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TA CUN - 9537508-(09-05-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 9537508-(09-05-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

41 1 CONCURSO DE IIERITOS —ir'r.gul.riddes

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION 'C"

de F3c)c:Iotá D.c.. Myc Nueve (9) de Mil novec.i.ento r-#ovpnt& y siete (1997)

REFERENCIAS :

Exted.ient.e No. 95-37508

t. MARTHA TERESA GONZALEZ DE CARDONA Dem ék r,dtdo NACION—CONTRALORIA GRAL REP.

CitsjficaciÓn ACTOS NACIONALES RETIRO DEL SERVICIO Mitrado Ponente DR. ILVAR NELSON AREVAL,.O PERICO L demr:tri di:' .}. re 1:rc:.. r:ftnr :.n t.€..'ríirecl r c}r: ct'

&.i::'L .:c:iici . I •••ila c r. cJ_ c:-1 1 . rc .lC.fJ.E' né

1. A C T O CC u 9 1) fi Ur L 13 t: c::lu t:,r': dL 1 4• ro er iUo por el. Ci.ii P..1 0 Euper i :t íJOlí!fJ i. B. v. J. y1 iL I Cc:sn ra 1 c...) F a ner é.tJ. c1 I€ en c.ut.n to de 1 ró .1 ? i.rr€ ...1 ¿ridd tot. 1 d€ 1 o :orurso i.udo

c.ut.n to de 1 ró .1 ? i.rr€ ...1 ¿ridd tot. 1 d€ 1 o :orurso i.udo n. v.L Es di.r!..istr t:i. vos çj r ds cí

.I E uf c,t:ç-Ir H 1 tt.'ii.i:Ç;:cI :Jç']. jcy (iF• ..ç. !.'tjr ,r c:-.qf E:..,t J dci )I:.I 1 (r.l.bin(:j :::c'.jc:i tar €J? r' .c. :Ii.s_tc L' • :, iItI€c:i

fil D t..t z3 Ví .}.t i•••...:.it.%C::iCiiI t•i.., i. 1. .. c. 3c €:fj _::,;!t., ,i.] f:! :if. .t :I ILt'JI. 171 k 3 1,.1:.s r1l... i.L.L:: r.1:t ç:;(::jiTRIBUNAL ADMINISTRtTIO DE CUNDINAMARCA SECC ION SEGUNDA SUBSECC ION "C" Exp. t4D 95-37508. periodo de prueba, pra Iøs empleos de los niveles adminxtrativos antes citados continuarán en ej ejercicio de sus funciones hasta tanto se real,ce y concluya el nuevo concurso Por iiltimo acusa la ReS íL5trNo.9436 del 15 de diciembr4? de 1994, proferida por el Contralor Generl deja RPpubl3ca en cuanto disouso retirarla del servicio del cargi l de crirrert

Por iiltimo acusa la ReS íL5trNo.9436 del 15 de diciembr4? de 1994, proferida por el Contralor Generl deja RPpubl3ca en cuanto disouso retirarla del servicio del cargi l de crirrert adrrrisrativ que vaMi desempeRandol como Auxiliar Admiril t rjzy' nivel' Administrativo grado 06 d 11a it lLC ión Scctnn1 (undinm1trra de la Contrainria t3er,ercl de= Répúblicai

II. P E1 EN 9 1 0 NES

\o) .ic.i la la Ar c onan te que se haia; las 'siguientess declar ac iones y condenas: 1»••- (1.ie san nulos los actos acim;nistrat.ivc:s referidos en ci acápite flterior 2 H.c.h consecuencia sk condene a la entidad accionada a etntfqr i la al mismo cargo qu en a 01do u a otra de igual u superior categoría. Asl,Wismo. le rec6nézcá y pi cme todos los ue1dcs, Preitaciones sociales de`más ernolutnprto salar uales dejados. de mercibirdr dp 11 momento de su desvinculaci6b 1 it uri E hasta la fecha en que sea efectivamente rei.ntorda. - 'tdecipéel, iguálente que no ha existido oluc.icSn de continuidad en la hJrestc1ón de los servicios erl l reter.da entidad. .. 4.-- Ft::r t:titimo, solicita que a 1a sentencia oue se profiera

continuidad en la hJrestc1ón de los servicios erl l reter.da entidad. .. 4.-- Ft::r t:titimo, solicita que a 1a sentencia oue se profiera se l, de cumplimiento en los, términos del Articuló 176 del C.C.A.

