TA CUN - 95-39607-(07-12-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 95-39607-(07-12-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
ACCION DE T[EL - Inrocedencia
TRIBUNAL ADPIINfI3TRAT I-'JQ DE CUNDI
SECC ION SUR-sECc tON .•D Santjf de Bjot, noveci alwitos noynt )' cinc. propue t, IOI iuiente9: Mç. Ponentps Dr.VNIDO RES RODRUUÉZ Juicio ,No. 95-39601 teaandan tes FERNAMXJ R INCON 13011E1 ACION DE TUTELA pDr,a Dibtqt1 dw U erv i clas PuIcq% EDIS ti %&Or IIERNANI}O RINCON GØIIEZ. ton C c. Nc. 710 0Ó9 Lic Cbac.Fu, actuando tfl u propiO nomtc,pr ei .nt4 ac'ión de Tuf1a ante este rbnt, ntra. la Empreísa Diatrital de Swr ,v.icioís Públiros EDIS en Iiquid-tcÓri / ci ito LpitI de 3ar4tf de Eoot Se?a1a •crnu hecho' fundaíenta1 de i cci n • "1.1. tiedinte totitrato d? tUatJaj Ce1ebrdo el 26 de rD1&rnbre de 1.9 1 4, fui vncu1ado a la Ei1PÍÍ DISTRITAL DEISF RVICIOS FU?L1CQ eXimo It4CTOh PL ASEO. 1.2. Mediante reoiución No. . 16 dI 3 de •nov.embrede 1.989 el. cargó de INSPECTOR DE A3E0 11 -fue claitticadt' cono EFIFLEAI)O FLJH1ICO "1.. Fu de%.pedtdo del cr9
•nov.embrede 1.989 el. cargó de INSPECTOR DE A3E0 11 -fue claitticadt' cono EFIFLEAI)O FLJH1ICO "1.. Fu de%.pedtdo del cr9 empico,: ere ci, 1.9i. , por upreión del "1 4 Adlaritad la ore r.dierit aLL3.órI, el Juzgado dIii ibbri del Cr:u.to fal1 i i favor ; reo hicier'ón lo prpio •Tribivai Superior, que revocó La. seriteficia de primer grado y la H. Corte Suprema de 3uti(_la. que Nt) CASO l enterecia recurrida. "i.. Fundenta"Imerst.c, 'me hd1có el hecho de no haberse apo tado por »rte de (nl apodee .do rtatQp.&a de 1 ortrato de tPabjo3uicio No. 9,607 'l. 6. Noobótant.e 1: inL€or, e evidite que DESFUES DE PRODUCIDAS LAS DECISIONES JUDICIALES EUPRACI TADA, HAN APAkEC IDO HECHOS NUEVOS que de haberse conocido en el trámite de proceso, habrían variado m. .ituaciór jurídica". Con ba se en los anteriores hcho y en otras consideraciones de hecho y de derecho consignadas en la presente acción de Tutei,. considera que se le-está violando al accionante~ los derechos a la Igualdad y al Trabajo c:onsaytados en l os articulos 13 y '5 de la Constitución Nacional por lo cuLl hace la siguiente5. peticiones:
al accionante~ los derechos a la Igualdad y al Trabajo c:onsaytados en l os articulos 13 y '5 de la Constitución Nacional por lo cuLl hace la siguiente5. peticiones:
la. IE. EAN IUTELADOS LOS DERECHOS CONSAGRADOS EN
LOS AFITS. 13 ( 16tALAD) Y 2115 TRABAJO) DE LA
CONST IT tJC1 ON N TONAL
3E ORDFNE EN CONSEPUENÇTIA A LA EMPRESA
DISTR1TAI.. DE SERVICIOS PUL.JCOS, EDIS, EN L IQUIDACION y al OJ;iRJTO CAPI CAL. DE SANTAFE DE P000TA en su ctic i ción de hr-c,tataria. de las obligaciones de la EMPRESA DISTRITAL. DE SERVICIOS PUFLICOS, EDIS. EN L.flUlDACION, segIn el articulo del á. uerdo 011 de J. . '9 reconoc.erue y pauarme totJa y cada una de las prestaciones 1. ztboraies a 1 a S ciale E, tengo drecho de
