TA CUN - 96D12658-(23-09-1999)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 96D12658-(23-09-1999)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1999
IrLA ERVCIO PRCY11ECCION A DIRIGENTES POLITICIOS / PERJUICIOS 7L .- V IndemnizaclOn ) -
EPUCA DE C01014114
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
GUND 1 NAMARCA -SECCION TERCERATrbrJ Adrniritrativ ce Cundinamarca 2 13 ,.1 "...'. Santaié de ioaois A veintitrés 23 de septiembre de mil novecientos noventa y nueve Magistrado Ponente Dr. HECTOR ALVAREZ MELO Ref.-Expediente 96 A 12658
Demandante GLORIA MARIA CEPEDA DE CABRERA i OTROS
Demandado NACION MINISTERIO DE DEFENSA --
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD DAS REPARACIOP4 DIRECTA Surtido el trámite de ley sir que se observe causal de nulidad que invalide lo actuado, se nasa a dictar sentencia en el proceso que en ejercicio de le acción de reparación directa consagrada por el articulo 56 del Código Contencioso Administrativo, iniciaron Gloria Mara Cepeda de Cabrera, Cecilia Cepeda de Oc:ampoq Alvaro Cepeda Vargas, Alba Ruth Cepeda Varpas y Maria Stelia Tepeda de Dulcey, contra la Nación Ministerio de Defensa y Departamento Administrativo de Seguridad DAS-, para que se pronuncien las declaraciones co,ndmras referidas en la demanda. AHTECEDEHTES En escrito presentado ante esta Corporación mi 19 dm 3UiiO de 1996 los actores, por intermedio de apoderado legalmente constituida, formularon las siguientes pretensiones procesales
AHTECEDEHTES En escrito presentado ante esta Corporación mi 19 dm 3UiiO de 1996 los actores, por intermedio de apoderado legalmente constituida, formularon las siguientes pretensiones procesales d i. Que La Nación colombiana, Ministerio de Defensa y el Departamento Administrativo de Seguridad DAS es responsable administrativamente de todos los daos y perjuicios morales ocasionados GLORIA MARIA CEPEDA. CECILIA CEPEDA, ALVARO CEPEDA, ALBA RUTH CEPEDA y MARIA STELLA CEPEDA en su condición de HERMANOS oc la víctima mi Senador MANUEL CEPEDA VARGAS • y con ocasión de su muerte ultimado ml día 9 de agosto de 1994 por individuos al parecer vinculados a grupos paramilitares amparados por la fuerzas arcadasde]. Estado. Ono como consecuencia de La declaración anterior, condénese e la Nación Colombiana • Ministerio de Defensa; Departamento Administrativo de Seguridad DAS por concepto de daios morales padecidos y que seguirán padeciendo coco hermanos del occiso Senador MANUEL CEPEDA VARGAS con quienes compartía una permanente relación de familiaridad, solidaridad y hermandad en la cuantía que mr: pesos representen UN MIL GRAMOS ORO para cada uno de los demandantes. El papo del equivalente del gramo oro sl tiempo oc la sentencia se hará con base en el certificado de su valor expedido por el Sanco ocie República. L:orc. H E CH 8 5 'fuente de las pretensiones, narre la demanda:96 D 12659 mil El selor MaNUEL. CEFEDA VhLbE Ea deserriSaba come Sacador de !aRepública. L:orc. H E CH 8 5 'fuente de las pretensiones, narre la demanda:96 D 12659 mil El selor MaNUEL. CEFEDA VhLbE Ea deserriSaba come Sacador de !aa.rCkbi.Lcz memoro del Comité Central del Partido Comunista Colombiano > Dirigente Nacional de la UNION FTRICi1 lCr., cuando fue asesinado en el occidente ir do Bogotá, en momentos en que se desplazaba por la Avenida Las Américas la altura del Barrio Mandalav hacia su ofician en el centro de la ciudad para asistir paradójicamente, si debate sobre el Protocolo II do Ginebra (Humanización de la guerra) si 9 de agosto Mc' 1994. Por su militancia política da izquierda, ci Sonador vivía bajo permanente amenaza de muerte al igual que todos i.cs militantes y simpatizantes de esa agrupación política de las cuales han sido asesinadas nnia de ¡RES MJ:L. de sus miembros, incluyendo dos candidados presidenciales, varios parlamentarios, centenares ce concejales, alcaldes, o sencillos militantes de base sir que el Estado realice el mIs mínimo esfuerzo por detener semejante genocidio, y que solamente ra semana pasada cobré des nuevas víctimas, a saber, o! ¡ziprktOdc:3 del Mata PEDRO 'lii ASON y al Concejal de Apartado,ARCENIO i'F' 3n 1 3. Ante las persistentes ameruas de muerte, ej. Senador CE:FE:jDA junto con varios de sus copartidarios, asistieron ante varios altas funcionarios euttales • er-tre ellos el entonces ministro da lo Defensa.
