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TA CUN - 9600086T-(31-05-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 9600086T-(31-05-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

INCIDENTE DE DESACATO

TRIBUNAL DPIINXBTRATIYO DE CUtIDINAPIARGA $ECCION $EaUNDA - SUBIECCION NCo

Santa teBootá, D.C. Mayo treinta y uno (31) de mil noyecen -. noventa y Seits (1996). DE CO •;s- .. Plagiiptrado Ponnte g. Dr. r%jcio Ce.ru Toro D E •Vc,. f?EL.tu,,

TUTELA

INCID4TE DE CUMPLIMIENTO pediente No. 96--OOO$6T

Accionan te a HERNANDEZ DE QUX)NES BLANCA LIJC lA

Accionado 1 FONDO EDUCATIVO REGIONAL DE BOGOTA aFER BTA.

BLANCA : LUCtA HERNANDEZ DE QtJtFoNE.a, ídentif icada con C.C. No. 20.003.177 en Mayo 16/96 presentó INCIDENTE DE DEA CATO respecto de la SENTENCIA DE TUTELA proierida por esta Corpo ración .m Marzo 2fl/96 contra el Fondo Edui.alivø Regional de Bogo ti con 6casi6ra de la presunta omisión de repond.r la Peti&ón elevada en Mayo 11/94 v relacionada con el reconocimiento / PÇJO do la cesantLa del 4nitiva.

ANTE CE D £ $ Y E DEI.. INCUiENTE DE CUMPLIMIENTO INCIDNTE DE CUMPLIMIENTO prop4p-íit.o se notificó peronalménte al tente del Fondo Prøtacional del Magisterio y

ANTE CE D £ $ Y E DEI.. INCUiENTE DE CUMPLIMIENTO INCIDNTE DE CUMPLIMIENTO prop4p-íit.o se notificó peronalménte al tente del Fondo Prøtacional del Magisterio y al Aeeeór Juridicb del FER DE $ANTAFE DE BOGOTA (f 1. 11. Vto..).TRIBUNAL ADM DE cUNDINAMARCA 3EC. 2a 8UB3ECC ION "C'

EXP. No 96-00086 T' HOJA No 2

El Fonda Nacional da Pr taionas Sacia1e del Magitorio en Olí cío No. 000978 de Mayo 2/96 informar Para atender el Incidente de Deac:ata dentro de la rfe renca, me pemito ' informar conseuttvamehte a lo ya marifs tado al Tribunal y en raiterfdas opartunidads que cumplídos los trámites y requisitas naciof3ario» se profirió la Resolu ción No. 001804 del' ;22 de Mayo d. 1996 que reconoce y ordena pagar una Cesantía, Delintiva BLANCA LUCIA HERNANDEZ DE tUI FONES de la cual se anexa copia a este escrita, para que se tenga en cuenta eñ 10 pertinente a decidir. Insisto que en ningún momento es neglt9enciade esta Oficiria, a pesar que la docente nos recuerda cada acto que m tramita en el Tribunal, como ocurre con el memorial por me dio del cual pide se s(rta Incidente d, Desacatb y de la cual anexo fotocopia. Igualmente informo que esta Renolución seré cumplida a instancia de la Pçevisora articulo 7o. Ovcral:o 177 de 1990.

cual anexo fotocopia. Igualmente informo que esta Renolución seré cumplida a instancia de la Pçevisora articulo 7o. Ovcral:o 177 de 1990. Por otra parte se anexa colpiiv de 1ía respuesta dada por La Previsora, para probar la realidad y certeza da cada con testación que se hito en reiteradas oportunidades al Horióra bla Tribunal y a otrasentidadescomo Personeria. Pido se tenga en cuenta lo expuesto dentro del trámite Incidental por Desacato, que con plena seguridad no.es atri buible a esta Oficina, es que, para dittar Acto Administra tivos o Resolucío 'nmi,a,, 1tiene que contar con los conceptos de otras oficins' que demoran toda decisión.' (lis. 12 a 13 exp.). Igualmente es precib mencionar que aporta fotocopia de las diferentes comunicaciones que só han proferido para dar cumpi i miento a la SehtenciadoMarzo 20194 1s cuales son del siguiente tenor =) Nota de Mayo 03/96, suscrita por el Vicepresidete Fondos do Prestaciones Fiduciaria La Previsora S.A., dirigido al Coar dinador del Fondo de Prestaciones Bociales del Magisterio ;TRIBUNAL API DE CUNDINAMARCA tEC 2a SUBSECCION "C"

