TA CUN - 95-39398-(24-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 95-39398-(24-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
CARRERA'ADMINISTRATIVA — Ingreso / CONVOCATORIA A CONCURSO /
ACCION DE TUTELA — Improcedencia
TRIBUNAL., ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA - 13USECCION A
Trbm..j •.
de Cu:: rc Magistrada Pnent: DRA. MARGARITA HERNAF4DEZ DE ALBARRACIN 1 U 1 E 1. A . L. I.tI. !.I.j 1 1 i— L i:l, j.i'.. (71.Uç•,,.4cjci 'r'v1l' í I1F..t1 Ç 141!tijffj .4 1(I4.j_fl (Ifj Ç 4 í51 c..irii.; 1 1 1 uc: .T iJfI.iL :.'i ¶?.bu,iI •::t ' •c.:.n S1 Lc:'Ii ic iíu EL-i.1')LJ '•I:k FlZi F 1 l L .1 (.. f.::(1ç:.i . l '1j n I,I::F.1i. iit1E.t.1 Ç .'tj 14 j.j; LJft U't; r&•;r
1. A N T E C E O E N T E STUTELA No. 39.398 1 La P4cc:i.ón fue incoada directamente por el 3.ntereEadui • c::orno y se dij o, ante este 1 ii bunal el 7 de Noviembre de .1.995.. (fi.. 9 .2.. LA INEXISTENCIA DE OTRA TUTELA. 1 -.`Ti el escrito ini
3.ntereEadui • c::orno y se dij o, ante este 1 ii bunal el 7 de Noviembre de .1.995.. (fi.. 9 .2.. LA INEXISTENCIA DE OTRA TUTELA. 1 -.`Ti el escrito ini cia.l de la ACC.[C'N DE flJTELA el. - cionante hi::o la inaniftacón bajo la qravedad dci uramcrsto de que no habían presentado otra acción de tuteir por los mismos hechos y derechos para cumplir c:on la forma.. 1. idad e i.i ida. en a. 1 i 1 n c: 2o a t .37 1) c: t 2591/91 2.. LA ACCION COMO MECANISMO TRANSITORIO.. l'•.to e mencio na que ss ejercita la acción como MECANISMO TRANSITORIO.. 4 LA solicitud formt.t lada es la siguiente cc 'IR incoada. solicito de la manera ms respetuosa, se ordene al Departamento idmiri:istra1.ivo de la. Función Pública, Comisión Nacional del Servicio Civil o, a]. Departamento Administrativo dci Servicic:i Civil Distrital o, a quien c:orresponda la :Lns-- cripción o escalafonarniento en la Carrera dmin.istrativa, de manera ex traordir,a.ri a como se ç!rriitir.5 a. los func.i oriarios. de la administración central del Distrito, con e] artículo 72 del c'srfJo 12 los dccra.t.os 281 4.32 de .1987, e como se permitió a. tos iunciorarios do las unidades del nivel torrit.oria.1 diferentes
administración central del Distrito, con e] artículo 72 del c'srfJo 12 los dccra.t.os 281 4.32 de .1987, e como se permitió a. tos iunciorarios do las unidades del nivel torrit.oria.1 diferentes al Distrito Capital, con el articulo .22 de la ley 27 y el decreto 1224 de 1993 (fl 7) LOS HECHOS se csbozaror de la o'.,i ii. ertes maneraTUTELA No. 39.398 Con el objeto dt. establecer un sistema técnico de dm:.i.n .it.rr.,'iÓr' de personal qt.&o crtnt cc! la eficiencia de 1i ¿dw.n.istrrión Pública, igualdad do opoctunidades ¿ktodos los colombianos para €::I acceso al servicio público, 1it estabilidad en el empleo y 1 posibilidad de ascender en la Carrera con b5E? en 5J. mrri'Lo SE
creó la CARRERA ADMINISTRATIVA.