1 3. Ante las persistentes ameruas de muerte, ej. Senador CE:FE:jDA junto con varios de sus copartidarios, asistieron ante varios altas funcionarios euttales • er-tre ellos el entonces ministro da lo Defensa. Nacional Br. RAFAEL PARDO RUEDA y el Director del DAS Jq. FERNANDO BRIIO a denunciar los hechos y a solicitar protección i garantías para el ejercicio de su actividad política Sin que ninguno rio estos funcionarios pusieran minsa atención, dejando en la alta absoluta desprotecciun a esta persona que alomaba a gritas ir protección de su vida. a4 Han sido innumerables las denuncias rIo participación d:i recta kan coas casos Y/o de patrocinio de miembros de las fuerzas militares a tos grupos paramilitares, en la comisión ca masacras, asesinatos, desapariciones, torturas y toda clase de violación de los derechos humanos contra Los miembros da la UNION c..,.ffrpr]C(. sir cIliO se conozca.- aunque :onozca aunque sea una investigación seria para castigar a los c:nia:cnaic•:s -yantes artes por el contrario, son ras propias tuerzas ai:Lhtscs las por se encargan daproteger a lesasesinos, Ci si. re, OC.S preguntamos, por prió mientras que a diario se escuchan noticias de combates en donde se can de baja o capturan a miles de mquerrilierot NUNCA se os conocido co un enfrentamiento entre ras tuerzas regulares y los oaraailitarrrs.
05. Ratifica lo dicho en el punto anterior cl hecho da que en el can non ciento de las mas de tres mil muertos de la U.P.existe la mas
un enfrentamiento entre ras tuerzas regulares y los oaraailitarrrs.
05. Ratifica lo dicho en el punto anterior cl hecho da que en el can non ciento de las mas de tres mil muertos de la U.P.existe la mas absoluta impunidad y no se conoce siquiera de un detenido par roca esta monstruosa masacre, o que significa que al Estaco a troves de sus organismos de seguridad representados en Las entidades damondaoaa no les interesa descubrir, capturar y castigar O Id5 culpables y con s u inoperancia can vía libre para que los crímenes contra Los miembros do esa orqon :i :: ....ión política c:on t:inboo indefinidamente El 29 de noviembre de 1995 el Doctor MANUEL CEFEi::'A VARGAS, sr su calidad de Representante a la Cámara junto con HERMaN MOiTA hoy Senador de .la República a iqus:tsanto amenazado de suerte y ¿391515
MPRUL.ANDA SIERRA Representante a la Creara,, Ja dirigieron cartas al entonces Procurador General de la Nación Doctor CARLOS GUSTAVO ARR:tEEA al Fiscal General de la Nación Doctor GUSTAVO DE uPE 1FF., O! Defensordi Pueblo Doctor jAIME CORDOBA TRIVIZO,denunciando un plan urdida poraltos or altos menees mili tares bajo mi nombre de "Operación de Golpe de Dracd De la misma manera, denunciaban que 1 pl art comenzaba e cumplirse t:en el asesinato de JOSE MiLLER UHOCON destacado 1 .aer de oposición Y secretario de c.rozizacin del Fart:rçit: Comunista Colombiano, este D.Ltirc incluido igualmente en ml liste am amenazados que fue Triamente
secretario de c.rozizacin del Fart:rçit: Comunista Colombiano, este D.Ltirc incluido igualmente en ml liste am amenazados que fue Triamente asesinado ml 25 do noviembre de 1993 llegando a su cese cro la cap ital colombiana. Ln la misma carta se denunciaba nuellos mentores intelectuales del clima anticomunista en pee se desenvuelve ea-e plan sor cmi Lcrccani.acte Jo las Fuerzas r1ii.:iteres, brigadier general Emilio 1l.j.L larreudoz. • autor en El Tiempo al :19 de septiembre no 1993 de un rabioso etepue contra el Pa rtido Comunista cte Lo.Lor,bi ano al que califi ca como cerebro de le insuraencia en €o:Loirib aJ o Estos antecedentes les muestran la indolencia con pee ha actuado todo ul aparato Estatal permaneciendo impaci blm frente al ataque emnocida pum ha recibido la Unión Patriótica y ml Partido Comunista por disenti r de 1cm partidos tradicionales privándoles e sangre y fuego de sus opciones políticas defendidas y obtenidas por cauces democráticos y por la vía electoral. 