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TA CUN - 98-446-(14-05-1998)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 98-446-(14-05-1998)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

DERECHO DE PirLCION - Protección

REPUe LI,.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARC.,

SECC ION SEGUNDA ue

SUBSECC ION D m'rc

MAGISTRADO PONENTE DR. : FILEMON JIMENEZ OCHOA

Santafé de Bogotá D.C., catorce de mayo de mil novecientos noventa y ocho.

ACC ION DE TUTELA NQ

ACC IONANTE AUTORIDAD DEMANDADA 98-446 (Con radicación inicial de Acción de Cumplimiento).

JOSE ANGEL APARICIO

GOMEZ PROCURADOR DELEGADO PARA EL MINISTERIO PUBLICO JOSE ANGEL APARICIO GOMEZ, irlenti f £ c.c3c c.c 1 ¿ :tdu 1 d t.:.iudiJn Hi: . 3. .ttJ2 , •P de iub • ctLtkndc en rnbre popic pie..•1r tc. ecr i to 1 npet. r aridc:, cc:.iÓr de cump 1 .Lift:k. €.Fi te • pr a t:tÁE el Ít.ihun; 1 ordcaf 1 3',or Prcic:urdc)r Dc1i:•ciado pava 1:riit.rio fubl ii:.c, dr p1 1 t:LiÓn i lo ci ispuetc' en1zk15nt: na t:.ici:.' cm el t~;c:ri.tL: • qu etJ.ñi .ici.liTp 1 id€ d:i.speri.erido 1 :knvet.1c.tc1oneiE t:ontra 1

d:i.speri.erido 1 :knvet.1c.tc1oneiE t:ontra 1 .icirpi, 1 es .ida Cii 1 a \'ioI.c.iÓri a a 1 Lt.y di: :ei feffiidc:Ia Iz.ipreviderici cc tid pt.3i .1 F £EL 1 .i. /'' (Jc? Dei 1 toc ii.fliiflC i€Fet 1 L.II 1 fflui:fl t. p.ir el 11 S? 3, c UF ie C1 1,1 p 1 ^ el c:E!rIa t p?Yintar ¿n t€ 1 as 2tLitOr Ld.tdL con pc: tc tes e 1 tr ¿M,rd r,tr ;t. c' d€. rcv t. s :iór, .L pr oc:eo 5c'qu :idc. en st. CCjii t ¿ en el •.Jtt.cic 90 del Cli co i. 10 1. ?Etr p. :r,ieiite pI:.v:.i.ç.lic..i dE'l €Ç)I í:1c1 que 144 i)U...tft LcJnd€9ro. p, c.,T Pi Id ?1 tU CC)i tr:• c fc.nd tó ':n prLIebk f _t 1 itie t 1 f..1 1.:, ?itc: c.1c•:tç-E IiII&dc:? pc:s cr, fic,.1CAwj y •i_

f..1 1.:, ?itc: c.1c•:tç-E IiII&dc:? pc:s cr, fic,.1CAwj y •i_ .lt : qi te c1i. c:ueri:iu t::n 1 ; p ueb ca u d a.-t da pe i 1 Fí S, 1 m sur íiOi no puuEbts que' dçtguet..i rt 1. Iriecen;. i 1ACCION DE TUTELA No 1998--0466 2 tor auto del 4 de mayo del a -io en c:uro se de'f lo iS que en ¿• i preser,te , at.urt t no resu 1 taba prt lente la ac:ciór, ci c:ki'pl .irc,Lc'Lo incoada; y cm observara que el act:or pr?sentó un a pc ti e Óri a te el eor' f''rn:urador Da? 1 eudo para t? 1 tlinister,io F:ib 11:0 de la cual dice no habia ht,enido rpt..nast:a St:.' ci .ispt.tao dat' e 1 tu' ámi. te propio do 1 a acc:óri el C.--- tutel a par ¡ establecer bi ex istía o no 1 esióri o aenaza dei derecho de petición Una vez tr''i. t.ado el proceU.tm:.ert.o estabi ec:ido en el Oecre'(:o 2591 rio 1991. r.s proceden te entrar a proferir el cor res pc:_n cii en 'Lo 'f 1 1 o

