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TA CUN - 95-37160-(07-03-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 95-37160-(07-03-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

FALSA MOTIVACION /INSUBSISTENCIA POR CALIFICACION INSATISFACTORIA DEL SERVICIO (E) j.(//AcOT DE CALIFICACION DE SERVICIOS

TRIBUNAL ADMI NISJRAT IVO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C" tntafé de HOQC:tá 1) E' Marzo siete 7) de Mil rc)vEc:i.Ert.DE noventa y siete ( 1997)

REFERENCIAS

.poderdo Expediente No. 95-37160

Demandante CLARA INES SABOSAL ACOSTA

Demandado NACION-MINEDUCACION-UNIVERSIDAD

NACIONAL

Clasificación ACTOS NACIONALES Asunto INSUBSISTENCIA Magistrado Ponente DR. ILVAR NELSON AREVALO PERICO La demandante de la referencia, por intermedia de Y en ejercicio de la acción de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, presentó :ir•m:trde contra la NaciónMinisterio de Educación NacionalUniversidad Nacional ante este rl buna 1 dando lu ar a la controversia que seresuelve en esta providencia.

1. ACTO ACUSADO U. acr:icDnante acusa la Resolución No. 00083 del 22 di---- Julio e Ju1lo dr:?1994 proferida por el Rr:'i...or de la Universidad Nacional de Colombia por la cual se le declara insubsistente y la Resolución Mc:' 001025 del 24 de agosto de 1994 emanada riel mismo funcionario por medio de la cual se confirma en todas y cada una IlE' BUS partes la primera de las resoluciones enunciadas. ciatias

Resolución Mc: ' 001025 del 24 de agosto de 1994 emanada riel mismo funcionario por medio de la cual se confirma en todas y cada una IlE' BUS partes la primera de las resoluciones enunciadas. ciatias

II. PRETENSIONESTRIBUNAL ADMINISTRATI VO DE CUND 1 NAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION 'C

Exp. No.95-37160 Solicita la Accionante que se Lcen les siguientes declaraciones y condenas: .1. qt..te son nulos los actos administrativos enunciados en el acápite enLerior. Así mismo, solicita lenulidad de le calificación de servicios correspondiente al c a rgo de Se cretaria 16050, Grado 6, correspondiente al período comprendido entre el 26 de agosto (IP 1993 el 26 de diciembre L1C 1993. c:c:çnc:: consecuencia de la anterior deciaracián y ai: ciLi restablecimiento t:ic1 derecho, diEd ..I':ic:fio ¿e la entidad accionad¿.. ( reintegrarla al cargo que venía desempeFencic: o e otro do igual o superior categoría. fiel mi smo, :p lo condene e reconocerle y pagarle las SLLnaS cice dinero que por concepto do sueldos,primas. bonificaciones, auxilios, vacaciones y demás ceno .1 UITIE,t t:os ha dejado de percibir ciceccde el 5 de septiembre de 1984 y hasta cuerdo efectivamente sea teintegrado al v€ei....vic::Lcc: publico como cJicsce:L.iceic.je de Le sentencia que ponga fin al prcecesc:

cuerdo efectivamente sea teintegrado al v€ei....vic::Lcc: publico como cJicsce:L.iceic.je de Le sentencia que ponga fin al prcecesc: se c:Iec.:1ert que no he eiii.st:.icio eciiuc:i.c5 n che continuidad en los servicios prestados e le entidad demandada por quien Jt:.Iiiiid • para todos los efecto%. legales y en especial los referentes con el reconocimiento y paye de las prestaciones suc. i. al es. Que e le sentEncia que se prefiere se le de cumpi imi.en to dentro dr los términosdel Art. 176 y 171 del C.C.A.

