TA CUN - 9537284-(19-07-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 9537284-(19-07-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
¼\4 ' 41v Fzt.
BONIFICPÁCION DE EIPLEN)O EN PROVISIONiLIDAD / CARRERA 2½1]IINISTRATIVA -,,,Ingreso / SUPRESION DEL CARGO
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECC ION SEGUNDA
SUBSECCI4 NBN
Sar,tafé de Bogotá D.C., julio diecinueve de íriil novecientos noventa y seis. ¡lau. Ponente: Dr. CARLOS A PINZON E4ARRETO Ref Prceso ¡4r 9537284. ACTOS NACIONALES
Dahdni:e MERCEDES (SARCIA DE ZEA
MINISTERIO DE TRASPORTE Controversia: Reliquidación Bonificación La demandante, por ir,termed lo de Apoderada. €r e3ercc:ic de la acción de RestabIecirniert:o del Derecho prevista en el articulo 5 del Códiao Contertcio Administrativo. previos lo trárn,ites de un proceso Qrdirario.. oi i (- i. ta a e:3ta Corporación. se hagan la Siguientes. DECLARACIONES PFII1L.FP - Que os nula 1 a ROlu1¿ir 69%2. de 1993 y tarnbtn el Oficio 232/2 de 1994 ffledit el cual se resolvió el recurso interpuesto contra aquella. EGUNDA.- tue e declare que la demandante, de acuerdn con 1a características y duración en el dempero de su cargo debe ser clasificada según el articu1 149 del Decreto 2171 de 1992 Y que en sil 1 qi.tdacin debe ajustare a dicha norma Lu-ProcesoNo 937284 2
el dempero de su cargo debe ser clasificada según el articu1 149 del Decreto 2171 de 1992 Y que en sil 1 qi.tdacin debe ajustare a dicha norma Lu-ProcesoNo 937284 2 TERCERA..- Que se ordene al MINISTERIO DE TRANSPORTE hacer la reliauídaciÓr y el pago de lo debido, segar lo establecido en el ya citado articulo 149, o sea reconociendo cuarenta y cinco (45) días de salario por cada uno de los anos servidos después del pri ase r'o y proporcionalmente por fr-acción de -ao mas diez (10) días del primer ao. Como la demandante ya recibió treinta (30) días de salario por cada airl O de ser\'icio. los cuarenta y cinco (45) días mencionado antes sor) los que aún se le deben y corresponden wi cicó () de slario para ajustar la parte de laíndemnizaciór,: llamada adicional por cada allo de servicio desps del primer -o y proporcionalmente por fraccin de ao, mas cuarenta (40) días de salario que corresponden a la indemniación básica por cada ao servido después del primero y proporcionalmente por fracciór, de aFo mas los diez ( 10) di-as del primer &o. Todo lo cual le fue desconocido en la liquidación de su indemnización a la demandante. CUARTA. Que se condene al MINISTERIO DE TRANSPORTE a paoar a la actora intereses sobre la suma adeudada, equivalentes a la tasa de interés variable, D.T.F. que seale el Banco de la República y por` el tiempo comprendido entre
TRANSPORTE a paoar a la actora intereses sobre la suma adeudada, equivalentes a la tasa de interés variable, D.T.F. que seale el Banco de la República y por` el tiempo comprendido entre el día que el INTRA ordené el pago hasta aquel en que éste se efectte. QUINTA.- Que se condene ioualment.e a la entidad demandada a pagar a la demandante la corrección monetaria a que hubiere lunar. como -{ECHOS que dieron or icrn a la presente acción, se relatan los siuient "1. La seora Mercedes García de Zea fueProceso No 95-37284 nombrada como funcionaria del INTRA ci 8 de octubre de 1973 eqn corista en la Resolución de liquidación.