El Constituyente en 1991 en c:onç:c:rcinc.La con 6sta situación elevó a rango constitucional la Carrera Administrativa, cuando dispuso en el artículo 125 de la Constitución "Los empleos en los. órganos y entidades dcl estado son de Carrera" En Diciembre de 1992 el Conqr'esc' de Lc:'iomb:ie hac:.'iencic:' use de las Facultades dadas por te Constitución en el Artículo 21 transitorio, rens:tterin expidió la ley 27 En Ista so estableció que los empleados Distritalos de Santa Fe do Bogotá, so continuarán rigiendo por" las disposiciones del acuerdo No. 12 de 1987 del Con----
sitorio, rens:tterin expidió la ley 27 En Ista so estableció que los empleados Distritalos de Santa Fe do Bogotá, so continuarán rigiendo por" las disposiciones del acuerdo No. 12 de 1987 del Con---- cejo de 8ocioL& y sus disposiciones reglamentarias... También se estableció en la ley 27 de 1991 que los ompleectcs del nivel territorial que por virtud do la ley llegaron a desempear car'qos de cerrera administrativa debr'i en acreditar los requisitos mínimas pera ser cecal afonados en la misma El Gobierno Nacional, er, uso de las facultades se'a 1 adas en el numeral .1.1 del Articulo .189 de .le Constitución Fol it ce expidió ci Decreto :1224 de 1993 por el, cual se reglamenta el ingreso a la Cerrera Administrativo y de la Aplicación de este decreto ce excluyeron los funcionarios del Distrito Capital. E.]. Presidente de la República, haciendo uso del articulo 41 transitorio do le carta expidió co julio do 1993, ci Decreto 1421 por el cual se adopte el estatuto Orgánico de Sante'fé de Bogotá '.. en el artículo 126 de este dispuso que 'Los cargos c:'n las Entidades del Distrito son do Carrera..." con aplicables en el Distrito Capitel i en sus Entidades Descentralizadas las disposiciones de la ley 27 de 1992 en los términos allí previstos y sus disposiciones complementarias. La Administración .t).ist,r'i. tal. c:on:t.dor'á que no había claridad sobre la aplicación do las normas de Cerrera Administrativa, por
y sus disposiciones complementarias. La Administración .t).ist,r'i. tal. c:on:t.dor'á que no había claridad sobre la aplicación do las normas de Cerrera Administrativa, por ello decidió consultarle a la Comisión Nacional del Servicio Civil, sobre que nori,e'Livi.deci se debe aplicar en le Ciudad Capital. Esta comisión le consultó ci Consejo Estado cobre los alcances del .er'tíc::uic' 126 dei Decreto Ley 1421 de 1993, frente a ta vigencia del Acuerdo Di.et.r i. tel No 12 de 1987 Le Sala de Cnnsulta del servicio Clvi.! dci, Consejo dc.' Estade., en respuesta a :.c consulta 'forme lacia. manifestó que el Ar-» tícu lo 126 del Decreto Ley 142.1 do 1993 derogó el Parágrafo del Articulo 2 de le Ley 27 de 1992 ' por 'tanto quedaron insubsistentes las disposiciones relativas e la Carrera Administrativa contenidas en ci Acuerdo 12 d: 1907, emanado por el Concejo Liistr 1te L do San lafe de Bogotá. .' c:onc, consecuencia de esto el Departemente Administrativo del Servicio Cava] Distrito! ', el Concejo )TUTELA No 39.398 4 t:.ri.tl del ser vi.c.to Civ:ii perdieron compet.enc para Adr.in:i tr-r y Vsi CLI 1 r 1 H. C ¿rr ir! re ir; drinistr t j -v &i de los rspie.dos de .L Oistrit,o Cipi t.l por iridto del rti.cu10 12b del Decreto Ley .142.1 de 1993. El Decreto Ley 1421 conocido como Estatuto
de .L Oistrit,o Cipi t.l por iridto del rti.cu10 12b del Decreto Ley .142.1 de 1993. El Decreto Ley 1421 conocido como Estatuto Orgánico de Santaf e de Bogotá y expedido por el Gobierno del Presidente Gaviria, fue producto de las facultades que la Carta Constitucional le otorgó al Gobierno en el Articulo 41 transitorio para reglamentar por una sola vez los artículos 322, 323 y 324 de la Constitución, por ........ at 'í t-4 12 ':..JIL la te . ijt ........................................ l Congresn en el artí 1. transitorio d. laLcnsjji.itcin 1ticad€ LoIomti 1 Ça;b. uso s&.... eStas . L inomento aue J2.7 .s.l L.. Eorte ors .i. tuci.c-!al c:c:n 1 ientenci. No.. 149 del :-i:" de Marzo de 1.995 d 3. cua1 e ponen te el Magistrado k,'1 ad ii.ro Nran)o Mesa rjeclaró i.rtxequihJ.e el i,r ticsulo 129 cJe 1 a L4sy j3 dc
