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TA CUN - 9747218-(23-03-2000)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 9747218-(23-03-2000)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2000

INCREMENTO SALARIAL DE EMPLEADOS DEL DISTRITO CAPITAL I/EL Santafé de Bogo1iA Do.c, marzo ventfltrés (23) de dos Mil (2000). L[L T[iL LP putCA D C01.0 get3tOfla 1rb1)rat Adnfl'o i p 2Ü00 C U L

LkiL PIFIR 111

Demanda~. WTRUye©Ur EL 3©©©i/\ = l'L{rUO \V7 ©©© [©[ ©U©0 '!den,.-,f cada con ' Cédula de ciudadanía mira. 5,5©=© ]c ©xr wLJUaD, mediante apoderado judicial y en ejercicio de ja acción de restablecimiento del Derecho, presentó demanda el 06 de mtubre de 1921T contra EOU1TU© SANTAFE DE BDG@71 O[ ]© TRANSPORTE, dando kgar al proceso que mediante esta providencia se decide. L O O a parte actora e J1beo Ciemandatorio sofic[1ta que previos los trámites iegailes correspondientes, se Magan fEXPED!EM Fil iJr 4721 2

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANT AFÍ, DE BOGOTA - SECRETARIA DE TRANSITO Y

TRANSPORTES Magistrada Ponente: [, las siguientes DECRACOM Y CONDENAS (FL 2 , .

1J°. Declárese la NIuiidacl de s comunicaciones 013880 y 31629 del 05 oc marzo y 20 de mayo de 1997 y la Resolución 0054 dei 28 de julio de 1997, expedidas

1J°. Declárese la NIuiidacl de s comunicaciones 013880 y 31629 del 05 oc marzo y 20 de mayo de 1997 y la Resolución 0054 dei 28 de julio de 1997, expedidas por, Secretaría de Tránsito y Transportes, el Dr. efraín Alberto Becerra Gómez, que en la parte pertinente se negó el reconocimiento y pago de los Incrementos Salaria]e die confonmidad con Jo decretado en los xuemos de 1991. 41 de 1992 y 31 de 1993 y demás Jnc:r omentos a que pueda tener derecho. O Que como consecuencia de los sic) anteriores declaracknes, se condene al Distrito Capital de Santa Fe on ogotá .Secretaría de Tránsito y Transporte, a reconn;er y pagara (sic) a el (la) actor () ios incrementos o Amertos Salariales decretados por el Honorable Concejo de Santa Fe de Bogotá D.C., en 105 acuerdos 33 de 1991, 41 de 1992 y 37 de 1993 y los respectivos ajustes, de igual manera decretados por el Honorable Concejo capitalino para los años de 1995, 1996 y 1997 o desde cuando el (la) actor se vinculo y hasta cuando se encuentre o estuvo vinculado (a) en la entdad, Jncluido POS ajustes a las cesantías y demás nmoímentos a que tenga derecho (primas, Vacaciones; Quinquenios, etci como se estableció en e memorial poder es decir: , En r© OL] )© cl señw 1JL,4Ei LVlVV© eciír ©lc ©Oii ftO (WJ % Fi

como se estableció en e memorial poder es decir: , En r© OL] )© cl señw 1JL,4Ei LVlVV© eciír ©lc ©Oii ftO (WJ % Fi © 40 l Ç©1© OflTJ Y/Q c©© manw in ®©l© ©\w©©l© © li © nui lnt. Junto con la Indexación y corrección monetaria a que pueda tener derecilo. o El Distrito de Santa e de Bogotá ContraIoría Distrital, oeberá reconocer y pagar perjuicios morales vailoraoies en UN MIL (1.000) GRAMOS ORO, corno reparacIón del daño, Art. 85 C.C.A.. l°. El Distrito Capital dic Santa e de Bogotá Departamento Catastro, dará cumplimiento al fallo que recaiga en el po'ceso dentro oc ios términos previstos en ei 1711 y 177 de' Decreto 01 de 1984 y lo del decreto 58 ee 22 de abril de 1993 y hará mención detado tanto del Aiooderado dl (a)EXPED!EHT1 IMr. 7-87217 3 Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAF[ DE BOGOTA - SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTES Magistrada Ponf!,,ite ft:r. HAUT , CLJ Actor (a) como oc i,ii oaro )emandada, como lo ordena esta norma O Remitir Vir a a Procuraduría General de la NacÓr, a ae este Despacc a su ve envié dentro de los días hábiles a su recbo a 1a