2. Mediante Eesoik.tciÓr, 522 £ de 1974 i u e reincorporada en el cargo de Mecanógrafo V-13 de la Sección de Tesorería.
3. Por Resolución 1805 del 26 de diciembre de 1974 fue ascendida al cargo de Mectnotaouiyr ao 19-15 en la División de Seguridad. 4.- Mediante Resolución 442 del 25 de marzo de 1976. fue ascendida al cargo de Analista de Administración II-lS en la Sección de Tesoreria. t:i .1. de diciembre de 1976 fue .scendida al cargo de Operador de Máquina de Contabilidad V 19 mediante la Resolución 1993. 6.-- mr Resolución 561 de 1978, fue aceridida al cargo de Operador Calificado 6000-08. 7.-- [.1 15 de o
Resolución No 1130
Auxiliar Adminiitra t de C.: :int.abilidad ctubro de 1981, mdiani:o
al cargo de Operador Calificado 6000-08. 7.-- [.1 15 de o Resolución No 1130
Auxiliar Adminiitra t de C.: :int.abilidad ctubro de 1981, mdiani:o fue a certd ida al caruc, do vn 5.120»-11 en la Sección
8. Mediante Resolución 1927 del lo de NovJ.cmbre de 189 fLtC ascendida al cargo d.?
Secretario Ej ecu ti 'n 040--11 en la Dirección Regional de Curdina-ca Por Resolución ¿. del 18 de enero de 1990 fue ascendida al Administrativo 4065-07 Empresas y Ruta. cargo de Técnico en la División de W.- Mediante Reluc.ón 4450 del 22 de septiembre de 1993 fue encargada para ejercerProceso No 9-37284 4 las funciones del Protesior,ai liniversit.aric, :30() en la Sección de Presupuestos 11Cabe destacar aquí el hecho de que la demandante fue inscrita en carrera administrativa por el Departamento del servicio Civil. mediante Resolución 0676 del 6 de mayo de 1935. Y que el ascenso que se le hizo en 1990, se hizo sin atender a lo prescrita en las normas de la carrera administrativa, lo cual bviiente ro fue por culpa de la escendidpt sino del rlomindor.
12. En desarrollo de la llamada niodernizaciói, del Estado, ci gobierno resolvió suprimil varias entidades estatales entre las que se incluyó al INTRA
13. El 30 de diciembre de 1992. el gobierno pidió el Decreto 2171 pou el cual se suprimió
del Estado, ci gobierno resolvió suprimil varias entidades estatales entre las que se incluyó al INTRA
13. El 30 de diciembre de 1992. el gobierno pidió el Decreto 2171 pou el cual se suprimió el INSTITUTO NAC1ONAL DE TRANSPORTE Y TRANSITO UINTfAI4 y para sustituirlo se creó el F11N1ÍERXO DET RANSPORTE. 14' Li 15 de septiembre de 1993, ci gobierno expidió el Decreto 1033, mediante el cual se estableció ci procedlii,lerlto para la paulatina supresión de cargos en el mencionado esLabiecimierto. -- El 23 de diciembre de 1993 la Dirección General del 1NIHA, en cumplimiento do las normas de modernización dictó la Resolución 6952, por la cual se liquidó y ordenó Ci payo de Ufla bonificación a la actora por la supresión del largo.
Para en on ces la demandante estaba cumpliendo veinte 20) aos, dos meses ' veintitrés (23) das de laburav el, la entidad.Proceso No 95-37284 .17 En 1 a Folución de 11 o u i. d ac i ór—i e c:laificó uivoc:adiente a la actora como fun cionaria do orden provi iora 1 desconociendoscie as. su derEcho a una indemnización sustituyndoio oor una simple boriii icación 18.-- Por la razón anotada el la interpuso recuso de rei:osición contra la py,ovidencia de 1 ituidación dicho recurso fue resuelto mediante l Oficio 23262 del 1.4 de octubre do
18.-- Por la razón anotada el la interpuso recuso de rei:osición contra la py,ovidencia de 1 ituidación dicho recurso fue resuelto mediante l Oficio 23262 del 1.4 de octubre do 1?94 en al cual el MINISTERIO DE. TRANSFURTE confirmó la providencia del INTRA'. Como iicir-wías se anvucar las siouientes Códiuo Cont c:ioso Administrativo artículos 82 03, 136. 206 , Decreto 2171 de 1992 articuio 149 :1 158 CONTESTAC ION DE LA DEMANDA El unte accionado 1 .Lo con test_ación : la deíriarda i nst.aurada dur •..int,o el .trm1nu f i i adc:: par a ello,eqúrt documental de fullea 34 a 37 PRUEBAS Nediartt.a auto quu obra a folio 56 se decretaron 1.as pruebas sol :icitadas / se ordenó tener como tales las documental es que se al 1 aren con la demanda - Por la par te acciontJ e dispuse 1 .. brar o a cio al ente accionado a fin de alleiar la certi.f.cación a que se refiere ci Título 1 .octoc, litoral a folio 36 y las documentales a que •o refieren los modios de prueba de la cont€tación de la demanda Título II Inspeçción içjj i.ittra1es a), b) y c. o1ic,' 3, ALEGATOS DE CONCLUS ION El apoderado de 1a accionada descorrió elProceso No 95-37284 6
