🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 97D14395-(27-12-1999)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 97D14395-(27-12-1999)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1999

0 IJLII»ID JZ CLVJM -Procedente auto de bienes / AtrIo TUTELA (X)NTRACIUAL (E) / RAW DE SERVICIO DE VIGILANCIALiquidaci&i de interés tutela responsabilidad por perdida Inct.plimiento / MORA EN EL PA) -

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN TERCERA

Santafé de Bogotá, D.C. septiembre veintisiete (27) del dos mil (2000)

Magistrado : BENJAMIN HERRERA BARBOSA.

Referercia : Contratos aW Expediente : No. 97-D-14.395 1' 'j. 3uarCS Demandante: Protección y Vigilancia Colombiana 'Provic Ltdade Cu" 18 tL 2115

Demanda La sociedad Protección y Vigilancia Colombiana Provic Ltda. demandó a la Empresa de Energía Eléctrica de Santafé de Bogotá, solicitando las siguientes: PRETENSIONES. "1.- Que se declare que la demandada incumplió en forma continuada con lo pactado en la cláusula quinta del contrato 5701, de fecha 10 de diciembre de 1991, celebrada entre la demandante y la demandada. "2. Que se ordene el resarcimiento de tos perjuicios causados por el incumplimiento, representados en el reconocimiento de los intereses de mora a la tasa máxima legal "3. Que se declare la nulidad de la cláusula octava dl contrato de prestación de servicios de protección y vigilancia No. 5701, de fecha 10 de diciembre de 1991 celebrado entre la demandante y la demandada "4 Que se ordene la restitución de las sumas de dinero descontados por

prestación de servicios de protección y vigilancia No. 5701, de fecha 10 de diciembre de 1991 celebrado entre la demandante y la demandada "4 Que se ordene la restitución de las sumas de dinero descontados por la demandada a la demandante en virtud de la aplicación de dicha cláusula, sumas que ascienden a la cantidad de ochenta millones doscientos treinta mil trescientos veinticinco pesos (S80.230.325.00), mas los intereses de mora causados desde la fecha de cada descuentos hasta cuando se verifique el pago, a la tasa máxima legal, certificada por la Superintendencia Bancaria. "5. Que en caso de la oposición, se condene en costas a la entidad demandada. (folio 4 cuad.1)

HECHOS.

1. Entre la Empresa de Energía Eléctrica de BogotáE.S.P. y Protección y Vigilancia Ltda. se celebró el contrato de 5701 de 10 de diciembre de 1991, cuyo objeto era el de prestar el servicio de protección y vigilancia.Expediente No. 14.395 2

Demandante: PROVIC LTDA 1.1. acordaron el pago previa presentación de cuenta de cobro por mensualidad vencida dentro de los cuarenta y cinco días siguientes 1.2. acordaron la facultad de la empresa de energía para descontar del precio el valor de las pérdidas o daños que se generen durante y en los lugares donde se preste el servicio.

2. La demandada pagó con notorio retraso conforme a la siguiente relación 1) Factura 5926 de fecha 28 de abril de 1992, radicación 67687, pagada el día 30 de junio de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de

2. La demandada pagó con notorio retraso conforme a la siguiente relación 1) Factura 5926 de fecha 28 de abril de 1992, radicación 67687, pagada el día 30 de junio de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de junio de 1992. Se causaron 17 días de mora. 2) Factura 5947de fecha 26 de mayo de 1882, con radicación 68090, pagada el día 13 de agosto de 1992, cuando se ha debido pagar el 11 de julio de 1992. Se causaron 32 días de mora. 3) Factura 5969 de fecha 30 de junio de 1992, con radicación 68610 pagada el día 24 de septiembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de agosto de 1992. Se causaron 39 días de mora. 4) Factura 5989 de fecha 28 de julio de 1992, con radicación 69000, pagada el día 13 de octubre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de septiembre de 1992. Se causaron 30 días de mora. 5) Factura 6010 de fecha 30 de agosto de 1992, con radicación 69476, pagado el día 9 de noviembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de octubre de 1992, se causaron 24 días de mora. 6) Factura 6054 de fecha 30 de octubre de 1992, con radicación 70403, pagada el día 17 de diciembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de diciembre de 1992. Se causaron dos días de mora. 7) Factura de fecha 1 de diciembre de 1992, con radicación 10079,

