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TA CUN - 95-38715-(25-08-1995)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 95-38715-(25-08-1995)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

ACCION DE TUTELA - Improcedencia /

ACTO ADMINISTRATIVOTRIBUNAL ADMINISTRAT IVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA - SUSBECCION TMA".

EPUB1ICA DE COLOMI

Relator Cantal de 1 got& D.C., 25A60. 1995 Trbn Administrativo de Cundinamarca

REFERENCIAS

Magistrado Ponente Expediente Actor Desandad.

ACCION DE TUTELA

a ALVARO LEON OSANDO MONCAVO

$ 95-30715 a CARLOS AUGUSTO RUIZ ACOSTA a MINAGRICtLTURA Procede el Tribunal a decidir sobre la acción de tutela 'incoada por el aeor CARlOS A00^ IW1Z ACOSTA, 'contra e]

M!SIbTILKIO DE AU3LTUR&' Y D€MOW JRAL.

Loe hechos en -que se funda la demanda de tutela se resumen así IQ.- El actor se inscribió y p.rtioipó en el concurso abierto que había convocado La entidad accionada, a efecto de proveer el cargo de Profesional Universitario 3Ó20-04. 2Q..- El accionante ocupó el primer puesto en el dicho concurso, sin embargo el nombramiento recayó en la señora FLOR A$GELA SUAREZ OVALLE, pereona que ocupó .1 segundo lugar, del cocureo, por cuanto ésta tenis'nexos da amistad con un directivo influyente en tales deoiáionee y buena recomendación poUtioa' 32..- Por lo tanto, teniendo en cuenta que el actor ocupó el primer puesto se 1.e vulneraron ene derechos fundamentales y constitucionales.)

influyente en tales deoiáionee y buena recomendación poUtioa' 32..- Por lo tanto, teniendo en cuenta que el actor ocupó el primer puesto se 1.e vulneraron ene derechos fundamentales y constitucionales.) PROCUO NO 953$7 15

II. PRSIOS El actor ~.no deduce de 1 tutela soijoita declaré sin valor .l nombramiento hecho a la eøfora FLOR, ANGELA SU~ OVALLE, y en su lugar, se prova el cargo de PRO VESIOSIAL UNIVERSITARIO 302OO4, de la Subdirecoión de ZvaIueLoión y Seguimiento con e]. eOoionanta que es la persona que tiene derecho por cuanto ocup6 el primer puesto de ooniozmidad con la resolución 0001 de 1993.

III. PDA111S LU1O El actor funda la demanda de tutela en el Decreto 1222 de 1993; y, artículo 13 y 125 de 1.. C~Itucíón Politice.

IV. ES VULDOS 8. indicen como t~ él articulo 13 (Derecho la igualdad) y 125 (toceso a los cargos pdbl Loo. por concurso) de la

Constitución Naoional

V. r_ MM, ClONES La Sala por la razones que peas a exponer enourtra que la tutele deprecada ea improcedente: El sotor baoe depender le prosperidad de 1 sus pretensiones de la supuesta ilegalidad del acto .inistrativo arriba enc Losado, en rtnto que nombró a persona distante a la que oaup6 el primer puesto en el concurso abierto de que da

pretensiones de la supuesta ilegalidad del acto .inistrativo arriba enc Losado, en rtnto que nombró a persona distante a la que oaup6 el primer puesto en el concurso abierto de que da cuenta la resolución 801 de 1991 (folios 25 a 27), se decir de laPOCEIØ NQ supata ilegalidad n que, seg l, .at4 iareo el acto de nombramiento de la esfioza FLOR AIIZL JUZZ OVALL, resolución

009384. 1993.

En tal oaao, e9 baria n~~110 0 prevjáents, confrontar el dicho soto administrativo con normas de orden superior y, de .psrso.r demostrada 1. ilegalidad alegada por , la demandante, declarar la nulidad del primero. Pera ello, e3. 14e1sdox .etabL.oió la acción de nulidad y reetebl.oiziento del derechoEn efecto, l tenor de lo estipulado en .3. articUlo 65 del Código Contencioso Administrativo, cuando una persone eetima que un acto administrativo lesione un derecho suyo amparado en una norma Jurídica puede acudir ante la jurisdiooi6n contexto toso administrativa a afectos de obtener la anulación del dicho notó y el oóneiguisnte restablecimiento del» derecho. En Grito de lo expusto • el TBIW$AL ADKINIWXR&TIVO DE ()WDINAMARC&, SECCI0I SIGUNDA SUB-SgOCIOH 'A", administrando justicia en nombre de lRepúb].ioa 8. CO].Ombiá y por autoridad de la ley., FALLA

()WDINAMARC&, SECCI0I SIGUNDA SUB-SgOCIOH 'A", administrando justicia en nombre de lRepúb].ioa 8. CO].Ombiá y por autoridad de la ley., FALLA

12. Deolti~ improcedente la acción de tutela incoada por el seflór ICA~ &UWITO WIZ AC0A.

2L NotifiQuese la presente decisión a las partee por telegresta. oonfórme a loe articulo. 30 del Decreto 2591 de 1991 y 5 8.1 Decreto 306 de 1992.

32. Si este fallo no fu~ iigoad, enviese .1 expediente a la Corte Conet ituo tonal en el t4rmino sallalado en e]POCE$O N9 -3øYi5 artículo 31 del Decreto Ley 291 de 1991, pxa su eventual revisión. copmzo XIW. OTIF1JBZ Y CXWLM Apzvbado en aeøión de 2a fecha a,ediante Acta No.

P4ARSARITA HERNANDEZ DE ALSARRACIN

ALVARO LECH ORANDO MONCAYO

TT JOSE HERNEY VICTORIA LOZANO

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