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TA CUN - 94D9963-(30-09-1999)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 94D9963-(30-09-1999)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1999

T BAL ATAT JO DE CAARC SEMON TECEÍA Rektr fl' \DYJDICIACION - Impugnación

EPU8L1CA DE COLQM Trib;jnJ de Cundjnarnaca 15 pr7 iP9 Santafé de, Bogotá Septiembre treinta (30) de mil novecientos noventa y nueve (1999). stwidIe I©nene: DRA. FABIOLA OROZCO Li EMÑO Relarancia. Expediente 94 D 9963

DI)smandanlo. S000EDA2 CAMIRON NTERN ATIONA

LTDA.

  1. La S CEDAD CA R N NTERNAT ONA L LTDA. presenta demanda .inte esta Corporación ^n ejercido de la acdón d controversas contractua cs consagrada en el articulo 7 del Código Contencioso Admnstratüv., para que s declare la nulidad del oficio No, 7611 = 327 de diciembre 17 de 1993, expedido por i Departamento Administrativo de Aeronutci civil en donde se adjudicó la contritacón directa No. 013/93. Por medio de esta dLmanda pretenden se hgan las siguientes decarac.ns y condenas: "a) Que es nulo, de nulidad absoluta, el oficio No. 7613827 del 17 de diciembre de 1993, expedido por la subdirectora administrativa del Dp rtamento Administrativo de Aer.náutic Civil, señora A'lerced-s Bu/trago, mdiante el cu.l se adjudic6 el contrato d que tr.ta la contratación directa No. 013/93 a la firma CIPECOL LTDA. , en razón de ser violatorio del derecho público. b) Que en consecuencia, y como restablecimiento del derecho , se

contratación directa No. 013/93 a la firma CIPECOL LTDA. , en razón de ser violatorio del derecho público. b) Que en consecuencia, y como restablecimiento del derecho , se declare que la firm OAMIRON INTERNATIONAL LTDA. (S apta para la adjudicación de ese contrato, ya que presentó la propusta mas fav.rable para la administración.2 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963 e,) Que s declare qu el funci.nario que suscribió el oficio No, 761 3;27 d 17 de diciembre d 1993, antes citado, es resp.nsable de los perjuicios causados a mi poderdante CA/\iI/Ofj INTERNA TIONAL LTDA. p.r el desconocimient del derecho que tenía a ser favorecido con la adjudicación del c(@,,ntrato mencioiado, d) Que, de igual manera, se condene a la unidad Administrativa de Aeronáutica Civil y/o al Minist-ri. de Transp.nte a pagarle a CAMIRON LINTERNA TIONAL , el valor de los ¡.erjuicios materiales y morales que se demuestren dentro del proceso • posteriormente e) Que a la sentencia se le de cumplimiento en l s términos señalados en el antícul. 176 del CCA , Los hechos cm lo cua S S( basa las pr

tension s son los qu se E.)

transcribn a continuación: 1 E] gobkrno naci(nal decidió forta ecer económicamente sector aeronáutico que para el año de 1993 se encontrab; en gran crisis, para rUo se propuso hacer una inversión mutimHonaria d $16J40000.000, la que sm, canalizó a través de contratación direct;

aeronáutico que para el año de 1993 se encontrab; en gran crisis, para rUo se propuso hacer una inversión mutimHonaria d $16J40000.000, la que sm, canalizó a través de contratación direct; con parcu[ares, esquivando los trámites del proceso citt.rio y utilizando figura de la urgencia (.)vodent

2. Aunque c rresp.nde al Fondo Aeronáutico Nacional (FAN) .ncargarse de financiamiento del sector aer.náutco "aguien s equivocó en materia grave por que en el certificado ex pedido p.r r Consejo de Ministros aparece claramente que autorización de contrtación directa es para e Departmento Administrativo de Aeronáutica Civil y no para el FAN E DAAC y el FAN son des personas jurídicas distintas y con diferentes funciones.