ordena esta norma O Remitir Vir a a Procuraduría General de la NacÓr, a ae este Despacc a su ve envié dentro de los días hábiles a su recbo a 1a Dirección Jurídica Aca/da Mayor de Santa de Bogotá DC., co'a foLocopa auténtica de Sentencia con cortancia de ootiflcadón y ejecutoria, para efectos e que se adelante ei trámite presupuestai. seg Do dispuesto por e artículo 2 dei Decreto '/68 c 23 de abril de 1991 O Que para los eectos relativos a este proceso y cumplimiento de [a sfltcnda se me tenga como apoderado del Acto c cormioad con otorgado.'. IL CÇ L © LOS HEC11001cjHOlfl cr1qer a a oresente demanda son Dos narrados a :o 3 a 8 de expediente, que dan cuenta de Da nconformdaC del actor frente al posbe derecho que tiene de percidrr' los, aumentos saaraies basado en los Acuerdos 33 de 1991, 41 de 1992 ,y 37 de 1993 de H. concejo DistrDtal que estabecr ia esca'a de :reímuieííación para las distintas categors y nvees de empieos en un aumento del 25%, 26% y 2)% cara la vigencia de los aflos 1991 - 1992 y 1993, respecdvarnente. leniendo en cuenta el contenido de DOS anteriores Acuerdos, nace una proyección de aplicación sobre e suei©o devengado para dicha época v así significa Da diferencia p :udedac© pendente de pagar a su favor que reclama.

contenido de DOS anteriores Acuerdos, nace una proyección de aplicación sobre e suei©o devengado para dicha época v así significa Da diferencia p :udedac© pendente de pagar a su favor que reclama. 7 ©[AL© Y ©T© ©L \7l©L©U© Las ©eiAev \,v/r©Usv ' ©f© áie víolacldn se encuentran :rsedos a folios 5 a 8 del~NDIAW72 i9ro. 37-172118 4

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SAN A :)E H)COTA SECRETARIA DE TRANSITO Y

TRANSPORTES

Magistrada -'o eeL \A-1 expediente que en resumer, sm 119 V P ft9 1J3 j0e [[]© 0?ffl numeiraú 8, 18,8 11 , 11© ©©c©©

© © Admitida la demno' foHo 50/511 se notificó, de auto admisoro de la demanda, aj1 is(BIi@T w1 ,100 11 L DISTIRM ©Lt © IME TI 531, constituyendo apoderadc ar [representar a ja entidad demandada (folio 33). La demanda, me are escr©o pue reposa a fo1,11,os 55 a 59 del expediente, cor©sta, dermanda ononndose a as pretensiones de a mllSmaI, soc(tando pruebas y proponiendo excepciones,. Fueron decre 'S prL(L'oas pedas por, as partes (folios 63/64) aflegaron en e penodo probatorio. Se ordeno el trasado conjunto a las

proponiendo excepciones,. Fueron decre 'S prL(L'oas pedas por, as partes (folios 63/64) aflegaron en e penodo probatorio. Se ordeno el trasado conjunto a las partes y al Agente del M rli-r©; bno (fono 128). La oarteEXPEDIEFfT/I h7r@. 07-172W 5

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE JE BOGOTA - SECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTES Magistrada Ponente 5o,a, rfl demandada descorrió el trasd(C, para alegar ff05. 1131 = 133 del

