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TA CUN - 9745846-(24-09-1999)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 9745846-(24-09-1999)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1999

SUPRESION DEL CARGO - Competencia

TftZ PIE

EPU8tICA DE COLOPAIl ÇkJ C©©F1 Relatoria Tribi .1 trtivo snt 4ecunFnarc de mil novedent@2 5 OLI Magistrada []L\ Expe Actor 11111EL ¿ir©© ©l© RIJOLPIM Dema uirüir© 710E rL

IMREUMM1 DE

COflt©\VI! NatL2 RAFAEL ir©© RCQOP,llCGUJE2 RULMM identificado con 3I Cédula de ciudadanía (Cund), mediante apoderado udcaO debidamente reconocido a presente proceso, presentó O a2 e © dk contra el DISTRITO CAPHWAL DE IE 150GOTA TRANSITO Y TRANS©ir ) en acción de restablecimiento del derecho, controversia que se dedllde en esta providencia. H © La parte actora demanda solicita, que con la citaciónEXPEDIENTE Nro. 97-45846 2

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ Rol, DAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANrAFE DE 90GOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagistrda Ponente . LAA RETANCUR y audiencia de los demandados y del Ministerio Público se dicten las siguientes o semejantes declaradones y condenas: 1.- Declarar la nuliaao ce Decreto NO 069 de Febrero 5 de 1997, expedido por e Alcalde Mayor de Santafé de

Bogotá, D.C., "Por el cual se suprimen unos cargos en la planta gb oe ernpeos de la Secretaría de Tránsito y

de 1997, expedido por e Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, D.C., "Por el cual se suprimen unos cargos en la planta gb oe ernpeos de la Secretaría de Tránsito y Transporte ae 5!re e gogotá D.C.", entre ellos el que venía desempeñar,,:!,, :' n.andante, como AG MEME DE TAIT© 9Y A "2.- Declarar que es iguamente nula ia comunicación sin número, de fecha Marc 20 de 1997, suscrita por la Jefe de la División ae DesarroHo be Personal de la Secretaria de Tránsito y Transporte de Santafé de Bogotá D.C., mediante a cual so 1e nace saber a mi prohijado que el cargo be iv A, que venía desernceanoc...: . "5.- A títuo ce re del derecho, condénese al DISTRITO CAPI AL DIFÍ 2E HOGOTA, a restablecer a mi mandante, reintegro o compensación de la indemnización, al .rgo cel cual se ie separó ilegalmente o a uno oe iga o superior categoría, funciones, remuneracón, equivalencia y a reconocer y pagarle todos los saarios de percibir, incluyendo al efecto suelbos. be todo Orden, subsidios, bonificaciones, .. 'entcs de sueldos que se presenten durante eltrimo ei o.oceso, quinquenios, vacaciones, prima de riesgo, er. si todos los derechos acordados legal y convencionalmente, etc., desde la fecha en que se le retiró del servicio, hasta el reintegro efectivo. "4.- Declárase gua mcnt, que durante el lapso a que se

prima de riesgo, er. si todos los derechos acordados legal y convencionalmente, etc., desde la fecha en que se le retiró del servicio, hasta el reintegro efectivo. "4.- Declárase gua mcnt, que durante el lapso a que se contrae ia súpca :1tcroi, no ha existido solución de contlnuidao en a ures2ción de los servicios de mi mandante, para tocos eectos legales, extralegales y prestaciones. '5.- Se ordene que la con oena de que trata ia Pretensión Tercera, se ajuste en sL vaor, tomando como base el Indice de Precios al Consumidc o al por Mayor, como lO Indica expresamente el artculo 178 del C.C.A., disponiendo de igua roae;ra el pago de los intereses comerciales bancar 'ncratorios o legales, aplicables a las sumas que resuten ce ia liquidación de salarlos y demás dejados he percbirperiódicamente.XT ©. 3