3. El director del DAAC, se preparó Entonces para dar cumplimient contratación directa expidiendo dos resoluciones de dekgción intr,rna de funciones y una circular sobre contrataci6n para as dos entidades, así, a reso[ución No. (1¡72 del 14 de octubre de 19936.11. Es una simp e carta firmada por un funci nari subalterno del oferta h sido DAAC, por a cual notifica al proponente qu 3 Acción Contractual ]Expediente No. 94-t9963 para & FAN, la resolución No, 933 del 3 de novmbre pra e DAAC y [a circuar 1050

d

15 de octubre de 1993 para las dos (Si

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ntid des. En sts reso[ucions e[ director d. DAAC, además de desconocer "que no s puede comprometer con el pr

d

15 de octubre de 1993 para las dos (Si

(-)

ntid des. En sts reso[ucions e[ director d. DAAC, además de desconocer "que no s puede comprometer con el pr FAN, subdelegó de egacionrs presidenciales exc cargo, [e otorgó al subdirector del departamento supuesto de usivas de su Ja facult. de adjudicar y celebrar contratos contra expresa prohibición".

4. La fir

a CAMIR. N 1NTERNAT•NAL recibió el 4 de novmbre de Mí

1993 un invitacn a presentar propuesta en la contratación directa No. 0)13/93, según oficio 7612

02, djunto se Hegó un instructivo (u

con características propias del pliego de condiciones. En a invitación se dice que la contratación directa "será g.bernda p r a ley 111,0 /93"

5. Los informes d evaluación que dbió hacer junta de licitación del DAAC no se consiguieron hasta el 17 de diciembr de 1993 cuando la junta envió a la sociedad COPECOL LTDA. el ofici. Ns. 761327, por el cual consta la adjudicación del contr;to, inf.rmándole que ha sido escogida su propuesta por un valor de $1.399146.040, con un p azo d 25 ds cdendario, c.ntados a partir de la entrega del anticipo y la forma de pag será en giro directo contra banco en el exterior. 6.E acto acusado, contiene las siguientes observaciones: favor'cida. 6.2. La carta es un acto definitivo por que traduce uni voluntad de a

directo contra banco en el exterior. 6.E acto acusado, contiene las siguientes observaciones: favor'cida. 6.2. La carta es un acto definitivo por que traduce uni voluntad de a administración d concluir una actuación administrativa.4 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963 6.3. El acto acus

do fue comunicado únúcmente d proponente •1

favorecido.

7. Ante la m.ignútud de violaciones de los derechos de] demandante,

éSt - se ha visto bocdo a utúDúzr otros med.s jurídc.s CORI# revocatoriwi directa prs'ntadi & 23 de dúcmbre de 1993, ueg la acción & tutea que-,, fue ngada por este trúbun, con & fu dmento de existir otros mcanúsmos judúcúas. COHCEPTO E VLAC. 80193, Vio ación da arL 3, numeral da [ay por cuanto el act de adjudicación no se profirió mediante resolución motivada y se omt a n.tfficacúón a Dos demás proponentes. Vio ación da art 12 122 da a C©at cíóri iaicí©ra[ Nons en as que sit rrsume el principio d. Especialidad. De acuerdo Dto. 3140/6 19)

corresponde al Fi\N todo el financiamiento d& sector •)

ar

náutico, sin em barga, Da autorizad

n de contratIcúón directa se o

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expidió úrrguDarmentI a favor d& DAAC. fi

ar

náutico, sin em barga, Da autorizad

n de contratIcúón directa se o

o

expidió úrrguDarmentI a favor d& DAAC. fi El art. 122 otorga D competencia admúnústr4úva cda funcionario en form especí ca. La subdúrect.ra administrativa d& DAAC, no tenía competencias para adjudicar el contrato en representación de FAN, pues Da competencia ra xcDusúva del dúrctor dD DAAC quien es representante egal de-,,1 DAAC y del FAN. ación da a raaoí©íón o. del 4 de ocbwa da En MI Vio e art. 3 de Da r so ucúón qu de ga funciones, solamente autorúz a a5 Acción Contractual Expediente No. 94-11-9963 subdirectora administrativa, par adjudicar y c obrare contrtos p $50'000. 000 y no por el valor djudicado. Vo ación de arl24 de a . En adjudicación no se determinó suma alguna c como s decía en el instructivo, sino que se dispuso c go un giro d irecto contr un banco en el exterior por e idad d contrato que fu de $1 299

