Juicio_No3éi9i,. Si miSUC) se observa a fDlios e y 01 que Mediante escrito dirigid a la Ministra de Ed_jón Nacional y Oficio No 072-9:3 de 30 de dic.iebre de 1.993 ( Vs 8 a 11) solicitó con base en la Ley 70 de 1.988 el pago de dotación UCalzado y Vst do de 1 abur desde al-30 áe diciembre de¡ mismo arc) por las razones que allí expone De igual manera aparece if.12i que un atención a
UCalzado y Vst do de 1 abur desde al-30 áe diciembre de¡ mismo arc) por las razones que allí expone De igual manera aparece if.12i que un atención a la petición anterior se profirió por la Directora General Administrativa de la Entidad el Oficio No. 000698 de enero do 1.994 que textualmente dice u
EL1UBETH VARGAS 6OMEZ
Carrera da, No - 1-3B Oficina 604 anta-fc de Bogotá Apreciada Doctora: Acusamos reciba de su oficio ni(mero 072-93 del pasado 10 de diciembre de 1991 radicado Cfi este Ministerio en la misma fecha por medio del cual remite las reclamaciones i poderes para pago do ck>tac:xÓrde los funcionarios (sic) cjel departamento de c:und inamarca para los &k,s 1939 1990. 1991 1992 y 1993. Al resoct me Permito infçmr10 que la sol .c:.i tud para el Pago de dotac::aór, del ao 1939 ya prescribió por cuanto han transcurrido mas de 1 a partir del 31 de diciembre de 199 en cuanto a 10 restantes acs se está efectuando el trámite administrativo respectivo, dependiendo de la disponibilidad presupuestal Este UI i cc lo 1u€ comunicado a la apoderada del accionanto mediante recomendado de fecha 12 de enero de 1.994, el cual no fue impugnado ni discutido por ésta, quedando con él resuelta su petición agotada la vía gubernativa y constituido ci acto administrativo dardabje
accionanto mediante recomendado de fecha 12 de enero de 1.994, el cual no fue impugnado ni discutido por ésta, quedando con él resuelta su petición agotada la vía gubernativa y constituido ci acto administrativo dardabje ante esta jurisdicción mucho más cuando en el - sc le n ega b a el derecho alegado por prescripción, por ini cual no se configuró el silencio administrati vo alegado e invocado un 1 libelo 4Jen(nusior io tampocoel acto ficto negativo9 juicio Nc:'....e. 191 Lo cual Conduce a que por inexistencia del a..to f .i. c:to detriantiado, desde ente aspecto deba hacerse un pronunciamiento denegatorio do la" respe?ct.Lvas preteriono de la demanda. Ahora, habiéndose eçdido el Of icio No. ('(,)i)698 el 5 de enero, de 1.994, coro acto administrativo expreso en j uiciahJ, e con el cual se d.LÓ respuesta a la sr' 1 i citud del demandante en vía gubernativa y quedando notificado el 12 de enero de esa ac, ,. el actor tensa oportunidad de presentar su demanda contra el misma hasta el d:ia 12 de mayo de 1.994 cuatro meses después), atendidos 1 os términos, contemplados en artículos 35 y 13 del C.0 .A. • do modo que cuando ].a presentó ante esta Corporación el día 28 de julio de 1 .994 (f.19 vtcil habsa transcurrido mas que suficientemente el 1so roquerde para que operare el fenómeno exceptivo de l caducidad de la acción
presentó ante esta Corporación el día 28 de julio de 1 .994 (f.19 vtcil habsa transcurrido mas que suficientemente el 1so roquerde para que operare el fenómeno exceptivo de l caducidad de la acción En tales circunstancies por . L .urrc-spc::'nder e la realida0 procesal so debe acoger la excepción Propuesta por la parte demandada. como lo he venido decidiendo este Lorporacion un casos similares al que nos ocupa, entre,- otros en el falla de esta Sub-Sección O del 13 de diciembre de 1.995, Juicio No.36.211l flan Ponet Dr. E 11 emón Jiménes Ochoa • en el que en La parte pertinente se dijo: '5 Con el oficio mencionado en el párrafo anterint la Administración cijó respuesta a la petición elevada, por el actor o]. 