70403, pagada el día 17 de diciembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de diciembre de 1992. Se causaron dos días de mora. 7) Factura de fecha 1 de diciembre de 1992, con radicación 10079, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de enero de 1993. Se causaron 1 25días de mora 8) Facturade fecha 2 de diciembre de 1992, con radicación 100100, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de enero de 1993. Se causaron 124 días de mora. 9) Factura de fecha 17 de diciembre de 1992, con radicación 100405, pagada el día 24 de febrero de 1993, cuando se ha debido pagar el día 2 de febrero de 1993. Se causaron 22 días de mora. 10) Factura 6101 de fecha 23 de diciembre de 1992, con radicación 100592, pagada el día 19 de abril de 1993. Se causaron 71 días de mora 11) Factura 6126 de fecha 28 de enero de 1993, con radicación 101229, pagada el día 19 de marzo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 13 de marzo de 1993. Se causaron 6 días de mora. 12) Factura 6147 de fecha 1 de marzo de 1993, con radicación 101669, pagada el día 19 de abril de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de abril de 1933. Se causaron 3 días de mora. 13) Factura 6169 de fecha 1 de abril de 1993, con radicación 102164,

día 16 de abril de 1933. Se causaron 3 días de mora. 13) Factura 6169 de fecha 1 de abril de 1993, con radicación 102164, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de mayo de 1993. Se causaron 5 días de mora.Expediente No. 14.395 3

Demandante : PROVIC LTDA 14) Factura 6178 de fecha 30 de abril de 1993, con radicación 102624 pagada el día 18 de junio de 1993, cuando se ha debido pagar el día 15 de mayo de 1993. Se causaron 3 días de mora. 15) Factura 6208 de fecha 16 de julio de 1993, con radicación 103922, pagada el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 1 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 16) Factura 6228 de fecha 16 de julio de 1993, con radicación 103923, pagada el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 1 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 17) Factura 6246 de fecha 30 de julio de 1993, con radicación 104147, pagada el día 17de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 15 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 18) Factura 6264 de fecha 2 de septiembre de 1993, con radicación 104597, pagada el día 22 de octubre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de octubre de 1993. Se causaron 5 días de mora.

  1. Factura 6264 de fecha 2 de septiembre de 1993, con radicación 104597, pagada el día 22 de octubre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de octubre de 1993. Se causaron 5 días de mora. 19) Factura 6287 de fecha 1 de octubre de 1993, con radicación 105168, pagada el 18 de noviembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de noviembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 20) Factura 6305 de fecha 29 de octubre de 1993, con radicación 105593, pagada el día 7 de marzo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 14 de diciembre de 1993. Se causaron 85 días de mora. 21) Factura 6324 de fecha 1 de diciembre de 1993, con radicación 106300, pagada el día 7 de marzo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 16 de enero de 1994. Se causaron 51 días de mora. 22) Factura 6342 de fecha 28 de diciembre de 1993, con radicación 106985, pagada el día 26 de abril de 1994. Se causaron 73 días de mora. 23) Factura 6368 de fecha 7 de febrero de 1994, con radicación 107653, pagada el día 13 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el ida 22 de marzo de 1994. Se causaron 51 días de mora. 24) Factura 6390 de fecha 10 de marzo de 1994, con radicación 108035, pagada el día 6 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 25 de abril de 1994. Se causaron 11 días de mora.
  1. Factura 6390 de fecha 10 de marzo de 1994, con radicación 108035, pagada el día 6 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 25 de abril de 1994. Se causaron 11 días de mora. 25) Factura 6392 de fecha 19 de enero de 1994, con radicación 107340, pagada el día 9 de septiembre de 1994, cuando se ha debido pagar el día 4 de marzo de 1994. Se causaron 185 días de mora. 26) Factura 6412 de fecha 30 de marzo de 1994, con radicación 108512 pagada el día 21 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 15 de mayo de 1994. Se causaron 6 días de mora. 27) Factura 6475de fecha 13 de julio de 1994, con radicación 110532, pagada el día 9de septiembre de 1994, cuando se ha debido pagar el día 28 de agosto de 1994. Se causaron 11 días de mora.Expediente No. 14.395 4