194 . Iqt.alment.e por unidad de materia der.larÓ ine>equi.b1e Ji. kÇ 4 bm . mbrC.LO ...Lró 1i Ln t Loo tittt- ç..çaLL o. s'inp.tJ ........... ... .Q!tç:Lçt.ç? iLito r.. edad
ç..çaLL o. s'inp.tJ ........... ... .Q!tç:Lçt.ç? iLito r.. edad El Cor,sej o ¶:ie Eoçot.á a travis dei Acuerdo No 02 de ....../ cren el Fondo de Ñhorro y Vivienda Distr3 tal. Fav;ída. como un establec.imi.en tc:' FÜh:L .ico descentsra 1.1 zdo • con personer Í a uríd.i ca patr it:,nao propio autonori.ia adiriistrat,iva En el art.cu lo noveno riel acuerdo en mención SE' seia1. aron lar, funciones de 3. a ur,ta directiva de este establecimiento y en el 1 iteral de oste se cii spuso como función de est:a un tia 1 a de Adoptar el estatutse de personal al se r -v- --i cio de la ent1dad todos. c traba j adores de Eçindo de Ahor ro y VI v.ienda i:. t. r .i a 1 sersn trabal adores olid a 1 e salvo el uerentc., los subqec-ent.es lo de di vis iór - que er1.n emp 1 eados. pUb 1 ¡c os •dE:'ms t.endré! como función establecer la remuneración do los empieos.' En u,iio c:Ie 18.3 el tsr ibuna 1 Admin is lrat.i yo de Cund iriamarra dcc: Jaro inexequibie el literal m dei a ti culo noveno dei ac:.uer d No 02 de :1977 y luccio en 1987 ol Concejo nc Eoctc::'t: exp i. d.ió 3. os. cuerdos
inexequibie el literal m dei a ti culo noveno dei ac:.uer d No 02 de :1977 y luccio en 1987 ol Concejo nc Eoctc::'t: exp i. d.ió 3. os. cuerdos No. 6 y 21 , por los cual es definió la n .lura 1 eza i uridica de alnunas. en ts.idadesdescentral i adas ' :iicst.ó ot.rs ciispos:ic.inres 1 es en estot Acuet'-d nuevamente se dispuso nue para e fectcs 1 aI::c'r a 1 .1 c:is t. Fab¿'- .i adores del Fondo de hor ro y Vivienda de 1. D j. str .i.to c:onservan e car ctr de tsr ahaj adores o fi cia 1 es EA 1.2 de febrero de 1993 ci 1 ri buna 1 administrativo de Curidinamarc:a. en su sección seiinda con ponencia dei fiactis trado I:r Hri tor,itj Josa. Arci.n.i.ecas. dcc: 1 aró a nu 1 iiacJ de .1 os acuerdos No. 6 23 de 1.987 del Lcinc:ei e de l4oqot. por ci, c:ual se def inia 1. a ria tura le2a uridi. c' i cJe al qunas entidades dc'scentr'a 1 i. .zadae se di. c:tahan o(sras di sposi c:icines. 1 ahora 1es II f 3 2TUTELA No. 39.398 5 ¿. Como fundamentos de derecho de la -acción constitudi. c:tahan o(sras di sposi c:icines. 1 ahora 1es II f 3 2TUTELA No. 39.398 5 ¿. Como fundamentos de derecho de la -acción constitucional invocada se determinar los arti c::ulc:. 5 13, 25 y 53 de la Carta. F, r, ocede Tri.bunl e c.cid.ir lo que fuere pertinente mediante las siguientea,
II. CONSIDERACIONES =-= = LA PARTE ACCIONADA en el sub--'l.ite son el Drtiamento (dvinistr'etivo de 1. e Función F1tbiic:e le Comisión Neciona 1 del Servicio Li vii y el Departamento 6dm n.istrat.ivn del Ser'- vicio Civil Distr tel • qiene'. fueron ersteredos dele presente acción mediante le comunicación teleqr'aface 'fI 54 p. 1 En el escrito introductorio de la acción • como a
e ha, ano bedo eJ. eccionen'Le seiala que se vulneraron al ncc á rsele la posibilidad de ser inscrito y escalafonedo en la carrera administrativa en forma extraordinaria tal como se les permite a 3.05 'funcionarios de les lJnidades. del rive.i Territorial diferentes el Distrito Capitel los ertíc,iios 5, 13, 25 y 53 de la Carta PoIi. tica 'Y prepone que se ordene al Departamento Aministrativo de ]H Func::i ón Fúb 1 si ca Com'I.SSLÓ!"u Necic:.na 1 de ServicIo Civil o ci De-- partamento drni.nistrativo dei. Servicio Civil Distrital o a quien