C. PpaL), Da actora hizo 00 cIropia rneciante escrOto visible a folio 129130.

El Procurador JucOcic ante esta Corporación, no hizo pronunciamiento aVguro NO existiendo Je nfldad que Invalide 00 actuado, se procede a deciora oocMas Das sOgu0er1es: © a a A © i; a a El actor controvicirto en ci rresente proceso Oas cornc©©© ©a©@ aiC3)(11 t O r© / © mayo as is@y y Da ©©L1ou5s ©( ck 2© c 1997 expedidas por ia 51HC1ETA'A DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE SANTAFE m aOGorrA por medio de as cuaoes se denegó el reconocDm0e rrrv/ uago ccli incremento salarial del 25%, 26% y 25%, decretacos cara los arios ole 11991, 1992 ,y 1993 - respectivamente por, Ci Concejo DistritaD, mediante

se denegó el reconocDm0e rrrv/ uago ccli incremento salarial del 25%, 26% y 25%, decretacos cara los arios ole 11991, 1992 ,y 1993 - respectivamente por, Ci Concejo DistritaD, mediante acuerdos NO. 33 de 1991, 41 de 1992 y 37 de 1993 respectivamente -; para que una vez declarada su nulidad se le restablezca en su derecno coruorme a 02s pretcns Voces de la demanda. El artícuVo 30 dei Acuerdo DistritaD NO. 33 de 1991, dispuso: U Establécese la siguiente escala de remuneración para las distintas categorías y nveies de empleos con u aumento del 25%.

Si el Incremento que acuerde e: consejo Nacional de SaladosEXPEDIEf TI Mro. 7172 6

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SAN iA L)E I3OCOTA - SECRETARIA JE.. TRANSITO Y TRANSPORTES Magistrada ?onu-ae :,, Aí1iL fuere superior se aplicara ;sie úiemo.." Conforme el 311 de1 Acuerdo Dlistrital NO. 041 de 1992 se: establécese la siguiente escala de remuneración para las distintas categorías y niveles de empleo con un aumento del 2696 para la vígencui fiscal de 1993.

Si el incremento que se establezca del salano mínimo mensual para 1993 fuere superior, se aplicará éste último. (Relaciona los Niveles y ísca!as) En virtud de ft ;sresto n e artcuo 211 del Acuerdo NO. 37 de 1993,

mensual para 1993 fuere superior, se aplicará éste último. (Relaciona los Niveles y ísca!as) En virtud de ft ;sresto n e artcuo 211 del Acuerdo NO. 37 de 1993, "Artículo 20: " Establécese ¡as siguientes escalas de remuneración para ¡as distintas clases y empleos, con -su aumento del 25% para la vigencia de 1994. Si el incremento que se establezca del salario mínimo mensual para 1994 por el Consejo Nacional de salarios, fuera superior al establecido en este Acuerdo, se aplicará éste último. (relaciona Escala de Sueldos y Niveles) L2 actora, INAARINA PARRA, mediante apoderado judicial, solicitó dmrstracÓn un aumento salarial del 25%, 26% Y 250/r mo el estabecdo en la escala salarial del artcuo 3 :uerao 33 oe 1991; 2rtcuo 30 del Acuerdo 41 de 1992, - 20 iosacuercios 37 de 1993, para los años de 1991 2 1993; n,-,,ando que además de Do ya aumentado por la escala sara nara dchos a?os, e Concejo Distrital creó tales aumentos más, que es, en su sertr, a los que tiene derecho su represern;taou. LOS actos adrrírr2sa1vos demandados en la parte consDderatDva expuncn ;;ornc argumento de la negativa, luego de anar cda u na de 105 AcuerdosEXPED!Iffr. 7J7 7

Actor: LUZ MARINA PARRA

parte consDderatDva expuncn ;;ornc argumento de la negativa, luego de anar cda u na de 105 AcuerdosEXPED!Iffr. 7J7 7

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE )E SOCOTA - SECRETARIA DE TRANSITO Y