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICJEZ Ro DAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SAN rAFE L) 30GOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE Magtraca Ponente: Ora. V\tMi/A TC "© Que a c enca e ponga fin a este proceso se ie de cumplimiento oenra de termino previsto en los Artículos 176y 177 C CC A:' Meanteescr. : : t eosa a fofos 129 a 130 de expediente (C. PpaL) fte ' AA Ja demanda y9 en Cuanto a las PRETENSIONES se expuso: "... 1. Por ser el oecreto 069 defi 5 Oe febrero de 1997, de

expediente (C. PpaL) fte ' AA Ja demanda y9 en Cuanto a las PRETENSIONES se expuso: "... 1. Por ser el oecreto 069 defi 5 Oe febrero de 1997, de carácter gerera. c ora efectos particulares, se procede a SCi(C' S aca.bidad, en la acción de Nulidad y estabecrneAo: oe derecrc, como excepción para el caso, de ia ce canaer generaL "2. Declarar ia nulidad ae oficio sn número, de fecha 20 de marzo de 1997, sra po e jefe de la División de Desarrollo de a secretaría de Transito Y Transporte de Sar1af. ce 3ogot, que fue notificada personalmente e mismo mes, mediante la cual se ie nace saoer a ,Cnte que el cargo del AGENTE DE TRANSITO CAAv suprimido.". A A Funarreita sus oretensones en Dos que narra a folios 11 a 114 del expedJente, que son Dos siguientes: 'i Mi poCeroante In csc al servicio de la Secretaria de Transito y Transporte de Sa ttafé de Bogotá, D.C., e2 dia 19 e qo Je e /o iombramiento y posesión, laborance para redonada Secretaria en forma Ininterrumpida na e ia 31 oe Marzo de 1997, cuando fue retirado (a) de ervc n Teoiante ios actos acusados. "2. Durante el tiempo oc prestación de servicios a iaEXPEDIENTE ro. 97-45i 4

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RCJ)AN

fue retirado (a) de ervc n Teoiante ios actos acusados. "2. Durante el tiempo oc prestación de servicios a iaEXPEDIENTE ro. 97-45i 4

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ RCJ)AN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DI BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagtaoa Ponente OL M IMM SEMUCUR mencionada dependencia oficial mi mandante se distinguió por su 'olestidad, rectitud, estricto cumpllmie!to core, vale decir, prestaba un excelente senicc úc:: "3.- Mi mandante estiba, (nscrlto en el escalafón de la

Carrera Administrativa meoiante Res@dueián [i]©. de Fecha, y/© p « inecha a 1(Uú@ 173, número de ,wgen 7 114 1997, proferida rp epa:rtamento Administrativo de la Función Pca, cu s,P.rmcuentra vigente a la fecha d presentación do tsto cemandatorio. "l.- A mi pr o 3;:: , rto ie figuran sanciones disclpHna as en s. cc vida, es decir, que no habiendo caficacnc nsatisfactorias nl sanciones disciplinarias en su ccc a, nc se le podía desvincular válida y legalmente d servido conforme a las normas que regulan ia carrera Administrativa, ya que goza de plena estabilidad y pOr r.canencia en el empleo hasta tanto no se cien (as circu cstanclas como ias anotaciones en este decdc) d dO "5.- Según a comandada de Marzo 20 de

plena estabilidad y pOr r.canencia en el empleo hasta tanto no se cien (as circu cstanclas como ias anotaciones en este decdc) d dO "5.- Según a comandada de Marzo 20 de 1997, not(f(cada a u;:ccroante ei día 31 de Marzo del citado año, el cargo que venía desempeñando el (a) demandante, fue su]prrdc, según io dispuesto en el Decreto 069 de ebrero de 997, por el Alcalde Mayor de Santafé de ogot :).C., en iso de sus facultades legales en especias ce as por el Decreto 1421 de 1993, Artículos 38v 5. "S.- Se observa puto o urgomaestre capitalino, con la supresión ce os cargos cr a Pianta Global de empleos de ia Secretaria do de Sanitafé de Bogotá, D.C., desconoció la y atribución Constitucional propia del Concejo Ostr4, a niciativa del Alcalde Mayor, de conformidad ccc c rev(to en los Artículos 313-6, 315-4 en concoroancia con ei artículo 322, todos de ia constitución rolítca 1129 y 3&1C del Decreto 1421 de 1993. "7.- T2l aimac oresión del cargo que venía co (a), incurre en expedición irregular. ccimeu c'c r. carece la actuación de acto administrativo airjunocue hubiese determinado y legalizado la supresión de :a Planta Global de empleos del Ente demandado, para proceder al retiro de sus funcionarios, previo el lleno de los requisitos legales, y segundo, cue no se expóó tal acto administrativo de

legalizado la supresión de :a Planta Global de empleos del Ente demandado, para proceder al retiro de sus funcionarios, previo el lleno de los requisitos legales, y segundo, cue no se expóó tal acto administrativo de supresión por el Concejo dei Distrito capital de Santafé de Bogotá, y a rcciatiia aei Señor Alcalde Mayor del Distrito Caoita, tat ccc fC prescriben las normasEXPEDIENTE ro. 9745 5