fo iidad c::or, 1 hechoe e > puestos en esta c:ción ' las pruebas aporiadsñy la misma. Como la sol icitud reunió lct, requisitos de Ley y l acciorante dió c:çni imiento al inciso segundo del articulo ? del Decreto .91 de 1 .9 1`11 a la tr.ma se le dió C.UISO 1 se c:offlun 1 có su i ..i c: i6r a 1 as. partes inter esadas, entre ell as, d la autoridad pública contra la cual está
C.UISO 1 se c:offlun 1 có su i ..i c: i6r a 1 as. partes inter esadas, entre ell as, d la autoridad pública contra la cual está diry4.cta a La que se le ss1,i.ci te> la documentación e in'for-mciÓrb que se cot ideró pertinen teEl i3eront.e t.quidador de La Epre'ta DJ.strital de
Servic: :i.os
Públ icos EDIS, edi.ante O -iti.o No. 5451 del 29 de noviembre dl ao en cursc dió respesta al requerimiento que se le hic, y al efecto expuso iEl sor HERNANDO RINCON GOMEZ, mediante resolución número 939 del 26 de noviembre de 1.974, de la Gerencia de la Empresa D.strital de Servicios Públicos EDIS fue designado en >e1 cargo3 de INSPECTOR DE A3EU.. "Suscribió con la nma entidad, el cc:nt4ato de trabajo tuero 67 del primero .lo..) dediciembre de 1.974, para el dsempeode las funciones de INSPECTOR DE ASEO. "En cuanto a. las condic.ones de trabajo pueden seaiar, a manera de ejemplo, pues se anexa futoc:opit legible / autentictda del re..pectivo contrato: 'NATuRAL[:zA DE L A RELAC ION Al q resar 1 servicio el TRA3ÑJAijOR. ha tomado debid conoc ¡mi ento de que la EMPRESA es. un estabiec:in!iento pCibi ..co descentralizado, creado y
servicio el TRA3ÑJAijOR. ha tomado debid conoc ¡mi ento de que la EMPRESA es. un estabiec:in!iento pCibi ..co descentralizado, creado y organizado segt'tn Act..u-rdos Niert 30 de 1.958 y 75 de 1.960 del Concejo Distrital de Bogotá, por lo cual la col ebrac i tw del pr eser e cOn :rato de trabajo, no le quita al trabajador su condición de trabajador del Servicio Oficial. Como consecuenLia. los derechos y prestaciones sociales del TRABAJADOR SoO las. estabi ec:icias por :Iar Leyes, Decretos y Acuerdos dictados especialmente para los ser v1ores púhi .tcos de su cateçr:a y estipulados ar. las Convenciones Colectivas de Trabajo aplicables al TRABÑJADOFC " NORMAS DE LA CC)NVENCION COLCT 1: VA: Las estipulaciones de la Convención Coloi.tiva de Trabajo, se ent.ondern incorporadas al presente con trato aunque no desacuerdo entre una Colectiva Viqeritc y contrato, primará la pero la norma que se es decir. SE? expresen, en caso de estipulación de la Convención una cláusula del presente más favcirable al TRABAJADOR adopte debe aplicarse en su sin que s pueda os coger lo bueno de una y otra norma. Lo dihu en la presente cláusula no se aplicará en caso de que el RAEAJADOR e x c iitidO de l.3 LonVerición