III. H E C H 0 5

Los lechos cer que sri apoyan las anteriores cfti el er a....orcee y scercierere que pide la demandante y que aparecen sr fo li. os 47 del expediente, los resumimos as¡: 1 - Mediante Resolución lic:: 00E3E. del ::;: do julio d: 1990 emanada de la Rectoría de la Universidad Nacional de Lo 1 ombi e sedeclaró e doc.).aró insubsistente ster Le su nombramiento en el c:.euiroo de Secretaria 51400E de la Facultad de Ciencias Huur-rais la cual lo fue notificada el 26 de julio de 1994, encontrándose en licencia de maternidad. 2. - Por Resolución No. 00102 5 dei 24 dcc' agosto cice' 1994 emanada de la Rectoría de la Universidad Nacional de Columbia se confirmó en Liedes y cada una de sus partes la Pese luci6n antesTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

emanada de la Rectoría de la Universidad Nacional de Columbia se confirmó en Liedes y cada una de sus partes la Pese luci6n antesTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C" Exp. No.,95-37160 citada, providencia ésta que le fue notificada el 5 de septiembre (it? 1994. Mediante Resolución No. 1583 del 25 de agosto de 1993 fue ascendida en período de prueba al cargo de Secretaria Código 5140 Grado Ob en la Facultad de Artes. 4.-Mediante Oficio No. 0276 del 28 de enero de 1994 suscri te por la Jefe de 1!3.v1S:Lán de Asuntos de Personal Administrativo de la Universidad Nacional de Colombia se le informó que había sido seleccionada para darle nombramiento en cl c:eroc: de secretaria 514008 PCA. en Oficina ce Higiene y Seguridad, a partir del lo de enero tic 1994. 5La calificación a ella practicada se (rizo pera sl cargo de Secretaria 1o50--06 dL'ar'ts t?1 pic'd' comprendido entre el :25 de agosto tic 1993 y el 26 de diciembre de 199. cuztr",dc:) a la fecha de calificación do sus servicios ya ro desempoFaba este cerco sino que hctE::i.s sido ascendida, bajo méritos distinguidos, si cerco de Secretaria 5.140--8CP • cargo pare ci cual debía ser calificada. El iB de julio de 1994 le Ur'ii.''rsi.Uet:i '..LKcic::rlztl de Enlombia-Caja de Provisión Social expide licencia de maternidad .tdsd a

calificada. El iB de julio de 1994 le Ur'ii.''rsi.Uet:i '..LKcic::rlztl de Enlombia-Caja de Provisión Social expide licencia de maternidad .tdsd a su favor, con retrc::'ec::t,,ividsc:I del 7 de julio ,ri .B clt;:' septiembre, de 1994.

IV. D 1 5 F 0 3 1 C 1 O N E 9 y 1 0 L A D A 9 Y CONCEPTO DE LA VIOLACION La demandante seFale como t.r'cti''tprecJidas las siguientes disoosicic:ynes normativas:Art. 23 43.. art. 5:3 de la C.N.

L lo. it) > Ar Ls. subsiguientes del Capítulo :o.. del Decreto Ley .1222 de 1993; Decreto Reglamentario 256 del 28 de enero de 1994. El concepto de la violación aparece esbozado en los fol jr'j: , 3'-'44 del eoed icnte

y. PARTE DEMANDADATRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C"

Exp.. No.95-'-37160

La parte demandada esto es Nac: .ión M:inisteri.o de Educación Nacional dio respuesta al libelo dentro del término otornado c::ori tal fin a travis de apoderado que en su escrito visible al folio 64-•-7 del expediente manifestó oponerse a todas y c:ada una de las declaraciones y condenas por . carec:er de futidameritos de hecho y de derecho

visible al folio 64-•-7 del expediente manifestó oponerse a todas y c:ada una de las declaraciones y condenas por . carec:er de futidameritos de hecho y de derecho En su escri Lo pr OPUSO ioua .1 men Lc' como medios ex cep ..ivo Ci de Caducidad de la acción 1:e :iaua 1 manera la poderada de la Universidad Nac:ic'nai de Colombia contesto la demanda irediante escrito obran Le

al. fol ¡o 7--82 del C:: ped len te en el ue f est 6

oponerse a que se ha. cicran las dcc: :i araciones y condenas preten di cias l::o r 1 a par te a c::tor a por carecer de base en lo hec: hos en cal dere:hci Frc::tou': .Lcua cet te c::ourio me:.;si.o ex c:captivo la Caduc::idad de la ac::ciór

VI. ALEGATOS DE CONCLUS ION La Apoderada de la Universidad Nacional presentó su E•SLritodc conclusión a lo ....:Lic. t52i54 del expediente, en los sicuient.es t€rrninoc.. ,, ,_,•). t o de las ¿5trtUIflE!r t.acaores en que basa sus pretensiones 1 a actora. ci a ir ¡Ti ar que para tomar la decisión de dcc: .k arar 1 a i.nsuL:sistcan cia de su carco la Uriveridad pretermitió uf preciso l p lamento que en esos c:asos debe secaui rse.

