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TA CUN - 9600170-(10-05-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 9600170-(10-05-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

DERECHO DE PETICION /ACCESO A DOCUMENTOS

TRIBUNAL.. ADP$IHXSTATIiØ DECUHDIHPIARCA

SECCION SEGUNDA - GUSSECCION WC"

Santaf' de Bqgot, D.C. 9 Mayo die2 (10) de mil novecientos mrb yse-ir. (1996). Magistido Ponente s Dr. Tar.icio Cáceres Tot-ó

RE F ER E N C iA 5

Expediente No, 96----00170

Accionante i ASOCIACIN DE EMPLEADOS Y OFIREROS

DEL. HOSPITAL DE LA SAMARITANA

Accionatdo() Derecho(w)

HOSPITAL DE LA

PET 1 ClON SAMARITANA HENRY JAVIER RIVERA HERNANDEZ, n su calidad de Re presentante Legal de LA ASQC!ACXODE EMPLEADOS Y OBREROS DEL HOS PI TAL DE LA SAMARITANA "ADESAM', en ejercicio de la acción de TU TELA S en Abril 26/96 presentó demanda contra el GERENTE DEL HOSPI TAL UNIVERSITARIO DE LA: SAMARITANA con ocasión de la preunt ami %ión do ,resolver el derecho de petición formulado en Feb.22/96 y reiterado eñ Marzo 21/96, dando lugar 1a actual controversia que se decide en esta providencia.

A. PE LA ACCION Y SU CONTENIDO a LA DEMANDA; REQUISITO Y MODALIDAD.- TRIS. A»PI. CUNDINAMARCA - 9ECCION 2. - $UNECCXON HCH

EXP TUT 96-00170 PG. No 2

La Acción fue inooada' por' intermedio de Representante

EXP TUT 96-00170 PG. No 2

La Acción fue inooada' por' intermedio de Representante Legal de la mencionada Arrnciación Sifldical. En el escrito, inicial de ;la ACCXON DE TUTELA el Accionante hizo la manestacjón bajo la gravedad del­juramento de que no había presentado otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos, para cumplir con la formalidad exigida en el art. 37-2 del D.L. 2591191/M.`25 25 exp) No se menciona que se ejercita la acción

como PIECANISPID' TRANSITORIO.

LAS PRETENSIONES lormuladas'son las siguiei-tebs RespetadosMagistrados, con el fin de que se tutela el dore Cho costitticioa1 fundamental de'petición de información y de obtener pronta respuesta, consagrado en loa articUlas 23 y 74 de la Constitución Política, comedidamente me 'permito solicitar les que conminen 4 losfuñcionarion acusados para que de manera Inmediato, dentro del término de 46 horas, nos suministren copia o fotocopia auténtica, de 'los actos administrativos, en los cuales se puedan'observara su numero de inda.viduali.sación y firmas res ponsables de los .funcionarlos p4b1icos que la expídieron x PLANTA DE PERSONAL vigente para 1996 y ACTA DE REUNZON DE JUNTA DIRECT 1 VA aprobando la Planta ~Personal del hospital de la Samarita na.." (11. 26 exp.). LOS HECHOS se esbozaron de la siguientes maneras..

1. Los articulas 23 y 74 dm la constitución Política etta blecer, el derecho 'fund amen tai de petición y obtener pronta respuesta. (...)

na.." (11. 26 exp.). LOS HECHOS se esbozaron de la siguientes maneras..

1. Los articulas 23 y 74 dm la constitución Política etta blecer, el derecho 'fund amen tai de petición y obtener pronta respuesta. (...)

2. En 'ejericio, de ese derecho i' constitucinal fundamental de petición, mediante escritos respetuosos radicados los días 22 de FebrerQ y Marzo 21. de 1996, so11citasno se nov. su mir,istrara copia o fotocopia auténtica de la Resolución de l Planta de Personal del hospital de l.A samaritana, para la vign cia de 1996 y copia auténtica del 'acta en que la Junta Directiva de eso Hospital aprobó la p1ta de personal (actos adrninitratip TRIB. ADMU CUNDINAMARCA - ECC ION 2. - SUBSECCION "C I' EXP TUT 96..-00170 : PAGI' Nó1. 3 vos), con el propótuto de obtener documento oficiales públicos que pudieran tener el carcter de prueba.