içjj i.ittra1es a), b) y c. o1ic,' 3, ALEGATOS DE CONCLUS ION El apoderado de 1a accionada descorrió elProceso No 95-37284 6 término oara alegar mediante la documental de yolio 76. La Apoderada de la actora realizó la misma actuación procesal según escrito visible a -folio 77. Surtido el trtrnite correspondiente a la instancia y no observrdoe causal alguna de Nulidad que pueda invalidar lo actuado la Sala procede a decidir previas lab siguierits O N 5 ID ER AC IUNES La actora, por intermtdio de poderada, olicita que se declare la nulidad de la Resolución 6952 de 1993, e.pedit3a por la Directora Liquidadora del instituto Ntcional de Transporte y Tr Ansito "INTRA'. por medio de la cual se le paga la bonificación por supresión del cargo, así como del Of ició 2322 de 1994 por el que se resolvió cl cecurso interpuesto. Como consecuencia de la anterior declaración y a título de restablecimiento del derecho se le clasifique dentro del artículo 149 del Decreto 2171 de 1992 y se ordene ii reliquid:iónel correspondiente pago. atendiendo a lo ordenado en ci 149 yi4mencionado9 o sea reconociendo cuarenta y cinco (45) días de salario por cada uno de los aios servidos despuós del primero mas diez (10) días del primer ao y pagar intereses sobre la sum adeudada, equivalentes a la tasa variable D.T.F. que se?ale el Banco de la República, desde-que se ordenÓ el pago hasta que éste se efectúe y
del primero mas diez (10) días del primer ao y pagar intereses sobre la sum adeudada, equivalentes a la tasa variable D.T.F. que se?ale el Banco de la República, desde-que se ordenÓ el pago hasta que éste se efectúe y la corrección monetaria a que haya lugar. Mediante el escrito de contestación de la demanda visible a folio 34 del etpedionte. propone el Apoderado del ente accionado. las Excepciones deCaducidad e Caducidad por cuanto la acción contencioa ue promovida -fuera del término legal estblecido en el artículo 136 del C.C.A. Al repectcs debe precisar la sala, que ci último de los actos demandados, esto os el 0ficio NoProceso No 93-37284 7 2322 a través; de ct.ii.tl SEI rsoivó el recurso ipetrado r de fecha de Lctubre t4 de i94 (Fo1n 5) y la dribanda se instauró el 19 d! ererrde 1.995(Folio t6 vuelto del epdiente) es decir dentro de) trmi'no lcal para ello. que era de cuatro (4) iie por lo que se deber, declarar r,óç::frohato el medio 4r.uptivu propuestoPrho1. ra bien. cr cuanto haca referencia a las excpcibnes de Tmprocedenci..a .de las Freten :•.ione en contra del Miriterio rJe1ftndado. i n, rj2<ister:ia de las obl iqaciones u Licuitirnidad St. t5rt.i.va dci Ministerio deuandado, I le se íundamentan en que Ijk situación
contra del Miriterio rJe1ftndado. i n, rj2<ister:ia de las obl iqaciones u Licuitirnidad St. t5rt.i.va dci Ministerio deuandado, I le se íundamentan en que Ijk situación Icoal y real ntra prcentÓ u. Utí el Intra y en ninuúr caso con el Niniteri.o d e Transporte al no hber. vincul ¿ci:'n no es, tari a obi i.jc10 a cnce1 r lo ped.tdo. Coriclura le Dtrporacirn que en el evento en que ci M.tn,iter.ió de Tr orte rb sea L entidad encaroade de responder por ls prtersíones incoadas la consecunc.ta jurídica ser a nnur respecto del mismo la súplicas de la dnmarda y nc,otr sin einharo :e obeerie que el oficio 2322 de octubre 1.4 de 1994 uno de los actos acusadu) fue pur el Subdi:tor ti ú!
Recurso Hi nos E: ) del Ministerio de Transpc te, Obr a der.tro d.i extcj.nte pr eba i comen do los actos cusios estos son la ReoluciÓn ¿52 del 23 de diciembre de 15'93 Folio ZI,Y y del Oficio 2.22 deoctubre e octubre 14 de 1'94 (Folio 5).