sin que s pueda os coger lo bueno de una y otra norma. Lo dihu en la presente cláusula no se aplicará en caso de que el RAEAJADOR e x c iitidO de l.3 LonVerición Colectiva del Trabajo, por cualquier causa legal "2. s, RNANDO RINCON COMEZ El que.00 E no se encuentra laborando en la entidad actualmente, teniendo en cuenta dos razones: "2.1. Fue retirado del servicio mediante Resolución número 1423 del 5 de noviembro de 1.991, expedida por la Eerencia de la etid y mediante la cual se le declara insubsistente el nombramiento del car'co de INSPECiOR. '9 be le comunicó la decisión de 1a administración sobre la insubsistencia del cargo, con el Oficio número DRli3-3054 del 12 de noviembre de 1.991. "2.2. La EDIS fue suprimida y ordenada su liquidación mediante Acuerdo número 41 de. 1.993,:4 Ju:.Lo 4c é)Ç7 e>peuLdu .pyc.)i el Co de la ':iudad disposición que se y ene y sLá en :es d E , aLión COfl Ci d4? ¿tce€nc1as ial rale que la entidad le pudierá aceudar al
or ru IDO R N'flN I3flMEZ t:ertec que las caricel.Ó
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caricel.Ó
1 F'orto de 1 iquidación de HABERES, foliO numero .,9 del expediente laboral, lk.Áego de cduccior la suma c:uatraLien to oçhenta y sci :ieu Los er 1a aos con 89/100 M/c:L. de .FNIÇ DEFTNIT1V, folios 71 y 72 del ee4 Lente Laboral por la suma de tres mili ç,es dcaci.r toS arer;ta y ocho mil quinientos
oven y . in co pesos. 07/100 N. ¡C te. r pi:.L ¿f(ain acijÍjr;-&ra Livt imtrada por, el ccionante s€oi HERNPNr)O RINCON GOMEZ
obrc pr a cin es soc.ials, reirtt.euro 5Ulj id •. .u;&; ;i j.1;.; ; i i;a:ión tcn'amo que con fcha 2 9 de enero d 1 .92. presentó O.:io el (-:u1 tue d0c3.dldo r(tivament.. por el silencio de la acja, i.í;j.sLió dando torno resol Lacio el aqutamit::nto de la vía ubernativa, que generó se intauraa ante l j r.idícciri ordinaria laboral de p 1, oco, que fue sur ti, Uc aiit e]. Juzgado dieLlse.s.s (té)) Labor ¡A 1 dei fir LU.Lt.O en priera :n tan cia., >' en segunda instancia ante la Sala
de p 1, oco, que fue sur ti, Uc aiit e]. Juzgado dieLlse.s.s (té)) Labor ¡A 1 dei fir LU.Lt.O en priera :n tan cia., >' en segunda instancia ante la Sala Lh.;ral k1 ir :i hur;a 1 super_. ur del Distrito Judic:ial de san taf' de qatá: interponiendo f ir Aimeti te rerttrs d e ante la Corte Spr€i; ie Justicia "Una vPz ej ecutor.itdos y en .iine los fallos de proc ti n t e ÍN a 1. aiio pren tú el q.te re 11 ante i to de ' aQotser;t.0 de 1 a vía gubernaLi va" scbre un idéntico punto ,ia re;: lamado e sea la indcin i. ción por £iCsp.ido i.nj uLo - La rec 1 nación ni, n (.1 i'.:ó dirección y pot crsiquicnte se repontii.ó i median Le e 4 servicio del correo cer Li f o se ha remmn. tidd el escrita <:.¡La e a la Dirección que aparece regi.trada en el expediente laboral De los dicuritos citados y é4 e;.e Des pac:ho fotcepi& rkL:i damen te Es re 1 evartE indi. c nr que respo cto de 1¡.k tupia del esc:rito de 5ol icituri rl& acción de Tutela incoada
Le ese H, Tribuna l debemos efectuar d manera i nttica > breve algunas precisiones sobre las ai'IrncioneE del querel antez.
esc:rito de 5ol icituri rl& acción de Tutela incoada
Le ese H, Tribuna l debemos efectuar d manera i nttica > breve algunas precisiones sobre las ai'IrncioneE del querel antez. "1.- El retiro del servicio a través de la declaratoria de insubistencia, lo efectuó 1a5 Jti.».o No.