Actor: RAFAEL ANTOO ODGL.? 'C )AN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAL Y 3OGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagsiro Ponente: TWa. 1IKA REVAZCUR constituconaes ge-n la materia. Obsérvese que el Acao V-: es quien ha decidido unilateralmente y - - pctenc!a para ello proceder a suprimir Ios cargos o anta G(obal de empleos de la Secretaria de Transito y de Santafé de Bogotá,

D.C. "8.- Mi poC!ed e 21afonado (a) en la Carrera AdmlniSt ará en el transcurso de ia instancia. e garantiza estabilidad y permanee fl; ser retirado (a) del servicio, únicamente usas y los procedimientos establecidos en Ia CV: obtener calificaciones Insatisfactorias u ooeto e sanción, lo cual no aconteció para su retiro del cargo. '9.- La impugnada s'eón del cargo de mi mandante de ia Secretaria ce ;r4 ;to y Transporte de Santafé de Bogotá, D,C, no W-5 retiro del servicio, puesto

para su retiro del cargo. '9.- La impugnada s'eón del cargo de mi mandante de ia Secretaria ce ;r4 ;to y Transporte de Santafé de Bogotá, D,C, no W-5 retiro del servicio, puesto que ésta tú se de conformidad con los procedimcitosr;ec8coos por la ley para empleaaos ce c e risrrativa 10.- La Ley 53 oe 1, ostaoece en su artículo 5, que el INSTITUTO NACIONA. o:. 11RANSPORTE Y TRANSITO (Hoy MINISTERIO DE TRANISPOe :), fijará las pautas que debe sujetar la creacóv de los organismos de Trnsitc v,,- 'ItQue ne: Nc 947 del 10 de Junio de

1988, el IÑS TRANSPORTE Y TRANSITO

(Hoy MINISTRO :»E), fijaron los códigos a los organismos de aei país, entre ellos al Departamento Admn scatvo de Transito y Transportes de Santafé de eogcí H, bajo (os números 041, 043 y 044. 12.- mediante e 2- /1' del 30 de Diciembre de 1992, se reestrc..' er.o de Obras Públicas y Transportes, cc stP'1c de Transportes y se suprimiemr varias e" :aoes entre ellas el INSTITUTO NACIONAL DE TRANS c ' ANSPORTES - INTRA, de tal manera que las furckYes poe venía desarrollando esta entidad liquidada sigo Ó ejcrdéndoias, el MINISTERIO DE TRANSPORTE. Tanto es 2s.-.que el artículo 123 del Decreto mencionado, establec'ó un régimen de transición,

entidad liquidada sigo Ó ejcrdéndoias, el MINISTERIO DE TRANSPORTE. Tanto es 2s.-.que el artículo 123 del Decreto mencionado, establec'ó un régimen de transición, durante el tiempo 11,11 ano para liquidar el INTRA y se adecuaba ia estr. r saministrativa de la Dirección General de eascc e nslto Terrestre Automotor del MINIST RTES, para mantener la comunidac cn e' ce los servicios que venía desarrollando ei :sft©. 6

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICUIL Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE )U L3000TA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagistod Ponente: @m MARM WWkIfflCUR

113. Mediante Ar de 10 de mayo de 1990, del Concejo Ostrita:' á, autorizó la transformación del Departamento oirninistrativo de Tránsito y Transportes de s'c 55pecia de Bogotá, en SECRETAiIA DE: TRAS;: Y ASPORT, como autoridad única del Tránsito y irorLes del Distrito Especial de Bogotá y mealane c 255 del 9 de mayo de 1991, el Alcalde Mayo :seciai, en uso de las facultades otorg2 - e' Ajerdo 011 del Concejo Distrital: y SECTOR VIAS, TRAHSCO) Y EL TRANSPORTE en cabeza DE :>r [) ' TL©T CD1 '14.- Que ei ws )NAL DE TRANSPORTE Y