1 7) Fueron innumerables 1 s intervenciones del Representante y luego Senador Doctor MANUEL.. CEPEDA VARGAS mr los salones del Congreso dele República. Le gran mayoría do ellas, siempre encaminadas e II op rar enfocar res Leyes re...e ej. beneficio de la; grandes mayorías desfavorecidas de este paja CSi coso lograr la plena vigencia do lo; Derechos Humanos, Mu escatimó esfuerzos pare denunciar e dOS violadores
enfocar res Leyes re...e ej. beneficio de la; grandes mayorías desfavorecidas de este paja CSi coso lograr la plena vigencia do lo; Derechos Humanos, Mu escatimó esfuerzos pare denunciar e dOS violadores de los Dcrecncrec Fundamentales del ser humane y fueron mucho-a: los altas mandos militares denunciados creo rosponmeri.Les de la coçr:csor de Lrectc:e v1oletoroc de lee: bcrrechc:s, humanos. Estas intervenciones y denuncias mes reo c:a fueron bien vistas por 1 crs altos cnmndcs militares, y crearan el tos ánimos de animadversión do mar te de las Fuerzas Militares en contra del Senador., A tal extremo pee os al propio General HAROLE EEidIifA P=RRO actual Comandante General del Ejército, quien renuncie penalmente al Senador MANUEL CEPEDA VARGAS. Denuncia presentada inicialmente ante la Fiscalía General dele Nación, posteriormente mor competencia remitida a le Presidencia de le 1ek am Cumar:son Penal de la C o rte S uprema d e justicia, quien finalmen te determina puc:r es la í ...mare dar Representantes le que debe conocer de la acción,, icç.r último Ja Comisión ce Elisa de La Cóiera de Representantes, se abstuvo de abrir 1oves'1:1ccacm.ór contra mi Senador MANUEL.. CEPEDA VARGAS por cuento lo; criterios por el Salador expresado; en los debates dei. L.tonClroco no arree sancionables dr:' acuerdo al reglamento del Cenprcmmo. diversas oportunidades, ml Senador CEPEDA VARGAS, mcm oir 1cm lo
L.tonClroco no arree sancionables dr:' acuerdo al reglamento del Cenprcmmo. diversas oportunidades, ml Senador CEPEDA VARGAS, mcm oir 1cm lo al Director Crol SreS Doctor FERNANDO IRITI: solicitando el Pasado 3udicme:i, para la tramitación ccc un arme pare su protección personal. De t,.arto cred. DAS siempre seobtuvo respuesta negativa a la soli citud del Senador ro que según las autoridades que manejan los archivos de ese Departamento, aun existían !nvc'st.rpeciora:-s que se debían aclarar. Se 1 reetembe de la participación cel Senadormnm;u época estudiantil4 •'v:) U itócb muchos alas atrás en míti nes estudiantiles, o de t.ir auto de detención que fue librado en el aiio 1964, ces ser setes de un reportaje per.iuictic:c. a Los campesinos de Marquetalia, y que ea Lrabunal Superior de lundinamar -ca haba revocado, o al extremo de fabricar un montaje, con un supuesto hc:nióna.rc:' de los llanos orientales y en consecuencia se le investigaba por ah in ea te N Arqumentos peregrinos neo sistemáticamente usó si 04b para negarse a expedir el respectivo Pasado judicial, actitud esta a todas tu ces demostrativa de no querer ofrecer mínima protección al Senador, y permitir que continuara en permanente ooa.adu de .ide$er'sior ente l os interesados en asesinarle. kl:;: La situación de amenazas contra la v:r.cte del Senador IIeNIJEL..