Cr uTL..éÁ de la EDI e jorc: .c. u debo.AS -fac:ul tades aies y ttutar:Las y amparada en la epediciórt du uit :Ltc) admirtistrat o por partu de la Junta Dectiva de la misnta empresa, -que cors báe en nurna i c Carácter 1egal, estatutarias y rjiament.ar ias vi Sj n tesy cor. plena fuerza vin:ulante claí. f caí-or ii iir Y idorca de la erlidad con ci carActer de empleados emplearios públicos. de e rbraier to y rociÜr i te e 1i u-a a los II\i;pEcTupcs y por tanto, le oturdab - cpetenia al adoptar -la decisión del retiro del servicio del eur HEhNNDO R 1t.4CON ODtlEZ al usér declarado inubsi .r-nLe su
"2..--- Las cia iciunes dc se.rvidi es de la ontid.d e cto. administrtivos cnleyiado, proter idos por la Junta Directiva, y adoptados tiodi-an tc Decii-t dj- .1 1 ide Mayor de .1 a c:íudad ,
ontid.d e cto. administrtivos cnleyiado, proter idos por la Junta Directiva, y adoptados tiodi-an tc Decii-t dj- .1 1 ide Mayor de .1 a c:íudad , paa cada oportui i idd no fueron demr Jados ante la Jurj.di cción Contenciosa Uairr1st.r a Liva ni supe id idr:s por 1. a m "La oryani:...i óri jur .•i.ca dr1 E-tdo e>igc qt.te los actoadm..i Lia iv'ts ae ct.uriplari mien tras no sean Lspendidos o rtuia'Jos ... lo contrario haría :Lmpos;Lble ci &obiernola seguridad y la certera idica, El vnter lot mertt.-: transcrito fue tomado do la obra vía Guberntiva --- - equnda Edición Edición Ciencia y Der-cho del Tratadista os. En otro apace, de La obra citada dci miarlio autortranscr i he -.:hie el terna El Ani¡sis de la Profeora Margarita }3aiadiez de la LIn.er si dad Cuí plutense de Madr Íd: Estos importante.s eecto: se han veninic i ustif ic_andu en 1 a r,ecesidaci de j Uridi c: as-, I.ua estati. 1 Lded su1 1 & - cual l i'den j u dico que Lodo der ccihCN t€'ne a ccinfiu'.ir ar, no podría existir. La eur.idad jurídiLa e por tanto, uno
Lodo der ccihCN t€'ne a ccinfiu'.ir ar, no podría existir. La eur.idad jurídiLa e por tanto, uno de lo. valor t- ;: al p .ay a la -LLn.a de t.cscl.i 1 .. Se -reurie entori ces, que 1 a adopción dedec:i.sions aiist.rati' en un moinanto preciso obedcir'ron a la :Lntorpretación que con base en las disosicioris viqerites debió tomar la Seren(:i-a. de la entidad. Md t'esult. vti ido que argumentepl quer€ lentp mi ime s:'.n Ufl íln instaf-u:. i as extraori:nr :o ci po..ibie err-or 1 ar.z,n presento y finalmente s drcasación en su favor. - de si apoderado. :-O 5U1tCfOfl las acudió al recurso esto nt la .j ur-i.sd i ocióri or-d 3naria, = Se cha de menos que estando en oportunidad y debidafrwr)te legitimado el querellante,audió ante la iur-i.sdicción - no c - el acto adrnir,istrativu h su sentir le pudo no puede pretender-%e presencia. de un hecha mayor. -pues con - la - para impugnar de desvinc:ul ación . que perjudicar. I gua lment.e afirmar - que se está en constitutivo de fuerzao Nc
mayor. -pues con - la - para impugnar de desvinc:ul ación . que perjudicar. I gua lment.e afirmar - que se está en constitutivo de fuerzao Nc prec1.3iir1 tréL. 1 al r tiLtL .L de i a Ley 95 de :L 39O al do f:.nir 1 . ::uno el irnpr -evitoa quico no
pos.]e zomo oh uo 1.erremoto el apra Iientc.? de 1 , uto de uit:nridU ejdc por un fuít:onriu público, s. la situación cc,gíret del €?For ERW'UDo R ! N)1 GOMEZ , u euitjb 1 eeriie de u rpto a lo que corider un prL1EL) :'.rt::ai ¿ oc pUedE .cioqt L luir LhtJ o inju'ta c.iruFf:an:ja n fuer2a iyor que • iO rkdo prever -se.