]H Func::i ón Fúb 1 si ca Com'I.SSLÓ!"u Necic:.na 1 de ServicIo Civil o ci De-- partamento drni.nistrativo dei. Servicio Civil Distrital o a quien corresponde, la incripción o escalafonamiento en la Carrera Ad-TUTELA No. 39.398 mmnistrativa, de manera extraordinaria indicando que esta inscripción debe darse por ministerio del articulo 72 del Acuerdo Distrital 12 de 1987 y los Decrtos 281 y 432 de 1987sin nenes¡--- dad de participación en concurso de móritos ni los demás pasos selectivos para el escalafón en, la carrera
2. En el expediente y respecto de los pretendidos derechos a tutelar se encuentro la siguiente documental trascendental Certificado de la Jefatura. de F:e,rr,aJ de FAV IDI donde consta ci cargo y el tiempo de servicio del Accionant.e. (fi., 10) Cir c lar d€-:' la Gerencia de FP,VIDI a los funcionarios de esa
Entidad, donde les informa sobre la Carrera Adm.inist.rat.Lvay la implantación en esa Entidads con, el objeto de que todos participen. (fi. 11). El acuerdo No., 2/77 del Concejo de Bogotá ii 14) =) Copia de la Sentencia de Noviembre 7/1989 del H. Consejo de Estado • donde se demanda la nulidad del aparte de! Acta No. 07/95 dr: la Junta Directiva. del FAVIDI (fi. 20) = 1 Copia de la Sentencia del Tribunal Administrativo de Cundnaçnarca del 23 de unio/1983 donde se declaró la nulidad
dr: la Junta Directiva. del FAVIDI (fi. 20) = 1 Copia de la Sentencia del Tribunal Administrativo de Cundnaçnarca del 23 de unio/1983 donde se declaró la nulidad del literal m) del Acuerdo No., 02 de 1977 dei Concejo Di st.ritai por ci cual se clasificaba a todos los empleados de FAVIDI como trabajadores oficiales. (tl .14). El. Acuerdo 611987 del Concejo Distrital . (fi 47) El Acuerdo 21 de 1987 del Cencrz)o Distri.tai (fi. 48) La copia parcial del Decreto No, 432 dci. 27 de mayo de 1988 por el cual so reglamenta parcialmente la vinculación de los actuales funcionarios a la Carrera Mministrativa. ( f 1 50 Copia del Decreto No. 28.1.188., por el cual se reglamenta ci ingreso a la Carrera.. Administrativa de los, actuales funcionarios de la Administración Central 1.) is r i 1 } (f1. 52 52). Copia de la sentencia del 12 de febrero de 1993 del fr t. buna 1 Administrativo de Cundinamarca, donde se declaró la nulidad de los Acuerdos Numeres 06 y 21 de 1987 (fl. 54) ) Acuerdo 12 de 1987. (fi. 78).TUTELA No. 7.9. 399
JE' I. %_U.. i• -1
CC!E t.1 t:Lcc tón ':.tiJ 'inii r iLirn d€ i e rpi çj e n otr_
JE' I. %_U.. i• -1
CC!E t.1 t:Lcc tón ':.tiJ 'inii r iLirn d€ i e rpi çj e n otr_ 1. 4..' 1 • I€ t'i9. c.. F.ic :tn.t,'i dc 1
de rs.rici ifr.:' 1.—I.`9 ce 1. H. Lcn LE. , . nt d':jrcç1 J.:J ¿r .1 fXi!ci Id 1 r ti 99 t1t 1 £k L:', 1_ 3:, dt 1 • 1 f)eu r?to 15 de •1' 4 í' 1 ) -
o d f • cirr I.Ái. l':. . .)•J.q I4c
U, /3.1. Çl i. r cs i <-,l é.4 C G o b cz, r - f f ~..t J o r - Ir-y S l 1c:;i.tc• 6€rek..ei c' Fvc..ict'?r 1e rJ flc:ritr1 cJct flrlerf 1:rrt1.ctri.,i •1 C.si•;tr'Ilijré:?IOc ..par y 1kri .t :p1e t, , , t .dpntp. dii mb 1
r`c-Ufn.•fl 111 ., L orc. 3 :. 51 F1un. i. p.i 1 c; 1
C..oi: L 1é y j c •. c, i 1 d con d: e p 3.i 1
C..oi: L 1é y j c •. c, i 1 d con d: e p 3.i 1 iLr(::.e dI.• i. .. (. (9"/5'4 f.: 1 f-c clH. 1.c:jrt 1 l:-i ie ; t: .rcui. 1k;. tiU' ci•? ( 1
U'1 $y • ) U,.; 1 dtriq -,j .j í.tt:ddc. , 1iyr' cje]. D;kr.i:c
i.i 1 3ecre L deçp.tc:ho Litr €c.. toree de D'pér t.éineri fç, i'r in :c .; .i•. C. yl c LiY '? çjf'.. r)piçri t.r a 1 1cv o y ::nc.€ , r, D. t.r . t ¡-:t 1 3r, -ti , csti tt.:• .1 i pJ. i.c:n •j •. 11:3 ecp1:.do e 1)3-.tr . de :i•. L.-"
j .1 14
ci4 l;. cje
ccn rfc:t3i&.l. ori 1a qLli. tc F'ri. 1 ¿I, a [..11-1 e,:1 e ]..