TRANSPORTES Magistrada Pone 'te: LT. invocados como sustento, uíente Fundment2cÓn De conformidad xn a r ,islón efectuada a los archivos de esta Secretaría ;orrespondlentes a los años 1992, 1993 y 1994 se Dudo aeterminar Que para el primer año rcremento o aumento salarial estuvo alrededor i-nil 26.4%, es decir este fue en cuantía supCriu! de 25% establecido en e Acuerdo 33 de 1991. mer'o que de flecho Incidió para que los postedores nuemertos estuvieran por encima de socr en los Acuerdos 41 de1992 y 37 de 1993 debe concluirse que esta Secretaría ha venido reconociendo y pagando los incrementos salariales conforme ¡lo fijado el Honorable Concejo de Santa Fe de ozrt, como consta en las nóminas antes referd;r: , - :onsecencia se debe confirmar el asunto EtO]flnidO. La demandada conttstÓ la demanda mediante escrito que obra a folios EE 991 rfl expediente oponrdose a las pretensiones de D conisdcrar a que tienen fundamento en un ente mieíno equvocado y forzado de la normativo invocada corno victada y ios Acuerdos soporte de la misma y, al alegar de concMusÓn conforme 2 escrito que

fundamento en un ente mieíno equvocado y forzado de la normativo invocada corno victada y ios Acuerdos soporte de la misma y, al alegar de concMusÓn conforme 2 escrito que reposa a folios 131 a 133 dei expediente laceun ansis de la normatividad invocada como violada nara reiter2r su inconformidad con Das pretemJodcs de 1,a demanda Al contestar 113, dUmanda fe propuesta la CEPCION DE FALTA DE LJCJH WUJON N CAUSA POR ACTiVA, CARENCIA DE TITULO PARA tJEC Y COBRO DE tLO O DEDO las cuales no son de recibo de Eita Sala, por hacer parte del contenido de estudio de ftmdc del presente asunto v no haber sido demostrada Da faEa oc hegitimadón invocada Observa Da saa. poe a oVio 107 108 del expediente (C. Ppal) obra CJí expedida cor ei JEFEEkPEDIEMT, f7rc 6721' 8 Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAF )E COTA - SECRETARIA JE TRANSITO Y TRANSPORTES Magistrada :porip •)], DE LA DMSION DE RECURSOS HUM/kNOS (Ph), mecante a cual se da cuenta que la demandante Sra LUZ MARINA PARRA - fue nombrado para ocupar el, carqo do AUXIllJAR fl.CMCO IV=A con efectividad de marzo 08 S5 acendo una estrcta relación de Vos ingresos saa ads devengados y el periodo laboral de 1992 a 1997,y, coimoosdÓn porcentual, asC como la

efectividad de marzo 08 S5 acendo una estrcta relación de Vos ingresos saa ads devengados y el periodo laboral de 1992 a 1997,y, coimoosdÓn porcentual, asC como la evolución salarial (incrementos) su efoctiviclad, de donde es fácil colegir el estricto cwr o 'to a los pagos mensuales con la inclusión d los :o ospondientes Incrementos aprobados en Vos referidos Arseiroos 33, 41 y 37 ES así, como Da Sa a : mparde y retorna el estudio que la colaboradora Judicia arte esta Comoración liciera en proceso de similar contenido, objeto de estudio de esta Sala de Decisión, donde, CCI naso en su contenido fueron negadas las pretensiones do a ismanca y donde se 'dizo el siguiente análisis: "1.4 El motivo de inconformiiac1 tOS Actor se centra en que el considera que la ACOOSsiírción nc aumentó el salarlo de sus servidores con fo.me iu establece el Acuerdo 37 de 1993, porque no sumó al valor establecido en la escala de remuneración (nivelación salar/ah, un 25% adicional (incremento de salario); previsto para 1994 estaría compuesto as Aumento por efecto de la nivoacióí s,Iarial 46,4625654

Incremento de salario 25 TOTAL que pretende el Actor 71 .46257M8 1.5. B error anotado provin-c de apreciación distorsionada cje! artículo 20 dei fs:'erdo 37193 que se corrige apreciando la norma dentro de su contexto, as,) 1.5.1.Signiflcado de la prepcsett5r (:IN que emplea 'a

distorsionada cje! artículo 20 dei fs:'erdo 37193 que se corrige apreciando la norma dentro de su contexto, as,) 1.5.1.Signiflcado de la prepcsett5r (:IN que emplea 'a norma (estudiado el significadt; Se t'repos'Jción según ei diccionario) Según ei Actor, la preposkión :n ao)a por ci artíuIo 2° citado tiene, conforme al vicc,'onar:'e (le ia Real Academia de la Lengua Española una soia acepción que significa "Juntamente y en compañía" y que, empleada como predIjo evoca, en el mismo sentido, la Idea deEPEDIEáW 747217 9