3. Loe funcioñarios acusados respondieron Zas peticiones en forma jiegal, dilatoria y negando ese derecho de ma nora injustifCada,:d tal manera que hasta la presente no hemos logrado obtener los documentá oficiales que solicitamos, con va br probatar.o., que puedan ser objeto de control de legalidad an te la jurisdicjón cwttmicio»o admin.stratjva Para la primera solicitud, se nos respondió mediante oficio de Marzo 7 de 1996, recbidó en nuestra oficina el 12 de Marzo, aneAndóse. a este una copia ori,computador de una

Para la primera solicitud, se nos respondió mediante oficio de Marzo 7 de 1996, recbidó en nuestra oficina el 12 de Marzo, aneAndóse. a este una copia ori,computador de una resolución sin numero y sin firmas, (anexos), lo cual no satif a ca nuestra petición. - b) para la segundo solicitud, mediante oficio sin número, de fecha lo. de Abril y recibido en nuestra of icJ.na el 4 del mismo (anexo), se nos responde diciendonos 'que la actual Junta Directiva no tia adoptado la Planta de Personal' 1, lo que con sideralaos absurdo, puesto que no puede eistir ente oficial sin su correspondiente planta da personal, aprobada por la respectiva Junta Directiva, según las disposiciones legales Vigenteu.

4. No hemos logrado obtener los documentos públicos solici tados, auténticos, identificdos, con f&rmas respona bIes, que puedan ser objeto de control de legalidad, que puedan ser demandados en ejercicio de acciones públicas,, todo con lo cual se nós viola el derechp fundamental que consagran los articu løe 23 V'74 de. la Carta.. (....)

7. En vjrtud 0 de lo antes explicado tengo derecho a que se me suministre copia o fotocopia auténtica, do la Planta de Personal del hospital Universitario de la 8amaritara y copia o fotocopia .sutntica, del acta de reunión de Junta Directiva donde se aprobó la misma." (fls. 23 a 26 ex.p.).

LAS NORMAS OtJEBRANTADAB En el escrito del Accio nante se identifi 0c.an las siguientes nat mas $ De. , la Constitución

se aprobó la misma." (fls. 23 a 26 ex.p.). LAS NORMAS OtJEBRANTADAB En el escrito del Accio nante se identifi 0c.an las siguientes nat mas $ De. , la Constitución Nacional (arts 23 y 74) (fis 23 a.24 w'p Y. 8 . DEL TRTE: JUDICJPL LA PARTE ACC•ONADA en el sub-lita es él EERENTETRID. ADPI. cUHDINA1ARCA -SECCDN 2. 8UB8CCIOH "C

EYP TUT. 96-000 PÁG, No. 4

DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA, quien fue vinculdo la presente •cc.ór, mec$ante la comunicación telegrfca No 287 (f lif 32). Ahora, teniendo en cuenta las mítuaciorien anterio res, la !$al&j procede al estudio de la controveria mediante las iuient.e . L DEREHOS PREStW4JjjENTE VWLADOS EL HECHO CAUSAL DE LA TUTELA Y EL O LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DESCONOCIDOS En el sub--lit, el Accionante seála que 50 VUIne ró, el derecho fundaental de Petición al omitir reuolver su peti ción de Feb. 22196 y reiterada en Marzo 21f96 en lo términos allí requeridos. La noreatividad rectora invocada es la siuien te; DERECHOS FUNDAMENTALES Art. 23 Toda persona tiene dereého a presentar peticiones respetuosas a las autorjdÓes por motivos de inte rés general o particulary a obtener pronta solución. El Lo

te; DERECHOS FUNDAMENTALES Art. 23 Toda persona tiene dereého a presentar peticiones respetuosas a las autorjdÓes por motivos de inte rés general o particulary a obtener pronta solución. El Lo gislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizarioness privadas para granUzar los derchos fundamiritales.TRID. AD$. CUNDINAMARCA SECCXON 2. - StJ»tCCIOH

EXP TUT. 96'0170 PAG.. No.. 5

La otra norma constitucional (art. 741 invocada inicialmente Como fundamento de la acción de tutela NO PERTENEcEAL. GRUPO DE LOS DE RECHLS FUNDAMENTALES 'i por eso no se le puede tener tomo tal, con forme al art.tculo2o.:del Decreto 306 de , 1992que reza: Art. 2o. De las derechos protegido.. :por, al. acción tutela; D! conformidad cbnel artículo lo.; del Decreto 21 de 1991 la acción de tutela protege ecluivamente los dere chos constitucionales furrdamentaies, y por lo tanto, no pue de ser hacer respetar derechos que sólo tic nen rañgo legal, ni para hacer tLimplir las leyes, los decre toe, los reglamentos a cualquiera otra norma de rango in ferior. LA DOCUPENTAL PROBATORIA. En el expediente y res pacto de los pretendidas derechos a tutelar se encuentra la si guiente documental trascendental ) Fotocopia del Certificado expedido por la Coordinadora de Archivo Sindical de la División de Reglamenta 'y Registro del Ministerio de Trabajo en la cual menciona que la Asociación Sidi