Demandante : PROVIC LTDA 28) Factura 6578de fecha 6 de diciembre de 1994, con radicación 113804, paga1a el día 16 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 21 de enero de 1995. Se causaron 24 días de mora. 29) Factura 6579de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación 113833, pagada el día 20 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1995. Se causaron 28 días de mora. 30) Factura 6580 de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación

113833, pagada el día 20 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1995. Se causaron 28 días de mora. 30) Factura 6580 de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación 113832, pagada el día 16 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1995. Se causaron 22 días de mora. 31) Factura 6621 de fecha 13 de febrero de 1995, con radicación 200975, pagada el día 8 de septiembre de 1995, cuando se ha debido pagar el día 28 de marzo de 1995. Se causaron 160 días de mora. 32) Factura 6640de fecha 27 de febrero de 1995, con radicación 201305, pagada el día 17 de abril de 1995, cuando se ha debido pagar el día 13 de abril de 1995. Se causaron 4 días de mora. 33) Factura 6819 de fecha 5 de diciembre de 1995, con radicación 206993, pagada el día 14 de febrero de 1996, cuando se ha debido pagar el día 20 de enero de 1996. Se causaron 24 días de mora. 34) Factura 6837 de fecha 7 de diciembre de 1995, con radicación 207080, pagada el día 14 de febrero de 1996, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1996. Se causaron 22 días de mora. (foliós 6, 7, 8 cuad. 1)

3. La demandada descontó $80.230.325.00 por pérdida de objetos cuya preexistencia y consiguiente falta no se probó.

Como fundamentos de derecho señala Código Contencioso Administrativo

cuad. 1)

3. La demandada descontó $80.230.325.00 por pérdida de objetos cuya preexistencia y consiguiente falta no se probó.

Como fundamentos de derecho señala Código Contencioso Administrativo y especialmente en el artículo 87 ibídem y en la ley 80 de 1993, especialmente en los artículos 80 y 60

ACTUACION PROCESAL.

La anterior demanda fue presentada ante ésta Sección el 6 de junio de 1997, se admitió el 12 de agosto siguientes (folio 16 cuad.1) La empresa demandada se notificó el 5 de noviembre de 1997 (folio 19 cuad.1) CONTESTACIOT Se opone a las súplicas, acepta el hecho del contrato y niega los demás. (folios 20 a 26 del cuad. 1) El proceso se abrió a pruebas el 18 de febrero de 1998 (folio 44 cuad. 1) v• ----''.• Expediente No. 14.395 5

Demandante : PROVIC LTDA En auto de diciembre 2 de 1999, se ordenó correr traslado para que presenten alegatos de conclusión (folio 70 cuad. 1) El demandante solicita se despachen favorablemente las pretensiones de la demanda porque están próbados todos los hechos afirmados.

Expresa: La declaratoria de nulidad de la cláusula 8 del contrato número 5701 de fecha 10 de diciembre de 1991 es evidente puesto que tal cláusula envuelve un imposible jurídico consistente en imponer al contratista una presunción de responsabilidad, imposible de desvirtuar y sujeta únicamente a las afirmaciones acomodaticias y sin respaldo de

cláusula envuelve un imposible jurídico consistente en imponer al contratista una presunción de responsabilidad, imposible de desvirtuar y sujeta únicamente a las afirmaciones acomodaticias y sin respaldo de ninguna especie de la contratante . . ." (folio 71 cuad. 1 La demandada se opone a las súplicas y manifiesta que: ' 'En cuanto atañe a las deducciones realizadas al contratista, las mismas se efectuaron con fundamento en la cláusula Octava 'Responsabilidad' que como ya se expresó provino de un acuerdo de voluntades expresada en el contrato que se suscribió entre las partes. De manera que el contratista no demostró causal de exoneración de responsabilidad ante la pérdida de elementos entregados para su vigilancia y custodia, la entidad debía dar aplicación al contrato deduciendo los valores correspondientes, prueba de ellos reposa en las distintas denuncias penales que la entidad presentó en su momento sobre la pérdida de los referidos bienes.'' (folio 73 y 74 del cuad. 2)

