TA CUN - 96253-(21-06-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 96253-(21-06-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
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SECCION SEGUNDA
SUBSECCION B
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR '
TUTELA - Improcedencia Santafé de Bogotá, D.C., junio veintiuno (21) d e mi, I n o v t?c: ien to fi ., n o v r: ? n ta y fi ,E fi is ( :1.·::-196). Magistrada Ponente
A C Q l O N P E
Dra. MARTHA BETANCUR RUIZ
T U T E L A:
Nro. 96-253 A ccio n an tefi h ccio n ad ,fi .:
ELEONORA CHITIVA PARRA
SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITAL Con t.r·over··f., .i.a fi 23 C.N. ·==============================;=======-== ==== ELEONORA CHITIVA PARRA C.C. Nro. 21.228.054 de Villavicencio (Meta), interpone Acción de Tutela contra LJ\ SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITAL, al c.on fi:; .i. el 1,?r- ,,1r que l,:.. s sí .d o v u ln e 1 ra d o 12 l ci E ?t" 'E' C ho fundamental contenido en el articules 23 que hace 1'"·€fi-ferenc.i.w1 a 1 DERECI-IO DE PETICION. Fundamenta su acción en los HECHOS nfirrados a folios 9 a 11 del expediente los cuales hacen referencia a la situación de PENSIONADA POR INVALIDEZ de que ha sido objeto por parte de la administración Distrital al tener
Fundamenta su acción en los HECHOS nfirrados a folios 9 a 11 del expediente los cuales hacen referencia a la situación de PENSIONADA POR INVALIDEZ de que ha sido objeto por parte de la administración Distrital al tener en cuenta concepto médico emitido por CASTILLO ASOCIADOS mediante el cual se le decreta incapacidad laboral auper.i.or al 75%. Contra dichas decisiones interpuso los correspondientes le y y su manifestaciónel de Apelación no le fue resuelto y la Secretaria de Educación del Distritofi t.;H npoc: o S E ': h a nro n un e .i .. <'.\d o n2s1:)f.c" c: to a s o l ic: itu d df-2 n u ev o co n cep to m éd.i.co, p o r· n o estar de acuerdo c:on Efi l emitidoExpediente Nro. 96fi253 i. n .i. ci .a lm e n t e . fi ·• ': · '' :2 A efecto de que le seafi protegidos sus derechos hace las siguifintas peticione•: " ••• Primero; que se me cancelen los salarios de enero, febrero, .marzo, abril, mfiyo y junip raspectivamente causados y no cancelados. 1 Segundo; qua se me regrese a mi cargo inicial y se me dé carga académica. Actualmente me encuentro trabajando en el Colegio República de Colombia fiornada tarde en el. cargo: Manejo de Aud Lov i s;i..1¿\}. efi::; el .í.d á ct i, c o ... " '! tU,"rl i;:, tfi I '' i fi l l eHpu<.:;o: " • • • q u e n o
Aud Lov i s;i..1¿\}. efi::; el .í.d á ct i, c o ... " '! tU,"rl i;:, tfi I '' i fi l l eHpu<.:;o: " • • • q u e n o respecto de petición y fundamentos he iniciado otra Acción de Tutelafi los mismos hechos, por la misma teniendo eA cuenta los misfios d e d e n :: é: h o . n • La accionante, bajo la gravedad d e l juramentofi Remitida por, la Presidencia Generalfi a est.i:.\ Sección 1111':?diantf-:: of ic:io Tfi 96-430 de Junio 1 . .... fi d e 1 9 9 6 correspondió, por reparto, a ésta Subsección, a donde fue enviada el dia 13 del mismo mes y aílo.