guiente documental trascendental ) Fotocopia del Certificado expedido por la Coordinadora de Archivo Sindical de la División de Reglamenta 'y Registro del Ministerio de Trabajo en la cual menciona que la Asociación Sidi cal .deominada AE3OCIACIQN DEEMPLEADQS Y OBREROS DEL HOSPITAL DE LA SAMARITANA UADESAMN tiene personera Juridica en Díc. 21/94 Fotocopia Resolución No. 25.de -Jul.19/95 del Ministerio de Trabaja y Seguridad Social mediante la cual se ordena el reajuste de la Nuvá Junta Directiva de la organización sindical ADESAM (fis • 2 a 3 exp. ).TRIBI. ADM. CUf4DINAMARCA StCCXOt4 2a. - $tJSECCXON MC EXP TUL., 96OO17O; PAGI. No. 6 ') Fotocopias de lás Peticiona dé LA #NGOCIACION DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL HOSPITAL DE LA SAMARITANA "ADESAM" radicadas. er, feb. 22 y Mario 21 de 1996, diridaa al Gerente dl HoaptaL Urli veritarjo de la Samaritana (f la. 4 a ") Copia del Oficio Marzo 7 /96 uacrii por el Gerente del men cionado Hospital Univóritario donde dice .adiuntarle copia de la Planta de eraonal vigente a la fecha de au remiatón, do coi-fornidad con la Reeatvucturación Admin,.strtivá, aprobada por el Ministerio de Salud., á partir de 1995 y lo copia 'de la Ordenan z (fi. 6 exp.). YI. copia de Resolución sin numero ni firma expedida por , la

el Ministerio de Salud., á partir de 1995 y lo copia 'de la Ordenan z (fi. 6 exp.). YI. copia de Resolución sin numero ni firma expedida por , la Gerencia de Hospital -de la Samaritana, donde regi%tra la in corporación de la Planta de Personal de la ini.t.tución (f la E) a 21 ex P.). del lo de Abril/96 expedido por,, l, Gerencia del Hoa pital de la Samaritaná, con la respectiva constancia de reci bido por loa Interesados, por medio de la cual le responde la Po ticiónde Marzo 21/96 (f l.,` 22) B .LA ACCIUP4 DE TUTELA fue consagrada en el art. 96 de la Constitución NÁcional para que toda persona pueda reclamar-a-

  • TRIB. AMI. CUNDINAMARCA SECCION Z¿¡.'~ suBrccxoH 1• E XP TUT. 96-00170 111 PAO. No • 7 la protección inmediata de zufá 'der-,.-jc'hau Constitucionales Fundamen tales, cuando quiera que estos resultor, quebrantados o amenazados por la acción uomisión de cualquier, autoridad ptb11ca, estable cindosc que iaprotein consiste en una orden para que aquel respecto de quien so solicita la tutela, actuo se abstenga de hacerlo..

El citado art.. 06 de la Constitución fue relamontado por los Oe cretos 291 de 1991 y 306 de 1992, y en cuanto a las, causa ires de improcedencíado la acci6n de tutela estableció la no viabilidad, cuando existan otros medias o recursos judiciales

cretos 291 de 1991 y 306 de 1992, y en cuanto a las, causa ires de improcedencíado la acci6n de tutela estableció la no viabilidad, cuando existan otros medias o recursos judiciales La tutela aquí reclamada es PROCEDENTE por las si çjuientes razones

a..-) ACCESO A DOCUMENTOS PUØt.ICOS Art. 74 de la C.N.

Esta norma comtituciónal no esta inscrita dentro del capitulo de DERECHOS FUNDAMENTALES que son los que pueden sor protegidos por medio de la ACCION DE TUTELAS por 10 tanto, no es viable por esta via tutelar resolver el caso frente a la norma citada.

EL DERECHO DE PETICION.