ci lt se ehLia% i vid ic:ad en el te>t de Iéá jcttc:ión de la ac'tn de Tutela, se ercuenti-n ti :i.uiçjidu:
C. ir j.cr 1 .il :uce de la íturi 1e los; sFrvidc dp3, rjtte por reg 1 . yene 3. icn dos púb11 ( -...o y por tanto 50 1 cor r()d pü' 1 a ley y los y 14 laierito 1 ricueidc de vokun tad que sur qe de un
reg 1 . yene 3. icn dos púb11 ( -...o y por tanto 50 1 cor r()d pü' 1 a ley y los y 14 laierito 1 ricueidc de vokun tad que sur qe de un cc::ntr.t.i de trt,aJ i. suma Lcpc.rtanci se u Fa ir qe el accionan t peterU cori fuod ir cii • 1 t .ienipo y en e]. C5íiiXl. t.. pS í3i.3,4 izi_uidu fue de:1 arado su nombi .miento insUsistE?n':..i.. a en cual no ipucjnó el repectivo ctci ..cinn.0 tra (["u • la .ituae.zSn de funcionario d.ir'nte 1-994.que' 1 ueçjo de 1 r; pronuíl c i aien t.cs .1 UdiCiAlC y I atl 15 ÍE irlcJl\'iCiUal prenr to dr •'t 1 atión iabçr 1 y el Uesarrr lo er el L3.eipo de .1 fí, j %ala la decisi.or pY opia de la administración. No se puede entonc&is pri..eriUer que por ruuria del
mismo
ioorit.e se ve.i van tr tiir€i. se r cçJu can 112 i.s ativa de --- roc:.t.-ndo fa 11 c, s, j udi C..ia ii., 1 u_• :i 1s e cLwpi .iron con •r rej 1 o a
112 i.s ativa de --- roc:.t.-ndo fa 11 c, s, j udi C..ia ii., 1 u_• :i 1s e cLwpi .iron con •r rej 1 o a los pro..'dtin1n tos gurdá.. de tas crantía' prcc es de con jr4ción cns 4: ir nal Par su parte el Subiect -ct.aío de suntos Legales de la Alc1ciia t1ycir de S,%.krttafé de cio -La cLió respuesta al requuTt.eIitO que se le hizo y ai efecto e<puso mediante
O -ficio No.. 1u41244 rcibido el 30 de nvienbre del ao en curso: 'En relçir.ri cori lo sol ic:i.tdc ir, L tut1'a de la . de Aner a atenta ínt perito nfcrmarle que hab i Fendc' hch,:'. ls veri.cjuacioneE. in ternas ar,4:.e la Oficina de Radicación y Ccrespondencia de la Alcaldía Nayor. -se estableció por parte - de ésta, según I::omuniceciúri adjunta, que revisada la base de datos exiitc'nte.. no se encontró ningún registro 4 nombre del ser Hernando Rincón óez".....LeruLt lct JÇ)M tuiJd d€ dLJtiL pt el lo, hciendu prevía.et las siquir ts Ç U N S 1 D E F A C I O N E S; Ta1 como lo ha xpuesto la H. Corte Cstitucional
el lo, hciendu prevía.et las siquir ts Ç U N S 1 D E F A C I O N E S; Ta1 como lo ha xpuesto la H. Corte Cstitucional rí fallos CitCli4d 1 1.uLela ey. u çariiíbo c uri ..ebidc) Pma. la protección :Lnrnedi ata de lçs tierchos fundamentales, Constitucipi:ti. uaridci et el co concretó de una per sona,, la acción u omi sión de tualquier autoridad pública o de partí col aY este di L .nno evento n los casos que determine la Ley y . ut:oricç? la j urisprudenc:ia, tales derehs ritl n v.t1;ado o íazado s;.r que exista otro medio de defera j.udciai o, an ei'ót.indo s:L la tu te 1 ¿ e traia COifiL medio. ts ansi os jo de írnediat.a a:.l icac:iór. • evitar . u pLNi uicio .irr em JiaL le St: trata de un irit:r tunen to Juridict con fiado por la Coi Lito :ión a lo. • ieces, ciya .j ts L.i í ción y propósito cors isten en brindar a la person a la pó.i htl.tad de acudir sin ayores reqkerimienLus de ifldtl formal y en, la certeza de queobtendrá a Iaprotet.:ción directa e inited.i.ia dci Estado, a objeto de qut. en su caso, cciiradas sus circw.ar,cias espci ficas y a falta de
de queobtendrá a Iaprotet.:ción directa e inited.i.ia dci Estado, a objeto de qut. en su caso, cciiradas sus circw.ar,cias espci ficas y a falta de otros dioS, e haga tsLici tren Le a :LtL cines de hecha que representen qubrartto o de-, sus. derechos fundamentales.
1.I.,jgrandO ai que Se cumpi a uno de los fines • eenciaies del Estadu coristerte en 9 zkI¡'ant.izar la efecti -vidad de los principios, derechos y deberes cortsjradns mr a Constit tç:.:i.jn -. 1.tune ,UA 1. • tta i.nsti t L 1ç.i.Ún cm dos de sus caracteres dítinivo enci.a les los de la si.Wsidiaridad y la inmed. ate z i primero por cuanto tan solo resulta procedente intaurar la acción cuando el afectada no disponga do otro medio de defensa juniicia3 a nc: str que buque evitar un perjuicio irremediable y el segundo, puesto8. Ju.t in Nci., ./.07 que r.i tr:.t.a de ur p t C iso ro de un remedio de ap1icctón urqente que se hace preciso adrninitrar en guarda de 1 :.tjvjdd concreLa y a. c.t.iak jiL. 1 d-:rerhosujeto a vi1a:ón o amenaza.. 'Tíene Ja m.nc:ionada acti.Ón el - carácter - de skpietiva mas no ti' sustitutiva, de 1 aé, competencias
vi1a:ón o amenaza.. 'Tíene Ja m.nc:ionada acti.Ón el - carácter - de skpietiva mas no ti' sustitutiva, de 1 aé, competencias cortituciorlr4s y leçjkies de las autor i"dg-4ti pública en esta mnera que el Juez de la Tutla no puede reinplazat - •...d •u: mpet:ite para. f 1 lar en lc que autoriza que 4U LC: Uir €?5 LW fQedIC) d protecián de lre 1 -1 s de la.:ersona h'ianaen su primacía (T-- T- . f-Ljes h.t-en en hía acud.du a este medio expedito de detensa juilicia1 por atto el accionan te r,n1.ier a que se te est n lsionrdo sus derechos a la ic a. 1rhd y 1 ba. corisagrado. en los aut.icuios 11. y 25 de La t :tiw:iúI1 NaL.ionai con 1 ae;durta ¿SUm.ída por la Empe fri tal de PÜb 1 tc.s ED IS. por cuanto, no ha pr oced ido a econi:erme y tucJs . una de 1 as 1 irestac.00: 1aborit1e•; " a qLme tiene derecho Lrcuistar; C. i que 1 1.C./..3rm a la Sala, después de anal i ;•r los e ornen Los mi prueba que obran en e 1 .in fo íativo que al recto mdiron la<Á diferentes aoriad'. cofflprometifJi :t coriveflimitc de que no puede