EXP N. 9i--OOÓ66..T HOJA N 3

En relación - con su Oficio dcil 12 de Abril de 1996, reci bido en la Fiduciaria La Previsora el 16 de Abril ,, del aPÇo en. curso, por el cual esa Oficina Regional, remite el expedten te de la educadora para dar cumplimiento al reconocimiento y

bido en la Fiduciaria La Previsora el 16 de Abril ,, del aPÇo en. curso, por el cual esa Oficina Regional, remite el expedten te de la educadora para dar cumplimiento al reconocimiento y pago de la cesantía definitiva, le informo lo siguientes En dicho Oficio se indica que por reiteradas exigencias del Tribunal Administrativo de CundinamarLa, se da rumpli nuento al reconocimiento y pago de las cesantías definitivas de la educadora: de la referencias, rtcobstante, ni figuran en el expediente los Oficias del Tribunal. Sin embargo, con formulario da trámite -94499 del 19 do Abril de 1996, estamos remitiendo aprobado el expediente de cesantía definitiva como docente de vrul.açitr paciç,ral44 ,Alpor valor de 66O6 5B3,7 con la siguienteanotacóni Corregir valor a reconocer, el tiempo laborado entre el 13 de Abril de 1973 y el 4 de Mayo de 1976 se toma como •adicio nal al tiempo completo d conformidad CQfl la certificación dl tiempo de servicios anexos Sobre el trámite dado a la tiw, le informa que se radicó nal, del Distrito, y fue recibida ra el 31 de Marzo de 19951 para conocimiento de conformidad con 1775 de 190 socitud de cesantía de? ini en el Fondo Educativo Regio en la Fiduciaria La Previso el visto bueno previo al re al articulo lo del Decreto La Fiduciaria La Previsora, devolvió en tres oportunida des sin vista bueno el expediente de la educadora ya que al tiempo laborado por harás ro es competencia del Fondo Nacio

el visto bueno previo al re al articulo lo del Decreto La Fiduciaria La Previsora, devolvió en tres oportunida des sin vista bueno el expediente de la educadora ya que al tiempo laborado por harás ro es competencia del Fondo Nacio nal de Prestaciones BorLa les del Magisterio, por, lo que se debia cdnsultar cuota parte por el tiempó laborado desde el aa 1962 al 4 de Mayo de 1976. Es importante aclarar que según lo preceptuado por el articulo 2o. de l.Ly 244 da 19950 por la cual se fijan tár minos para el pago oportuno de cesafltias para los servidores públicos, se establecen sanciones y se dictan otras dl.sposi clones 'La EntidádPtblica pagadora tendrá un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) dias hbile, a partir da la fecha do la cual quede en firme el acto administrativo que ordena la liqáidación de las qsants SJífV)itkyAX del servidorpú blico, para cancelar esta prestación ocial" (subrayado nuestro). Es decir que la Fiduciaria La Previsora como entidad pa gadora, con respecto a las cesantias definitivas, dispone de 45 días hábiles contados a partir de la fecha de ejecutarla de la resolución para efectuar el pago. En el presente caso, como se trata del proyecto de acto administrativo, no se aplican lo 45 dia dispiestos para el pago oportuno de la prestación que 5ealael articulo 7cs de la Ley 244 de 1995, pues a pesar de que las entidades tienen un ao a partir de la vigencia de la iby para su aplxcaL6n,

pago oportuno de la prestación que 5ealael articulo 7cs de la Ley 244 de 1995, pues a pesar de que las entidades tienen un ao a partir de la vigencia de la iby para su aplxcaL6n, la Fiduciaria La Previsora está abreviando los términos en los casos dé cesntias definitivas.' (fis. 16 a 17).TRIBUNAL ADtl DECUNDNA1 4IRCA SEC. 2a SUBSECCION "C"