E l D e sp a ch e: ) de lfi Magistrada sustanciadorafi mediante auto de fecha 13 de junio de 1996 fivocó el ccm oc:im ien t.o , decretó prufibas y ordenó comunicar a las p a r t e s e l inicio de la presente acción.Expediente Neo, 99-253
Por la Secretaria de la Sección &e expidieron l a s correspondientes comunicaciones mediante telegramas enviados a el accionante y a la demandada -Secretaría de Educación Distritalmediante el Secretario de Educación. Asi mismo, fueron expedidos los oficios SBT228-229 y 230 solicitando la información requerida para el estudio de la petición. La parte accionada -ALCALDIA MAYOR DE BOGOTAmediante oficio 104 -sin fechay -SECRETARIA DE
228-229 y 230 solicitando la información requerida para el estudio de la petición. La parte accionada -ALCALDIA MAYOR DE BOGOTAmediante oficio 104 -sin fechay -SECRETARIA DE EDUCACION DISTRITALmediante el oficio 220-1772 de Junio 18 de 1996, dieron respuestfi a los requerimientos hechos por esta Corporación. Referido lo anterior y estando dentro del término fijado por la Constitución y la ley, esta SALA DE DECISION decide la presente acción con base en las siguientes, e o N s I D E R A e I o N E s : El articulo 8 6 d e la Constitución Nacional consagra a favor de toda persona la acción de tutela fiorno mecanismo de protección inmediata de los derecho& constitucionales fundamentales ''cuando quiera que estos resulten vulnerados. o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública''. El Decreto 2591 de 1991 ''por el cual se reglamenta la acción cte·tutela consagrada en el articulo 86 de la Constitución Polifica'' reitera en s u s articulo& lo. y 5o •. los principios constitucionales en cuanto a su objete y procedencia.Exgediente Nro, 96-253 Pretendfi el memoralistafi que con la acción impetrada, se medié ante la Éntidad accionada para que "q u e se m e Ci:\1'1 c: e l ifi n los salarios de enero, marzofi abrilfi mayo y junio respect\vamente causados ·y no cancelados ... reqrese a mi cargo inicÍál y se me dé carga académica ..... "
"q u e se m e Ci:\1'1 c: e l ifi n los salarios de enero, marzofi abrilfi mayo y junio respect\vamente causados ·y no cancelados ... reqrese a mi cargo inicÍál y se me dé carga académica ..... " l.....::\ ?,L.CAL...DH'I MAYOR DE BOGOTA al d,.ff n;>spuest¿.¡¡_ cd h e c h o p o resta Corporación, e n l o p e r·tin e .n te fi e > :p u s o : " • • le informo q u e e l Recurso de Apelación interpuesto por la sefiorfi Eleonora Chitiva Parra contra la Resolución Nro. 4430 de noviembre d e 1 9 9 5 proferida por l a Secretaria de Educación, fue resuelto por el Alcalde MaVor mediante Resolución No. 253 del 29 de marzo de 1996, cuya copia autenticada anexo. Asfi mismo, le remito copia de la diligencia de notificación por edicto de la mencionada H t2 so lu ció n ••. ". Asimismo, la accionada -SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITALmediante escrito que obra a folios 30 a 31, en lo pertinente expuso: .. Can escrito radicado bajo el número 8964 (11) de difiembre de 1 9 9 5 fi la docente de Derecho de Petición, interpone del once a maneraExpediente Nro. 96,-253 e:; ,.1 recurso de reposición y subsidio el de apelación contra la antedichfi resoluciónfi siendo resuelto el pfimero y CONFIRMADO a través de la resolución número 0159 del 26 de
e:; ,.1 recurso de reposición y subsidio el de apelación contra la antedichfi resoluciónfi siendo resuelto el pfimero y CONFIRMADO a través de la resolución número 0159 del 26 de enero de ¡996, al tiempo que se concedió el .recurso de apelación ante el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá o.e .. A su vezfi el seAor Alcalde Mayor de Santafé de Bog6tfi D.C.fi resolvió el recurso de apelación y confirmó la resolución número 4430 del 29 de noviembre de 1995, por intermedio de la resolución número 2 5 3 del veintinueve (29) de marzo de 1996. La recurrente fue citada para la respectiva notificación de la resolución número 253 por la Subsecretaría General de la Alcaldía Mayor de la' Capital, resultando infructuosa su presentaciónfi lo que motivó su emplfizamiento por edicto el dia 9 de mayo de 1996, cump1iendo con las disposiciones legales vigentefi. No sobra advertir que el prpceder de la Administración tufio como fundamento la valoración médico-labon1l expedida por la organizacióp M é d ic o s Asc.)ciadt')S S .A .fi entidad legalmente fácultada para el efecto, conforme a las prescripciones de la Ley 91 de 1989fi en concordancia con la Ley 100 de 1993 ••.• " • Observa la SALA, que dentro del expediente de acción de tutela obra constfincia de la radicación de la PETICION hecha e\ la administración en ejercicio de los recursos de REPOSICION y APELACION interpuestos contra el