(S

de pactar p go de anticipo. iiiL demanda fue admitida por auto de Enero 1 de 1996, la ntidld de-mandada dio respuesta oportuna la demanda, Respecto de lis hechos, dice qu pra contrtar conforme la figura d urgencia evidente, se cumplieron con todos los requisitos 8 director de la a(ronáutica de acuerdo con la Ley 3 d 1977 vigent para ent.ncs, p total

hechos, dice qu pra contrtar conforme la figura d urgencia evidente, se cumplieron con todos los requisitos 8 director de la a(ronáutica de acuerdo con la Ley 3 d 1977 vigent para ent.ncs, p total Pt,ga 1 46040, vio ando la orden oficio que sirvió de mo valor de[ anticipo, mo forma de v;dor de a o Consejo de Ministros era el reprsentnte de PAN, por ( lo fuc, qu e lo autorizó para contratar en forma directa, cclebró a fvor de FAN. s decir, el contrat se La directora administrativa stabe autorizada n forma general p la realizción de todos los proc r so ución dr., delegación no. 93 sos precontractuak-s, conforme 3 detl 3 d noviembre de 1993. (S) 1) Como razone-,,s de su defensa afirma que , todo 1 proceso de contratación directa, se llegó sigui(ndo los principios lega es; que.,, para hacer una buena escogencia de contratista, s ( puntos de rferncia mediante un instructivo, s técnicos, jurídicos y financieros que fueron optó por laborir un.s hicieron unos estudios levidos a la junta de licitaciones y lugo se escogió Da m:jor propuesta6 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963 Propuso c mo ixcepcon s [a [vd 1a a demanda, por cunt. Da demanda no se dirigió a 137 CCA, Tribunal competent como Do ordena el art. nabd]a designación del demandado. 9 demandante no designó

Propuso c mo ixcepcon s [a [vd 1a a demanda, por cunt. Da demanda no se dirigió a 137 CCA, Tribunal competent como Do ordena el art. nabd]a designación del demandado. 9 demandante no designó en debida forma iD demandado, pues Do denominó Departamento AdnnstratDvo d. Aer.náutca Civil, cuando en re;Udad es Da Undad AdmnstrtDva Especial d Aeronáutica Civil. E ofid

demandado no es cto admDnistrat o, sino una c

mu n c ci ón . 1

y contne una información al proponente ganad.r de iab favor cdo. E demandnte debió demandar tanto Caclucicl

estudio de a propuesta, como Da dcsón de Da junta de ctac r saDdo ad nye oficio, de ]a acción. Corno Da acción impetr;da es de nulidad y r stab e ¡miento del derecho, el plazo para presentir Da demanda vencía a os cuatro meses después de Da producción de oficio demandado. Jv, as pruebas fueron decretadas por auto de Junio 21 de 996.

V. Las partes fueron citadas a audiencia de conciliación, diligencia que tuvo ugar e día 6 de Mayo d 1999, en Da cual Da apoderad1 de D parte demandada manifiesta que-., Da entidad que,, representa no tiene ánimo conciliatorio por considerar que existen razones de fondo por as cuaes Dei AE NTERNAT ONAL ROCDVDL no De adjudicó el contrato CAMD

ON 1

vi, Hacndo uso del traslado pira alegar, e apod actora hace un recuento de los errores que s