decisión de dcc: .k arar 1 a i.nsuL:sistcan cia de su carco la Uriveridad pretermitió uf preciso l p lamento que en esos c:asos debe secaui rse. a acc:jonan te fue nc'mbr -ada mediante Resoluc:ión No. 188TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUND INAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION UCU Exp. No.,95-37160 del 25 ::le agosto de iJ?93 • para el cargo de Secretaria 51400 sometida a un periodo de prueba que permitiría calificar su desempeo Este período que sería calificado iba desde el 26 cJe agosto hasta el 26 de diciembre de 1993

En enero : e de .1.994 • La división de perc:)nal le comunicó ala actora , que por cumplir los requisitos exigidos había si.cic: seleccionada para un nombramiento en el cargo de Secretaria 514008

Al producirse la evaluación del t:JcseinpePl o ordenada en la Resolución 1582, el resultado obtenido fue de 440 puntos, c::c::ins:icieracio como inseti.sfac::torio, con la consecuencia de aue en é l se motivó la :Lnsubs.istenc.ia en obedecimiento de lo establecido en los artículos 7c:' y 90 de l:z t Ley 27 de 1992 Estos son los hechos objetivamente detallados, / que SE' encuentran probados dentro del expediente. Sin embargo, la actc:ra pretende en primer lugar, hacer surtir e la comunicación recibida en enero de 1994 una consecuencia qt..:' no podía tener como era la de tenerla como evaluación de su deserpeF10 durante el periodo de

Sin embargo, la actc:ra pretende en primer lugar, hacer surtir e la comunicación recibida en enero de 1994 una consecuencia qt..:' no podía tener como era la de tenerla como evaluación de su deserpeF10 durante el periodo de pr.i.r:Lia drl Larqu para ci cual había sicic:, nombrada poi medio de la resolución 1588 va citada Y no podia tener estos alcances no icue dicha evaluación debe efectuarse en estricto cumplimiento del reglamento previsto, mediante el di. 1 icuscici aiiisn te de les respectivos formularios cal ....1 cedes por los funcionarios competentes, reglamento que entendió perfectamente la actora cuando presentó el recurso de reposición contra la calificación obtenida a.ii.c:iaitnsnte que fue e la larga ratificada y que sometida el cc:)nc:c:flto de le Comisión de Personal produjo le insubsistencie del carpo ocupado por la S&'ora Se bou a 1 E± cuento el poder otorgado el abogado ci€z' ). a accionen te el mismo ser (sic) icre a le representación para obtener la nulidad restablecimiento del ds'rec:ho • resoluciones 00838 del ; cia julio da 194 y 001.025 del 24 de ec:iostc do 1994 emanadas de la Rectoría de la Universidad Nacional De su texto se deduce nc.: se le facultó dentro del mismo pare hacer las peticiones de la demande incluyendo la do' buscar la nulidad de le calificación de servicios 1 c:orrespondient.e al cargo de secretaria 16050 Grado

su texto se deduce nc.: se le facultó dentro del mismo pare hacer las peticiones de la demande incluyendo la do' buscar la nulidad de le calificación de servicios 1 c:orrespondient.e al cargo de secretaria 16050 Grado a2Ór por le cual no existen congruencia entre el poder y la demanda.Recuérdese que durante este período(.. como secretaria 5i. 40 06 el 30 de agosto de 1993. asevera la mér itos . LOS en virtud de haberla ganado en el presentó previa su inscripción convocatoria. ro co,», r,asrc' en su hoja •j( vida • ) apoderada da la demandada cargo ':le: Esta pos SE desoitqeó 1 que Er.otic:t Posesión ic:iór • la ocupó concurso al cual se la respectiva como lo sino por en