La nrderad. ck: 1 a cciur :nt.e mar i fiesta qu.' con la expedi ción de los actos cusdos, se incurrió en la causal de anulación de los actos ¿tdministrativo como es la Violación )írct.a de la ley El presente earuo lo fundarrerta la libelista en
con la expedi ción de los actos cusdos, se incurrió en la causal de anulación de los actos ¿tdministrativo como es la Violación )írct.a de la ley El presente earuo lo fundarrerta la libelista en que se dsconoció lo distuesto en loç articulos 149 y 19 del Decreto 2171 de 1992. ya que en lugar' de aplicarse el primero de los ai«tículow citados se dio curso al articulo 150 ibidem, violándose Ja antiçjueded la c:arrere y lsProceso No 95-37234 18 n u me rosos ceno de laautora;rirnH aa miçi. que 1 pov.tsicral itJJ estp 11:Ltada pr la ley a un priodQ cuatro (4) me ne o máximo ün ( 1. ) ano y 1a demandante permaneció 20 aRaa én ,er INTRA desempLAanda varios caGpos a 1s cuales llagó por ¿rswi; que la pIov.L.orai idJ e presente por la necesidad de prc:veer un cargo por ausencia tem por al del titulav u por la imposibilidad de proveerlo por acerc' q_e en est e cato no se dio ninguna de las: dos contingencias, por lo que ¿l rero debió clasificarse COítO funuiunaria o" oeriodc:, de pvueba. En cuanto al fundu del ,unto pi ..1.idL3 h 1 3 tiene, qua E3 erc.icio do 3.as atribueiuueb c:onoayrac.L en ci artículo Trani.torio 20 .1e la Constitución P1í tic. , el Gobiernu ezpidi6 el Decreto 2171 d} :30 d€?
en ci artículo Trani.torio 20 .1e la Constitución P1í tic. , el Gobiernu ezpidi6 el Decreto 2171 d} :30 d€? diciembre de 1272 upor e] cual se reestructura el Ministerio de obras rúuiicwa y Trm ipurto como Ministerio, W Transporte u se S upr íma, fLIi.:irfl '1 r-F'.tructur.j, entidades ¿jc•? IR cama ejecutiva cJe 1 c.'rJeri nacional " , en ou artículo U9 se procede .: suprimir a] instituto Nacional de Tranaparte y Tr,fi!ito " Ji•' eu ccIieL%tIic:i,t dIChO entidad entra e etapa dc liquidación. Obra a fol io .. •e1 L.oc:'d1ers .e ReEjl'La.Ún No 0952 emitida ci 23 de diciembre de 1793 por la Diioctor Liquidadora del ente den.:ndaJu quo constituye el acto acusado y ea donde la abierva que la actara prestó sus serviciDs a In en LicJd desde el E3 de uctubra de 1973 h.t.a el 30 de diciombra de 1973 ici;j.v.o, que el último croo 1ieo;ripi _d& P"r ésta 1 uc el UL. Técnico Administrativo 1u5....7, c;o que fun sup irido medianle el Acuerdo 038 de agosto ,.:, de .1793 artículo lo el cual fue aprobado por el Decreto 1033 de]. 1r5 de s ept íembre de 1993 así misw0 q ue rsed :i nte l a reboluL£ún No 064.,7 del
fue aprobado por el Decreto 1033 de]. 1r5 de s ept íembre de 1993 así misw0 q ue rsed :i nte l a reboluL£ún No 064.,7 del 15 de d icieitbr..r tic 1993, e desvinculó 'Je la Planta de Personal del' Ictitutc) Ncioriai de Transpurte y Trftns;ito a la mencionad4 lunciunariaa partir como ya se mencionó del 30 de di ciemL,e de 1993. A través de la referida resoluc.Ór, se procedióProco No 5-37234 reconocer a la act.ora una bc'nl fi !:ac1ri r.rr ta sume de $6.646.102.59, teniendo en cuenta un salarin be de $328.510.05 y un tiempo i1E servicios de 7283 día., una vez deducidas las licencias " suspenwinnes. De acuerdo con la man i fo.taiin par el ente accionado en el oficía 2262 de octubre .1 4 de 1e94 (Fui jo 53 ¿t la actora e le había realizado un nombramiento con carácter provisional en al c^n de Tt.cn.c:u Administrativo 4065-07 de la Divi iÓrm de Empr9sa y Rutas de la 5ubcJ re.m 'tón de Transporte Tntermunícipal, pormedia or medio de la Polución 00063 del .19 do Enero de 1990 (Folio 10 y un ningún men lo derct r ó dentro del expediente nue ee encontraba cobiiade prr el rágimen ':'' la carrera administrativo r. en p~ndo de prueba dentro de ésta.