as cuaes Dei AE NTERNAT ONAL ROCDVDL no De adjudicó el contrato CAMD

ON 1

vi, Hacndo uso del traslado pira alegar, e apod actora hace un recuento de los errores que s E, rado de Da pirte llevaron a cab. en el7 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963 proceso de c.ntratacón directa No, 013/93. Es así, como afirma qu en primer lugar, existe una delegación equivocada, toda vez que la autorización expdda por el Consejo de Ministros es pra el DAAC y no para e{ FAN, de otro lado el Director del DAAC, delegó sus func.nes de manera ¡legal en le subdirector del DAAC. Igualmente acusa tl demandant que la entidad demandada de manera iIegi hizo la adjudicación d& contrato, en la medida que no se tuviern en cuenta lo r aciondo con el pago de acuerdo con el instructivo anexo a la invitación, adems, dicha carta viola la formalidad de los actos de adjudicación. De otro lado, el apoderado de la pirte actor hace referencia cada una de Das excepciones propuestas p.r D parte demandada, por lo cul concluye que deben pr.sperar las pretensiones de la demanda. Por su parte la apoderada de la Aeronutica Civil, en su escrito de conclusión defiende la legalidad del acto de adjudicación, desde el momento en qur,, se delegó a la Directora administrativa de Hvar a cabo todos los actos precontractuales, quien finalmente adjudicó la licitación, teniendo como base la recomendación de a Junta de licitaciones y adquisiciones.

VII. Habiendo recibido el trámitt legal correspondient y no

cabo todos los actos precontractuales, quien finalmente adjudicó la licitación, teniendo como base la recomendación de a Junta de licitaciones y adquisiciones.

VII. Habiendo recibido el trámitt legal correspondient y no observándose causal de nulidad que invalide lo actuado, se procede a resolver este proceso, previas las siguientes8

Acción Contractual Expediente No. 94--9963 Se pretende mediante este proceso, obtnr que st dec ar nulidad del oficio No. 761 327 de diciembre17 de 1993, xpeddo por & Depirtamento Administrativo de Aeronáutica civi por medio ceE cual se, ordenó adjudicación de L. c.ntr4acón directa No. 013/93

1. Para acredtar os hechos d a dem nda se aportaron las siguientes pruebas: 1,1. Oficio No. 761327 del 17 d octubre de 1993, dirigido a representante legal de COPECOL LTD ., por parte de la Directora Admnstratv d& DAAC. "Ref. Aceptación de la propuesta C ntratación DirecL;i No. 013/93.

Me permito comunícarirg que previo concepto fav.rbIe de la junta de ilcitaciones y adquisiciones en su reunión del 16 de diciembre, act No. 50/93, el Fondo Aeronáutico Nacional, ha acogido favorabIemnte su propuesta para la adquisición de sistemas completos para la recuperación, remoción y traslado de aeronaves accidntados en pistas de aterrizaje o fura de ella s con destino a la división de seguridad aérea de la dirección de operaciones aéreas , de acuer.!o con las cantidades y descripciones contenidas en su oferta presntada

pistas de aterrizaje o fura de ella s con destino a la división de seguridad aérea de la dirección de operaciones aéreas , de acuer.!o con las cantidades y descripciones contenidas en su oferta presntada el 30 de noviembre de 1993, por un valor total de su propuesta d MIL TESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENT•S CUARENTA Y SEIS MIL PESOS CON 12/100 MCTE. ($1.399146.040,12). Este valor además incluye los repuestos, llantas y efrmentos de mantenimiento permanente a foios 51, 52, 54 y 55 de su oferte. Todo debe ser entregado CIF Bogotá y un plazo de ejecución d& contrato de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO (285) días calendario improrrogables, contados a partir de la entrega del anticipo. El mantenimiento preventivo de los equipos los asume sin ningún costo el contratista y este debe ser hasta el vencimiento de la garantía. La forma de pago será GIRO DIRECTO CONTRA BANCO EN EL EXTERIOR",1.3 C donde dice qu s.hctud de d en S(SOfl d-J carator d 2 de s urgen ci (- vdente, formu rtfficacón expedida por & S cretaro del Consejo de NA instros,

ada señor ptñembre de 1993, se apr 1 bó recup ración, remoción y trashdo d aronav ç. 9 Acción Contractual Expediente No, 94-13-9963 1.2. Cerficado d existencia y representación e de la socdd

CAMR . N ONTE TOONA TDA. (FL2 ci)

9 Acción Contractual Expediente No, 94-13-9963 1.2. Cerficado d existencia y representación e de la socdd

CAMR . N ONTE TOONA TDA. (FL2 ci)