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI NAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION UU E>cp.. No..95-37160 .C)E' otra parte, estabi.ECLLdC:) c:i.te la :iur.iscLicr.iórt administrativa adcc.tiarr? competencia para decidir sobrc un ack.Ár,t.ç: puesto a su c::onoc.iffi.i.antl:) t:::t.Lar'ic:}c:) previamente la vía gubernativa se encuentra agotadas prsmisac que ro se cumplen a cabalidad En 51 presente c 0F2c1 1 n e Y que la actora frente ala pretensión de obtener la ti .ic.lad cJe una calificación de servicios. no hi.:c: la petición previa a la administración, Privándola de

que la actora frente ala pretensión de obtener la ti .ic.lad cJe una calificación de servicios. no hi.:c: la petición previa a la administración, Privándola de pronunciarse sobre taELe aspecto. Así mismo 1 a • apoderada cia la parte actora uresan tc5 su escrito de conclusión a los •f o 1 a.os 155-165, aei Encontrándose prestando cwtc• servicios . c:c::rric::! secretaria 5140 0 ) la i • • )Directora del Departamento de Literatura califica al periodo cia servicios comprendido entre si 26 do apesto y el 2 de diciembre de 1993, croo un oui'i Lraj a t:ie 440 c)k,,e enfatizarse que el cargo de secretaria 514() 0E3 si fue ec:L.tpadm: con base en el estudio cia la hoja de vida de el 3 o da cuenta el oficio 276 riel 28 cia enero de 1994. Observado lo a,t:erior, resulta i.ncic.cbi.t.abia afirmar que la motivación registrada sr los incisos In.,2o de la parte considera Li va dc. la Resolución 0830 del 22 de julio de 1994 no se ajusta a la verdad y • ES contraria a derecho, putas nada es mas c:ier....Lo que la S&ora. SPiIBOOAL ACOSTA del 26 de agosto al 24 de diciembre d-1 993 ocupó el cargo de .ac..re traria 3140 -oB de la Facultad de Ciencias Humanas de J.c Universidad i.t:.ion,a E menos aun ea a iu.a a la verdad

diciembre d-1 993 ocupó el cargo de .ac..re traria 3140 -oB de la Facultad de Ciencias Humanas de J.c Universidad i.t:.ion,a E menos aun ea a iu.a a la verdad derecho, que la cal it icaciór, de 440 puntos a que alude e l proveído anotado en su inciso 2e corresponde ...la cal ...F r: ación c:c'nic:' secretaria 5140-08, pues como ya vp anetó a aparece cita manera evidente en el folio estaTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI MAMARE-A SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C Exp No..95-37160 posición .c: J.c:: cc' ejerció duran te calificación otorgada correspondo entre el 26 de ac:c::'c Lc: y o1.b de tiempo durante el cual Secretaria 514006 el ao c:le 1994 y 1 al lapso comprendido diciembre de 199 co deesr:'oá como Quien calificó a CLARA ENES "'r'r ) la Doctora SARA GNZALEZ RAMIREZ. Directora del Departamento de Literatura, a quien conforme a la, Resolución NO. .1304 ci:L 17 de agosto de 1993 se le confirió "...durante el período comprendido entre el b de septiembre y ¿ de octubre do 1393. comisión en el exterior con fines .irlves t.xoat.ivos y quien de acuerdo a la Resolución No 2018 del 9 do diciembre de ,, reintegró a sus labores el 7 de octubre de la misma anualidad DO consiguiente durante el período al cual se con tr-aj o

acuerdo a la Resolución No 2018 del 9 do diciembre de ,, reintegró a sus labores el 7 de octubre de la misma anualidad DO consiguiente durante el período al cual se con tr-aj o la comisión do estudios en el exterior de la doctora 3:FA [C)lZALE.L ésta Fue reemplazada Lc::r el profesor NOEL OLAYA PERDOMO,unfn m la certificación fiel expedida por la Universidad Nauional Facultad do Ciencias Humanas el 20 de diciembre de 1994 anexa al i.iifuríriata.vo c.:c.ni el ii. beic: inicial. Si. el doctor OLAÍA FERDO lO laboró en tal lapso y porende conoció or 'ridc:rrcjcio suficientemente las actividades de índole laboral do CLARA 1 HES quien en tal lapso fue SU suhalterna, .5L)rC1t.(E' tn.:Livo la ductura 5iA :;c:lis:jiI..rz c:: la Universidad no scaiii_...itc5 que dicho arafecor impartiera la calificación respectiva a la seNctra -'iI bb 1 A Es que la calificación debe ser otorgada o impuesta POS quien en el ejercicio de sus fui.....::iorieac '. durante el lapso al cual so contrae la calificación, la empleada depende administrativamente. Otro de los motivos de inconformidad es.. si. r.::a en cal hecho cierto do ouo existe manifiesta •fai . a motivación a,se'is'rarce su el proveído can tcn Livo de la insubsistencia que la calificación fue otorgada

hecho cierto do ouo existe manifiesta •fai . a motivación a,se'is'rarce su el proveído can tcn Livo de la insubsistencia que la calificación fue otorgada un su condición de Secretaria 5140 08 de la Facultad de Ciencias Humanas y SE le declara insubsistente can tal condición cuando nada es mas cierto que la calificación de 440 puntos catalogada por la Universidad como Insatisfactoria ia que fue conferida a laTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C