EX¡>.` N. 94---000E6 T HOJA No. 4

Oficio No • 0078 de Marzo 28/9611; suscrito por el Coordinador del Fcndo Prestacional del Magisterío,Eixntafó de Dogot, D C o dirigido a esta Corporación, en respuesta a la Sentencia de Marzo 20/9 i Con todo respeto damos respuesta a la providencia do fe cha Marzo 20 de 19176 linforsandÓ al Honorable Tribunal que la docente no cumple con algunos requi'Utos exigidos dar trámite al acto administrativo de reconocimiento eobre la cesantia definitiva, en escrito separado se comunicó a l. docente de la referencia, para que surta los requisitos fal tantes e inmediatamente se procederá a dictar resolución y ordn de pago y que la Fiduciaria LA PREVISORA S.A. cumpla la ejecución correspondiente. Loanterior r-esp.ctoai lleno do. requisitos solo compe te a la docente y a la entidad que se indicó a la misma y no al Fondo Prestational del Magisterio. Para dar cumplimiinto a lo' ordenado por low Honorables Magistrados .s necesario el concurso de la docente para des

te a la docente y a la entidad que se indicó a la misma y no al Fondo Prestational del Magisterio. Para dar cumplimiinto a lo' ordenado por low Honorables Magistrados .s necesario el concurso de la docente para des pachar en la rnejor forma el pedimientoy loardeñado por el Honorable Tribunal," (fi. IB). Oficio No. 0045 deAbril 10/961 suscrito por el Representan te del Ministerio de Educación Nacional ante Santafó de Dogo tá, D.C. dirigido a, sota qorporacióri, en respuesta a la Senten cia de Mazo 20/96 a Con el -debido r.%peto nos permitimos dar respuesta por repetida oportunidad respecto a lo solicitado por esa Honora ble torporación,en cuanto a la sentencia de Marzo 20 de 1996 y dentro de la Tutela referida, reiteramos que le fu comunicado a la Accionantó en la fecha Marzo 28 de 1996 con Oficio No. 047 enviado ml 4 de Abril del mismo aPo y recibi do en la Administración Postal con fecha Abril 9/96, la rece ¡dad de cump»r con requisitos importantísimos para proce der a dictar resolución de pago tualmente los eediente se encuentran en la Fiducia ra La Previsora S.A, entidad encargada dia efectuar lts pa gos de acuerda a disponibilidad presupuetaI, remitidos me diante Oficio No 612 del primero da Abril de 1996.TRÍBUNAL ADN..DE CUNDINAMARCA SEC. 2a SUBSECCION 'C' EXP.. Noé: 6-0(50861 HOJ1 No.. 5 'Se considar perttñente aclarar que la. Entidad que ie

EXP.. Noé: 6-0(50861 HOJ1 No.. 5 'Se considar perttñente aclarar que la. Entidad que ie cuta el presupuesto y que da la última aprobación a la.s soli citudEes es la Fiduciaria La Previsora S.A.., ubicada en la

Calle 72 No.. 10de Santafé de Eogot. Le anexo copia de la comunicación informativa a la do cente BLANCA , LUCIA HERNANDEZ DE QUXONES y copia enviada i'

gualaente al Konorable Tribunal, atención y cumplimiento en la mejor forma posible a lo exigido pr len 4onorabien Pta gistrados.' 1 (fis. i9 a 20). Oficio No. 000656 de Abril 11/96, suncritó por el Represen tanto doV flinisterio.deEducación Nacional ante Santafó de Bogotá, D.0 dirigido a esta Corporación, en respuesta a la Ser, tencia de Marzo 20/96 Es respuesta al coaanicado de fecha Abril 9 de 1996 non permitimos anexar el escrito por, medio del cual ya se dió conttaciór tsnto al accianante como a esa digna Corpora ción. • 1 Lan: expedientes referidos y que. contQmplen las sbl.icitu des en la iecha. se encuentran en la Fiduciaria LA PREVIZ3ORA S.A. entidad encargada de realizar.ios pagos y ejecutar el presupuesto para los pedimentos de las profesoreíj enviando con. Oficio 612 del 01-04-96. En fecha. Abril 4 de 1996 recibido en la Administración Postal el, 9 de Abril se envió escrito a la Accionánte, pj

presupuesto para los pedimentos de las profesoreíj enviando con. Oficio 612 del 01-04-96. En fecha. Abril 4 de 1996 recibido en la Administración Postal el, 9 de Abril se envió escrito a la Accionánte, pj dienda estricto cbmp.limíento a algunos requisitos que falta han para satisfacer la petición. La Fiduciaria LA PREVISORA S.A. es la entidad que da la. aprobación, ejecución y pago de las resoluciones que quedan debidamente Juoutoríada» y que ordenan reconocimiento y pa go, ubicada en la. Calle 72 10-03.0 OficioNo. 000669 de Abril 12/96, suscrito por el Represen tante del Ministerio dØ Educación Nacional ante Sa.ra1é do Bogotá1 D.C.., dirigido a está Corporación,. en respuesta a. la Son toncia de Marzo 20/96 zTRIBUNAL ADItE CUNDINAMARCA —SEC. Za - SUBBE:CCION "C"

EXP.. No, 96--000€36 r HOJA No.