Drtct.r del DAAC, pare q u contrat en forma directa os bienes, obres y servicios hasta por un y

or de $16749'000.000. En & numer (.1

16 se autoriza "Adquisición de elementos comp

mentarios para (\

re moci

n de aviones ev nados en piste, consistent en Trailer de O

arrastre de os evion s por un valor de $1.625000.000 (FL7 ci) 1.4. ficio 7612 02 d-1 4 d noviembre de 1993, por medio de cu a el Director Administrativo d DAAC, envi al dímandante un invitación para contratidón directa No, 013/93, dice qu FAN est interesado en contratar la adquisición d sistemas para la recuperación, rmoción y traslado de aeronaves accidentadas en piste di aterrizaje y fueri de ellas, d acuerdo con as cntades y descripciones contenidas n el capítulo V del instructivo adjunto" Lw fechw entrega de Li propuesta será e 30 d noviembre de 1993 a

s 10:00 .m. (F .9ysig. c ) .1

1.5. Documento anexo a la invitadón pra contratar por el sistema de precios unitarios filos la adjudicación de sistme para Va 5 accid ntadas en pistas d at( rrizaj

y fuera de ellas. (álo Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 En el capítulo 1 se relacionan l.is condiciones e instruccion S

5 accid ntadas en pistas d at( rrizaj

y fuera de ellas. (álo Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 En el capítulo 1 se relacionan l.is condiciones e instruccion S generales que consta de presentación de propuestas, documentos y evaluacn, En H capítulo DII, condiciones económicas y financieras. 3.2.2. La forma de pago será el 40% del valor total de los bines objeto de Da pr(sente hcitaci

n dado como anticipo y 60% restante la 1

quidación del contrato. 3.2.4. Dice que los proponentes podrán formulr una única propuesta alternativa financiera "8 FAN dependiendo de Da conveniencia, se reserva el derecho de aceptarla o no, y por tanto modificar Da minuta del c.ntrato" 33.1. DicMI que el plazo de ejecución será d 90 días calendario a partir de la fecha de recibo del anticipo; que el oferenh podrá proponer un pDzo infrrior, "Pero en t.do caso el plaz será el que determine la entidad en la rsoDución de adjudicación el cual será improrrogable salvo caso fortuito o fuerza mayor". En el Capitulo y, se trata de las especificaciones técnicas. 5.4.1. Se debe presentar un programa completo de capacitación y entrenamiento de personal de la aeronáutica. 5.4.2. Respecto de la experiencia del equipo, dice que el oferente debe incluir una certificación de al menos un ciente que fabrique sistemas de recuperción y transporte de aviones accidentados, ae ron ves como un Boeing 747.11 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963

16. Resolución No.

sistemas de recuperción y transporte de aviones accidentados, ae ron ves como un Boeing 747.11 Acción Contractual Expediente No. 94-D-9963

16. Resolución No.

72 del 14 de octubre de 1993, por medio de la 1)

cual, director en su condición de representante ¡egal de de ega unas funcione--,,s y se estabOec responsabUdads, 8 fundamentolega¡ es & art. 21 d& Dto. 1050 de 1968, sobre delegación y el art. 4 y 11 de la ley 3 de 1977, donde establece que as funciones técnicas y administrativas para el desrroo de las actividades propias del FAN serán realizadas por las distintas dependencias del DAAC y que el jefe del DAAC será el representante-. leg.l del FAN Lfl p rfte resolutiva delega al Director Administrativo del DAAC las siguientes funciones: 99 Realizar los actos inherentes al proceso de selección del contratista, celebración y jecución de los contratos que requiera el FAN cuyo valor será igual inferior a $50'000.000. Realizar los procesos precontractuales requeridos para la se ccn de los contratistas respecto de todos los contratos que celebre el Fondo Aeronáutico Nacional. Resolución No. 933 del 3 de Noviembre de 1993, por la cual el director del DAAC delega al subdirector del DAAC, as funciones de realizar actos inherentes a i selección del contratista, celebración y ejecución de los contratos que requiera el DAAC" Con excepción de la suscripción , además dOega funciones al Secretirio Genral, Director Administrativ Director Financiero, Jfe de la oficina Jurídica"