III. H E 0 9

Los 1 hechos 1 en que T.se apován las anteriores dcc 1 - 01 1pc_ y condenas que Pide 3 -t Jeii,andn e y que oai ecn nn folics 4.--45 del expedientej loresuir,imos asi.1

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCIOÑ "c" Exp. No. 95-37508 iFue nombrada oor primera vez mediante Resolución No. 03069 del 20 de abril de 1993l en el cargo de Mecanotaquiqráfo a Nivel Administrativo Grado 05 de la Sección Tesoreria de la Contraloría General de la Repttbl iCa Regional Cundi.n narr:e . caree del cual tomo 005e5i.ón el 5 de aqotc cJe! 993 2..- Mediante el Art. 110 de la lev 10 de 1993. se facultó al Contralor i3enef.: i de la República cr'e'proveer mediante nDmhrai.en te Or ...ci .iner.:i e .. la nueva planta ci ndcte ere 1 ación a los empleados ciue ya venía laborando a .i :'tltr.:i e Y cuaru:in llenaran lag

nDmhrai.en te Or ...ci .iner.:i e .. la nueva planta ci ndcte ere 1 ación a los empleados ciue ya venía laborando a .i :'tltr.:i e Y cuaru:in llenaran lag requisitos u.t:it.oe o.:inidos para el deouh!::,ec) de lc:e nu.'c',/oe cay nne pd:iriJc

ser inscritos en el escalafón de ,carrera administrativa Pu, p eríodu ci° Pruebe. Mediante Acta No. 3 del 27 de Jurs.o de 1994. el consejo Superior de Carrera. Administrativa de la Contraloría diinuso fijar cr.::mc::l prueba para estos nombramientos, une la Escuela Suijer lar de la Administración Pública ESAF: realizara una evaluarión Leór .1 c:a cje i er c: 11 00 ) pun Lc::e. er la CDUO el rur,t.a. u e i u'im.' eer ubatr;r:i e sería de 65 :,urit. 4. - Mediante Ac 1:.dei. Consejo superior de la caniraloria ¶C d.iEp.uEo nue Por una sólo ve: cara efectos de la sonvocatoria sc aplicara ci capitulo nr morn dpi Dt....reto 1222 de 199:3. con el fin de une los omr 1. eadc's a c: ced u. eren a la e. l eec :c ón enf D•r tT!i eeec,rI iee

voluntaria Lar.LC '. libre. sin ano b0stiera cc:ac:c::..i.ór, c.'

eeec,rI iee

voluntaria Lar.LC '. libre. sin ano b0stiera cc:ac:c::..i.ór, c.' eva 3 naci ór, fozc_.a por parte do la Contratoría,y siempre .., llenaran los requisitos para el cac...:uo que aspiraban. Mediante Convocatoria 09 del 21 de julio de 1974 le 1....n1rt1cw.a General. de la Poe ibilce citó a .......rucurso a .ainivar ter;: a los cartas de au.0 1. 1 :Li....ecm:Lri Lc: tr cfi .'c:t grado c':: el nivel rdwanistrativo de la Con Lr a J. Ot'í a &)ener'a 1 de la República. Po Resolución No. 07911 i i3 de octubre de 14 oreferida c:c:.r el sc:4c'r Contralor General de la República, se disnuso,nue.Ins funcionarios ruoubr arios en período do erueba par, --, !c. !Ds euu:.' 1 et:'s cii.: los nireles administrativos grades. 04,05,06 y 07 u LOrivCD ...at.nr les 07¡08.09 ,. 0l0"de 1 9941 c:csrrt....crivar en en el eje tu:. i cje de sus fi.uuJcj.c.pee hasta lento se realice Y con :1 uva el E'.ui?vc) c:c)rDt:.Lur se..

7. Mediante Resoluciñn No. 0382 del lo. do Diciembre do 1774. so eroduin le calificación cle le evaluac:jór, a Elle

E'.ui?vc) c:c)rDt:.Lur se..

7. Mediante Resoluciñn No. 0382 del lo. do Diciembre do 1774. so eroduin le calificación cle le evaluac:jór, a Elle donde se YO c:Ic:uua ur C:c.triLajc: no c:tL.i fitac:''i.c) a.:)ara incluiría en la lista de elenibles. 0nr Ir .: de la -eoc lun j.d:: ci legal miesnntó reuuidn ':Ju. tuvu.'neic '.bnt.' e el ac:tc' ¿dutu.ni . tr'at., yO antnriormente c t.açJc.j . el cual Fue r':u.ue1 lo mediante ci CL.L.'crdo No. 50155 ' cJpl 1.;, r4r ci: c...efu.bb'e de 1994, ueria.1a dol Conseir Sunerior de la Carrcei e Púsiuistrali a cia La ..on ir a lcr • €ener el d e La R:ipt.tb) i ca.

1 410

eTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA 4

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C" Exp. No. 95-37508 confirmando la calificación a ella otoroada. 9.- Por Resolución No.09636 del 15 de dic:iembre de 1994. proferida oor el Contralor General de la Reoúbl i.c.:a ee disouo su retiro del servicio. cori derec:ho a perstaçiui.r la boriiíicac:ióri de

proferida oor el Contralor General de la Reoúbl i.c.:a ee disouo su retiro del servicio. cori derec:ho a perstaçiui.r la boriiíicac:ióri de ac:uerclo a los parámetros iraz idc:s nor 1 os dec:retoe .1 551. y 2543 de 1994 PL DISPOSICIONES VIOLADAS Y CONCEPTO DE LA VIOLACION L.a c:e ti) ant:ian te s& a !. a c:nmu : r an•o recii cias 1 as si. c, í. 1 i.en t.es di.sc::s.i ciories normativas: (.irt 2o . . s , 29 53.125 y 2 Lo d rt.s .120 ' sitien tEs de .1. a ....CV 106 de 1993 r Le. 69 i 73 inciso Li..del C.C. El concepto de la violación aa rece bcio en .os .f:tIO. 45-1 9 c:Iei e::.:pedi ente,

