TA CUN - 96-1064-(11-12-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 96-1064-(11-12-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
TtJTELA - Improcedencia ¿• . ,I•1 •'Ç-
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAÍ4A
SECCION SEGUNDA
S
SLIBSECCION B 1
Sim tifs5 ciw Bc'ciotá , 1) .C. , dicieinbr t' manco (11) dc mi.l novecieni t09 noventa y &iei. (1996) Maç4.iit.rada Ponente 3 Dra. MARTHA BETANCUR RUIZ
ACCION DE TUTELSI
E;pedsente Nro. 96-1064
Acc ioim:n te FERNANDO AUGUSTO BONILLA
CHA VE Z
Ác:ctonda: MINISTERIO fIEL MEDIO AMBIENTE Con tit)versia: 25 C.N. fl = c = n = = a = a t ===== = = a t = = = = a = = FERNANDO AUGUSTO BONILLA CHAVEZ C.C.. Nro. 10.526.292 de Popayán. interpone Acción cte lutela contra el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, " - - por :t: Oinis.iÓn que tuvo en;s. Enttcjad al no t.crnoc'r oper tuninent.c e). der-c:'cI.o que rnr z4s1 s U a ( por e.tttAr ere e) pri nmcr puesto de la lista de e logihle€ ) a oc:upar una vacantc• grado J9 cn la Subdirec ción de Seguimiento y Mons toreo dr la L)irecctón Ambiental Sectorial de ese Minis3terLo. - Fundarnenta su acción rn los HECHOS narrados c fc.ljos 1/2 del expediente, que hacen referencia a la
L)irecctón Ambiental Sectorial de ese Minis3terLo. - Fundarnenta su acción rn los HECHOS narrados c fc.ljos 1/2 del expediente, que hacen referencia a la situación generada por el hecho de haber concursado y ser seleccionado para integrar la Lista cJe eiegihler cçjnt'n ida ere la Resolución Nro. 1 1J5 cJe 1993, ocupando el tercer , pueçi.to. Pit'ømiçuno y. •:15 la r42ón do In pret;ent acción, hatgerse ist.id(zi la vaç:ante para oso nombr -anmÑvnto, teni ç'ndo en cuc'iiti que rer,urmc) 6 ¿l c:arqo el primero de los Or. Gregorio fcodrigii'n' Si.floedienSt Nro. 96---1064 2 que w le hubiera ofrecido tal oportunidad dejando prescribir el derecho que le ex1tia en cuanto ; vigencia de la Lista de eleqible La accionantc', bajo la gravedad del juramento, expuso.. • .no he interpuesto otra tutela por los mismos hechos.. l'ernitxda por, Ja Prepicjer,cia General, a Sección m?dJ.an te oficio T-96. & . 502 de diciembre oS de 1996 corropondió, por reparto, a ésta Subtc.erión, a donde fue enviada el 05 del mismo mes y aijo. El Despacho de le', I1.tqistracla sustanciadora, mecitante at.Itc) de i'echa Q/, de dLciembrc.? de 1996 avocó el conocimiento, decretó pruebas y ordenó ccsmuriicar a lan
El Despacho de le', I1.tqistracla sustanciadora, mecitante at.Itc) de i'echa Q/, de dLciembrc.? de 1996 avocó el conocimiento, decretó pruebas y ordenó ccsmuriicar a lan partes el inicio de la presente acción. Por la Secretaria de la Sección pe expidieron las correGpondientes comunicaciones mediante telegramas enviadas ;' el accionante y a la demandada ...Miniwterio del Medio Ambiente-. Así mismo, se expidieron los oficios 681- €35/836/ no xcitando la información requerida para el wç3tudio de la petición. La parte accionada -Nliniisterio del Medio Ambientemediante oficio D.P. 0667 de dic 09/96 dioExpedientt NrQ,_fl-1064 respuesta i Sor3 requerimientots hechos por esta Corporación. Referido lo anterior y estando dentro del término fij ado por la Constitución y la ley. esta SALA DE DECISION dc,cicle la presente.. , acción con baGe en lavó C O N S 1 D E F<ACIO NE 9: ÇLI articulo 86 de La Coritti. tuc Lán Ncsosia 1 cont agra a tavor , de toda prsri)na la ¿n.ç:in cJe tutela como necan ismo de protección sninctd 1 ¿A t QZ.k cJe los; det'echot cor.txtt'cionalesL fundamentalcaç "cuvido qu.iera que etto resulten vulnerados o amena:adt»; por la acción u omisión de cualquier autoridad pública". El Decreto 2591 dc. 1991 "por el cual e recjlamenta la acción de tutela consagrada