permitir que continuara en permanente ooa.adu de .ide$er'sior ente l os interesados en asesinarle. kl:;: La situación de amenazas contra la v:r.cte del Senador IIeNIJEL.. LLPEDA VARGAS, llegó a tal extremo que se vio obligado a solicitar medida cauto:La.rirs urgentes, de acuerdo a lo preceptuado sr el artículo 19,2 di. Reglamento de Ja Comisión interamericana de Derechos Humanos, El Colectivo os Aboqados aJ osó bivear Restrepdu organismo No Gubernamental oc Derechos Humanos, con feche de el 22 de octubre de 1992, presentó arte ci. Comisión interamericana de Derechos Humanos la solicitud de medicas caut.s-:cares urgentes, a tan de asegurar la vida e integridad personal del ciudadano y Senador Colombiano MANUEL L:EF-EDó junto con ocres personas, también mi embros de la misma agrupación po 1 ti. cc, ka Comisión interamericana de Derechos Humanos, concedió tiC acción urgente en cc.nuoi.cc:abr de tocha 23 de octubre:- de 1992, dirigida e la Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, seiorc NOHEMI :Jfj.tjH DE , RUBIO, suscrita por el Presidente de la C. I.LH Doctor MARCO TULIO LiRLINI CELL.L • que en su parte pertinente dice: ¶::r consideración e u anterior solicitud, en nombre de le C,:oncaoió.r' interamericana de Derecnos. Nuestros de conformidad ceo el ev .....culo 29.2 de su reglamento, por su digna intermedia solicito si Gobierno de
¶::r consideración e u anterior solicitud, en nombre de le C,:oncaoió.r' interamericana de Derecnos. Nuestros de conformidad ceo el ev .....culo 29.2 de su reglamento, por su digna intermedia solicito si Gobierno de Vuestra Excelencia, erciera lenes a oleo clls.pc.rer la urgente edop'tecaón de medidas cauteti ares que protejan 1-a vade e: integridad personal de r[,V4RO V4LJOItE.7 DEL REAL, !'tc-'rJUEi.. c::.EFEoó vrrtor's - AIDA f8E:L.LA ESQUIVEL, quienes, contorne oc indica, se encuentran en la actualidad en inminente peligro por la campa la rio amenazas y erced reo tael en 'Les que los asedia ccc estos «comen u Posteriormente en teche del 29 de noviembre ce 1993, se reitera la petición de medidas cautsi, eres urgentes suscrito ere varios cli ricen tos ecLI Partido Comunista :-' la Unión Patriótica entre ellos el propio Senador Manuel Cepeda Varoes • Ler''tc este quees respondida el 21 de diciembre de 1992. por Ls. Comisión Interamericana de Derechos -'rumanos con le firme de su presidente Oscar Luján happiano, en -donde reitere la solicitud de protección s:L gobierno colombiano pera las ciudadanos - . . -.........- pu cI t.. a un y . J 5 U, Fue y he sido Lar evidente el genocidio cometido contra le agrupación Política Unión Patriótica, cus; le propia 1te"ier'sor.a de! Pueblo, adelanté una investias -citin por orden de la Corte Constitucional
U, Fue y he sido Lar evidente el genocidio cometido contra le agrupación Política Unión Patriótica, cus; le propia 1te"ier'sor.a de! Pueblo, adelanté una investias -citin por orden de la Corte Constitucional sobre los c:r;Ltiencc-s cometidos contra ose cii-"uPo r:c:l-iti.co y conc::iuycj la veracidad ccc estos lamentables hechoci5 96 D 12658 Como fundamentos de derecho se invocar los artículos i 2 4l 55 11 12 13, 219 22 42, 45 90 9 93 94 y 217 de la Constitución Nacional 323 y ss. y 331 y ss. del Código Penal 25' y ss del Código de Justicia Penal miiitar, 3 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 5 9 y 11 de la Carta Internacional sobre Derechos Humanos 7 y 9 del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (Ley 74 de 1968) 8, 20 y 25 e la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Ley 16 de 1972).