HECHOS PROBADOS

1. Entre la Empresa de Energía Eléctrica de Bogotá E.S.P. y Protección y Vigilancia Ltda. se celebró el contrato de 5701 de 10 de diciembre de 1991, cuyo objeto era: ". . . prestar el servicio de protección y vigilancia, al personal ocupante de sus instalaciones, empleados, trabajadores, contratistas, escolta de valores, y actividades afines, a bienes muebles e inmuebles, mediante vigilantes con su respectiva dotación de uniforme y armamento, en los sitios y modalidades que esta le indique. Para el cumplimiento de éste objeto el contratista elaborará un estudio, análisis y

inmuebles, mediante vigilantes con su respectiva dotación de uniforme y armamento, en los sitios y modalidades que esta le indique. Para el cumplimiento de éste objeto el contratista elaborará un estudio, análisis y recomendaciones sobre los sistemas de protección, prevención y planes de vigilancia que posee la empresa y que deban ajustarse. Tanto las descripciones como las ampliaciones, modificaciones o correcciones de las áreas de vigilancia que comprendan el presente contrato (anexo 1) se consignan en comunicaciones suscrita por la Empresa por intermedio del interventor del contrato. (folio 20 cuad. 1.) En el mismo se obligó la empresa demandada a pagar el servicio por mensualidades vencidas, según se estipula en la cláusula 5. " Forma de pago. La empresa cancelará al contratista el valor de que trata la cláusula anterior, por mensualidades vencidas, dentro de los 45 días siguientes a la presentación de la respectiva cuenta de cobro, la cual deberá estar debidamente aprobada por el Jefe de la División de Protección y Vigilancia. La cuenta debe contener la siguiente información por cada puesto: Nombre del puesto, modalidad del servicio, valor tarifa, nombre y número de placa del o los vigilantes. Al final de la cuenta se relaciona el total del valor mes en números y letras, el total de vigilantes y el total de puestos. Se debe relacionar el número del contrato, el número del Nit . La empresa podrá descontar de la facturación mensual del servicio las causales, tasaciones, y procedimientos contemplados en el artículo 5.6. Descuentos. (folio 22 cuaderno 2.)Expediente No. 14.395 6 Demandante PROVIC LTDA A su vez el contratista se obligó a :"Responsabilidad.- El contratista

Descuentos. (folio 22 cuaderno 2.)Expediente No. 14.395 6 Demandante PROVIC LTDA A su vez el contratista se obligó a :"Responsabilidad.- El contratista responderá: Por las pérdidas o daños de bienes muebles o inmuebles de la Empresa de Energía, de los empleados o particulares que se presenten, durante y en los lugares donde se preste el servicio de vigilancia; corresponderá al contratista demostrar y probar la existencia de factores imposibles de resistir o prever para exonerarse de responsabilidad; mientras no se demuestre la exoneración de culpabilidad, la empresa de Energía descontará los valores de las pérdidas, daños o deterioro, de las sumas que se cancelen mensualmente. El valor a descontar será el que fije el Depañamento de Control de Existencias, o la oficina que haga sus veces, de acuerdo al inventario, y el trámite se efectuara por parte de la División de Protección y Vigilancia con el visto bueno de la Subgerencia Administrativa. Se exceptúa la pérdida de aquellos objetos, que por su tamaño puedan sacarse dentro de las prendas de vestir que escapen al control directo de los vigilantes. (folio 22 cuaderno 2.)

2. La demandada pagó con notorio retraso conforme a la siguiente relación

(folios 6, 7 y 8) 1) Factura 5926 de fecha 28 de abril de 1992, radicación 67687, pagada el día 30 de junio de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de junio de 1992. Se causaron 17 días de mora. 2) Factura 5947de fecha 26 de mayo de 1882, con radicación 68090,

pagada el día 30 de junio de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de junio de 1992. Se causaron 17 días de mora. 2) Factura 5947de fecha 26 de mayo de 1882, con radicación 68090, pagada el día 13 de agosto de 1992, cuando se ha debido pagar el 11 de julio de 1992. Se causaron 32 días de mora. 3) Factura 5969 de fecha 30 de junio de 1992, con radicación 68610 pagada el día 24 de septiembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de agosto de 1992. Se causaron 39 días de mora. 4) Factura 5989 de fecha 28 de julio de 1992, con radicación 69000, pagada el día 13 de octubre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 13 de septiembre de 1992. Se causaron 30 días de mora. 5) Factura 6010 de fecha 30 de agosto de 1992, con radicación 69476, pagado el día 9 de noviembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de octubre de 1992, se causaron 24 días de mora. 6) Factura 6054 de fecha 30 de octubre de 1992, con radicación 70403, pagada el día 17 de diciembre de 1992, cuando se ha debido pagar el día 15 de diciembre de 1992. Se causaron dos días de mora. 7) Factura de fecha 1 de diciembre de 1992, con radicación 10079, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de enero de 1993. Se causaron 1 25días de mora