i't L'e.ir r,tç '.Çji.iiil ít.i.'o c1ct 4J (1t .1..2
i't L'e.ir r,tç '.Çji.iiil ít.i.'o c1ct 4J (1t .1..2 12 ,1 .i€1 Frr , rç tt 1 ':l:.i.ci:.c.i:i •jr/ g&,b1u-rric.l dc'l C It..Iric.elc vf 1 l q ii r ..i. •'1 ••çJ t..k.:' c'.l : p ccr ¿is t d 1 E. p 1
(Jk. 1: ..tt'3C.3't, .1E' 4; l. 1 4.1 lit ç: .h:•' 1 1' 4j4.J 1,t. 1 I 'iI' l'c:., •t c1• 1 t. t', t.i 4 t, .t.i ..I't!.i',:' :1 .e' 1€ .tsric't •it.'
4 j :.. ij:.TUTELA No.. 39.398 8 de correspondencia no se encontró solicitud alguna por parte de]. libelista, sobre inscripción •,' que Ista debería ser solicitada ante la Comisión Nacional del Servicio Civil, una vez agotado el trámite consagrado por el Decreto de 1994 Lo que lleva a. concluir por el Tribunal que si no ha habido un pronunciamiento de Ja administración, expreso o tácito, no ha habido vicJ. ac:ión de derecho alguno que haga viable la acción de tutela que lo proteja Por que el hacho cumplido de la convocatoria do por si no er,traa
pronunciamiento de Ja administración, expreso o tácito, no ha habido vicJ. ac:ión de derecho alguno que haga viable la acción de tutela que lo proteja Por que el hacho cumplido de la convocatoria do por si no er,traa enaza alguna para el actor, quien tiene ].a posibilidad de participar en el concurso. No habiendose ciado una acción u omisión por parte de la Jmi.n,istrac:ion ).istrit.al no haY espacio para que la acción de tutela impetrada so pueda conc:edor, 'va que anlo ante la acción u omisión como claramente lo dotaca ci articulo 86 de la. Carta se puede dar la vul noracion o amenaza de derechos cortstituc:tonaies funda—- montales, cualquiera que ellos sean. Solicita le demandante que se de la orden a la Autoridad Pública para que lo inscriba en carrera de manera extraordinaria. Para responder lo anterior, la Sala destaca los siguientes conceptos emitidos por ci Director del Departamento Administrativo de la Función Publica. '/is.:k.bies a folias 171 ' ss. del cuaderno En virtud del articulo 130 da la Constitución Nacional y de la Ley 27 do 1992 • es la Comisión Nacional del Servicio Civil es el Organismo encargado do administrar y viqi.lar la carrera de los empleados del Estado, con excepción de las que tengan carácter do especiales.TUTELA No 39.398 ' Con fundamento en dicha cornpetenc:i a la Comisión Nacional del Servicio Civil e> p: dio la Circular r'c: 5000005 de septiembre 30 de 1994 mediante la cual impartió instrucciones sobre la aplicación de la ley 27 rIo 1992 .' ..s normas complementarias
Servicio Civil e> p: dio la Circular r'c: 5000005 de septiembre 30 de 1994 mediante la cual impartió instrucciones sobre la aplicación de la ley 27 rIo 1992 .' ..s normas complementarias los empleados del distrito capital de Santafé de Bogotá, con fundamento sr el concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil dci. Consejo de Estado eJ.15 de abril de 1994 ci cual acogió Cfl SU integridad a través del que se concluyó que el Decreto Ley 1421 de fecha julio de 1993, publicado en el Diario Oficial ci 22 del mismo unce y aFo dejó insubsistente las disposiciones relativas a la carrera administrativas contenidas en el. acuerdo 12 de 1957 expedido por el Concejo Diatr. tal de ocoLá • y • por conislqLksucante lt:is empleados del Distrito Capital, tanto del nivel cerfra1 cOfTiO del descentralizado, incluidos los de la. Pcrsoneri.aq la Crntrainría y el Concejo Distritel deben regirse por Ley y . / de 1992 y FUS normas complementarias. Como consecuencia de lo anterior el Departamento Administrativo del Servicio Civil L)ristritel y el Concejo Díetnital del Servicio Civil perdieron competencia para administrar yvigilar la carrera administrativa de los empleados de los empleados del Distrito Capital y por lo tanto estas funciones deber' ser asumidas por la Comisión Nacional del Servicio Civil, a Octe 55 refieren les artículos .130 de la Constitución Nacional y 12 y 14 de la Ley 27 de 1992. " A partir de la expedición de la citada circular, la Comisión Nacional del Servicio Civil asumió la administración y 1 a