Exp. No.95-37160 SETORA ;çL it:OE; 1 A er"g la categoría de Secretaria =DIGO 16050 GFI)0 06",sea On reza a e 1 formulario de WALIFICACION u: 5ERV1C.Ic:JS" la defensa del fuero de estabilidad relativa de los E!ff pleoa da carrera, empieza rlesr.ie al r3or'iodc' de prueba pues tal estabilidad const...Ltl.n'a' uno de los pilares de la carrera administrativa. E......el caso bajo testudo resulta claro : la 95PÇ Oiéi SASDOAL. ACOE lA . había inscrita su nombre en ci. momento er, QUE SO efectúo la c.:c.:'t,vc.c::al t.:rr..i a para c:aci: uno cie: J.rs c::eric::ec e:c:r ella deaeiT;peados había presentado el 0;.fTt.iflE respectivo 1' au nombre se encontraba perfectamente registrado en la lista de elegibles, razón por la aue había sido

deaeiT;peados había presentado el 0;.fTt.iflE respectivo 1' au nombre se encontraba perfectamente registrado en la lista de elegibles, razón por la aue había sido nombrada Secretaria 5:I.40-0 llegó por cr:nc:ursc:: ea decir, fueran sus méritos 1.09 nue la ubicaron en tal ca Içc .i e desde e). :o de agosto de 1993 hasta 01:11 de enero de 1994 fecha en nue comenzó a de?.enrp&erse como Secretaria 5I.40-••8¡Facultad t:.:ir:.i ) sin haber sido previamente calificada un e:1 cargo anter...irr. La transgresión ele les disposiciones t::i.te: requlan repulan le carrera administrativa es evidente el Decreto 1222í3 y su reglamentario 256 del 28 de erorr: de 194 brillaron por su ausencia y de contera se lastimó la Constitución Nacional en sus artículos 53 y 27 Mi defendida fue trasladada y ubicada en categorías diferentes en sin el lleno de les requisitos legales. La calificación de servicios al cabo de los cuatro meses a que alude el artículo .1. C) del Decreto 1.222 de 1990 bri 116 por su ausencia. Transcurrido el período. anterior, la LJni.v'rai.deci . Nec..ki::nal ubicó a la 8teure SA000AL PtCOS1( en otra categoría que conllevaba ascenso y finalmente enes la 01 tima ubicación. e pesar do haber transcurrido los cuatro meses necesarios para su calificación, tal evaluaciún tampoco se hu

SA000AL PtCOS1( en otra categoría que conllevaba ascenso y finalmente enes la 01 tima ubicación. e pesar do haber transcurrido los cuatro meses necesarios para su calificación, tal evaluaciún tampoco se hu El Agente de!. Ministerio Público cmi. 116 su cc:'nc:eo: o dentro de le oportunidad establecida por el Art. 56 del Decreto 2651 de 1991. en los siguientes términos a saberTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUND 1 NAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION fIC"

Esp. No..95-37160 En el sub-!¡ te se examina le ier:ieiidec:} cic: ).e dc::isión administrativa, de retirar del ser v icio a CLARA INES i.ivÉ'S de la ccc:].:trtc:r:ie f::lc: Lfls por calificación insatisfactoria de serv.icioc Tenemos lo siguiente • una vez estudiado y analizado el material probatorio y hecho el análisis jurídico fáctico respectivo:

1. En efecto CLARA INES SABOGAL Pi se hallaba inscrita en el escalafón de la cerrera como mecanógrafa.

Recibió califi cación satisfactoria pro '1 p€:..r..odc:) que Vt desde septiembre 28 de 1992 a mayo 1 0 de 19 Hay constancia sobre la actora en lista che elegibles (vigente) para el emplee do Secretaria 5140....0 .. ) as nombrada en dicha categoría mediante Resolución 1.588 de 1993, en ascenso y en período de prueba nc:'r 3 se: c.:rcieria en e:1 ec:tr:: administrativo la calificación

as nombrada en dicha categoría mediante Resolución 1.588 de 1993, en ascenso y en período de prueba nc:'r 3 se: c.:rcieria en e:1 ec:tr:: administrativo la calificación mensual ( ) acto expedido el 25 de agosto de 199 Le aparece en la hoja de vida ncta i.tni ea posesión realizada r1 .30 de agosto de 199:3 corno SECRETARIA 5140-06, de la Fa cultad de Ciencias Humanas. Luego registra la actora en su desenvolvimiento laboral: c:ur? ce le designa para el cargo de Soc: re ter ie 5140-08 con retroactividad el lo. de enero de 1994, lo comunica e] día 28 del mes y ain en cita y se .1 e ordena el empalme p:r fin do mes ' .. No aparecen registros de posesiones • excepción de le ya referenciada con anterioridad que permitan establecer c::c'n claridad la realidad f á c: ti ca pes cJe e::! r en CUE? cargos se desenipec5 efect ivamente la emp leada durante el período aqui. cuestionado? Ahora examinando el asunto desde ci punto CJe vista de las calificaciones de servicios que le fueron ef ectuadas halamos aparta de la anteriormente ci. tade como uiecarióur ef e les siguientes: :f3 el período comprendido del 2e de agosto al 26 de diciembre de 199:3. con 440 puntos t calificación insatisfactoria • realizada eec la doctore SARPt b0N2J;L.EZ RANIREZ Directore. del Departamento de Literatura; r::i 1 fi. r.::er..ión objeto de .cr:c::mfc:'rnI.Lced 1

b0N2J;L.EZ RANIREZ Directore. del Departamento de Literatura; r::i 1 fi. r.::er..ión objeto de .cr:c::mfc:'rnI.Lced 1 r.trdarrerlt.ca de la reclamación elevada en este proceso.

Le c: c 1 f 1 rac 1 ón obran te? al folio ic: !'4Q - 235 de:' 1 os antec:ederttcs administrativos, en e:uvc formulario SE.TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "CU Exp. No.95-37160 lee L:c::rr,c:) F::'r?r.ícc:}c:' a calificar, Tavc febrero de 1990 como Seciet.ar la CRIC es sati sf a cto r io ( ) CI día Se observa nue cubre el período c:E?rí c:io de prueba y anterior ¿ct lo. de 1993 a 28. de 5140-06, con pun taj e 15 de marro de 1994. corres portd tente al su posesión. Sin e,rbaro, si se atienden las observaciones en las cuales SE: consigna por la funcionaria ctl.jf:jç.::c1c:ra que corresponde a "período 17 do enero de 1994 hasta 1¿.-t fecha " (enero 17 a marzo 15 de 1 994 ) en tal caso, no habrá de tenerse en cuenta para el período de prueba Pero cJe ha en claro una seria contradicción, Ja actora para el ^ de 1994 se ci eseinpei a bct corno Secretaria 5140-06 e 5140-087

habrá de tenerse en cuenta para el período de prueba Pero cJe ha en claro una seria contradicción, Ja actora para el ^ de 1994 se ci eseinpei a bct corno Secretaria 5140-06 e 5140-087 c:'C.)n?:: ac:J.ar-acicrecc. 1 Las afirmaciones del i.i.bcc:'io m expresa la Procuraduría: Mu es c:i.er ....Lo que nata la fecha c:}E? Ja calificación tic:' servicios en período cJe prueba estuviese en otro cargo diferente al de Secretaria 5140-06. No es ver dad. que el oficie do enero de 1994 por el cual SC le informa a la eE?1Ora CLARA LNES SABOSAL.. sobre su esc000nc.ia para el carao de Secretaria 5140»- 08. constituya una c a lificación de eec .... Se halla razón cuando dice C]LLE' flc:: e le calificó por el CfflDlE:O c:}cc Secretaria 5140-00 ocDruucc no hay nada que ce........f taus su 1 :ieaada a este empleo dentro de los lineamientos cJe la carrera, no llenó todos los requisitos para ello, es.ptac ja Imen te el concurso.