anal i ;•r los e ornen Los mi prueba que obran en e 1 .in fo íativo que al recto mdiron la<Á diferentes aoriad'. cofflprometifJi :t coriveflimitc de que no puede ser de:.Ld ida en favor - del ccioiian te.. A i uici ciel a la • en ste everi tçi, dadas las c.t c t.t netai 1 s 'le tiempo y mudo com,o ucurrier on los hechos que gene. , aron 1 fur,dae; mto de e t ac...iári de Tutela, no se enc:uertra que ç.t.Áeda sr interpuesta para la prct:c:ián del
derecho al trabajo quste dice vulnerado.. Ni siquiera el propio arcionante s1,icita adoptar las medidas apropiadas para re€a.bleczerlo.. Y o las pide pore.i emplu u r xo !-¡:"jr c., L¿., ór, o res ti. tuLin al Largo, por cuanto e sabdor que para ello ce ntó en su oportunidad con laS aL..iores pertinerts ante ff lt iutic.ia ordinaria' que ir1iL.ilffleflte le fueron favorabl-e pera que .iLeqo'le fueran r t.vor -o po demayo r jer -r qUia tercí ' nndt; en' ;u contr por no hbr acreditado encontrarse dentro de J os c.ios de de ue los t'rabaj adores al servicio de In ent:idad a..;LiOnada. dada su naturaleza, eran icpC Li .t. •.. y pur nU€ t,LidaE.3. su'i nt.r'oversis a
servicio de In ent:idad a..;LiOnada. dada su naturaleza, eran icpC Li .t. •.. y pur nU€ t,LidaE.3. su'i nt.r'oversis a esta juridi':r:.icn de lo. con :cioso d'íritrativoa donde tarnpo.0 Ukfl 6 a deiar ar el :to qoe. lo ret:. r del s:rv.i:io 'de 1 msiIla.. El t;r:.. nrte ç.:unt, r'itncF.:• con los íiecanismós o t CT i ÇI.i. i 3 LI(J t. 1 .:ocurav la pro t:ecc:ión de la ci.ihle 'io.1at.::.Cr, det.t dire:ho iI trab...,jci y no 1. as ejercitó te jur'id .i ci....ón iue se.jt.n el Dronl.nc:Lainto de la .3Lst1cLa OrLi r'krla corrpor'dia 1: i6ui que', se repJ. Le impida, por improcedente decid.r i pr rtt P& 11:1 c't 6r .erj f'or del ¿cionarte en uáfltO hace a su aleqadrr3 d"rcho i tr'aJo, pui no puede pr, etenrk:r'se t4t i.or 1 a l.tt.eia lore - oLgtner lo que a tt avás de 1 as. c: CliTes er t j. rt que su ....qi&ron en oportLiijMU er, SU i 11.1 c# no 51- . ir ten tkr On ant: esta
tt avás de 1 as. c: CliTes er t j. rt que su ....qi&ron en oportLiijMU er, SU i 11.1 c# no 51- . ir ten tkr On ant: esta j ur idccin y 1 el gr, 'ornu'I. ad a-. ante la ,j ust.a ordinaria e:su .1 Ltr,n 1' 11. das re.pe .l ¿leg.:dc. derecho a la igualdad $iipor: apare.:e y lrlr;4du '::tn,o se sosi iene en el escrito de tute la.. Ni apaec. vi. rte .CIUC 3. s pe .c'na. que C ita el :ionnLe en u f Lrl -Lo de tute la s encintrran en iguales tond i. t: .i unes y ci r'cur tnci s d uar' y sltUatLÓr1 de hecho que lega para s.j Cr'c;unstantias que solo a través de un proceso conamplio debate probatorio, que no es el - de la Tutela, podrían1 .1 diu.Li £V , .u.iaic: 'ue .un 1 que re 3. es (:c)rrD)nde ':orifovna a •1a S FI C) I-fn4-Vcs v.irente que le Son a i i.Lb1 e pa a tría vez acr diUÁCIéí5Çii&i UfÚiir si íi..tainient crprd.ir -i 1e?gaiment;e al pt:ticionario '1 dec.i.d: r 1 p t LidI.di. qu• an•t.j u drtcho 4t 1 .içjua 1 dad