ejecución de los contratos que requiera el DAAC" Con excepción de la suscripción , además dOega funciones al Secretirio Genral, Director Administrativ Director Financiero, Jfe de la oficina Jurídica" (Fl.46 ci) 1.7. Petición de revocatoria directa presentada por CAMIRON ]NTERNATAONAL el 21 de diciembre de 1993, recibida por el Director de DAAC Representante legal de FAN el 23 d& mismoE, d director del DAAC, que rechaz a objción del demandante, firma que a forma de pago prevista en e contrito no fue la acompañó a Da invitación, por cuant 1 en el Dice el cuando misma d s E, E, E, an xo qu nl mis O n. 12 Acción Contractual Expediente No. 94-9-9963 mes y año, solicita adjudicación d empresa CEPOCOL demandante a Revoc tolla Directa de cta de TDA, (FL61 ci)

a contratad

n directa No. 013/93 recído en E, (1)

1.8. E Director d& DAAC respondió la petición ant

ñor 29 d E,

dcmbre y hace consideraciones de cadi una de las razones aducidas por el demandntE,, para finalmente decr que "considera pr.cedent atender Léis socftuds presentadas por e mandante". o anexo SE, dispuso "como conducente •frEcer alternativas por parte de pero t conven. N mbién una forma aDternativ que [a entidid consideró nte , pues w1 ofrcerse en moneda extranjera, al cambio o oferentes", C PECOL ofreció Da f

parte de pero t conven. N mbién una forma aDternativ que [a entidid consideró nte , pues w1 ofrcerse en moneda extranjera, al cambio o oferentes", C PECOL ofreció Da f

rma sugerida por e F .,

vigente para la fecha de inicio di contrato, sE,. r menos oner.so para a entidad. Pero además esos dineros entregados anticipadament estiban garantizados por póliza de minejo y correct utiHzaci R

Sp

cto del precio de Da oferta ganadora, dice el

scrito qu Da oferta E, E, ede CAMORON , fue-, de $2.441241.600, mn tanto que a de CDPECOL, como se hizo en marcos nlemans hac re cambio a pesos, dio como resuDtade Da sumn de $1.65609.66174. Finalmente dice que .1 CEP COL ofreció Da mejor propuest técnica (FL72 ci) 1.9. Demanda de acción d tutela interpuesta por e[ represntante legal de Da sociE,dad d

andante, en el ms de enero de 1994 inte Ii

esta misma corporación donde s

Dicita S( susp(nda e ilegal (.13 Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 procedimiento administrativo de contratación amparado por la dedarcón de urgencia decretada para e DAAC. (FL 6 ci) LIO. Sentencia del 3 de Febrero de 1994, por medio de la cual d Tribunal r chazó por improcedente la acción instaurada , p.r cuanto d actor dispone de otros mecanismos de defensa judiciai para hacer valer sus derechos (Fi. 10 ci)

Tribunal r chazó por improcedente la acción instaurada , p.r cuanto d actor dispone de otros mecanismos de defensa judiciai para hacer valer sus derechos (Fi. 10 ci) 1.11. Acta No. 050/93 de Da Junta de licitaciones y adjudicaciones de 16 de diciembre de 1993. En el capítulo 4 se hace referencia a la adjudcacLi)n de Da contratación directa No, 013/93, donde se presentaron tres propuestas , CEPDC•L LTDA, por un valor d $1.232170$05; CAMDRON INTERNATOINAL, $2.444241.600, incluido el OVA; A y R UNDVERS\L LTDA., valor de Ja propuesta naconazida $29.564.000, incluido e JVA. 8 estudio jurídico dice que todas Das propuestas están "sin observaciones". El Director de operaciones aéreas hace Da siguiente

bservacón: .