V. PARTE DEMANDADA La r.)art.E drr da rJi.o res..: al i... Li.o dentro de 1.rrçi.r,e cii oir: adc:i con La 1. f ir: . a ....,'as de aLcJderiL' uue en su scr J. v.isibi e a los io :t.ios 82.'Bc del et necliente en el cute solic:i 1,', (5 itt r.'rorii.tnc.i.açn:ier: U. t::). :inhib.it.oric:: i o en su defec:: Lo fueran

solic:i 1,', (5 itt r.'rorii.tnc.i.açn:ier: U. t::). :inhib.it.oric:: i o en su defec:: Lo fueran daneqa'ia les r.Dreteisi.nnes. de la deanda 1 1 rieot:i i'.ud ust.antaya del a Demancia onr indebida (-icuntt : ación ile Aci:ic:'nes. " de F'retansi,.or:s.::s " por. Ir:ufic:ier,cja de F'der

VI. ALEGATOS DE CONCLUSION 4 E .1 'Lot.ir tçJ' d 'a. F at' Le Lor .D3'OE;:n Lo su c: r: tic' t,:C.99101 del e:t.'eche''nte. . en los -.el _tier',tesTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCION "C"

Exp. No. 9-37508 términos • asaber: FirE la , r:'rte actora. resulta claro ( . ..) nue recurrid r.c'r part:e de la Cont.r a. 1 nr ia General de 3. .

Rppública y del Cre i e Suc: er :ic:ir c}F. la carrera Adminsktrativo (si¿! de la rni-:nia entidad. Efl jirlatión manifiesta ce los derChos constitucionales a legales a la defensa al debido rirc:c:eso y la estabilidad en el

empien para 1 c:: c:ar i:c:is de carrera ,idtni.n i. s t:ra L va ... así c::ouu:' de las d.ispc:'Sic.lCDI)Es legales ciuc para .ste case en

empien para 1 c:: c:ar i:c:is de carrera ,idtni.n i. s t:ra L va ... así c::ouu:' de las d.ispc:'Sic.lCDI)Es legales ciuc para .ste case en par.ti. cu.J. ar' reo.í an la c:::rr'er'a Administratida en la Con t ra 1 er la General ,di la $frl h 1 1 ca ccinf•oimr a la ley Y96 de 1993 y .:k'?nás d i snos.i c':i. íes aplicables corno las consaaadas en el Decreto El de 1984 C C A • con moljvP de la eX:?LJí ciÓn de los actos adfnirii..str at:ivoa '1 c.'ca en nu6stro criterio t:r Actos Cor:' le :i o1:. tégdjeptps a UD másmo tinw i n I•....mainente rel acioradc ....en tr e sí. cji.e conf rm.tri la. u' 3.dci jurídica .jr,esc:jr'pi..... ble commuésta dE? acás ui nc.ii:'t 3. es y cor: • .....iyjatc:,r .ios ., CI UE fueren dE?b:cdafy,er Li ii' ,'i.i. ti ciu .i.i zcios. ei, ¡a demanda y nue c:ot'.. 1 u• Irr; c:c:'ri la rn dIm F''.,1 i r u No== del 1 E',' r'

ciwbe de . ..... 1 Profer 09 ida por Fi 3ec:tr [krf Ir . 1 nr

rn dIm F''.,1 i r u No== del 1 E',' r'

ciwbe de . ..... 1 Profer 09 ida por Fi 3ec:tr [krf Ir . 1 nr bnnr al. de la Fp"h1 .ir:'a mediante la cual, e€:isusn el retiro da ,o mi representaba del cap1p de administrTiva úue vel', la ,deeo€4a.r,de como A'i1 i ¶ 1..'i 1 Di r ección JE L 'III 11 Cundinidarca fil. '.1 1. Ia entidad. .es1.b de t.tr,,. 'LI iJ:?1st.. indebida ac.:.irii.1ic:j.6n :.:Ie t..I' ete,',e ior?s Se opopU la del acto ,j ur ccnn e.o,_Ie! La oor 1,:c:t.c)p a. c:!cas'Je el ii.i.5,t,c) 1~0) ', denai tda.Lor Lo • Por considerar como ya se di. i r Y a. La. de nr'&_.en 5 . Ones '1 Oíl 05 rcie 001' 1C1 iE?i! 'Ir misto finalidad. s.etra mi tan ante 11 misma au.tr ic:ad i:k:t, ir :D ':iE las ít,i.1r,as instancia orc::'c:esajes y , se encuwntran íntimamente t.tj? r :t a.(:iLrj adas 1 c:cn f Cr nridc' Itria W~ jurídica ir sc.ir)dj hie c:R:..manera :Jue acía

encuwntran íntimamente t.tj? r :t a.(:iLrj adas 1 c:cn f Cr nridc' Itria W~ jurídica ir sc.ir)dj hie c:R:..manera :Jue acía .fTierat.i. Yo ,demandar ic ar:tos que directo o