LA IflPIJGHAC ION : El auto admisorio de la demanda fue legalmente notificado al seor Ministro de Defensa Nacional (Fol. 23) y Director del Departamento Administrativo de Seguridad «DAS-, (1:0 1. 27) a través de los funcionarios delegados para tales efectos, quienes en Ci acto de notificación confirieron poder a profesionales de derecho para la representación judicial de las respectivas entidades.
La demanda 'fue oportunamente contestada. u El Ministerio oc Defensa se limita a efccv r un resumen de los
notificación confirieron poder a profesionales de derecho para la representación judicial de las respectivas entidades. La demanda 'fue oportunamente contestada. u El Ministerio oc Defensa se limita a efccv r un resumen de los hechos sin pronunciarse sobro ellos o las pretensiones. Como razones de Ja defensa aduce que el actor debe demostrar los hechos y la configuración de los elementos integradores de la responsabilidad (Fols 33 a 35). b) El Departamento Administrativo de Seguridad -DAS» se opone ala prosperidad de las pretensiones. En cuanto a los hechos acepta como cierto el primero y en cuanto a los demás, manifiesta que se atiene a lo que se demuestre dentro del proceso. En relación con la responsabilidad del Estado en el caso, se afirma que para que pueda ser declarada frente a la entidades debe demostrar en el6 94 0 1265.8 proceso Ja existencia de los elementos que la estructuran es decírm la falla en la prestación del servicio, el dalo y la relación ce causalidad. Pide la práctica de pruebas (Fois. 36 a 39). AUDIENCIA DE C O N C 1 L 1 A C 1 0 H : A solicitud de La parte actora y en aplicación del articulo 104 -inciso10 -inciso 10de la Ley 416 de 1998se citó las partes a conciliación La audiencia respectiva se realizó sin que se lograr acuerdo alguno pues los representantes de las entidades demandadas manifestaron no tener ánimo conciliatorio (Fois, 63 a 650
LOS ALEGATOS DE CONCLUS ION : Una vez surtida la etapa conciliatoria se dio traslado a las partes y al se?ior Agente del Ministerio Público para que presentaran sus
tener ánimo conciliatorio (Fois, 63 a 650
LOS ALEGATOS DE CONCLUS ION : Una vez surtida la etapa conciliatoria se dio traslado a las partes y al se?ior Agente del Ministerio Público para que presentaran sus alegatos. De tal facultad hicieron uso los apoderados de la parte actora y el Ministerio de Defensa; el apoderado del DAS y el Ministerio Público guardaron silencio a) 1..a parte actora luego de efectuar un análisis de las pruebas allegadas concluye sosteniendo que la omisión en que incurrieron las autoridades al no brindar medios de protección al Senador Manuel Cepeda ante las amenazas de muerte de que era objeto, que finalmente se cumplieron, constituyen una falla en la prestación dci, servicio ciue compromete la responsabilidad de la administración por lo cual pide que so acceda a las pretensiones de la demanda (Fols 88 a 91). b) El apoderado del Ministerio de Defensa hace una relación minuciosa de las pruebas allegadas al proceso, considerando que de ellas se desprende que tanto el Ministerio como el DAS realizaron los trámites necesarios para darle protección a Manuel Cepeda Vargas y, además, se7 96 D 12658 demostró que fue ultimado por miembros de grupos paramilitares comandadas por Fidei. Castao, de donde deduce que se presenta el hecha de un tercero que libera al Estado de cualquier resporsabiiidad, razones suficientes para que las pretensiones sean denegadas Fols. 92 a 181).
