TA CUN - 95D10803-(19-09-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 95D10803-(19-09-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
RECURSO DE SUPLICA / TESIMCXIOS
CG
TRIBUNAL ADPIINI5TR1TIUO
CUHDINI1ARCA ( :Ñ—sE:ccIoN TERCERi— c\.
de Bogotá D.C. diecinueve (19) de dembre de mil novecientos noventa y seis (1.996) Magistrado Ponente : Dr HECTOR ALVAREZ MELO Ref.-Expediente : 95 D 10803
Demandante : DIANA LUCIA BUITRAGO L6PEZ Y OTRA REPARAC ION DIRECTA Se procede a resolver sobre el r curso de súplica interpuesto oportunamente por el apoderado de la parte actora contra el auto del 2 de agosto de 1.996 en lo quo se refiere al numeral 3o. del acápite de pruebas pedidas por la parte actora en cuanto no se decretaron unos testimonios por inconducentes, ya que en relación con dos de ellos el estudio actuarial debe ser materia de un dictamen pericial y el testimonio debe basarse en los hechos por los cuales se demanda y en relación con el testimonio del seor Efrain Rodríguez es impertinente por cuanto no llevaría a esclarecer ninguno de los hechos por los cuales se demandad ANTECEDENTES: Se pretende en este proceso obtener la declaratoria de responsabilidad y la condena al pago de los perjuicios respectivos que según los actores les fueron ocasionados por la Nación - Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - con la muerte del segar JULIO ROBERTO BUITRAGO SALINAS ocurrida como efecto de i 01
Santafé5 (95 D 10803) la destrucción de la aeronave marca Boeing, modelo
JULIO ROBERTO BUITRAGO SALINAS ocurrida como efecto de i 01 Santafé5 (95 D 10803) la destrucción de la aeronave marca Boeing, modelo 727 - 100 (46). matrícula HK-2422-X perteneciente a Latín American Air Service Company Inc, el día 19 de mayo de 1.993 en el cerro el Burro, jurisdicción del municipio de Urreo, Departamento de Antioquia. Para demostrar los hechos de la demanda, se solicitaron entre otros y en lo pertinente al recurso interpuesto los testimonios de los sePores JOSÉ FERNEV ROJAS y ARISTOBULO VALDERRAMA quienes " .. declararán sobre el estudio actuarial elaborado en relación con los ingresos futuros del seor Julio Roberto Buitrago Salinas que se acompaa a la presente demanda " y el testimonio del seor Efrain Rodríguez Cubides quien declarará como piloto que es, acerca de las condiciones bajo las cuales se vuela en Colombia, las ayudas técnicas de los aeropuertos Colombianos, etc '.
Para resolver se CONSIDERA: 1.- La providencia recurrida habrá de confirmarse en cuanto negó los testimonios de los seores JOSÉ FERNEY ROJAS y ARISTOBULO VALDERRAMA pero por razones distintas, toda vez que no es posible que unos peritos quienes presentaron un dictamen anticipado al proceso sean llamados al mismo para rendir testimonio sobre el contenido de su experticio., pues el sustento de tal dictamen debe estar dado en él. 11.- En cambio habrá de revocarse en cuanto dispuso "y con relación a Efrain Rodríguez es impertinente, por6 (95 D 10803)
contenido de su experticio., pues el sustento de tal dictamen debe estar dado en él. 11.- En cambio habrá de revocarse en cuanto dispuso "y con relación a Efrain Rodríguez es impertinente, por6 (95 D 10803) cuanto no llevaría a esclarecer ninguno de los hechos por los cuales se demanda ". porque dicho testimonio si hace relación con los hechos 4 y 5 de la demanda y en ese sentido se citará para oir su declaración. Por lo expuesto se RESUELVE z 1.- Confirmase la primera parte del numeral 3o del acápite de las pruebas pedidas por la parte actora del auto del 2 de agosto de 1.996 pero por las razones indicadas en ésta providencia. 2.- Revócase la segunda parte del numeral 30. del acápite de pruebas pedidas por la parte actora de la providencia del 2 de agosto de 1.996. En su lugar se dispone Decrétase el testimonio del seor EFRAIN RODRftUEZ. Para tal efecto la Magistrada Ponente sePalará fecha y hora para la práctica de la diligencia.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
(Aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 35)
MARIA ELENA GIRALDO GOMEZ BENJAMIN HERRERA BARBOSA
Presidente Magistrado7 (95 D 10803) HECTOR ALVAREZ MELO MYRIAN GUERRERO DE ESCOBAR Magistrado Magistrada cdp/rp. -