E?Jj,::I,fiIE?1it0 i.'.a'da'', 1'E1a,: óI'i r..:'t', i:3 ret_i r':t (JE'!l s r' '. J.c: .ic: . di ir', mtrid ar te de un cargo rio . arr er a adIr u'J. LIva. FicelmpnkH,debe t eperse en cuenta, ql.ue no pr',"' el sbin hechn de no mencionau wspecíyivaaentn el rr'a,br E' de -'

.:ic•te'r-rj I'ICic:f ., doto :,iL tr'rii,i r:.::b't ' c'5..Cj haga 01.15 el octa ' de loruye :'trlin de r,1' :,cr:1r?r. ., -a,que t:r:sr!':: pq subido. ann a n0 1

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUÑDINAMARCA

SECCION SEGUNDA SUDSECCION 'C" Exp. Nc. 95-37508 mencionen nombres el acto puede considerarse como c1E contenido particular j toncreto, por afectar al administrado er, virtud de sus efectos y así ocurrió en el caso-sub-examen con motivo de la declaratoria de

Exp. Nc. 95-37508 mencionen nombres el acto puede considerarse como c1E contenido particular j toncreto, por afectar al administrado er, virtud de sus efectos y así ocurrió en el caso-sub-examen con motivo de la declaratoria de i .1 eoa :i :iciad di¡ concurso que afec:tá espec.i fi ca;ner ii'. a quienes 'a se encontraban amparados por les der.ec:.hos. que otorga la carreta atai..ni.st.tt .iva. El ':;c:ci€Er.dc: de La entidad accionada ores.er :.Ó ex-.i. escrito de c.or ci u'i.ói', a 1 LiS fnlioB.102-iO5 del expediente, en el Q u e r y .L teró lo-expuesto en su escrito de la demanda 'i para efectos dr sustentar su posición le remitió a prbvindet.ias pr c.:' fr' idas por el H. c:rej O de ,Estado como nor ésta Corooración El Agente de] Ministerio Público no emitió SU c?r:c:Pp dentro de la oporjunidad as .a b 1 cic:i.a oor el Art. 56 de .1 DeL: rE? tc' 2651 de 1991 2 urtid 0 el trámite cc:!rres. oonci len te a fa ms • ip' observíndose causal alg .upa.de nulidad que .x. n al. i tia 1c a t.uado la Sa lla procede a decidir previas las s.q'.....en Les

VII. C0NSIDERACI0F4E9

observíndose causal alg .upa.de nulidad que .x. n al. i tia 1c a t.uado la Sa lla procede a decidir previas las s.q'.....en Les

VII. C0NSIDERACI0F4E9

Pretende la p: pt.....a actora mediante apoderado se ciec. la. p la nulidad del Acuerdo No 001 del 13 d: octubre de 194

ct oler ido oor el Consejo 8uoer:.;or dÉ.I a Carrera tidm.i.nistratj a c:}e la Cuntraloría de. la República, enpuente declaró 1. a irregularidad lota .1 de los conc::urso. efEctuados para 6roveer los empleos .!a 1 os I:i.i val es administrativos prados 04.95106 o.i , Lc-r .i is :'7• .:'E3 , O de 119 1 aúdenó r c.r.x:?:t : . J i)C ti,.SfflO impetra la nul idad del Ac.ueidc' No 002 de 1 17 de Tctubre de 1 i f: idc. ocr ci mismo consejo eupqriny Ç,dinie rtti'.' de la ontr al ri,r Ca General de la Fet:'tibi lea en a arral aTRI BIJNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION.SEGUNDA SUBSECCION "CH Exp No. 95-37508 cuanto di.nuso las bases para efectuar' un nuevo co'iir'so. También irnpugra la Resolución No 07811 del 13 (Je octubre de 1994 proferida por el Contralor de la Reoul:::l ica mediar e la

cuanto di.nuso las bases para efectuar' un nuevo co'iir'so. También irnpugra la Resolución No 07811 del 13 (Je octubre de 1994 proferida por el Contralor de la Reoul:::l ica mediar e la cual se dispuso que 1 os. funcionarios rfcmL,radc's er ner ido de rueba para J.c::s spleos de 1 os n :i.ve J.€ admin :5tra L ivos n tes c:i tadris continuar -árt en e] ejercicio de sus t nc:Ic:fli25 hasta tanto c:onc: 1 uva el nuevo con c:ur.o For u]. Li.fro acusa 1 a uc.ión No .09636 dr :t si de Ui ci.ei'itbr e de 1994 nr n &r ida nor e]. 1 Contra 1 c:tr Gen- 'y a]. de, la F?pubi.ic:a en ":uan t.o i .1 puso re$:.i rar' i dl sErvido de]. C.arqo de carrera acim.n.istrativa que ven.a des ersoeando 1214.t x j 11 ar Aiim..i.nis :rat.i. vc, nivel Adm.nistrati. vn r'ado 06 de .1 a Dir ec:c±t Ss'cc3..onal Cund 1. amar ca de 3. a Con ira J. oria General cJe .1 e. ReoüE 1.ic::a i'omo C;t')nSecuenc3.a se conuerie a 1 a entidad accionada a re ....,tecrar la al mism,: carqo que Vir a o.ro de .i.oua 1. o st.per mr cte:ioria Así