"El Cr. GERMAN PAEZ HUERTAS informa que el equipo presentado por la firma A y R UN! VE/!SAL LTDA., no cumple con las condiciones mínimas exigidas en el instructivo. Así mismo informa que la firma CA l, /1 OH INTEF/\iATlONAL no ofreció el equipo completo tal como lo exigía el instructivo en el numeral 5.1. y 5.3.1.4.15, t.da vez que no ofreció el dispositivo para arrastre del sistema completo. De igual manera el Dr. LEONEL BONILLA RAMIREZ Director financiero, expone el estudi,# correspondiente contenido n e! oficio No. 60755 del 13 de diciembre de 1993, en 7 folios y que hace parte de la presente Acta. Así mismo deja constancia que la firma CIPEC•L

financiero, expone el estudi,# correspondiente contenido n e! oficio No. 60755 del 13 de diciembre de 1993, en 7 folios y que hace parte de la presente Acta. Así mismo deja constancia que la firma CIPEC•L LTDA. , presenta su propusta en marcos alemanes CIF ogotá y presenta alternativa fin.mnciera tal como lo autoriza el numeral 3.2.4. del instructivo. Para evaluar en igualdad de condiciones se hizo conversión de Marcos a dólares a pesos Colombianos de acuerdo a la tasa repres-ntativa del mercado a 30 de noviembre de 1993, fechaL (• C de m n d mandi y edos exceptivos a ndebda desgnacón de as partes. E d a In pttud de a

do prop

n como

(1 ni (.

14 Acción Contractual Expediente No. 94-1-9963 límite de la entrega d propuestas. Así mismo informa quela firma A y R UNIVERSAL LTDA, pr. ¡.one como forma de pago ; 1) 115.826.000.#o como anticipo 2)A 1#)s 60 días del pago del .nticipo la suma FR $150.000.000.co, para garantiz.ir el embarque de la Mida. Y 3) el saldo $23.73`. 000. 000 a la liquidación del contrato. Fnament concluye con la siguiente cficacón: CE [COL LTDA. 62

5 punt

(9) s

CAM[RON NTERNAT]ONAL LTDA. 54,4; puntos

AyRUnv

rse td a. 53.92 puntos (

La Junta rec

5 punt

(9) s

CAM[RON NTERNAT]ONAL LTDA. 54,4; puntos

AyRUnv

rse td a. 53.92 puntos (

La Junta rec

mendó al Director Administrativo, "rae

r

s trá ites 1)

. Ñi

n•icsaros para la suscripción del contrto con la firma CEP LTDA. por un vor d. total de $1.39946.04012, este va[or incluye ad

más os rpust.s, Hantas y elementos de mantenimiento (

permanente" (F c2) 1.12. ]CTAftE[ PEP= A Los ux ares de justicia concuyn, que

vor de os p rjucios (Ii

materes corresponde n utDdd neta de $739702.680 y esta sumi actualizada a fech de presentación del experUco, acanz.i una suma de S1.59T01 Z.0: 6, mas el interés legal da una cantidad de 1 .77935.00O, como va or total de Vos perjuicios. (FI. 179 c2)

2. ETUO DE LA EXC15 Acción Contractual

Expediente No. 94-1-9963 Habrán de negarse estas excepciones, en razón a que en consideracLn d& Magistrado sustanciador el líbelo demandatorio reunía todos los requisitos exigidos por el art. 137 del OCA y por eH cidió admitirla mediante providencia qu se encuentra en firme. Aunque inicialmente l demanda fue dirigida ante el Consejo de Estado, est corporaci correspondiente.

n decidió remitirla por competencia

cidió admitirla mediante providencia qu se encuentra en firme. Aunque inicialmente l demanda fue dirigida ante el Consejo de Estado, est corporaci correspondiente.

n decidió remitirla por competencia

Tribuna .