  1. Factura de fecha 1 de diciembre de 1992, con radicación 10079, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de enero de 1993. Se causaron 1 25días de mora 8) Factura de fecha 2 de diciembre de 1992, con radicación 100100, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de enero de 1993. Se causaron 124 días de mora. 9) Factura de fecha 17 de diciembre de 1992, con radicación 100405, pagada el día 24 de febrero de 1993, cuando se ha debido pagar el día 2 de febrero de 1993. Se causaron 22 días de mora.Expediente No. 14.395 7

Demandante: PRO VIC LTDA 10) Factura 6101 de fecha 23 de diciembre de 1992, con radicación 100592, pagada el día 19 de abril de 1993. Se causaron 71 días de mora 11) Factura 6126 de fecha 28 de enero de 1993, con radicación 101229, pagada el día 19 de marzo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 13 de marzo de 1993. Se causaron 6 días de mora. 12) Factura 6147 de fecha 1 de marzo de 1993, con radicación 101669, pagada el día 19 de abril de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de abril de 1933. Se causaron 3 días de mora. 13) Factura 6169 de fecha 1 de abril de 1993, con radicación 102164, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16

día 16 de abril de 1933. Se causaron 3 días de mora. 13) Factura 6169 de fecha 1 de abril de 1993, con radicación 102164, pagada el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de mayo de 1993. Se causaron 5 días de mora. 14) Factura 6178 de fecha 30 de abril de 1993, con radicación 102624 pagada el día 18 de junio de 1993, cuando se ha debido pagar el día 15 de mayo de 1993. Se causaron 3 días de mora. 15) Factura 6208 de fecha 16 de julio de 1993, con radicación 103922, pagada el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 1 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 16) Factura 6228 de fecha 16 de julio de 1993, con radicación 103923, pagada el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 1 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 17) Factura 6246 de fecha 30 de julio de 1993, con radicación 104147, pagada el día 17de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 15 de septiembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 18) Factura 6264 de fecha 2 de septiembre de 1993, con radicación 104597, pagada el día 22 de octubre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de octubre de 1993. Se causaron 5 días de mora. 19) Factura 6287 de fecha 1 de octubre de 1993, con radicación

104597, pagada el día 22 de octubre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 17 de octubre de 1993. Se causaron 5 días de mora. 19) Factura 6287 de fecha 1 de octubre de 1993, con radicación 105168, pagada el 18 de noviembre de 1993, cuando se ha debido pagar el día 16 de noviembre de 1993. Se causaron 2 días de mora. 20) Factura 6305 de fecha 29 de octubre de 1993, con radicación 105593, pagada el día 7 de marzo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 14 de diciembre de 1993. Se causaron 85 días de mora. 21) Factura 6324 de fecha 1 de diciembre de 1993, con radicación 106300, pagada el día 7 de marzo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 16 de enero de 1994. Se causaron 51 días de mora. 22) Factura 6342 de fecha 28 de diciembre de 1993, con radicación 106985, pagada el día 26 de abril de 1994. Se causaron 73 días de mora. 23) Factura 6368 de fecha 7 de febrero de 1994, con radicación 107653, pagada el día 13 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el ida 22 de marzo de 1994. Se causaron 51 días de mora. 24) Factura 6390 de fecha 10 de marzo de 1994, con radicación 108035, pagada el día 6 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 25 de abril de 1994. Se causaron 11 días de mora.Expediente No. 14.395 8

Demandante : PROVIC LTDA

108035, pagada el día 6 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 25 de abril de 1994. Se causaron 11 días de mora.Expediente No. 14.395 8