conuerie a 1 a entidad accionada a re ....,tecrar la al mism,: carqo que Vir a o.ro de .i.oua 1. o st.per mr cte:ioria Así wlsmo le rec:oI70: cay qaque to:]oe 1 os sueldos, r-'stac sIal. es €n6s emc.:' J. uute tos sai. a r i. al OS de j ados cJe per c5 b.ir desde 1 morner'itf.) cJe su :jsv i.n c::u :i aión 3. 3Ç a J. estik 3. fE:'çl'ia en e sea - fec:: r. 1 vuner Le re in Lenrada Se cJe ":.lare tLa..' m:'n le que un ht -:: 3_5t,j(,jCj ser _c::.ión de corTt n't idaci en b! pr estac i 6i d e 1 c.. ser i. cios. p, la re fer 4.da en t ii:i cd Fc'r . 3. t iuio • :.ni i. c:i ta. ou€•: a la sen Len . i que e pr Of .1. La se le do fflU :u9, i.tri Lo en IC.!5 •Lrm inos Ar íc:i.i10 .176 CIE:?J t:::_c... A] r especto se ha cJe mar: i festar

Frevj.o a c: uaJ.ot,i.ryr' prc:nunoiai.inu Lo. '. tc:t3a vez que la tr 'te ccioncjü iro pu, so 1 a de .Er,ept it.ud 5a.t5 tan ti-va de

tr 'te ccioncjü iro pu, so 1 a de .Er,ept it.ud 5a.t5 tan ti-va de Dernauch: rinl Indebida Acumulación e]e Ac:c:J ories y F'retnejon':.s e lnsuf ic terca de Foder , 1. a Sal a corrs11er a ner tinerte r'e erir se a la en ic:s sic ..ientes t::rmiros r EF) t. e a 3 p?:.J. rorue la a C J. C)l'- a el ues La se da toda vez cti.'e el jjq:. 'i:j.',. a':omk,1a un Ui.t fhl.SiTÍa Catriafldia .! a ar c. ói: de 1':u11da1.1TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECC ION SEGUNDA SUBSECC ION "C" Exp. No. 95-37508 contra actos nc carácter general Acuerdos. OOi. y 002 dei 94 •9 la Res.. 07811/94) y la de nulidád y restablecimiento del derecho contra la Resolución Nro. Oi.0653 del 2:3 de diciembre de 1994. Remitiéndonos al texto' del Acuerdo ¡lo 001 de 13 de octubre de 1994 visible al folio 69....71 del C2 y de la Resolución No. 0731.1 del 13 de octubre del mismo aNO, aLt an Le cii el para Ea Sala resulta claro que no es del c:asc::t considerarlos como actos cf2riE?r a les, abstractos e impersonales. puesto, que es evidente cii.e estas se encuentran di. y' :i o 1 dos madi fi. c:: r

actos cf2riE?r a les, abstractos e impersonales. puesto, que es evidente cii.e estas se encuentran di. y' :i o 1 dos madi fi. c:: r s.iLuacores. jurídicas de personas nue pueden ser determinadas o. ideo Li. f .i cdas plenamente. El decir. 3 existe " la indeterminación" nue caracteriza al. Acto de contenido er 1 Acorde con lo expuesto e tiene nue. 52. el Acuerdo Nr 001 de 1994 .-Ya referido-. d:: 1 ¿trC irregular Je terminados concursos y ordenó repetir los mismos • las directos ai ectados no son otros nue oro enes participaron en él . o aprobaron'yfueran nombrados ci, por 1 cd o de Prueba. como era el Caso cJE la c:r...on an Le. buían . -Conformó obra en auios-. ¡'d"i a ~ct designada en periodo de prueba miad Lant.a la Rcsc 1 ciór 06742 de agosto 29 de 1994, visible al fol 'a .108 .1.10 del C-2 . luepp de 1 a^ bar et concurso tachado de a..iccr,,i As¡ m.is,c:t se tiene c:ruc la rsO1Lrc.ic:)n 07811 ckl risflic::' tiende a tr-oduc:'...r 7j..c:j:.....5 en Ini 'fdrcionarios orle hablar sido nombrados en período CJE' prueba c::c::'iio era el caso de 1 a demandante, cic: logra cc' leo .i. r re de su texto, especificamente de si. Artículo primero.