(Folio 10 y un ningún men lo derct r ó dentro del expediente nue ee encontraba cobiiade prr el rágimen ':'' la carrera administrativo r. en p~ndo de prueba dentro de ésta. t?ue la actora estuvo escalcionada en 7a Crrera Administrativa mediante Yn P9solución No 000671 d.4 6 de mayo de t95 (Folio 91 en el corqn rie' AumíliarAdministrativo Códign 510 q-ado 11 pero al aceptar des moePar c'tr'.':' cargo y 'm-rimar ur€;iór del minmn haber cumplido con el proceso de selección 'le 1 respectivo cargo. quedó por -fuera de la protección da la Lar rera Administrativp. LI rarl'-cr-a Administrativa Pr~ge al furicionari durante el tiempo q..kc se desempeRa en el cargo para el cuRI cc)nrur.ó y fue icala 'fonodc:u y no para. otro pues respecto de iste 'fi e que dpmoztró el lleno do los requisitos nrensarini para taJ. fin, La florfita t..iv itiad neruinente qi o regUIA el :a-c ci estudio ;p anc:pntra consagrada iy''i el Decrctc., 21 71 d 199' cuyos: articulas 149 .45 cz4:tb3.ocierori 1i:k iridemo i. c ore'. tanto para los erip 1 cdos públicos escalafonados en carrera administrativa como para los qi,e se encontraran en peri ::i,ici de prueba. Así mismo, e. articulo .150 de la mis=,
iridemo i. c ore'. tanto para los erip 1 cdos públicos escalafonados en carrera administrativa como para los qi,e se encontraran en peri ::i,ici de prueba. Así mismo, e. articulo .150 de la mis=, legislación estableció el sistema da' iiric.lDnC5 pataPrc,ce.ur N3 9724 10 los empleacícis oublicos Lc!n noTbrami?ntc) provi!:si.oni Pi cu1 es delauirte? tenor literal: "Articulo 130. De Emp1eadr Públicos can Nombraninto Provisiora1..- Las, :pleados ptb11 ci)s quc hav an sido nc,rrados pro' Orúa mente para dempePar cros de carreraad, irlirlistrativao ': Planta CAEpersonal e personal de 1a res p :tiva entidad tengan un;. cateu.ria it.t1 o tnfpr..or a a. di: Jef v, dc Seccióii o su equivalente.. a quiens se supriiia el c:.rgo como c:orecuencia d lá1 siprión fui.iÓn o ree.tri.tura.ciór. de lavi en t í que. se rfiere al ir?ente dcr'rto. en -dear rol lo del (rt.!cuio rr - ít.ori' 20 de la Conatttucin Polít.ca tendrán derec..ho al Pago de una boniaciÓn Ltiv1Lmte .o días d€
a1ariu ocir cada ao de er.icios iros y proporc: J una lmrite
por - or
de una boniaciÓn Ltiv1Lmte .o días d€
a1ariu ocir cada ao de er.icios iros y proporc: J una lmrite
por - or como Cciirc se puede cig.tr Ja 1: anterior y al no encontrarse la actora c:a1afor;:da. ntrc. de L^I crrera adrnirtstrat.iva iiee hizo acredi:ra tina brin ifiç.ciÓn, por ru tener d€r€chcila tnJniri.:ac ór qie atora r rc ter, Ene 1 c:aso. .u,'dic.ç? -sÉ7, trata d un ciraci pertanecier t 1. c.i.rea 1 fr it.iva par o ete no sinifica que la peri.una sobre la cual r:aiga el nurnbraniertD en forna provisiona1 convierta en una 'íutcionaria pertar.e'::ienLc !.a (arrar Adin.itrativa 'ia que se rci 1 acI'r ser un cargc: cor est. C. idad que a la fLnc1cna?ia se la irnpora un c:oncuro decir qui su ingreso sea cora bts en el siet€m de ritos que se le nombre en prJcdo de rruata y .se inscrj ta en el ec:a1aíórt. pra qin ai e encuentra ,bajo la protección de LA Carrera sdnirtistrativa y no Debidp a que 1 acto riit al ver cerse el per. cid o. del nombramiento pro'isiuna 1 rio se le haya i etí rado del ente accionado, no significa que se curívieita ipso factoProceso No 95372j34