TRANSITO - INTA MSTrERiO DE TRANSPORTE),

SECTOR VIAS, TRAHSCO) Y EL TRANSPORTE en cabeza DE :>r [) ' TL©T CD1 '14.- Que ei ws )NAL DE TRANSPORTE Y TRANSITO - INTA MSTrERiO DE TRANSPORTE), mediantesolucÓr '95 r1pii 29 de Enero de 1991, reconoció ila tr so - ciór cei Departamento de Tránsito y irransoortt ogotá D.E. en Secretaria de Tránsito y Transporte 0n aogotá D.E. 1115.- Que el Decretc del 9 de mayo de 1991 de la Alcaldía Mayor de ogc 0L, estaece como objetivos de la Secretaria de Tránsito y Transporte de Bogotá D.E., en el artículo 5 numera °, ia de: 'Jr(r utillizacian y v de CWUfl© ., 9( pec ei 0 del Artículo anteriormente citado: la . de y ie©". En el numeral 8 del artículo 5, eStablece: y de cor( que sean transferidas al ©itrto Especial O©[ (L ©M) ©fd[1, rü de vias, tránsito y cii numeral 100 del mismo artículo sea'a iít©a y © ud.: :. (::© gl 52 feºU12Ciún cJ9( parqe Çd en w5as Y espaciw La ©rn OeL] 2^ al respecto". Todas ellas establecidas como funciones a cargo de ia SECREAk.! )t ANSlTO Y TRANSPORTE DE SANTAFE DE BOGOTA, tienen corno fin la de

espaciw La ©rn OeL] 2^ al respecto". Todas ellas establecidas como funciones a cargo de ia SECREAk.! )t ANSlTO Y TRANSPORTE DE SANTAFE DE BOGOTA, tienen corno fin la de organizar '' ©©©al[? al ÜCe'Ü ael DISTRITO ©\' DTOY© CAP PYAL O[ SANTA 16.- El Decreto 'i/ r 11, establece en su artículo 2, literal ) Que ei Arninistrativo de Tránsito y Transporte oe 3oc .;,, tiene como una de sus funciones, "la de dirñqx oran1zar, y controlar todo lo relacionado, con ei t1rr;t0 dentro dl territorio de su jurisdicción..". Entien e el tránsito corresponde a lo señalado en el Códigc de ránslto Terrestre Automotor (decreto 1344 de -lg70), en Su artículo 1°, "Las normas delEXPEDIENTE NEO. 97-45841

Actor: RAFAEL ANTONIO RODICut / fC JAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DF SANTAFr 90GOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEvq TKA BETANCUR RUIZ presente Código 11,nao el territorio Nacional y regulan la c;r;., . os peatones, animales y vehículos por y por ias privadas que estén ahcrtas t TrflSitO Terrestre de personas, arflmae y v' '.. os, por las vías de uso público es libre, pero ot scto a Va intervención Y reglamentacón cJe .s .Ptc ades, para garantía de la

personas, arflmae y v' '.. os, por las vías de uso público es libre, pero ot scto a Va intervención Y reglamentacón cJe .s .Ptc ades, para garantía de la seguridad y comocoa os !rabitantes". 97 Que a pesan oc a enc del numeral 9 del artículo 38 y 55 del Dec9oc ' de 1993, que le confiere al Alcalde Mayor oc SA. A. 1 1 BOGOTA DISTRITO CAPITAL, la facultad de suor ocos de la Administración Central y spr r;. reçpetjv2mente le está vedado, tjar de TránsitO Terrestre, mientras no reglamentación (ley 53 de 1989, ArtíL e apruebe al Burgomaestre e parte del.y O DE TRANSPORTE, el reconocimiento oc . oresión de la actividad de organizar y contrcav 'sito terrestre, señalada en el Decreto 069 oc o: : o de 1997, al suprimir, a todo el persona -: A : de tránsito, distinguidos, tenientes Aapitanes, brigadieres, que venían dlea:r' .. ornore de la SECRETARIA DE TRANSITO s Y,,Ni TAFE DE BOGOTA. 18.- Al expedr ci Decreto 069 del 5 de Febrero de 1997, por el cuaii se suorrmen los cargos de todos los funcionarios encaracos del control de tránsito en el DISTRITO CAP(TA de SAN PE OF 8OGOTA, se opera como resultado,.¿ SL Preyni ' Á de tal función de control de

funcionarios encaracos del control de tránsito en el DISTRITO CAP(TA de SAN PE OF 8OGOTA, se opera como resultado,.¿ SL Preyni ' Á de tal función de control de tránsito e' a n: marte de ia SECRETARIA DE