COP4SIDERACIDHES
DE LA SALA :
1. Las pretensiones de la demanda están encaminadas a obtener
razones suficientes para que las pretensiones sean denegadas Fols. 92 a 181).
COP4SIDERACIDHES
DE LA SALA :
1. Las pretensiones de la demanda están encaminadas a obtener declaración de responsabilidad extracontractual y condena al pago de perjuicios de la NaciónMinisterio de Defensa Nacional - Departamento Administrativo de Seguridad -DAS--, como resultado de la muerte de Manuel Cepeda Vargas, ocurrida en esta ciudad el 9 de agosto de 1994, cuando fue asesinado por miembros de organizaciones delincuenciales.
La demanda se funda en el régimen de responsabilidad de la administración conocido como de falla en la prestación del servicid para cuya configuración es necesario que se presenten los elementos que la doctrina y la jurisprudencia han sealado, así: a) Una falla en la prestación del servicio por retardo, irregularidad, ineficacia, omisión o ausencia del mismo; b) Un dalo que lesione un bien jurídicamente tutelado; y c) Un nexo causal entre la falla en la prestación del servicio y el dalo. II, Para demostrar los hechos sustento de la demanda y la defensa, SEe, aportaron al proceso, en lo pertinente, los siguientes medios de prueba (Cuaderno 2): 1) Partidas de bautismo de Gloria María Cepeda Vargas. Alba Ruth Cepeda Vargas, Cecilia Cepeda Vargas, María Stelia Cepeda Vargas, Alvaro Cepeda Vargas y Manuel Cepeda Vargas, todos ellos hijos de Manuel Cepeda y Belarmina Vargas, nacidos antes de la vigencia de la Ley 92 de8 96 5 12658 1938, y con posterioridad al matrimonio de los padres (Fols 1 a 6)
Cepeda y Belarmina Vargas, nacidos antes de la vigencia de la Ley 92 de8 96 5 12658 1938, y con posterioridad al matrimonio de los padres (Fols 1 a 6) 2) Partida eclesiástica de matrimonio de Manuel Cepeda Amezquita Belarmina Vargas, casados el 21 de mayo de 1927. en Buenaventura (Valle) (Fol. 21) .3) Copia auténtica del acta del registro civil de defunción de Manuel Cepeda Vargas, fallecido en esta ciudad el 9 de agosto do 1994 por Laceración cerebral (Fol. 80 4) Copia de oficio dirigido por el Representante a la Cámara Manuel Cepeda Vargas al Ministro de Defensa, el 26 de julio de 1993, comunicándole que una delegación del Partido Comunista Colombiano desea entrevistarse cor, él, Ta fin de comunicarle graves denuncias de las que tiene conocitrientc (Fol. 9). 5) Copia de comunicación dirigida el 26 de noviembre de 1993 por Carlos
A. Lozano Guillén ....Director de Semanario VOZ-, al Doctor Rafael Pardo Rueda - Ministro de Defensa, expresando que el 29 de julio de 1993, estuvo en ese Despacho en compaiía del Senador Hernán Motta Motta y los representantes Manuel Cepeda Vargas y Ovidio Marularida, poniéndole en conocimiento la información que se lonja en el sentido de que estaba en marcha un plan criminal denominado qo:1pe de graci3l encaminado la exterminio de miembros del Partido Comunista, informándole, ademas, quedicho ue dicho plan consistía en acciones dirigidas a secuestrar a José Miller
marcha un plan criminal denominado qo:1pe de graci3l encaminado la exterminio de miembros del Partido Comunista, informándole, ademas, quedicho ue dicho plan consistía en acciones dirigidas a secuestrar a José Miller Chacón y Carlos A Lozano Guillén y asesinar a dirigentes como Gilberto Vieira, Alvaro Vásquez, Manuel Cepeda, Aida Abcha y Hernán Molla, a lo cual el Ministro respondió que no era verdad y puso oídos sordos a nuestra reclamación de que se investigara esa denuncia y el gobierno adoptara medidas para nuestra seguridad" y el día 25 de noviembre QL , asesinado José Miller Chacón, cuando se dirigía a su casa totalmente indefenso, pues el gobierno le negó cualquier protección oficial en forma irresponsable (Fois 10 ii) 6) Copia de oficio dirigido ci 30 de noviembre de 1994 por el Ministro de Defensa a Carlos A Lozano Guillén, acusando recibo de la anterior comunicación e indicando que en, ella se contienen inexactitudes, pues tan pronto fue enterado de las supuestas amenazas contra miembros de lao ?