Observa la SALA, que dentro del expediente de acción de tutela obra constfincia de la radicación de la PETICION hecha e\ la administración en ejercicio de los recursos de REPOSICION y APELACION interpuestos contra el acto mediante el cual 0etira del servicio por invalidez a un docente dependiente de primaria, la hoy accionante S n .\. Eleonora Chitiva Parra (Res. Nro. 4430,de nov. 29/95) yfi a lo cual hace referencia la accionante en su escrito de tutel.'i, que f u e n i d ir ig id a . a la hoy f.\Ccionada .-SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITAL- (fls.Expediente Neo, 96-253 ::; ::fi;¡:3 4 ) • Afi;.-í.mismofi a folios 36 fi 42 del e:-:pedient.e fi aparecen fotocopias de las actos mediante los cuales, tanto la Secretafi.-í.a de Educación Distrital -·e·n primera instanciacomo la Alcaldia Mayor del Distrito C apital de Santafé de Boo6tá -en segunda instanciaresuelven los ... recursos de REPOSICION (Res. 0159 de enero/96) y de P1PELAC ION ( R,fis .. Nro. 253 de marzo 29 de 1996) con sus respectivas constancias de notificación mediante Edicto. la admin.i.straciónp el hecho que las mismas hayan o no De lo anterior se infiere, que las peticiones a las cuales hace referencia la accionante y respecto de J. as cua 1 es acude en busca dEci 1 ii:\ pro t e c c í ón del D e re ch o fundamental de Peticiónfi fueron debidamente resueltas por
las cuales hace referencia la accionante y respecto de J. as cua 1 es acude en busca dEci 1 ii:\ pro t e c c í ón del D e re ch o fundamental de Peticiónfi fueron debidamente resueltas por favorecido su interés particular, no da lugar a que mediante la acción de tutela se proceda a tutelar el misma. El Derecho d e Petición, contenido en el ar-t.i. culc) la nueva Carta Política y 4 5 d e l a ant.er·ic, r·, me·diantE.' el cual "Toda pe rs on a tit?.ne derecho a presentar· !:1§?j:ic:io.11fill r-e s p e tu o s a s a las a u to r·id a d e fi 1 por motivos de interés gener·al o particular·. y a 9btener la autoridad a quien esté dirigidaExpediente Neo, 96-253 tal p ,.:= 1 tic .i ó n . 7 A juicio de la SALAfi a la accionante no le asiste derecho alguno de petición para ser protegido, en razón a que sus peticiones le han sido resueltas administración conforme obra constancia en el exfiediente, 1 O C Ll i:i l , no hay lugar a tutelar el derecho de petición invocado. Ahora bienfi en cuanto hace a las PETICIONES a c c í.ón d e tutela, la cual mecanismo de protección h.;. . s:i. do inmediata consagrada de los como un derechos concretas de c a n c e la c ió n de salarios y regreso al cargo inicial asi como a la adjudicación de carga académica,
h.;. . s:i. do inmediata consagrada de los como un derechos concretas de c a n c e la c ió n de salarios y regreso al cargo inicial asi como a la adjudicación de carga académica, s o n situaciones q u e no se pueden dirimir mediante la Constitucionales y no para hacer respetar derechos de ranga legalfi hacer cumplir leyes, Reglamentos o cualquier otra norma de rango inferior. de haberse producido por parte de la administración actuaciones que atenten contra la estabilidad laboral de la empleada docente -hoy a c c io n a n te · - fi el proceder correcto es la n:2c l am ación (-? n via administrativafi el agotamiento de via gubernativa yExpediente Nro, 99-253 la calidad del empleado-, en razón a que contra dichas a c tu a c io n t- ? S la defensa judicial diferentes a la acción de tutelafi razón por la cual, la presente acción de tutela habrá de ser DP lo anteriormente anotado la SALA concluyefi que no hay lugar a t u t e l a r los derechos invocados por la accion-:0.n t.e , En mérito d é lo c fi ;- :p u e s to fi e l Tribunal Administrativo de Cundinamarcafi Sección Segundafi SubS e c c ió n B ., administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de Ley, F A L L A lo. NEGAR la tu te la so l:i .c ita d .;. 1 p o r: la s e ñ o r · a ELEONORA CHITIVA PARRA e.e.# 21.228.054 de Villavicenciofi c o n tra la SECHETARIA DE
ELEONORA CHITIVA PARRA e.e.# 21.228.054 de Villavicenciofi c o n tra la SECHETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITAL, por las razones expuestas e n la motiva de esta providencia. 2o. NOTIFIGUE SE y CUHPLASE (:·?n la m ism a fecha laExpediente Nro. 96-253 9 p o r e accionante a la dirección registradafi a l s e ñ o r · Secretario de Educación del Distrito Capital de Santafé de Bogotá y, al SeRor Defensor del Pueblo para e·fectos del articulo 31 del D e cre to 3o. En caso dp no fier impugnado el presente fallo, p or S ecn=fi t;::¡¡,·:i. ¿fi E N V IE S E r.: d cLí.,,1 sic JLt:ierd:.e Lé\f:,; el i 1 igc-:1nc.ia<:: la H. Constitucional para su eventual revisión. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Aprobado en la Sesión No. 026 •