HECHOS

Oecre'(:o 2591 rio 1991. r.s proceden te entrar a proferir el cor res pc:_n cii en 'Lo 'f 1 1 o HECHOS 1:str, riti' r ados a ic' 1 les 1. y 2 dei e>pedionto ; co el! os cutan ia que "F'.1 28 de nov ietnbrc• do 1V97 el c•vé ante el despaLho do i. deuaociado ir derecho de petición . sol 1:i t:indo1 e dai api 1 cacióri a 1 o dispuoslo en las normas c::t. tarJas anteriorrrienLo y la urgente iíit"venc:ióo de la Pr'ocuradut''La a 1 in do que con 'funr1aiten lo en una providencia di, c:t.c1a por' el SOr Fiscal 79 de delitos f inanc:ieroa donde se establec:ió la 'tor'ma 11 ,. 121 ta 'i riel .'lncuencial como la Jue: 90 dc..tU M y su Secretaria logr a on una ji'ij nata condn a en mi. con tra • se procediera en forma iiirrociiata a ordenar las irivestiqac.iories penales y tJisc, ipi irar'iaa contra 1 as citada funcionarias y por consiquiente se iniciara de parte de ose despac:ho la el aboraciórt dr: una demanda de revisión al proceso aeqi. t,do en mi. contra a fin do dejar' sir ofertas la 1 1 epa 1 son tenc.i. a prof er ida en mí contra 1 a qt,ua se -fundameritó

al proceso aeqi. t,do en mi. contra a fin do dejar' sir ofertas la 1 1 epa 1 son tenc.i. a prof er ida en mí contra 1 a qt,ua se -fundameritó con b v, e en las iii c 'Ludes c:oiriet,idas por' 1 as citadas 'funt: tonarias md dales y por carecer el auscri to de recursos e':on ómi cris para papar honorar los de un abogado que in clara esa acción en mi favor - '.' cet i or'rru,dad cc'r, 1 as orn' nta 1 nvcicadas arit.nr :c ores es t:leber del SeFior Procurador v iq i. lar el rump1 imiento de la Coria Litución y la Ley • las dc'ci.sior'ios ' udi cia! es y lc:s ac::tcia acimin,,sti» ativos do fender' los intereses de la sociedad y :LrIterven,ir' en los procesos y ante las autor iclaclos jud :1 cia! os o admin 1 strativas cuando sea necesario, en defens. del orden )ur'jd,icO del patrimonio pL1bi ido o d los derechos y garant,Las ti..tncl,amei''pta 1esACCION DE TUTELA No 1998--0466 al baber. ovado pt:i';:i.ón retuoa ante .1 lUnc;Lnnar lo in que hastíR el s e u0 h, ric:.t i 1 ic.adt:. una cior:iián al rpoc.:to , con .ioro con todo rospoto quo 1 ... U f aJuna ett desacatridoy dosc.onoc:iondo sus deberes y

cior:iián al rpoc.:to , con .ioro con todo rospoto quo 1 ... U f aJuna ett desacatridoy dosc.onoc:iondo sus deberes y ohi tqac:i.one a acer electivas esas flor-mas ii.yos f:DrE vistas en i. f ca) st,ituc.iór , la ley y fil e est.4 de a s r dei ando depov.istc, i ..ttaonto do un cco ciio do defensa ucii. cia 1 idÓneo pai a proteci:r mis doroct:s que legal te me cun jet en 1 a.. ci. tacias LOS DERECHOS VIOLADOS jo .i.ere de' lo man i. festado en el esc.r 1 t.n pct.i. tur .io (fol io3 1. a 3> qUe ci accionanto EtiiTa que se lo et y ini ando t:1 derecho de pet. icxórs cc. sagrado en el art. 2. do la Cons ti. tucián N:.:.iona porque no se leha dado respuesta a pc'ti c:.ionns formu 1 actas ante 1 a Frocuradurla Detectada para el M r .i ten 3.o Púh :1 i:o ACERVO PROBATORIO Lorí o 1 escrito in trc'ductnric: de la prE:'sort.e acción se at:ompar'ó fotoczopía de la potic:íón formulada por el accionanto al F'rocutador i)ele'ciado para el Ministerio Pt:tblico, recibida ci 3 de di. c.ie ¡vi brc de 1997; do la sol i c:i tud de diciembre lo de 1997,

F'rocutador i)ele'ciado para el Ministerio Pt:tblico, recibida ci 3 de di. c.ie ¡vi brc de 1997; do la sol i c:i tud de diciembre lo de 1997, suscrita por el peticionario, dirigida al Juzgado Noveno Penal del Circuito; y de la providencia do fecha 2:3 do octubre do i997 proferida por , la Fiscalía Delegada /9 Unidad de Delitos Financieros de la FiscaUa General do la Nación, en la cual e resolvió la situación jurídica del accionante, absteniéndc,e de imponer medida de aseguramiento, declarando que los hechos punibles matera de investigación no han e>istido y declarando precluída la investigación (folios 4 a 17) El Procurador Delegado para el Ministerio Publico en Asuntos Penales dando cumplimiento a solicitud del rrlbunal, allegó el informe de f echa 5 de mayo de 1998, en el cualACC ION DE TUTELA No 1998-0466 4 manifiesta que el escrito del SeFor Aparicio Gómez fue recibido en correspondencia de la entidad el 3 de diciembre de 1997 y entregado en esa Oficina Delegada al día siguiente; que el 10 de diciembre del mismo &o se remitió el memorial petitorio al Coordinador de Procuradores Judiciales Penales, a efecto de darle cumplimiento a la solicitud, lo cual fue comunicado al accionante; que e]. mencionado Coordinador rindió informe sobre la c:tividad realizada, dando comunicación de ello al peticionario: que en nuevo memorial de marzo 4 de 1990 ci accionante le aclaró al Coordinador el objetivo inicial de su