Atendiendo las reiteradas egøncias de cumplimiento so br. Acción dé Tutela røfrida y atentoa cumplir - en forma debida, nos permitimos informar - que cØp1iendo eQn los dlfo rentes pasos previo requisitos se dictó RO1uci6n de Recono cimiento y del derecho que se le asiste a la docente e igual mente objeto de tutela. Aflexamos copia del proyecto de resolución el cual St? 50 mete a Visto Bueno de la FiduciaraLa Previsora, entidad en cargada de efectuar los pagos, este requisito es reglamenta do por cL Consejo Nacional del Fondo Prestacional del Matjis

mete a Visto Bueno de la FiduciaraLa Previsora, entidad en cargada de efectuar los pagos, este requisito es reglamenta do por cL Consejo Nacional del Fondo Prestacional del Matjis teno y es 1&i1«Fiduciarl& La Prwváckr#i la entidad que debe dar cumplimiento ftnalj para meJor , atención y cumplimiento se suguiere oficiar a la Previsora para se manifiesta al res pecta, ubicada en la Calle 72 No, 10-0s d SantafádeBogo t, D.C." (fi. 25 ep.). LA JUTELI AP4TE EL TRIØLR4AJ.. (%DPIU1ISTTiYO U)NjDINAP1RRCA XP Np. %­<X~ Y , El escrito dt? TUTELA que diO origen a la Sentencia de Marzo 20I9 (donde se tutelO el DERECHO DE PEndaN). fue pre sentado ante esta Corporación en Marzo 06/96, con ocasiónde la presunta omisión de responder la ptticiófl elevada por el Accionan te-'docente en Mayo 11/94 ante el FONDO EDUCATIVO REGIONAL DE SAN TAFE DE BOGOTAÍFER BTA.x relacioñada con la soUcitud da liquida clOn y pago di las cesantías dt?finitivas. 13e arrimó alt:, INCIDENTE DE DESACATO (CUMPLIMIENTO) que aquí sedesata, fotocopia de la Sentencia de Marzo 20/94. pro fonda por ésta Corporación (11s. 1 a 2 ep.). En esa providencia se menciona que la Accionante solicita la protección al derecho de PETICION, lo cual tiene relación con la solicitud de reconocí

fonda por ésta Corporación (11s. 1 a 2 ep.). En esa providencia se menciona que la Accionante solicita la protección al derecho de PETICION, lo cual tiene relación con la solicitud de reconocí miento, liquidación y pago de las cesantías definitivas,TRIBUNAL ADMD CUNDINAMARCA SEC. 2a 9UDSECC ION

EXF. No. 94-, -00006 T HOJA No 7

La Sala para resolverconsidera: De la documental arrimada al presente INCIDENTE DE CUtI PLIMIENTO, se tiene que el Fondo Nacional de Prestaciones Socia les del Magístertop,díó cumplimiento la SENTENCIA DE TUTELA pro ferida por esta Corporación en Marzo 20/96, puesto que se encuen tra el Oficio No. 007B de Marzo 28/96, suscrito por el Coordina dor delFondo Prestacional del Magisterio Santafé de Bogotá, D.

C, dirigido a esta Corpqración, en reeputa a la Sentencia de Marzo 20/96, se informa que se le "romuntó a la docente, parM que surta los requisitos faltantos para poder proferir la resolu ción y la orden de pago de las cesantías definitivas". Asi las cosas, se tiene que el Fondo Educativo Regional del Distrito no incumplid el allo proferido en Marzo 20/96 y que sidó lugar a la iniciación del incidente que aquí se resuelve, lo que necesariamente conlleva al rechazo del INCIDENTE propuesto (art.