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SAN] A ) COTA Si CFTARIA X. TRANSITO Y TRANSPORTES Magistrada Po -te ir;. lElV L fI1 ©1II

"agregación". Pero resulta que, contra .l; ¿rrrnclo por el Actor; 1j palabra con tiene en el u/:/»cnano cita ci o, cinco (5) acepciones o significados, ce el que invoca el Actor es apenas el cuarta En su afán por acomodar los becflcs a sus intereses, el Actor desconoce los otros cuatro significados.

La primera acepción de con c: p'ce que es la única aplicable rectamente en ntn ;o dentro de los contextos señalados pues e nroo. que significa el medio, modo o instrumento que svva para nacer alguna cosa.." Ser medio modo o instrumento, snIflca star incluido como tal, en la acción que concuec nacer alguna cosa y no, al estar agregado juniren y en ornpañía" a

medio, modo o instrumento que svva para nacer alguna cosa.." Ser medio modo o instrumento, snIflca star incluido como tal, en la acción que concuec nacer alguna cosa y no, al estar agregado juniren y en ornpañía" a aicna acción. Por tanto, resulta acertada la iernndada resolución que denegó la petición en la vfa g erniiva al afirmar en su parte motiva que en ¡a escala saria objeto de la reclamación, está incluido el aurneno." 1.54 El marco legal para establecer regímenes de remuneración en el país. El estudio del DASC ordenado IDO' e" roncejo Distrital corno se anota en la exposición lc del 1992. ?- Ç U ' ( - $5'(~MúlAWY2 Nro. 97-4721 10

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTA - SECRETARIA CE TRANSITO Y

TRANSPORTES

Magistrada Ponente: Dra. MARYM1

LO anteriormente expuesto permfte a esta Sa de decisión concluir que no Oc asiste razón a co actor en su pedOmento y que los actos administrativos demandados en cO presente proceso, no son vOoOatorOos de Das normas Onvocadas en la demanda y por taO razón conservan Oá presuncór ele legalidad, lo cual impide acceder a oas pretensiones dke demanda Teniendo en cuenta que Dos actos acusaoos conservan la presunción de legalidad wue oes asiste, ¿sta Saja de decisión, habrá de negar Das pretensIones de 'la demanca En mérito de lo expuesto, co Tribunal

demanda Teniendo en cuenta que Dos actos acusaoos conservan la presunción de legalidad wue oes asiste, ¿sta Saja de decisión, habrá de negar Das pretensIones de 'la demanca En mérito de lo expuesto, co Tribunal Administrativo de CundOnamarca, Sección Segunda, SubSeccDón 'W, administrando justcia en nombre ce a República de CoDombOa y por autoridad de Da ley. 1 L\ u u ©L propuestas por el apoderado de oa entidad demandada fflWIE Lj§ L ©t OIt íLIZ por Das razones expuestas en la parte motiva. a co doctor JOSE FFJNANDO SUMEZ VENEGAS C.C. No. 7915L120 de usaquén, Abogado con No. 54275 delPL' #7r 7!717 11

Actor: LUZ MARINA PARRA Demandada: DISTRITO CAPITAL DE SANTAFE DE BOGOTA SECRETARIA DE TRANSITO Y

TRANSPORTES

Magistrada Ponente: Dirá.

C.S. Ce 02 j., corno 2poer2doJudlla e 2 demandada, conforme 21 poder gener otorgado vsbe 2 folio 134 2 136 del expediente (C. Pp2L). áBa. Ejecutor22 021 presente 'prcvenc, ocr Secretaría aii 0nteres2co e remanente de ta suma que se ordenó pagar para gastos orcnaros del proceso, 's io hubiere, y,' ILO[t{1 el expeienta

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