TRANSITO : DE BOGOTA D.C. 19.- No exone 'na vigentes a nivel nacional, que regular vn : ea de Tránsito Terrestre, de parte del Gobe : oel INTRA o del MINISTERIO DE TRANSP01. e. e A anlsrnos de Tránsito, puedan motuo-propiti e n"diO del superior encargado en el AlcaiDe M' esoirenderse de ias facultades en matera CA r ; ,Atmlrlas, sin obtener para ello, la aronmm mee m m.e establece ias políticas y reglamenTe A': como corresponde al

MINISTERIO OL RA:

"20.-El Alcaide Mayor de Santafé de Bogotá, D.C., no es autoridad de Tránsrto, n;mnmo se desprende ael Artículo 30 del Decreto 1344 :e, rweilormas 21 del Decreto 1809 de 1990), sino ú":ea'nem.e ios Alcaldes Municipales. ES decir ia Ley lo c 'a amedeldo tal facultad al Señor Burgomaestre cc e: , ea metal de Santafé de Bogotá. "21.-Como e pr eeeaz: : e. n,reslón y liquidación de laWIEDEZME )kllr©. 8

Actor: RAFAEL ANTONIO ROiJ..L Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFF DF BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEActor: RAFAEL ANTONIO ROiJ..L Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFF DF BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagstnoa Ponente : 101ra. ~Tm REVAMeUR RUM Secretara ,,iie. :rt de Santafé de Bogotá, es í como se probará en el curso de eSt2 : aIta ae competencia de quien ia aaootó, nr1ente el retiro del servicio de que fue objet jaao (a) deberá restablecerse sus derechos ccncccos. ordenando su reintegro al servicio y ei reconocrnto y pago de los emolumentos pretendidos ad conrn r' En el escrito e OCON DE LA DEMANDA (Fs. 29 respecto de los HECHOS s ex). 1 0.- Que el AIcaIci: v e Santafé de Bogotá no tenía facultad para, st.p qe ml patrocinado haciendo que los actos aÓrr ediante la cual (sic) el cargo es anulable. "20.- Que el señor A : '.'iiO de Santafé de Bogotá carecía de facultades due ca: de los artículos 38 y 55 de¡ decreto 1471/93 se n: gar al Concejo del Distrito Capital de Santafé supuesto decreto.". p kq PTO L2S dspc s y ell concepto de voIacón se encuentran a foDos 1/ d :icente, que en resumen SOfl: CflLti \\ 11

©9 li 1jWEDBEblIrE r©. 97-45SU 9

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ROLDAN

CflLti \\ 11 ©9 li 1jWEDBEblIrE r©. 97-45SU 9

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ROLDAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagistrada Ponente : MATA METAMCM RUM Ley 3 de 11812

© 111,y (le 1101 2nicup@ Ley 27 de 18122 aicicuH@2 1i, necTeW ©© (i© 15% anicuB@2 28 E© 2, 27, \/ w© 11© ge ISTI

1O D 11I©D 111 125, 11Q 11 I11 7

ACL© a1y á2 ec!E© 111E© 19OO AdmVtd a correspondVente adición (foO 94 a 97 y, 136 respectva otfcó el auto admsoro 1 señor ALCALDE MAYOR DE SAN A 10.C. (foDos 99 y 137), Quien en uso de s facultades egaL. oaer 621. El apoder2íx. rntVdad Demandada contestó Va demanda, oponVnccs et;ensones, solVcVtando pruebas y proponiendo excep a 106 C. Pp2L). Se decretrc rortundad Vas pruebas pedidas por las partes (folio 145 16 » ireron agregando en el transcurso del período probatc' Ordena ' (fofo 148), Va parteEXPEDIENTE Nro. 97-446 10

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICI)! RO-JAN

del período probatc' Ordena ' (fofo 148), Va parteEXPEDIENTE Nro. 97-446 10

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICI)! RO-JAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SA,'~, Jí BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE demandada alegó de conc1i 'iediante escrito visible a foDos 149 a 150 del expediente (C.Pp :rte actora hizo lo propio mediante escrito visible a fofos 161 a 12 oel expediente (C. PpaL) El P0C do Octavo en lo Judicial ante esta Corporación emitÓ onc O4 de agosto 27 de 1999 ifls. 153 a 160 C. PpaL Tramita,~.,, = que se encuentre causal alguna de nulidad procesa . = ; actuado, se procede a dictar sentencia previas las sigule Pretende ia o mediante la presente acción, la nulidad del Decr J© en lo referente a la supresión del cargo que = eaba AGENTE CATEGORIA IV A y, de la c©mncac rr . © Tge 12, 57 suscrita por el Jefe de la Divisiór, de personal de la secretara de Tránsito y Transporte ae jie Bogotá, mediante la cual se le hace saber que el cargo J: :enía desempeñando de Agente de Tránsito IV A ha sido suprimL nara que una vez declarada la nulidad del acto acusado y en m nento del derecho, se proceda al reintegro y reco nqo de l os haberes de21.,os de%DI@. 11 Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICU / .)Aft