nombrados en período CJE' prueba c::c::'iio era el caso de 1 a demandante, cic: logra cc' leo .i. r re de su texto, especificamente de si. Artículo primero. En p• 'ot de,, tic ideas Para la Sala resulta claro aro ouc no es de recibo ].a argumentación rJa por la entidad accionada r csc'ec.: 1 a que tales actos san, oIy.!rier!es ' abstractos. ,nMi1r,c criaricicj . como ya se anal 1. ó ., stcs. están 1 i;ados a modif cr o í..Eay situaciones jurídicas .j1)djvj,cJtr,.,j€.c preoslat9nies'1 c:.y',nc 1p 1 tr'':r •c:, ciLc'....óri •.4t. puq rDnearso. s 1•

ORTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDI NAMARCA

SECCION SEGUNDA SUBSECCIQN 'C" Exp. No. 95-37508 mri.tos y el rtoinbramient.o de determinadas personas fl periodo de prueba. En cuanto hace álusión al Acuerdo Nro. 002 de octubre de 194 proferido por e]. Corisj o Superior de la Carrera Administrativa de la C::'rtr, 1 nr ia de la Ropáblicar obrarte al folí o 7 5v vto. dei L .t ésta Cof - por acl 1nn E'r3 o ci. o:c o ., dicho auto podría serc: ata .1 ooadc: como roo .1 amen Lar co. , impersonal i ,abotrarte, pues no s posible determinar

E'r3 o ci. o:c o ., dicho auto podría serc: ata .1 ooadc: como roo .1 amen Lar co. , impersonal i ,abotrarte, pues no s posible determinar • sPerionas ci funcionarlos a c tienes s. eflc:uE?ntrt dirigido. en razún ¿t ctue tiene c.sor, objeto, avisar " ¿t todos ¿tC]L.i los 1 UI. t:.. cr i os o'..u:? a SLt juicio orean que fu.ercDr' J. ei un adc.:s sus derechos de pa rt.i. c:i j:ar en los concursos.' part que pá a bien lo tu .ies r presentar= la c:or r esoond i eni.e solicitud des tinada, a participar R9 ,los resr:ec'tivos concursos. ci.u' ocúrreGub no obstante 3.o afl t:.er ..ior y remitiéndon os a SU se i:itrie que.. dc..Ia' ¿c:tc; madilicú las condicietus del cc:! c:u so -ru i ti encic. as í. puingreso cJe t.tevcs; Derticipantos et c.citc:w Bç::5 uue se provectalin reuntir. afectando así. de una ;'lr j manera a c.i.t.t',es se soletieron a lbs términos, requisitos pr _':ui jiti.i..t t:os de la nr imera convocatoria. c::c::q t.o.ríi,e non lo expuesto. ,se tiene c si bien es :'.i tu, E.i aco es formalmente de contenido General t',itrt el lo

c::c::q t.o.ríi,e non lo expuesto. ,se tiene c si bien es :'.i tu, E.i aco es formalmente de contenido General t',itrt el lo ^ sustancialmente. cersiq',,te 1 en realidad. modificar c ..ir 51tLc1rnpc 'particulares, ante lo ctal la acç;icr;rLe scil o : i.eíme - a. toçir'ar el restabi ec: rmIOn it: d e l derec:ho pres ...tntmer'm Le v'..tlt'ur adc,-- .. la acción de n.0 lid ad y restablecimiento del derecho tal ... intenta En el sub-lite.

En cc: nc.i si.ót'1 .. la ext:::e.pcjár así propuesta iiu r o as0 c'o, Ol tarespa inIVE m.::'s L n1 .... .jLjY ctiiitn s uLsr..... .

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SECCIOÑ SEGUNDA SUBSECCION "CH Exp. No. 95-37508 conexas, no se excluyen entre Si. -siendo el Tribunal el competente para conocer de todaY. tchis pueden tramitarse por El mismo procedimiento esto es por el proc:eciirriien t.i ordi.nrio En cuanto al segundu f rd nçer te esto PE. Insuficiencia de poder se ha de .iic::i.cr No se comparte l rs .i ci c'n aquí asumida. máxime cuando. t:ie haber sido cierto. .i en el sub-' .} it.e • en el poder especial virtud actúa el apoderado de la demandante DO se:'

No se comparte l rs .i ci c'n aquí asumida. máxime cuando. t:ie haber sido cierto. .i en el sub-' .} it.e • en el poder especial virtud actúa el apoderado de la demandante DO se:' reSalaron de manera expresa la :ot:; •1. ± cJci t::}e los aptos que fVEflcrfl objete.. de' impugnaciún. la Sala br .i. en t.end .1. LI O OS O cOfTr) LU errnr involuntario de la parte demandante, toda 'p - que 4 por un lado :. texto del misme se ].ou.....decjuc±r eJ objeto de 1 de o.r u. la entidad accicnada r"E!çc'net::jó las autos u..'e se est.2 L:.n impugnando, a tal punto nue al intervenir en el. nti'c::.. si.:, :e la, referencia 10 hizo defendiendo su legalidad: pI 1 e. e teniendo en cuenta el texto de los artículos 37 401 dr..1 Ucd •i.nc de E rocei:J.im..ien .o Civil. en el sen tido Gue es • obl igación •1l Juez evitar senterc.is 'Lr,hibi. toris ¿.i. como l as r la N..evi cn Ii. Lt.' c: 'i.ó C;r 1. 2 281 en L 1 Eentida. es decir, que en le rcietb1e se Empane Ut prevalencia del •:c:'br e el formal e Prucediment e l juro e) momento de decidir. por lo uue se hubiera rLenside'de c .jus• tal