ó 0 12658 U.P. Y el F..C,, puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación en oficio del 2 de aqosto, tal como :io expresó en escrito dirigido a Aida Abe:Lla, e igualmente Lse puso al tanto del asunto al Comando General de las Fuerzas Militares" (Fol. 7) Copia del oficio dirigido por el Ministro de Defensa a Aída Abcha E, • Presidente de la Unión Patriótica4 el 2 de agosto do 1993, donde expresa que en reunión realizada el día anterior con los seSores Hernán
- Copia del oficio dirigido por el Ministro de Defensa a Aída Abcha E, • Presidente de la Unión Patriótica4 el 2 de agosto do 1993, donde expresa que en reunión realizada el día anterior con los seSores Hernán Motta, Manuel Cepeda, Ovidio Marulanda y Octavio Sarmiento, estos le informaron Ede un supuesto piar para atentar contra la vida de miembros do ese movimiento y del Partido Comunista.. Según estas personas, dicho plan tendría origen en altos oficiales de las Fuerzas
Militares. Sin embargo, las personas arriba mencionadas no aportaron pruebas o evidencias sobre e! asunto. y tampoco facilitaron los nombres de los presuntos implicados.. ''De toda formas, pongo en su conocimiento que en el día do hoy e enviado comunicación a la Fiscalía General do la Nación en la que informo del contenido de esa reunión, para que se adelanten las gestiones a que haya lugar" (Fol.. 13) 0) Copia de oficio dirigido el 29 de noviembre de 199$ por dos Representantes y un Senador al Procurador General de la Nación informándole de los hechos antes relacionados y de llamadas anónimas donde anuncian que se seguirá ejecutando el plan golpe de gracia (10 hs. 14 y .1.5) 9) Copia do oficios de igual contenido dirigido el 29 de noviembre de 1993 al Fiscal General de la Nación (FoIs.. :16 y 17) y al Defensor del Pueblo (FoIs. 18 y 19). :1.0) Copia de comunicación dirigida el 23 de octubre do 1992 por el Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a la Ministre de Relaciones Exteriores, solicitando por su intermedio al
:1.0) Copia de comunicación dirigida el 23 de octubre do 1992 por el Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a la Ministre de Relaciones Exteriores, solicitando por su intermedio al Gobernc:. 1,disponer la urgente adopción de medida cautelares que protejan la vida e integridad persona], de ALVARO VASQUEZ DEL REAL,10 96 D 12658 MANUEL CEPEDA VARGAS y AIDA ABELLA ESQUIVEL a quienes conforme se indica se encuentran en la actualidad en inminente peligro por la cairpaSa de amenazas y amedrantamien tos que los asedia en estos mamen La petición se funda en una relación de hechos que conducen a establecer que la vida de esas personas corre grave peligro y se solicita que, dada la urgencia del caso, el Gobierno comunique a la Comisión las medidas que se tomen al respecto Fols 21 y 22) ti ) Copia de la nueva petición que en tal sentido formula el Presidente de la Comisión interamericana de Derechos Humanos el 2.1 de diciembre de 1993 o en relación con los dirigentes de La Unión Patriótica y el Partido Comunista ante las constantes amenazas de muerte que contra ellos se producen, según información de los mismos y de varios organismos no gubernamentales de derechos humanos que reiteran que más ip dos mil miembros de esas agrupaciones políticas han sido asesinados (Fols 23 y 24). 12) Copia de documentos expedidos por el Consejo Nacional Elec orai que acreditan la elección de Manuel Cepeda Vargas como Representante parael ara e.i período 1991 1994 y como Senador cara el periodo 1994 1998
- Copia de documentos expedidos por el Consejo Nacional Elec orai que acreditan la elección de Manuel Cepeda Vargas como Representante parael ara e.i período 1991 1994 y como Senador cara el periodo 1994 1998