También es aju stado a los hrjc: :hc::cc, el reclamo sobre la calificación para el Ooríof.:io de septiembre a octubre de 1993 el Cbc:?r" adc! (sic) por quien para la época de 1 .1. c::s'n r 1.. a

EJ. acto administrativo i.mnuctnado -R-838 c:Ie junio 2:2 dc:c 1994 -fundamenta :t retire de la actora mediante

1 .1. c::s'n r 1.. a EJ. acto administrativo i.mnuctnado -R-838 c:Ie junio 2:2 dc:c 1994 -fundamenta :t retire de la actora mediante por haber obtenido L.tta calificación insatisfactoria hasta este o nLr coincide =on la ea1itiacJ fAcLical pero al cit:ar pl C:aroc:, seaJ.a que lo fue come Secretaria 5140-08. rfiricindose al período acit:Ds lo a diciembre de 1993 en el. empleo de Secretaria 5140• -0 . efectivamente para este empleo rtc ha, con voca toria, ni registro! de calificación de servicios, lisa 1 llanamente fue un ascenso çtáe fueraTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA P.

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C"

Exp. No95-37160 So los trámites que reglamentan la carrera administrativa literalmente se encontraba ya fuera de 05ta :.ic:r ciesempoFar 1.0 sin concurso y restantes requisitos; y hay que afad ir que las normas comentadas imponen a obligación de calificar 'i pedir la valoración respectiva tanto al funcionario '-Jefe como al empleado respecto de ésta so pena de sanciones F1a' irregu laridades en el proceso de calificación también se hallan en la e peri i. c:: :1 ór' del acto. Las calificaciones no deber" hacerse con retardo como si que so ve en el subi. i te ni tamroc:o las decisiones que como consecuencia corresponden porque pueden darse eventualidades como las rius' se dieron en ci case de

Las calificaciones no deber" hacerse con retardo como si que so ve en el subi. i te ni tamroc:o las decisiones que como consecuencia corresponden porque pueden darse eventualidades como las rius' se dieron en ci case de CLARA StIRE33ÁL de designársele en periodo de prueba notificarle el resultado y adoptar las decisiones cuando ya la empleada "e pasado e otros cargos y aspirado a unos quedando igualmente corta en los trámites a continuar sr' la carrera. Hiciste el itios rio' julio tJ' 1954 ímedio ao c:IesouÉ's ns:' los trámites legales par a calificar el periodo de prueba) se adopta la cioc.,a:i,ón consecuencia da la valoración del período de prueba Hasta donde es legítimo este proceder t:isr las Ent1cStcios Estatales? El período de pr"uoi:ict ha de respetarse como tal, pera :1 cargo específico d esi r iado si no se hace ', se pesa al empleado a. otros cargas, podrá invocar -se la percepti va contenida en el Deu. 256194. artículo 42 sobre interrupción del -período do prueba Ñhera se pregunta E:rcte Oficina. es 'iál,,:t.cicD ol retiro para determinado empleo por ma la calificación, cuando i. emp leado ds.empef'a en la ac'Lt a 1 .idad otro cargo; y tal vez tenga en roo 1 e su actuación subsiguiente?

Queda también c: c.':'ma interrogante a dilucidar en" ci presente sobre la pretensión de reintegro. A que cargo' El. de Secretaria 5140-07 por al oua se

Queda también c: c.':'ma interrogante a dilucidar en" ci presente sobre la pretensión de reintegro. A que cargo' El. de Secretaria 5140-07 por al oua se insatisfactoriamente 'y que u-ip ds9.sempoPabs al momento del retira c::ottu ir.: hace saber" el nominador"., pero e]. que motivó su retiro del servicio.

O al de Secretaria 5140-087 c:t.te cicrc:ia a li:" 'fecha rio'5 retira por ir'rsubsist,s'nc::je motivada y el que reclamaTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION Esp. No.95-37160 1..c:(rc:j restablecimiento la actora. Si el fallo le as favorable, sería necesario ordenar una nueva valoración c:e:I. c:ii.chc período Cia prueba para f....t...FiE(:Fr definitivamente su estadía o no en la carrera; a > así continuar normalmente los pasos c•:n el proceso de carrera administrativa dentro de la cual as l:)ts.icc: el ASCENSO. c:cnic: derecha c:Çcl funcionario de carrera y ordenar el reintegro al empleopar-. el que se dio el período ocio cia prueba cuestionado -Sec: retar si. a 514( ....Oc-- Como segunda noción: reintegrarla el empleo detentaba al momento de r'!c:'t.i fi. c.rsai e al retiro, al c:IUE: no tiene causal cia retiro la a::mi.i.st.rac:jc:r siendo como es un acto motivado Surtido el trámite correspondiente a le instancia y no