dec.i.d: r 1 p t LidI.di. qu• an•t.j u drtcho 4t 1 .içjua 1 dad Y e que aún L:ep -tando que t. 1 çe perona lubieran iUc t.rat.da t.n 1¿t orcJi. c lón que mencioría el accionante tiü e pud-- 1 J1d. ';u Vir:U 1 ibural apefl5 reseia en iI c.•c.ri. t.o 1• T,tte 1. a er a o no c - eedores a ella y al etic:ior,a -io pudiera d'riuc:.i i tatri i..1ri Lo desiqLt iq 1. lo 21 at:cionante el e o .kI -. PH t,it.iii, nubrr.ifi va red aarido 1 a ismas
e :trideirii ac,.uue5 que nra pretende a trfç de - E? - d a • t;içjÓj que le fue re-poid ida ndLnte el üí ue obra a fIio 55 y 57 en que ni. e le retrio tal CF3 prctendido pv qUe .1 1 1 tLe con - ignan y que coniti h>I141Cs 1.5 e tii íeu'-t i vá. a 124 pret.ót& scep Lible d erj'.. iciado ante t juri5di.cc:ión cret€,nt por , lo c:ua 1 r e t..i1 a la Ti.tp1a r ovmat,te i.rnprccedent frei t a a
d erj'.. iciado ante t juri5di.cc:ión cret€,nt por , lo c:ua 1 r e t..i1 a la Ti.tp1a r ovmat,te i.rnprccedent frei t a a dereLhu que e rc .1 aÜet iei.üt .iio 1 it al íni i t.t:.j det aciver 1..i t e 5 '.. hi u al djcjjrc1 :tj iii t.1 9 u L( I. 1 a al que a-• e ontrcivierte, que s,!. la iutic1a ordinaria 1 aho t 3 cltcrm nó al ::cd ir la demanda qu' promovió al eíet: Lo ' :u>'os a1 1 t, ibr en autc que el accionante tenía 1 c.1 it:ia'.i de empleado público y por lo ihiaino absolvió a la entidad c!eindad a , el lo LOfli 1-: a cc)ndílrlr que 6te ro era ai:reodor a quc? en su vor se tp1 icarar. y r:nu:ieran 1 es ben w cia de 1 ai; Ci:n'í en C..UXc Col at i 'ias de írabaj ci que ahora i ec 'am. 1 r a. v r accicr, e-tun ah gande supueci hecho ruvos - Fue En ,i tal oportunidad que el actor tuvo la opción de acreditar el caráu:ter que ahora alega para -çon fundamentoJL1 0 No.. 9.tO para su revIlik5U. AprohidÓ
NEVARDÓ A; REYES ROOR 1 (3UE.Z
de acreditar el caráu:ter que ahora alega para -çon fundamentoJL1 0 No.. 9.tO para su revIlik5U. AprohidÓ NEVARDÓ A; REYES ROOR 1 (3UE.Z MAR 19-1 DEL CARMEN :JARRIN CÉRON 1 ILEMtÑ Li IMENEZ OCHO l poder aklt rntu1Q, relar 10% berp1ici de l Ccnvøncion qua iIVO( y e9ÚIjLQ% - ántecadentes d tales .accionai no lo "hizo. En .mrito dé lo •püe%to, 1 Tribuna1 Adm1f%tt1ivo de Cundi.narç, 3ección SegUnc, uSc4.tón O, dm3.n.etrandu justicia en nombre de la fepubl.c d Colombi44y por autoridad 4:e Ia;Lay; c-d.ór% de 'Tute1 tuet por ly1 s4or HERNANDO }UNOt4 GOMEZ, eon C C. No. 2t$ 049 de Choh contra 1I Empresa Ditq.tal de árviCi o44 Públiconl EDIS ifl quidtón y al Di%tr ita Cap¡ tia de nték fé de oyot, c.onforoeéx lo e puesto en la parte çx,r1der.kt.va . Cópieme" notifqueet, roinurquee y t&trnp1ae ' i H. Cort' Csr%ttttiç,ul