(Fols 25 y 26) 13) Copia de varias páginas de la Gaceta del Congreso de 1993 5 donde se ncuentran las intervenciones del Representante Manuel Ceeda denunciando la persecución que se adelanta por militares y paramilitares contra miembros de la Unión Patriótica y el partido Comunista, que ha cortado la vida a más de dos ffi:L quinientos de sus integrantes (Fols. 27 a 29i 1$) Oficio enviado al Tribunal por el Director de Protección del DAS, el 23 de mayo de 1997 m informando que para la fecha previa al deceso del Doctor MANUEL CEPEDA VARGAS tUEPU. i no aparece registro alguno referente a solicitud escrita sobre asignación de esquema protectivo, elaborada por el antecitado Senador de la República, ultimado el nueve (9) de agosto del a6o 1994 en Santafó de Bogotáii. 96 1) 12658 Se exprese que para la fecha el Doctor Cepeda contaba con un escolte particular, a Quien se le cancelaba el sueldo ceqóri convenio realizado por ci DAS con La Previsora S.A.(Fols 49 e 50 15) Copia auténtica do la providencia proferida por la Unidad Nacional de Derechos Humanos Dirección Nacional de Fiscalías do la Fiscalía General dele Nación ci 10 de octubre de 1997, por lo cual se dicta Resolución de Acusación contra Hernando Medina Camacho y Justo Gil
de Derechos Humanos Dirección Nacional de Fiscalías do la Fiscalía General dele Nación ci 10 de octubre de 1997, por lo cual se dicta Resolución de Acusación contra Hernando Medina Camacho y Justo Gil ZCtiqa Labrador (Suboficiales del Ejército Nacional Sargentos), como autores, y Carlos Castao Gil, como determinador, por el homicidio --gravado de que fue víctima el Senador Manuel C.epede Vargas (Fois, 64 a 217). 16) Oficio enviado al Tribunal por el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, donde informa sobre medidas tomadas por ese Ministerio para proteger la vida del senador Manuel E.epeda Vargas, ante las peticiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de octubre de 1992 y diciembre de 1993. Al respecto expresa: En cate sentido, las actuaciones que realizó la Cancillería una vez notificada por parte de la Comisión interamericana de Derechos Humanes. dele Organización de Estados Americanos c:auteicros aprobadas por esa Comisión en favor cíel fueron las de comun i car dichas decisiones competentes, esto es, e la Fiscalía General Departamento Administrativo de Seguridad sobre las medidas eer,c:ioriac}o Senador, a los autoridades de Nación, al x por s..tintermedio al Ministerio do Defensa PoJ.icia Nacional - para que procedieran a adelantar las investigaciones respectivas x brindar :Le protección necesaria a las personas que se mencionaban en la referida comunicación y de esta forma garantizar el respecto de los derechos humanos. Tal gestión le fue comunicada al Presidente de la Comisión
adelantar las investigaciones respectivas x brindar :Le protección necesaria a las personas que se mencionaban en la referida comunicación y de esta forma garantizar el respecto de los derechos humanos. Tal gestión le fue comunicada al Presidente de la Comisión Se anexan copias de las respectivas comunicaciones (Fols. ;is: a 236) 17) Dentro del proceso se recibieron los testimonios de Alvaro Enrique V6squc'z del Real, Carlos Arturo Lozano Guillén y Hernán Motta Motta12 96 D 12658 todo; ellos dirigentes del Partido Comunista Colombiano, Los testigos coinciden al afirmar que conocieron a Manuel Cepeda Vargas durante más de treinta anos como amigo y miembro de su organización política; así mismo expresar que en el ao de 1993 la Dirección del Partido tuvo conocimiento de la existencia de un plan denominado lGolpe de Graciam que, seqtn Las informaciones, era fraguado por algunos miembro; de los altos mandos militares ydestinado a eliminar físicamente a varios dirigentes de esa colectividad y la Unión Patriótica, entre ellos Miller Chacón Manuel Cepeda y Aida Abeila que ante las continuas amenazas de muerte y la i