resulten vulnerados o amena:adt»; por la acción u omisión de cualquier autoridad pública". El Decreto 2591 dc. 1991 "por el cual e recjlamenta la acción de tutela consagrada en el articulo 86 de la Constitución Política" reiter en SUS artículos lo. y 5o.. loe prIncipios conttituciønale; en cuant.c' . tu cbj etc y proceden cia. I'retendc• el ,aemora 1 i t.A. que con ¡a acción i mp?tracia lo sea protegido el DE}E.CHÜ Al., TRABAJO (Art, 25 r; . Nl. . 4;en tencio en cuen t.4 o 1 hecho de r,c haber sido norrbradc: p.%ra de9elrupcPó4r el CBIqO de Vrofcn.ionAl Especial izado Grado 19 de la Sutpixrcc:c. tón do Sszcjuirniento y Monitorc?o do la Dirç,cci.ón Tic ctori.al Amb.itnitai del Ministerio del Medio Ambienta. al cual --contidør tener derecho en razón a ocupar c-I tercer - pues3tci en 1,1 1 IÍÑ DE EL}G1 0LE3 j í<eso Lución Nro. 1195 de 1995 y , i,jI, do 7. prim&ror3 olegibles estar ub1ccio laboralrnc?riU COMO resultado d4 La misma.96-1.064 4 Que la Accionada, mudiantt~ escrito de tet:h Octubre 23 de 1996 (ti. 4) dio respuesta a su solicitud
resultado d4 La misma.96-1.064 4 Que la Accionada, mudiantt~ escrito de tet:h Octubre 23 de 1996 (ti. 4) dio respuesta a su solicitud negando dicha posibi 1 idad ante l a perdida de la y iger.c I.i de dicha lista de elegibles, t3ituación que gc'rieró la util kación de la presente acción para hacer efecttv. O ..cho derecho Le dcfm&ndada iliinsterio del Medio Mmtbtite-al dar r -utpucsta al requer imiento bechc, or outa Corporación, una vez w refirió a la convocatoria Ni o. 66/95 y a la lista do elegiblos; contenida en la Reoluctón Nro. 11S5/95 y IzR renuncia del Dr. ®oric. Rodríqt.iez, en lo ... tina vez realizados EtstaS designaciones, quien ocupaba el tercer (3o.) puesto en le misma li s ta de elegibles ps a ocupar el primer (lo.) lugar, y en con•:secuenc La podría ser nombrado siempre y cuando exista la dispon 1 bi 1 idad preuupuest. 1 cerrosponci i.ente y las necesidadett del servicio lo ameriten. En el caso del Dr. E4oni Ita, desia fortLknadaifleI)te en el corto tiempo (20 dias) que rest aba devigencia e vigencia a la lista de eieqib1ei la cual fenecía el 12 de oc.ubre/V6, no se surtió ante la Div ,.s tón de Pertonal la sol ti: 1 tudh de 1 ltuiar ea vacante y la comunicación del citado aspirante para que ç,e le nombrara e recibió
la Div ,.s tón de Pertonal la sol ti: 1 tudh de 1 ltuiar ea vacante y la comunicación del citado aspirante para que ç,e le nombrara e recibió extempor áneamente (10 octubre/96) cuando ya la lista habia perdido la erectividad de los (ioco 812) (sic) meses que establecc la norma. (- la fecha, no se producido (sic) ningun nombriniento en la vacante deicJa por el Dr. Rodríguez Cardona, la cual solamente nerá provista mediante el proceso de selección...".Çjeiri tg Nra. 9c1Qkj [enzendo en cuenta el acervo probatorio allegado al proceso, es cl.ro concluir que el derecho alegado por el aLcionante, ya fue reclamado en vj. administrativa y, respecto del cual, la mitlima dio una respuesta negativa susceptible de 1 o recursos dr qotamiento de via gubernativa y laz demás acciones ante la jusridicción correpondiente diferentes a la impetrada, esto a la Acción de Tutela, que solo se debe utilizar como ultLma ratio y cuando no exista otra posibilidad de hacer valer bu derechos fundamtntales que considere conculcados. De lo anteriormente anotado la SALA concluye, que no hay lugar a tutelar el derechos invocado por el accionarite.
En mérito de lo e: :puinto, el iribunal fdminis trativo de Cundinamarca, Sección ''ecjtmda, Sub ecci6n E:. administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de Ley, F A 1. L A: lo. DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela ,olicitacIa por
ecci6n E:. administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de Ley, F A 1. L A: lo. DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela ,olicitacIa por el sefor FERNANDO fl1j13061f) 90NILLA ÇIUZVEZ C.C.jjpediçpte Nro. 96-1064 Ni--e. 10."-26.292 ch, Pop'DySn , contra 1 a EL. MIP4ISTEflI0 DEL fiLQiO AIII3IENÍLt, por las ra:wne e<pue&tac en la parto rnotivci de eta prov i_der c t a 2o. NOTIFIQUESE y CUMPLASE en l rnirma fecha la presente deciqión, por tekegrana a el accionante a la dirección registrada, a la señora MINISTRA DEL MEDIO AMBIENTE y al Señor Defensor del Pueblo para efectos del articulo : del Decreto 2591 de 1991. 3o. En caso de no ser .tuipugnadci el preseflt4 fallo, por Secretarió ENVIESE al dia siguiente las presiente dii icj€acis a la H. Corte Constitucional ç)eKr a st.t evrritufl revi!;iósI. Nt3TIFIQUESE Y CUPtPLASE Aprobado en la Sesión No. 056.