TA CUN - 96-D-11825-(06-03-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 96-D-11825-(06-03-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
RESPON]3ILIDAD POR PRIVACION INJUSTA DE LA LIBERTAD / PERJUICIOSIndeínnizaci6fl
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDIN
SECCION TERCERA cff
.tt,t 1 Santafé de Bogotá, D.0 , marzo seis (6) de mil novecientos noventa y siete (1997)..
Magistrado BENJAMIN HERRERA BARBOSA
Referencia : Reparación Directa.
Expediente : 96-I)--11.825
Demandante Omar Edison Varela PorrasorrasDemanda Demanda. Omar Edison Varela Porras demandó a la Nación -- Fiscalía General de la Nación, solicitando se profieran las siguientes declaraciones y condenas: Primera.- Que la Fiscalía General de la Nación y en subsidio el Estado colombiano, son responsables de los perjuicios causados al señor OMAR E.DISON VARELA PORRAS. por razón de la privación injusta de la libertad en el articulo 414 del Decreto 2700 de 1991. 'Segunda. - Que corno consecuencia de la anterior declaración, se condene a la Fiscalía General de la Nación y en subsidio al Estado Colombiano, a pagar al señor Omar Edison Varela Porras, dentro del término de ley los perjuicios en la cuantía que mas adelante se determinará.
1. Morales: Teniendo en cuenta lo establecido en el C.P. aplicable a. éste asunto, le solicito al H.Magistracio. dar aplicación al artículo 106 del C.P.
2. Materiales: observando el sin número de gastos realizados por mi poderdante. persona de escasos roa øamo que de un mment a otvt, osV10
dar aplicación al artículo 106 del C.P.