al c:IUE: no tiene causal cia retiro la a::mi.i.st.rac:jc:r siendo como es un acto motivado Surtido el trámite correspondiente a le instancia y no observándose causal alguna de nulidad que invalide lo actuado, la Sala procede a decidir previas las siguientes Vil. C O N S .1 D E R A C 1 0 N E 5 Pretende la par-te actora f11e:Ji.antc acoderado se declare la nulidad da la Resolución Nc: 000e::e de¡ 22 de Julio da 1994 proferida por el. Rector de la Universidad Nacional de Columbia por la cual se le declara insubsistente y la Resolución Nc 0102 del .24 de agosto de 1994 emanada del mIsrc: funcionario por medio de la cual cc confirma can todas y cada una de sus partes la primera de las resoluciones enunciadas. Así mismo. solicita la nulidad da le calificación de servicios correspondiente al cargo de Secretaria 1050. Gracia 1. correspondiente al período comprendida entre al 26 do agosto de 1993 al 26 de diciembre deTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION UC Exp.. No..95-37160 199:.. Como consecuencia do la anterior declaración y a título do restablecimiento del derecho se ordeno a la EfltJ:d accionada reintegrarla al cargo pus venía desempeNando o a otro do igual 0 superior categoría. Así momo le condene a reconocerle y Pagarlel se sumas de dinero que por c:on c::e:: Lc:! de sus ]. dc::s - pr 1. mas bonificaciones, auxilios, vacaciones ', demás emolumentos ha

superior categoría. Así momo le condene a reconocerle y Pagarlel se sumas de dinero que por c:on c::e:: Lc:! de sus ]. dc::s - pr 1. mas bonificaciones, auxilios, vacaciones ', demás emolumentos ha de.i sdic. de percibir desde el 5 do septiembre de 1984 y hasta cuando efectivamente sea reintegrado al servicio publico como consecuencia de la sentencia que ponga fin al proceso. Que se declare que no ha existido solución do continuidad en loo ser vicios prestados a la entidad demandada por quien demanda, para Lodos los efectos legales en especial los referentes con el I'er:onocifljer Loyp aqc: de las prestaciones sociales, Que a la sentencia pus su profiera se le de cumplimiento dentro de los términos del Art. 176 177 del Al respecto SeRala la Sala Toda vez ..i.ne E•1 AoccIe'raLo de la Nación-Ministerio do como la A:, dur ada (io la Universidad Nacional de Cuiembia pruc::usloror, como medir:: exceptivo la Caducidad do la considera la Sala, que es del caso referirse a r1 sr los .1c...s'nt.sa Consideran que la exceucion :::.r cita 1: , toda vO.. UL1E', sr: si caso .... FiO obstante (L.e. s:1 acto orodó o OLI.t t.sdc el 5 de sertiembre de 1994 al notificarme en debida fnrma la Resolución 001025 del :.4 de agosto de 1994, el cc..i.jnante presentó Ja demanda -,ó1c hasta si I1 t::Ie enero de 1995

fnrma la Resolución 001025 del :.4 de agosto de 1994, el cc..i.jnante presentó Ja demanda -,ó1c hasta si I1 t::Ie enero de 1995 • h5b15ri(: tranocurridu soí más rJ€ i..lj-r. (ic5•5 establecidos en 1\o comParte.1 ¿:1 Sala Los 5IC:OiflEfl tos antes expuesto mAmime cuando la techa a tener en cuenta para efectosde laTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION SEGUNDA SUBSECCION I!CI Exp.. No..95-37160 caducidad PS Ja de conocimiento del acto EXLDrECO por medio del cual se resolvió el Recurso do Reposición interpuesto contra la Resolución No 0838 del 22 de julio de 1994 que en éste caso correspondería al. 5 de septiembre de 1994, -fecha en la cual se e notifico al apoderado CJe la oarte actora dicha decisiónpor lo tanto el término de caducidad dc•: cuatro meses venció el 11 de enero de 1995.-ello. dando do api1cac::ión al te

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