Aparece que LA ASOCIAC ION DE EMPLEADOS Y OBREROS DELTRIB PL. CUNDINAPiARCA - :$ECCION 2a. U1ECCIDN 'C"

EXP TUT.•94-00170 ,PA$..No. 8

HOSPITAL DE LA SAMARITANA IADESAMU se dirigió Al Directivo Princi pal del HOSPITAL UNIVERSITARIO LA SAMARITANA en das oportunidades (feb.. 22 y marzo 21/6) para SOLICITAR COPIAS DE DOCUMENTOS. Los documentos so1icitdos. En la primera petición so licita copia del documefl•tg de PLANTA DE PERSONAL DEL HOSPITAL PA RA 1996 y LA ORDENANZA O DECRETO TFANSFRMADORA DEL HOSPITAL LA SAMARITANA EN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO LA SAMARITANA (fi., 4 exp ) En la segunda petición rr1 .ma copía

dl ACTO ADMINISTRATIVO DE LA JUNTA DIRECTIVA APROSATORIA DE LA

SAMARITANA EN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO LA SAMARITANA (fi., 4 exp ) En la segunda petición rr1 .ma copía dl ACTO ADMINISTRATIVO DE LA JUNTA DIRECTIVA APROSATORIA DE LA PLANTA DE PERSONAL a l. la cual se incorporó a luá funcionarios del Hospital en la: Resolución suministrada al Sindicato por la Súbge rencia de Recursos humanos en marzo .12/9 (fi. S La clase de -documentos solicitados.. En el ACTO APRO BATORIO DE UNA PLANTA DE PERSONAL sparece la voluntad administra tiva" consagratoria de la PLANTA DE PERSONAL, ~nada de la auto ridad competente —y previo el cumplimiento de los requisitos y pro cedimientos establecidos para su conformación a m4s de la epre sión de voluntad con ese objetivo debe aparecer la RELACION DE CM PLEOS DE LA INSTITUCION cor y su den,niriacióri y códigos identifit.a dores y de grado salarial .junta al rsumero de empleos que se — pro vean para cada uno de ellos. Otro acto administrativo 1 relaciona do con el anterior, para estos casos, es el llamado ACTO DE INCOR PORACION DE PERSONAL A LAPLANTA # dondé la autoridad competentGy conforme a sus facu1tdes nomjfl4oras para el evento, procede a determinar LA PERSONA N1TURAL que døsempear cada empleo previs to en la PLANTA DE PERSONAL es posible que en dicho acto no se dcttrm.nen las personas que van a dsempear todos lo empleesTRID. AM. CUNDINAMARCA SECCIQN2. - SUØSECCION 'C' EXP> rut 96-00170, PAE, No. 9

dcttrm.nen las personas que van a dsempear todos lo empleesTRID. AM. CUNDINAMARCA SECCIQN2. - SUØSECCION 'C' EXP> rut 96-00170, PAE, No. 9 previsto por lo que puede darse el caso de EMPLEOS VACAP&TES por f.lta de determinación de quienes loe e.ercerr. Lee reepuetaE dadee por la 'Admiriietraión. Al respecto e encLientra -) La Ordenanza rrnclaaiade, reestructuradora da la Dasc.ntra1t zad (Hospital) prece que fue itida a Peticionario, in que éste haya hecho objeción al reipecto de ste documento -) La planta de personal deiHoepital para 1996. La Adminft tración en marzo 07/96 le remitió 41 Peticionario una copia informal e incompleta del ACTO DE INCORPORACION DE PERSONAL A LA PLANTA DE LA INSTITUCION, queete anote recibido en marzo i/96 (fl. 6 y 8 al 21) Este acto, como ya ve diJoer adolece de fallas mencionadas por cuanto no registra el NUMERO del acto ad minietrativo (No. de la resolución), ni la FECHA d tu epedi ción, ni contiene las. FIRMAS de las autoridades que Intorvinie ron en su epedxción Y el $indcto peticionario en Marzo 21/96 solicité que se expidiera el ACTO ADMINISTRATIVO DE LA JUNTA DIRET!VA QUE APRODO LA PLANTA DE PERSONAL a la cual 'fuó. incorporado el personal del Hospital a'que hace referencia col documento remit4do en Marzo 12 (VI exp ). La Administración respondió en abril 1/96, recibida

LA PLANTA DE PERSONAL a la cual 'fuó. incorporado el personal del Hospital a'que hace referencia col documento remit4do en Marzo 12 (VI exp ). La Administración respondió en abril 1/96, recibida -por el peticionario ah abril 4/96, infarrnndo qu "... la actualTRIB. AI»1. CUNDINAMARcA SECCIOI4 2a. - SUBSECCION "Ca EXPTUT 6-00170 PAEL No. 10 unta Directiva del Hospital Universitario de la Samaritana como Empresa Social del Estado, no ha adoptado la planta de personal con la cual ha venido funcionando actualmente el Hospital. Dicho tema sera tratado dentro del orden establecido pira 1 organiza ción y reestructuracIón del Hospital de La $amaritana como E.S.- E. (11. 22 PuT bien, como el Peticionario reclamó el ACTO APROBATORIO DE LA PLANTA DE PERSONAL al cual fueron vinculadas los servidores públicos que parecen en elacto informal que se la remitió, a pa zar de la explicación del caso, indudabiameilta qul la Administra ción no ha satisfecho lp.tición elevada por .1 Sindiçato, ya que éste no reclamó ACTO APROATORIO DE PLANTA DE PERSONAL POSTE RIOR A LA TRANFORNACION DE LA DE$CENTRAL.IZADA sino de la PLANTA DE PERSONAL A LA QUt FM INCORPORADO EL PERSONAL EN EL ACTO QUE

SE LE ENVIO.