Eentida. es decir, que en le rcietb1e se Empane Ut prevalencia del •:c:'br e el formal e Prucediment e l juro e) momento de decidir. por lo uue se hubiera rLenside'de c .jus• tal i rrepularidad no bendría1 fueri suficiente mara .i.rn.:dir . e) rt.tdie de tercio del asuntn pl a nte a do.

Peto : :t..tE? Oc:L!rr:??

Que rem.j. t i.eridnr: :5 a.l folio 63 oel sx rd.tei le encontramos come. la parte actora de cumplimiento a l o dispuesto en pi. auto c 1 ndado 22 de septiembre de 1995 EFA. 62 del E>; p -anorlandb , s.j ál oroceso el r:'ecidebidamente atora n do oue se emNalaren ! la iotelidmd do los aCtns adMj,.nistrativos ob le te de imPulnetión.c '1: It.) cual pierde Tuerza el dicho de: la rri 1. ir arniorada Ie'L'e't:1:c it 1€i emistencla de un poder inguficientel :,--- Ç,.TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION 'SESUNDA SUBSECCION "C"

Exp. Nó. 95-37508 La demandante manifiesta que en la expedición tic los actos impugnados se incurrió, en t)sviac:ión de F"oder • Violación ¿1 Debido Fr ceso Vio1iic:.iÓr: Directa de la Ley, como Causalos de anLt 1 ac.ión de 1 os. mismos Carqos éstos que serán o1 etc:. de

Debido Fr ceso Vio1iic:.iÓr: Directa de la Ley, como Causalos de anLt 1 ac.ión de 1 os. mismos Carqos éstos que serán o1 etc:. de est.uc:Li.oasíi - Desviación de Poder. Arouye la demandante nue éste se da. toda vez que, no fueron precisamente las razones del buen rv.i. c:.io La o1.ie:. prcv 1 ecir.'ror' al embedilgó el. Acuerdo No '.;O.i de l.?i. sirio la de interesen particulares y apetito buoç:r_..tcc3

Posición ésta un no t: :cJmorte la Sala V?c:'. oorue Se ha de Partir del huc ....; • -como lo ha selalado ia3a 1 e en reiteradas 6portun3.tiade5qi'c 1,a .Devi.acjón de Poder se da cuandc la atribución de que esti investido un furic:ioiuir io se vio...........un f...'n e>.icd.do pc' la ley sino en F:::'usca de c:órc::s diferentes. en otras palabras. ésta se coi'if .ioi.r a o. tuia ÇC3 3d Kd administrativa • con la coinpet.cri : .1. a suficiente or a e>tnpdlr un actoajustado. nr, ID ex terno a las r .i tue 1± dadas de le ejerce. no en '.±s La dcl fin ora el t:ua .1 se le hin jrljcjr de esa conioctericia sin Nr:t o .Lrc, distinto. G)uier

le ejerce. no en '.±s La dcl fin ora el t:ua .1 se le hin jrljcjr de esa conioctericia sin Nr:t o .Lrc, distinto. G)uier alega abuso o c:nsv iaci.ón de nocior, debe probarlo a sati.sfarc:i.ór) lo cual no se dio en el sublite pues del nater'l a.. probatorio aDc)r tado eJ nrcccso de la re fnrnnc.a . no es P~bl e es tablecer de un modo certero que los actos un nedóe fueron expedidas por ?rc:r,cs pc:, 1 í Lit:ae En el, dEV..I de. poder por fines volíticps, debeAparecer ehe arrec.er acreditado! en forma 1 eI,ac.icr,te y contundente ejertç35 e > Ir 1-,-,DCr51 ouv:' eoii esunc. a les en la litructuración del, c..%rrxo t;cr. oor 5.jflirjlc:. elas circunstancias iiiediartp .'s burles El rII:jI, ç,t, ppuso la adminiitración rúbl¡L w 1 al eerviciC de los a'-....'.idc:,co de T s directerina :o•::.i L L-icosrW

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Exp. NO. 95-37508 Por el contrario, las pruebas que obran en el oroc:eso indicar; que los actos acusados tuvieron origen, en ciertas irregularidades detectadas en el desarrollo del primer concurso y