del acto acusado y en m nento del derecho, se proceda al reintegro y reco nqo de l os haberes de21.,os de%DI@. 11 Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICU / .)Aft Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTA!-!:i 8000TA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORY Magistrada Ponente: I'ri. MARIMA devengar, conforme a las :': es de la demanda La parte 1emae zn el libelo de contestación de Da demanda, prc XCEPCDONES LA FALTA DE LEGITIMACION EN LA CAuS O DE LO NO DEBIDO (fls. 102 103 C. Ppal.) las cuales constd.:ye aspectos formales elementos de estudio en el fondo del pre cc asunto. NO obstante Do anterior, es de observar que 'la cçt,'i en Da causa por activa es la relación que debe exst : arte demandante y el interés sustancial del litigio. A, mpugnado suprime el cargo desempeñado por ia acc daro que tal decisión De afecta SUS derechos subetivos, : : tanto, tendrá derecho para reclamar de los jueces u : iciamiento judicial sobre la legalidad de dicho o una relación entre quien formula IB demanda .irsión de su empleo, debe concluirse la existencia ap por parte de la actora para promover Da acción h LB leç; .sa, por activa o por pasiva, nada tiene que ver acto hubiese sido proferido conforme a derecho o Que ai, aidante se De haya pagado una indemnización por crechcs id 1;atra administrativa LB excedÓi de escobro de no debido" no

nada tiene que ver acto hubiese sido proferido conforme a derecho o Que ai, aidante se De haya pagado una indemnización por crechcs id 1;atra administrativa LB excedÓi de escobro de no debido" no guarda relación con las de la demanda, ni encajawmTDuEE7E mm. 12 Actor: RAFAEL ANONIO RODRIGUE? IO1 DAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAT D BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE dentro de la naturaleza v de los procesos declarativos, como lo es el o de restab lecim lento del derecho, donde debe siore la iegalídad de un acto administrativo y m—, de obligaciones dinerarlas o Por lo ~io prosperan las excepciones propuestas por a parte e' De lo expuesto 'r r beo y , de la documenta allegada al proceso, se esta:: XstenCfla de vínculo laboral entre la actora y e O :ATAL SANTAFE DE BOGOTA SECRETARA DE TRANSTO y rkANSPOTE, Entdad en Da cual se desempeñaba como AGENTE CA -,GODA IVA cargo en el cual se encontraba escaafooacc z­ `1 Oeera Administrativa conforme a Da Resolución No 00223 c:e c obra a fOUO 54 del C. #4 Y, que fuera desvinculada medante acto acusado Decreto 069/97

Por SUPESDON DE LA PLANTA O OAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARIA

DE T RANSITO Y TRPOO: : tANTAFE DE BOGOTA D ISTRITO I1L. '111NCEPTO DE VIOLACION, radica el ataque de nulidad del invocando violación a la

DE T RANSITO Y TRPOO: : tANTAFE DE BOGOTA D ISTRITO I1L. '111NCEPTO DE VIOLACION, radica el ataque de nulidad del invocando violación a la

Constitución Poiltim, 5,53,58,113,115,121,123,125,313-zWEDUEH7E Mole. 13

Actor: RAFAEL AN 1: CG RODtc / Demandada: DISTRITO CA-, Tv tX SA ()TA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE - Ír A 631 54 y 322) y de rom

al ser vulnerados derechos fundamentales como çnidad humana, al trabajo, la solidaridad y Da prevalenc u terés general y, sobre carrera administrativa para c . referencia a Das atribuciones del Alcalde para suprm: de Da administración y, a Da correspondiente a Ocs - manera de determinar Da estructura de Da aom smo, se refiere a Da violación del Estatuto Orgr:o de 5:: :1. de Bogotá, con el cargo de incompetencia por vioiación CJiO 1315, numeral 7 de Da CR, y el numeral 90 del artícuo 38. ldecreto 1421 de 1993, pues según el actor para crear 's era necesario que mediara autorización del Cc ejo L1 Señala lla, ley corno causal de nulidad, toda vez que la determinación acusada no buscó el mejoramiento del servicio, ya que na no estaba capacitada para mejorar el tránsito desvfn poder. EnfaWa de normas de carrera administrativa comu aú, Das consecuencias que la