Demandante : PROVIC LTDA 25) Factura 6392 de fecha 19 de enero de 1994, con radicación 107340, pagada el día 9 de septiembre de 1994, cuando se ha debido pagar el día 4 de marzo de 1994. Se causaron 185 días de mora. 26) Factura 6412 de fecha 30 de marzo de 1994, con radicación 108512 pagada el día 21 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el día 15 de mayo de 1994. Se causaron 6 días de mora. 27) Factura 6475de fecha 13 de julio de 1994, con radicación 110532, pagada el día 9de septiembre de 1994, cuando se ha debido pagar el día 28 de agosto de 1994. Se causaron 11 días de mora. 28) Factura 6578de fecha 6 de diciembre de 1994, con radicación 113804, pagada el día 16 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 21 de enero de 1995. Se causaron 24 días de mora. 29) Factura 6579de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación 113833, pagada el día 20 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1995. Se causaron 28 días de mora. 30) Factura 6580 de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación 113832, pagada el día 16 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar

el día 22 de enero de 1995. Se causaron 28 días de mora. 30) Factura 6580 de fecha 7 de diciembre de 1994, con radicación 113832, pagada el día 16 de febrero de 1995, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1995. Se causaron 22 días de mora. 31) Factura 6621 de fecha 13 de febrero de 1995, con radicación 200975, pagada el día 8 de septiembre de 1995, cuando se ha debido pagar el día 28 de marzo de 1995. Se causaron 160 días de mora. 32) Factura 6640de fecha 27 de febrero de 1995, con radicación 201305, pagada el día 17 de abril de 1995, cuando se ha debido pagar el día 13 de abril de 1995. Se causaron 4 días de mora. 33) Factura 6819 de fecha 5 de diciembre de 1995, con radicación 206993, pagada el día 14 de febrero de 1996, cuando se ha debido pagar el día 20 de enero de 1996. Se causaron 24 días de mora. 34) Factura 6837 de fecha 7 de diciembre de 1.995 , con radicación 207080, pagada el día 14 de febrero de 1996, cuando se ha debido pagar el día 22 de enero de 1996 . Se causaron 22 días de mora. 3.- El contrato a que se refiere el hecho 1 tiene cláusulas exorbitantes, como quiera que las partes pactaron caducidad, terminación unilateral, modificación, e interpretación unilateral. 4.La contratante es una empresa de servicios públicos, organizada por acciones, con mayoría de capital estatal, una parte del cual es preferente, y otra común, y una final de capital privado extranjero.

modificación, e interpretación unilateral. 4.La contratante es una empresa de servicios públicos, organizada por acciones, con mayoría de capital estatal, una parte del cual es preferente, y otra común, y una final de capital privado extranjero.

CONSIDERACIONES.

A.- Lo primero a resolver trata de la mora en el pago de las cuentas de cobro, con motivo de la ejecución del contrato. Corresponde al acreedor demostrar la existencia de la obligación, y ello se satisfizo con el documento contractual.á. Expediente No. 14.395 9 Demandante PRO VIC LTDA Sometida la solución de la obligación a la carga negocia¡ de la presentación de un cuenta de cobro oportuna, se afirmó por el acreedor demandante su inejecución, y teniendo la empresa de energía la posibilidad de desvirtuarlo con los documentos respectivos cosa que no hizo y en su lugar guardó silencio frente a la afirmación concreta de la otra. Siendo de cargo del demandado la prueba del pago, y por supuesto las condiciones en que él se suplió, guardó silencio al punto, y adoptando conducta procesal indicadora de la verdad de las afirmaciones del otro, hay lugar a tener por cierta la mora alegada en la demanda. Y en desarrollo de la segunda pretensión de la demanda a liquidar el valor de los interés causados por cada una de ellas así: 1) Factura 5926. La cuenta, por un valor de $14.110.300 , se pagó el 30 de junio 1992 cuando se ha debido pagar el 13 de junio de 1992 , causándose 17 días de mora. $14.110.300x 12% x 17 X =

= $ 78.683.00 100 x365

TOTAL : $ 78.683.00

de mora. $14.110.300x 12% x 17 X =

= $ 78.683.00 100 x365

TOTAL : $ 78.683.00 2) Factura 5947.

La cuenta, por un valor de $14.110.300 , se pagó el 13 de agosto de 1992 , cuando se ha debido pagar el día 11 de julio de 1992, causándose 32 días de mora. $14.110.300 x 12% x 32 X =

= $ 148.448.00 100 x365

TOTAL : $ 148.448.00 3) Factura No 6010.