30 de diciembre, de 1.993 ante ci. Ministerio de Educación Nacional. por lo que no se puede deducir que so hubiera. evidenciado la figura dcl silencio administrativo negativo invocada en la demanda g este es el acto cesperto del cual se db.i a haber agotado la via gubernativa por sor el que se debió demandar" al no haberse constituido el fenómeno .juriciic.0 del silencio administrativo. 16_ En razón de lo ana lizado en el numeral anterior • no so operó en n iqun momento el. fenómeno riel silencio adtinist.re tiVc. rcjetivo por cuanto la petición fue resuelta en forma empresa mediante €:'l oficio aludido en el punto eI,t.r'?r'ior,
fenómeno riel silencio adtinist.re tiVc. rcjetivo por cuanto la petición fue resuelta en forma empresa mediante €:'l oficio aludido en el punto eI,t.r'?r'ior, razón su'f i...tente para que no puodui prosperar las pretensiones principales do la demanda4 le JUicio ij. II 7• Respecto de la preterisiún subsidiaria do que dec:lare la nulidad del ac to administrativa c::onter,ido en el oficio No000693 dei 5 de enero de 1994 visible a folio 11 del expcdient debe tenerse en cuenta lo siouiente "El oficio contentivo del acto admi4istrat.i'o fueexpedido el 5 de enero de 1994; notificado mediante recomendado el 12 de enero de 1994 ( folio 11 del expediente); la acción contra este acto ha debido ejercitarse dentro de los cuatro meses siguientes, vale decir a mas tardar el 12 de mayo de 1994. Como se constata al folio 17 vuelto la demanda sólo fue presentada el 29 de julio de 1994, razón por la cual la acción vino a ser ejercida e;<temporneamen1e puesto que 'ja habió sido operado el fenómeno de la caducic1ad de la acción contemplado en ci art. 126 del C.C.CI. resal La ído jo cuci. • en criterio de la Sal c:nnd,tc.e a que se desestimen 1 s s ú p 1 .. cas del 1 ibo lo resr:.ecto de la pretensir pr mci. pai de. ser doc: 1 arado el 3m 1 ercio
que se desestimen 1 s s ú p 1 .. cas del 1 ibo lo resr:.ecto de la pretensir pr mci. pai de. ser doc: 1 arado el 3m 1 ercio (dmmnmstrativo ante la petición del 20 de dicieínbi e de 1 y el acto ficto negativo pues como a se enunció. La cont.ostac:jón de la administración se produjo con el Oficio del 5 de enero del a R o sicjui.ente cntr a el c.:ual nc: .o mn te , rpuso recurso alguno, quedando en esta forma agotada la yía ../a que fue not :i.í.icado por recomend...do ei12 de enero de 1 .994 abriendo la pos ibt 1 idad ie etitab lar la acción Contehciosa Ldiriitrativa hasta eii2. de mayo del mismo aiio. 1 i • en tal oportunidad quedó cerrada al actor la pus:Ábi 1 ¡dad do acudir , vi idainente anLe la jurisdicción a roe lMmctr sobre ci derecho pretendido a lo t-(ili solo ae procedIó çomo ya se dije el 23 de julio de j C94 p - lo cual so doc lar ara probada la excepc mór de caduc:iiad propuesta por la apoderada de la entidad acçionada repec te de la eetic:ión subsidiaria. En méri te de 1 expuéstu, el Ir ibunai. dminmstrativo de Cundinamarca, Secci.ón 3cgunda.. Cub'Sccción 1) admmn istrando .3usti cia en nombre de la Repibi lea deCntambia '1 por auturidad de la Ley;¡
F A L L
- admmn istrando .3usti cia en nombre de la Repibi lea deCntambia '1 por auturidad de la Ley;¡ F A L L 1 Lriécrí ¡as pretensiones principales cinda 2 Declárase probada ja emcepción,de caducidad d la acción propuesta por la entidad demandada, r'(:peCtL) de1. pretencion subsidiariade la demanda. notifiquese, cOfflLI.fl iquee y CiúiÑp .& EE y mil firme gsta ímovidencia, archívese el
N::VPFd)U E,',k ODR 10 ti
L. J í'[ 1 11 LEFON í: 1:
04)