del servicio, ya que na no estaba capacitada para mejorar el tránsito desvfn poder. EnfaWa de normas de carrera administrativa comu aú, Das consecuencias que la misma genera (prcacó1 cemnización) relacionando tai disposición con la 1 1 c a actora y los derechos violados con Da expedición :: do que complementa con Da Obligatoriedad de un nso y, que al no existir en el oresente caso estar 30 derecho y el principio de legalidad, alegando c.n - nesconocidas Das normas de©. 14

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRICU / iqO JAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SAN W - ) 9000TA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE tiente : [. I4(A7HVA MEIr,%%CUR

carrera administrativa .strDto, especialmente Das que consagran la estah :: ' :erecio preferencial (Ley 27/92, acuerdo 12/87) dDcen'wri r 2/87 no consagran dentro de Das causales de rc: de cargos; así mismo cabe señalar que el ac —aciones deficientes en el último año, ni tampc: se en periodo de prueba, por lo que no se podía retirar dc scf cio bajo la figura de Da supresión del cargo, ya que esta ro se aba contemplada en Da ley de Carrera Administra • :r de retiro.

Mediante escrd : reposa a folios 161 a 162 del, expediente, descorró e ;ui para alegar de conclusión insistiendo en Das C iÓn alertadas en el libelo, en especial Da referida de atribuciones propias de la

expediente, descorró e ;ui para alegar de conclusión insistiendo en Das C iÓn alertadas en el libelo, en especial Da referida de atribuciones propias de la entidad nominadora que en cuenta la opción de ley que le correspondía po er empaao inscrito en el escalafón de carrera administrativa. En las anterionti 'ones, Da controversia se dirige a establecer si la desvii:, del señor RAFAEL ANTONDO

RODRIGUEZ ROLDAN quien se ec: traba escalafonado en carrera Administrativa, estuvo astda de todas y cada una de Das garantías legales estaoiec el efecto y, Si DOS actos acusados están expedidos dentro oo o 's parámetros legales, para Do cual, esta Sala de Decisión raor ce explicar:ftjr©. 15

Actor: RAFAEL ANT0N0 ROORC/ Demandada: DISTRITO CAPITAL DF SAP '3000IA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTESegún se es ::: cofltendo de la RESOLUDON Na00223 de 1989 ex epartamento Adm inistrativo de Servicio Civil Distrfta i o 54 del C. #4 del expediente, e señor RAFAEL A' D :;'GUEZ ROLDAN se encontraba en el cargo de AGENTE DE TRANSITO IV-A, cr• desempeñando y que posteriormente y rr 'sado fuera suprimido.

El Alcalde M Santafé de Bogotá D.C, en ejercicio de las fac, ades y en especial de las conferidas mediante los artíc.. :5 3H Decreto Ley 1421 "Estatuto

El Alcalde M Santafé de Bogotá D.C, en ejercicio de las fac, ades y en especial de las conferidas mediante los artíc.. :5 3H Decreto Ley 1421 "Estatuto Orgánico para Santaf(l,, de expidió el Decreto Número 069 de febrero 05 de 1997 sur 1gunos cargos de la Secretara de Tránsito y Transporte de de Bogotá, en cuyo artículo segundo entre otros el ©© n8ºen~ es de f© v/íf, fre os que se encuentra el que venía desempeñar,,,-.,,,,, e :'çY. ';« andante - Sr. RAFAEL ANTOMO

RODRIGUEZ ROLDAN.

Del co a anterior decisión, la administración dio , . odríguez Roldan, mediante el oficio de marzo 20 ce :f C. PpaL) avisándole, además, que conforme al artuo - decreto NO. 1223 de junio 28 de 1993 le asistía el derecho MOW P@TD©B© © InE :l a icitimo, para ser nombrado16

Actor: RAFAEL ANTO Demandada: DISTRITO CAPfl[.. A (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTERUZ dentro de Dos seis (6 :es a Da fecha de Da supresión del empleo, derechos ger ros de Da caDdad de EMPLEADO

ESCALAFONADO EN CAÍ EP \STATDVA.