135 C. de P.C.). De otro lado, se obsera que la Accionarate con el INCIDENTE DE DESACATO propuesto ante esta Corporación, ésta no informó que la Entidad le habia requerido para cumpliera algunos requisitos

(art.

135 C. de P.C.). De otro lado, se obsera que la Accionarate con el INCIDENTE DE DESACATO propuesto ante esta Corporación, ésta no informó que la Entidad le habia requerido para cumpliera algunos requisitos faltarites para lograr el reconocimiento y pago de las cesantías definitivas, situación bastante "irregula" que es necesario po ner en conocimiento de las autoridades respectivas, porque con situaciones como la aquí analizada Ip que se es abusando ck la administración de justjia Pues bien, teniendo en cuenta que el Acionante es tÁna EMPLEADA PUBLICO (Docente) y para lo efectos• Za SUDSECC ION "C

HOJA No. 8

TRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA EXP.No. 90t036 T' del caso comp'fltene sandas copias, una vez regrese el expediente principal, de la H. Cor 1te Conztitucíonalp donde se encuentra para u eventual revietón, del escrito de tutela presentado ante esta .ció con destino á Corporación con, L, la respectiva pone el incidente d desacato tocopia de j1a Sefltencia de Mar Sentencia, del escrito donde se pro y la presente. providencia, de la lo zo 20/96 proferida por , Óeta Corpora Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía GcnøraI de IA Ncaón, para lo de su caro De otra partø, es pertiente la remisión de copias al Secreta riode Educacn Distrital, al Coordinador del Fondo Prctcional del Magisterio de Santáfé da Bogotá para lo de su cargo. 41 —En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATI

riode Educacn Distrital, al Coordinador del Fondo Prctcional del Magisterio de Santáfé da Bogotá para lo de su cargo. 41 —En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATI YO DE CUNt)INAMARCA,.por intermedio de la S$JBSECCION "C" DE LA 3EC C1044 SEGUNDA, adm:Lnstrandn Jiistria en nombre de l Roptiblit..4 dc Colombia y poi' autoridad da la ley R ES U E L E $ lo. REZAR DE PLANO EL. INCIDENTE DE CUMPLIMIENTO DE LA SENTEN CIA. DE TUTELA DE MARZO 20/96 propuesto por la SeIora BLANCA LUCIA HERNANOEZ DE OUIFONES I idefltificada con C.C. No. 20. 003.177, quien actua en nombre propio, en escrito que arrimó esta Corporación en Mayo 16/9 presentó INCIDENTE DE DE$A CATO respecto de la SENTENCIA DE TUTELA proferida por; esta Corporación en Marzo 20196 contra el Fondo Educativo RegioTRIBUNAL ADM DE CUNDINAMARCA - EC. 2a - SUSECC ION 0C" EXPI No. ':•96--00086 t HOA No. 9 .na1deBogot, de conforMdad on lo expuesto en la parte motiva dé', esta providencia. . 2o. Por Secretaria conpilsense la copias mencionadas en la parte møttVa de asta y con destine s la . Procuraduría General de la Nación, Fxcalia ~eral de la Nación, al $etretario de Edu caçi.ón Dtstrital, al Coordinador del FondoPreetacional del

møttVa de asta y con destine s la . Procuraduría General de la Nación, Fxcalia ~eral de la Nación, al $etretario de Edu caçi.ón Dtstrital, al Coordinador del FondoPreetacional del M.gister.ø de Sabtafá debogotá para de su cargo. • NOTIFIQUESE la presente deciión mediante telegrama a la Ac ci.onante, al Gerente de la Fudiciaria La Previsora, al Dwføn sor del Pueblo y personalmentc al Coordinador del rondo Pre tacional del Mgsterio Santafé de Bogota, D.C., de conformi dad con el art. 50 del D.L. 2591 de 1991. 4o. tina vez en firme esta decisión o por intermed4o de la Secreta ria RCIUTASE A LA .H. CORTE CONSTITUCIONAL. PARA QUE SEA ANEXA DO AL. EXPEDIENTEPRINCIPAL que se encuentra allí.

OPIESE, NOTIFIQliE3E Y CUMPLASE.

Apróbado en Sesión de la 1eha sgn, Acta No. 9624

TARSICW CACEREG TORO ANTONIO JOSE ARCINIEOA8 A

ILVAR NELS)N AREVALO PERICO

EXp.96-0006. INC"FL.O9.

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