Dicho acto ciebe existir y se debe satisfacer la petición en el sentido de ramitLrslo en forma idónea, advirtiendo la Sala que la expedición de copias es a COSTA DEL PETICIONARIO conforme

SE LE ENVIO.

Dicho acto ciebe existir y se debe satisfacer la petición en el sentido de ramitLrslo en forma idónea, advirtiendo la Sala que la expedición de copias es a COSTA DEL PETICIONARIO conforme establece el Art. 17 de la Ley 57/8, complementaria del C.C.A. /84 en lo relativo al DERECHO DE INFORMACION y que esa petición puede resuLtar DESISTIDA si el interesado, enterado de su valor, en Pl término correspondiente liD hace l aporte económico del En mritode lo expuesto, el TRIPUNAL ADMINISTRATI VO DE CUNDINAMARCA, por intermedio de la SUBSECCION UC1 DE LA SECTRIB. 4DM. CUNDI14iPIARCA - SECCIDt4 Za. r SUBSECCION

EXP TUT. 96-00170 PAG . No. Ii.

ClON SEGUNDA, administrando Justicia lo nombre de. l República de Colombia y por autoridad de l ley lo TUTELAR EL DERECHO DE PETIC ION sol i ci tdo por el Sr HENRY JAVIER RIVERA HERNANDEZ representante legal de LA ASOCIAL.ION DE EMPLADOS Y OBREROS DEL HOSPITAL DE LA SAMARITANA "AE)ESAW en el escrito que se arrimó a esta Corporación en brii 26 dø 1996 contra el GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARjTANA respecto de la solicitud indicada en la parte me) tiva de esta .provideñcia. o. ORDENAR al GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITA NA acatar lo estableci4o en el art. 23 de la Constitución Na çionai., dando cumplimiento a lo prescrit eh el sentido de

tiva de esta .provideñcia. o. ORDENAR al GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITA NA acatar lo estableci4o en el art. 23 de la Constitución Na çionai., dando cumplimiento a lo prescrit eh el sentido de RESOLVERLA SOLICITUD presentada por el Accionar,te HENRY JA VIER RIVERA HERNANDEZ quien es el rpresentanté legal de la Asociación de Empleados y Obreros del Hospital de 14 Gamari tana en los trmirkn3 establecidos en la parte motiva de esta prOvidencia.

30. El cumplimiento de lo dispuesto en el numeral anterior no ex cederá de cuarenta y ocho (40) horas, da conformidad ron lo dapuesto en el numeral 80. del Art. 29 del D.L. 2591/91.

Una vez se da cumplimiento a lo aqui ordenado por, la Admi-nis tración1 la autoridad deber4enviar la prueba documental res pectiva a este Tribunal para que obre en el expediente, de lo cual a Secretaria dará, informe oportuno al Despacho Sus -tariciador.TRIL AM. cliN P4(IiARCi 8EICION 2a. - StJ8SECfl4 MC"

EXP TUT. 96--01.70 PAO. No. 1.2

40. NOTIFIQUESE la presente decisión diah te telegrama al Acio nante y al Defensor del PuPblá y. personalmente al GERENTE DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA SAMARITANA de conformidad con el art. 30 del 0.1 291 de 19 .91, 3o. Si no fuere impugnada la presente decisión dentro del tri no de los tres (3) das alguíentes a la notificación, por in

con el art. 30 del 0.1 291 de 19 .91, 3o. Si no fuere impugnada la presente decisión dentro del tri no de los tres (3) das alguíentes a la notificación, por in termedio de la Secretaria REPuTASE A LA H. CORTE CQNSTITUCXO: NAL PARA SU RrVISXON al da siguientep conforie lo cetablece el art. 31 del D.L. 2591 de 1991.

CUPIESE, NOTIFIQUESE Y PtJt1PLASE.

Aprobado en Sión de la fecha según Acta No 921

TARSICIO CAfERES TORO ANTONIO .1OSE AFdIINIEGAt3 A

ILWR NELSON AREVALO PERICO

Exp., 96--00170rL.1'

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