Constitución Nacional y 12 y 14 de la Ley 27 de 1992. " A partir de la expedición de la citada circular, la Comisión Nacional del Servicio Civil asumió la administración y 1 a Vigilancia de la carrera administrativa de los empleados del Distrito Capital do Sant.afé de Bogotá, y en cumplimiento de les instrucciones impartidas. el Servicio Civil Distrsital remitió todos los archivos tic la carrera administrativa del Distrito. En la circular en mención so dispuso, igualmente, que a partir de la fecha de la misma le previsión do los, empleos de cerrera administrativa del Distrito Capital dehcrl efectuarse con estricta sujeción a jo sefal. edo en la Ley 27 de 1992 el Decreto Ley 1222 de 1993 y su reglamentario 256 de 1994 modificado por el Decreto 805 del mismo ecss 'y deberá remitirse a la División de Apoyo a la Comisión Nacional del Servicio Civil .le información de que trata el Decreto 256 do 1994 Con relación a lo procesos de selección que se efectuaron en o]. Distrito Capital con anterioridad e la fecha de la Circular 5000 005 la Comisión Nacional del Servicio Civl expidió la Circular 5000....007 de Noviembre y de 1994 mediante la cual estableció un procedimiento de corva]. si dac..i.án de concursos e inscripciones en carrera administrativa efectuados en el periodo comprendido entro el 22 de julio de: 1993 y ci 3 de Acins'Lc de 1994 copie de ja csual se eri'H.knta. Con relación a le inscripción cc carrera admin is trativa riel socr Segundo Alvaro Pizza Castillo, es pertinente soeiar que Ja
se eri'H.knta. Con relación a le inscripción cc carrera admin is trativa riel socr Segundo Alvaro Pizza Castillo, es pertinente soeiar que Ja misma 5010 podro producirse de i'fienre ordinaria, como cc:nsecruc ele de: la superación del respectivo proceso de selección, por citariLo le inscripción extraordinaria c'r la carrera administrativaTUTELA No. 39.398 10 contemplada por la ley 27 de 1992, en su articulo 22 no cobijó a los Empleados del Distrito Capital de Saritafé de Bogotá,en razón .. que la misma norma tos excluyó de dicho beneficio, por cuanto para la época do la expedición de la citada ley 27 regía el Distrito Capital en materia de carrera administrativa, el acuerdo 12 de 1987 expedido por el Concejo Dist.ri tal Con el anterior vigoriza la Sala su criterio de que ante la situación planteada lo procedente es desestimar las súplicas de La acción de tutela propuesta En sr,€.:r :i tu de lo expuesto, el Tribunal f'idmi.nist.rati.vo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección u A ", administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Le FA L LA: 1........Migase la acción do tute .t a promovida por el seior PMA CASTILLO SEGUNDO ALVARO, identificado cor, 1 acduia de ciudadania No. 17.157.6541 para que se J.c tut.ei ara los derechos al Trabajo y a la Igualdad, ordenando como consecuencia su inscripción CUs Ja carrera administrativa.
ciudadania No. 17.157.6541 para que se J.c tut.ei ara los derechos al Trabajo y a la Igualdad, ordenando como consecuencia su inscripción CUs Ja carrera administrativa. .2. i.lot.t .íqiJ.ese esta decisión a los interesados mediante comunicación telegráfica haciéndolos saber la posibilidad c:p...ie tienen do Impuqnarla para ante si Consejo de Estado«.TUTELA No 39.398 1.1