(]

Así mismo, aunque el demandante denominó a la demandda como Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, el magistrada) sustanciad: r procedió a admitirla c.ntra a entidad debidamente denominada, es decir contra la Unidad dministrativa Especial de Aeronáutica CML Respecto de la caducidd de la acción que propone la entidad, es una petición a todas luces improcedente por cuanto la acción impetrada es la de controversias contractuales que tienen un periodo de c.ducidad de dos años y la d mnda se presentó el i de abril de 1994, es decir 4 meses después del oficio demandado. Finalmente propone el demandado la excepciín de inepta demanda por acción indebida, por cuanto considera que el oficio N.. 7613827 del 17 de diciembre de 1993 no constituye un .cto administrativo. La excepción no ha de prosperar por cuanto en consideración de la Sala, el oficio acusado reúne los requisitos mínimos de un acto administrativo, t.da vez que se trata de una manifestación unilateral del señor Director de la Aeronáutica n su condición de epresentante legal del FAN, por medio de la cual escogió como mejor pr(.puesta la presentada por la firma CEPICOL LTDA.16 Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963

3 CARGOS FORMULADOS CONTRA -EL ACTO AN

mejor pr(.puesta la presentada por la firma CEPICOL LTDA.16 Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 3 CARGOS FORMULADOS CONTRA -EL ACTO AN 3.1 © mew ©© v© ación de os acuos 12 122 da a ConsÚlución MacionaL Disponen as normas que se dicen incumplidas qu ninguna autoridad puede ejercer funciones dferints a as quó e asigna ley y que no habrá empleo público que no tenga fund

nes pr.)pas. O

De mteh probtoro obrante en proceso, se encu ntra a resolución No, ¡72 del 14 d octubre de 1993, previa a Da nvtción para [a contratación No, 013/93, n donde el Drctor del DkC, en su condición de rprsntante legal del FAN delega unas funciones, entre otras, al Director Administrativo del Depadamnto Adn nstratvo de Mronáutca Civil para a realización d todos os procesos pr contractue es para selección de Dos contratistas respecto de

1 S

contr tos que r

e FAN. quiera

La degacón no es mas que una transferencia de competencias dmnstratvas autorizada p.r a ley de un sujeto u órgano pra conferir competndas orgniDmente a el atribuidas. Hadend. uso de Da facultad de delegación del Director del DAAC, p.r D Dto. 1050/6 y Da ley 3 Ce 1977, procedió a transferir de una de sus funciones a otro funcionario d mismo organismo p ro d nferor jerarquía. A sí fue como se degó a Director Administrativo a competencia autorizado ejercicio

de una de sus funciones a otro funcionario d mismo organismo p ro d nferor jerarquía. A sí fue como se degó a Director Administrativo a competencia autorizado ejercicio atrbuda a Director del DAAC, para reazar os procesos17 Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 precontractuaDes para Da selección de la oferentes para Da contratación directa No, 013/93 que se ceDebrarí con el FAN En este sentido el cargo no está llamado a prosperar. 32°segundo ciwj©. Violación del u'ftícu© 30, numeral 11i dle la ley 80 de ¶3. Fundamenta el demandante su objeción en que Da entidad no profirió resolución de adjudicación, ni realizó Va comunicad n d las propuestas no fav.rcidas, Para la Sala el cargo no ha de prosperar toda vez que aunque no existe una decisión con características de resolución administrativa, si existe una manifestción unilateral de un funcionario delegado por el representante legal del FAN, por medio de Da cual, acogiendo la recomendacn de Va junta de Jicitacíones y adquisiciones, escogió Da propuesta presentada por CEPICOL LTDA. por un valor de $1.399846.040,12 precio CVF og(1) tá y un plazo d^ ejecución de 285 días. La forma de pago se hrá mediante giro directo contra Banco en el exfrrior. Del texto del oficio No. 7613827, se puede inferir fácilmente un acto administrativo toda ve--z que es una decisión d Da administración c n potestad administrativa y con capacidad de producir efectos jurídic

  1. S.

hora, respecto de falta de comunicación al demandante del ofido

administrativo toda ve--z que es una decisión d Da administración c n potestad administrativa y con capacidad de producir efectos jurídic

  1. S.

hora, respecto de falta de comunicación al demandante del ofido anterior, la Sala encuentra que evidentemente no hay prueba de una comunicación por escrito, empero, mediante otra forma de comunicación, el demandante conoció Da decisión del F

Nde A

adjudicar el contrato a Va firma CEPDC L prueba de ello es la peticiónO e 18 Acción Contractual Expediente No. 94-13-9963 & revocatora directa que formuló & act

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21 d dc bre de .

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1993, es

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