Debidp a que 1 acto riit al ver cerse el per. cid o. del nombramiento pro'isiuna 1 rio se le haya i etí rado del ente accionado, no significa que se curívieita ipso factoProceso No 95372j34 en una funcionr.ia cobiiada por el fuero de LFx Carrera Administrativa. era tar so-lo una empleada de. libra nombramiento y remocin.. £n tex, 'un nombramiento priwnil e presenta cuandó no sea p íble: proveer un cargo por concurso por lo que se podrá nombrar provisionalmentea una persona para que lo dempe, siempre que reúna los requiitd exiqidbspia el aiismo.. Si ben es cierto a la demandante se le rornbrÓ prQviioralrnente. durante el periodo transcurrido con poter ioridad ro se sometió a niruir concurso o sistema de méritos para ingresar a la carrera administrativa, por lo tanto, mal podr haberse deiunado en per 'todo d prueba como peticiona n consecuencia., el hacho de haberlaborado aber laborado por espacio de éinteaosal serviciu dela entidad no le ctoro la facultad d cnsiderare corno un func:ioriaria do carrera aørninitrativa así sea en período de prueba,. 'Ahora bien. en el evento que Ja ctora hubiera tenido derecho a la indemnización consaorada en el artículo 149 del Decreto 2171 de 1.992 es del c:o aclarar que seçpn esta, diposición la cuantía de la inar.ización pj que, so tiene. derecho es la s.iau.ierte: Si el empleado tuviere diez (10) o mAs aos de servicio
aclarar que seçpn esta, diposición la cuantía de la inar.ización pj que, so tiene. derecho es la s.iau.ierte: Si el empleado tuviere diez (10) o mAs aos de servicio continua. se le ptoarAn treinta y cinco 35) días adiciorrales de salario sobre los cuarenta 40 días básicos por cada uno de los aos de servicio subsiuientes al: primero y proporcionalmente por fracción E-s decir que seuún '1Á norma re'eida debe pagarse 40 días de salario por el primero de servicio y 35 dias por cada aPio subsiouiente la disposición es clara y no permite que dicha catidades sean acumulables es decir, que no se liquida la indemn:Lación coiío lo pretende la libelista es decir 40 días por el primer ao y 75 dias por cada ao subsauuierituProceso W 95-Z7264 12 Obra la Corporación que la Lriificación liquidada a . la diandnte e encuadro dentro del printro 1ai .:a queya le canceló 30 días de salario por citia a?o de uervicia r regáñ lo ordena el articulo 10 del Decreto 2171 de 092, haciendo ia operación matemática que .n1tip1 indo los aloa 1bc:'r ado es decir 20 ARos'pnr tos ZO Jis de lalariQ l a razón do $129.518.05r se çbtione como reu1 tade la suma pagada por concepto de bonificación. En c asecuc-nç:ia. alno de •iir ui.r la actora 1 a presunción do legalidad do los actos demandados, sedeberá e
concepto de bonificación. En c asecuc-nç:ia. alno de •iir ui.r la actora 1 a presunción do legalidad do los actos demandados, sedeberá e drberá negar las ai1 .ica.. de La demanda al cena catará C$) la parte resolutiva da la pr.ente pr iidencit. En mérito rl» lo expuesto, el Tribunal Administrativo da Cundi,ii'c Se:;:ión Segunda, SubSocciór "B" adminiatrando Jt.iticia en ~bre Jo la ¡República de Colombia y pr autoridad de l:. L F A L. L A Primer u. I)LRNSE oLd la ¡.¡! Excepciones p L u';tas por el ente a ....Lonadu • rut. foríe lo manifestado alt la parte si'Li'a
Seauudç. 1EGAr13E LAS SUPLICES DE ....C. DEMANDA.
COP ir:s NOT 1Í IQUESE COtIUN IUE9E / CUMPLASE.
Los firmE eta proiderL.ia archívame €l expediente. Así ir.Lirto OF secretaria rein tegrese a la parte accicranto el remanente Ji: 'o :i.iu..do para y,ctua del proceso. Ap ob.do en Acto de la fecha.