Obra C, reconocimiento de indemnización antes ' esoOución No. 6371 de mayo 13 de 1997) y, aun presente proceso, se n. discute y no se ha sido otorgada en rr; justifica su aceptaciÓn

indemnización antes ' esoOución No. 6371 de mayo 13 de 1997) y, aun presente proceso, se n. discute y no se ha sido otorgada en rr; justifica su aceptaciÓn ser revinculado. terna de controversia en e~ )ago de ésta, - tampoco se dicha indemnización haya o engañosa y, únicamente de no existir donde Ahora r ega Da improcedencia para suprimir cargos sÍn oresentado una iniciativa el Concejo y sin que exera o que Do autorizara y, que esta misma restricción, aoarece E : :ocreto 1421 de 1993 artículo 38; es decir que 03 determinar Da estructura administrativa y pail J ompleos está en cabeza de los concejos y solo exceo o y mediante autorización al Alcalde, éste puede ejerce .. - :es que por ley De correspondan al Concejo; que con D3 norn :sda no se suprimieron empleos sino cargos, procede e" coalizar Da diferencia entre estos dos vocablos, la cua incida ratifica que la creación de empleos debe sc:ñ .:. - argos que están fijados por la estructura orgánica o LJ a y en nuestro caso el AlcaldeEXPED1TE Nro. 97-4584 17

Actor: RAFAEL ANTONIO RODRIGUEZ ROLDAN Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTA (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEMagistrada Ponente: R]ATrÜA SEM%ffiCUR Ruuz debió respetar ésta 1,12 cua t :tra consagrada en el Decreto

Magistrada Ponente: R]ATrÜA SEM%ffiCUR Ruuz debió respetar ésta 1,12 cua t :tra consagrada en el Decreto 265 y 286 de 1991, cue.ta o Acde suprimió tanto cargos vacantes como provismn ': lea que actuó sin facultades.

La Sala ara oo: r Iabrá de tener en cuenta la reiterada jurisprudoica o abre situaciones de idéntico contenido han sido ésta Sala de Decisión y, donde con ponencia del :0 D, LUIS RAFAEL VERGARA QUINTERO, se expuso: Con re.;0, —natividad aplicable a los empleado rtal, debe observarse lo siguiente El acuero,, cable a los funcionarios escalafona;: todo aquello que la ley 27 de 1992 nc nte, pues así lo estableció la misma ley y el artículo 126 del Decreto 1421 de 1993.

La ley 27 de 1992 en el Parágrafo del artículo 20 dispuso: "LOS ©C 401 11 BOgOtá 0 P@Ir D disposi©Enx ll M=OrFd@ 12 de expedi© ©©© ©J© las aquello uc Dy ~Dlique © requ9s expre 0 Dentro de esta pe urídica, debe decirse que las normas aplicables a :os 2mpleados de carrera distritales son las de la ley 27 cc 92 y el Acuerdo 12 de 1987, en aquellos aspectos que no haya sido modificados o regulados expresamente por la referida ley. Así las cosas, si el 12 de 1987 no consagra,

son las de la ley 27 cc 92 y el Acuerdo 12 de 1987, en aquellos aspectos que no haya sido modificados o regulados expresamente por la referida ley. Así las cosas, si el 12 de 1987 no consagra, dentro de las causales ne retiro de los funcionarios deEXPEDIEMTE ro. 97-45. 18 Actor: RAFAEL ANTODemandada: DISTRITO CAP A (SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTEDm. carrera, la .: ;n; (art. 64 Acuerdo 12 de 1987) tal ca. esa.mente prevista en la ley 27 de - ma, le era aplicable al demandamn La Ley 27 nuerdo 12 de 1987 es la normativica ac empleados de carrera en el Distrito Caftai mcionada ley previó en el artículo 80 a 992 a causal de retiro de indemniza : del cargo, el acto acusado se encuent' En lo relan oe incompetencia que se plantea e - Sa de decisión dirá lo siguiente: De confor - ;uIo 315, numeral 7 de la Constituciór: 'neral 90 del artículo 38 del Decreto i2 mcalde Mayor del Distrito Capital, facutad de reorganizar internan'- .: n 0rest2 sus servicios en las depende- -,,ando, suprimiendo y fusionanc .. manera autónoma, debe presumirse que Ja ínn 'favor al expedir el acusado, lo hizo con sujeción a ,edos dictados por el Cabildo Distrital.

Se trata de . : norna del Alcalde May

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