La cuenta , por un valor $14.110.300, se pagó el 9 de niviembre de 1992, cuando se ha debido pagar el 15 de octubre de 1.992, causádose 24 días de mora. $14.110.300 x 12% x 24 X=

= $111.336.00 100 x365

TOTAL: $ 111.336.00 4) Factura No 6054.

1Expediente No. 14.395 10

Demandante : PROVIC LTDA La cuenta, por un valor de $14.110.300, se pagó 17 de diciembre de 1.992, cuando se ha debido pagar el 15 de diciembre de 1992, causándose 2 días de mora. $14.110.300 x 12% x 2

X =

= $ 9278.00 100 x365

TOTAL: $ 9278.00 5) Factura 6147.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el 19 de abril de 1.993 cuando se ha debido pagar el 16 de abril de 1.993, causándose 16 días de mora.

  1. Factura 6147.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el 19 de abril de 1.993 cuando se ha debido pagar el 16 de abril de 1.993, causándose 16 días de mora. $17.135.874 x 12% x 3 X =

= $ 16.901.00 100 x365

TOTAL: $ 16.901.00 6) Factura No 6169

La cuenta por un valor de $17.135.874, se pagó el día 21 de mayo de 1993, cuando se ha debido pagar el 16 de mayo de 1993, causándose 5 días de mora. $17.135.874 x 12% x 5 X =

= $ 16.900.00 100 x365

TOTAL: $ 16.900.00 7) Factura 6208.

La cuenta, por un valor de $17.135.874, se pagó el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el 1 de septiembre de 1993. $17.135.874 x 12% x 2 X =

= $ 11.267.00 100 x365

TOTAL : $ 11.267.00 8) Factura No 6228.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 3 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el 1 de septiembre de 1993, causándose una mora de 2 días $17.135.874 x 12% x 2Expediente No. 14.395 11

Demandante : PROVIC LTDA X = = $ 11.267.00 100 x365

TOTAL : $ 11.267.00 9) Factura No 6246.

Demandante : PROVIC LTDA X = = $ 11.267.00 100 x365

TOTAL : $ 11.267.00 9) Factura No 6246.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 17 de septiembre de 1993, cuando se ha debido pagar el 15 e septiembre de 1993, causándose una mora de 2 días $17.135.874 x 12% x 2 X =

= $ 11.267.00 100 x365

TOTAL : $ 11.267.00 10) Factura No 6287.

La cuenta, por un valor de $17.135.874, se pagó el día 18 de noviembre de 1993, cuando se ha debido pagar el 16 de noviembre de 1993, causándose una mora de 2 días $17.135.874 x 12% x 2 X=

= $11.267.00 100 x365

TOTAL : $ 11.267.00 11) Factura No 6342

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 26 de diciembre de 1994, cuando se ha debido pagar el 28 de diciembre de 1993, causándose una mora de 73 días. $17.135.874 x 12% x 73 x=

= $411.260.00 100 x365

TOTAL : $411.260.00 12) Factura No 6368

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 13 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el 22 de marzo 1994, causándose una mora de 51 días. $17.135.874 x 12% x 51 X =

= $ 287.319.00

1994, cuando se ha debido pagar el 22 de marzo 1994, causándose una mora de 51 días. $17.135.874 x 12% x 51 X =

= $ 287.319.00 100 x365

TOTAL : $ 287.319.00Expediente No. 14.395 12

Demandante : PROVIC LTDA 13) Factura No 6390.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 6 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el 25 de abril de 1994, causándose una mora de 11 días. $17.135.874 x 12% x 51 X =

= $ 61.970.00 100 x365

TOTAL : $ 61.970.00 14) Factura No 6412.

La cuenta , por un valor de $17.135.874, se pagó el día 21 de mayo de 1994, cuando se ha debido pagar el 15 de mayo de 1994, causándose una mora de 6 días. $17.135.874 x 12% x 51 X =

= $ 28.168.00 100 x365

TOTAL : $ 28.168.00 15) Factura No 6578.

La cuenta, por un valor de $17.135.874, se pagó el día 16 de febrero de 1995, cuando se Ii'a debido pagar el 21 de enero de 1995, causándose una mora de 24 días. $17.135.874 x 12% x 24 x=

=$ 100 x365

TOTAL : $ 16) Factura No 6579.

La cuenta , por un valor de $21.008.571, se pagó el día 20 de febrero de

$17.135.874 x 12% x 2

Consultar sobre este documento ...