Exp. NO. 95-37508 Por el contrario, las pruebas que obran en el oroc:eso indicar; que los actos acusados tuvieron origen, en ciertas irregularidades detectadas en el desarrollo del primer concurso y que le encuentran sefaiadas en la documentación obrante en el C 2. S En con u 1 i.r•. i. ón ., al no lograr c:efc:s t.rar la a cci t

los actos impugnados se profirieron con desconoc:imient ei r:c jme.....ta 1, que la Administración cas taba 'obligada a observa, no lo queda otro camino a La Sala ous manifestar nue, si cargo así propuesto ro puede prosoerr. - Viojació'; al Debido ProcesoViolación Directa de la le, .oñsicJera la demandante que - éstos cargos se dieron. vez que, la Administración ocr Ltr, lado. no procedió a evaluar al 'i5fl c:ifi. en tso del oer .í cdc de otueba dándole con ella a eoor tu i.ciad de svsri.s.ua. 3. mon te obtener su estala! onami.e E', tCi en la carrera a s. trat i va c:ortsql idanco e us derechos laborales; por ptrb - desconoció rius e !la" va había obtenido c:a 1 si f icac:ión si L.t f act:i 1 a :itLtfl más considera rius en este caso ro orid ía a f ir ma se que e prove . ii;ed:Lan.ts' c:.onc:ur so oubii cs:cs, sini que se

si L.t f act:i 1 a :itLtfl más considera rius en este caso ro orid ía a f ir ma se que e prove . ii;ed:Lan.ts' c:.onc:ur so oubii cs:cs, sini que se doscortoc±o.arb. .r sri. aman tse que el mismo ya había sido provisto; 1rO ée c::c:'nt.ó con c:i ....nscnt.çrjeriLo eapresc' Y Es:r.i it;: pare modificar el cieror::hc:) oar:.icu lar ' concreto que `s& te había reconocido al momento de su desionar..iór en un car oc' da carrera administrativa Tamnoco se comparte ésta oci ción pc:.r J. as razones que a

continuación 0e e> E:t1 primer lupar, se c:onsic:h-ra que el debido Proceso no resultó violentado. c:c:'mc: oretencis seRajarlo la acciç:nar te pues cn:rrc: se )r)çra colegir (lE? 1 5 Druebas apertadas, #i bien es r iertu' ella 1 ue nombrada en período de pruebe median te Resolución N ,. 06747 del 29 de roO5 to de 1994, por conf orm rr 1a lista de álegibles rio las r:eronas que aIDr obar or lbs ¿.onc-ur sriasacie judicial pretende hacer t.tso ci':-' Tal derecho. ac:t.i .L.rj . o consideración de la .' • .1. e quita fuet . a a Su s

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o consideración de la .' • .1. e quita fuet . a a Su s

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SECCION SEGUNDA SUBSECCION "tu Ep. No. 95-37508 correspondientes al las convocatorias 07 08(Y9 y 10 de julio 21 de. 1994., también lo esque., dicha convocatoria fue., -como antes s indicó- declarada irreoular en virtud a las arbitrariedades detectadas en el desarrollo del primer con:rso Cf? Se encuentran seRaladas en la prueba doc:ument.a 1 '?isi. bi e en el s i conforme a ello, la Contra ior ia procedió a otorgarle al los funcionarios Participantes. del tonc:urso antes aludido. el los a la ciemarid.nt€e u, la o:c::rtur,idad de instribirse y participar en 1 os nuevos concursos que fuetQn convocadqs y a permanecer en los cargas para los cuales hab.ian sido nombrados en perípdp de orueba hasta c:iue Éstos se surtieran en su i.n teor 1 ciarJ e resalta que. al'ac ep Lar la demandante participar en el nueva c::r)r c:t. estaba reconrc'cj.ndo-como Jo hizo la Administración - . n -- la hecho respecto a que TU prueba habíl des aparecido; .i c: c•n , cuando -en sede ilegalidad del çri.u,er.ci con ello, calidad de Funcionaria en rr.odo de lueno. resulta contradictoria SLt aclmi.n:i etrati. va aceo ió SU nueva

ilegalidad del çri.u,er.ci con ello, calidad de Funcionaria en rr.odo de lueno. resulta contradictoria SLt aclmi.n:i etrati. va aceo ió SU nueva situación, en O nic:'1f-rt:c:) Se cp..sD a ella-,v ahora er: pro tensiones ¡las aún ., observa la Raia. que.,a .!.a demandante se le liabidúry papá mcdi ant e Rasol oc i án No 11319 del 30 de diÉiembre de 1994 el Vélar de la bori i. fj rac: i.ón,, de acuerdo a lo prescrito en 3o s. Dcretos .1551/94 s 243 de 1993 .l?nn .Lfi. caci.e:u . des 1. ir :çda a rpsarcillé-lne perj ui ci es por

SU rtir.v que como tal impide ser reir,t.er ada al servicio como se Pretende. conforme al Art. 7 le] referido J)e reto 1551/94 CL.IVo ter.sr rezar 'E o uric::icDnari OS Que bajan sido objeto de la bc•ni. 1c:aión establecida eh es te Decreto o:' updián. vi 'r r r. 'al ev ia 'va. 1 do 1 a

de cin''., ''. ,• coñteqae .. partir d --t .iu:i.i ar:iót:!, s.'lv(D por,,:oru:,rTRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA 14

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