accionante; que e]. mencionado Coordinador rindió informe sobre la c:tividad realizada, dando comunicación de ello al peticionario: que en nuevo memorial de marzo 4 de 1990 ci accionante le aclaró al Coordinador el objetivo inicial de su petición formulada a la Procuraduría General de la Nación, por lo que el Procurador Judicial con Oficio de Abril 30 de del ao en curso respondió el referido memorial. Corio sust€rito de lo acabado de senalar en el párrafo anteriorse adjuntó la documentación obrante a folios 25 a 40. La entidad accionada indica en el comentado informe que en reiterada Jurisprudencia de la 14. Corte Constitucional se ha manifestado que el derecho de petición sa satisface cuando la autoridad a quien se dirige una solic:itud. la da pronto trámite resuelve oportunamente sobre ella-, que en el presente caso ya se satisfizo y adelantó las gestiones pertinentes tendientesa o-frecer al peti cionario la respu€?sta adecuada respecto de la preocupación relacionada con la actuación de la Juez 90 cie Instrucción Penal Militar; que el derecho de petición no resulta descc-tocído cuando la respuesta al mismo sea negat rva pues lo que se cjaran ti za es que la petición sea decidida rtna i ¡vi ente arota que se ha impartido órdenes para que de utrrra uroente se agoten todas 1 as iiveriquacione y trártit.es t:nd ien tes .t ver .i ficar 1 óa eches pues ts un conoc ¡ir, ¡ou.) to por el t 1 sequnda ttiíi .tdad ol .105 22 a 24

CONSIDERACIONES

t:nd ien tes .t ver .i ficar 1 óa eches pues ts un conoc ¡ir, ¡ou.) to por el t 1 sequnda ttiíi .tdad ol .105 22 a 24 CONSIDERACIONES tE. It. art . Í1e' cte la Lonti. lución Po! .. ti ca corisagra la acción de tiitel . tomo Un proced imienl.:ci preferenl:e sumar lo para 1 proLecc lóTi de 1, os del ec:ttos coi sti tuc:iural es lun Jamer.ta lesACC ION DE TUTELA No 1998-0466 5 tando éto res 3 ten aena:.atJo o vu loor a.io por 1 a acción o 1 a orii.ón di autor idade. pubi i acción tic:: çutt» .1 a se puede e. ercit.ar cuando e prueba vio 1 ación en forma ti i recta de derec:hos Constitcional es tal es jr,c.sr.i 3Ç! del prop:ic, att,íL:uir 86 dc la Carta Po 1 itica eta :ciÓn no tiene ).ocedencia cuando la persona A su diEo5ic)ón otro r ec:urso o mod:io dr' cJ€ferisa j ud.ic:ía.t a tra', es s de la c:ua 1 puede hacer respetar o restahi ecor su dore La Ac:ciór, de Tute 1 a es subsidiaria, rcs.tcival , el tima puesto que solo es proc:edente cuando la persona no qo..a do accóri iuciic:ial Por consiguiente nunca roempla;a o saustituye l acción judicial ordinaria

puesto que solo es proc:edente cuando la persona no qo..a do accóri iuciic:ial Por consiguiente nunca roempla;a o saustituye l acción judicial ordinaria La art:.ióri de tut.ela está rtz'ulaílientada por el Dec:reto 2591 de 1991 el cual , en el numeral lo de a.t art. 6o rata fi ca que la acción de tutela sólo procede cuando la persona afectada carece por completo de otro ecurso o medio de defensa judicial En el caso sub 1 :ito el accionante manifiesta que se encuon tra incon forme

con la entidad accionada porque no se le ha not.t'ficaicJo decisión al ctuna sobre la peti c lán que elevó el 26 de noviembre de 1997 para que el Procurador Oeidtj para t?l Ministerio Público orderiara que se adelante i vestiqación contra las 'funcionarias i udiciales que profirieren condena en su contra en t Jiizcdo 90 de 1 P. M. y para que se procediera a elaborar y presentar ante las autoridades competentes el recurso traordinar'io de r'evision al proceso seguido en su contra en el Ju:gado 9 Penal del Circuito, al estar plenamente demostrado con la providencia del Fiscal 79, que la injusta condena proferida Se fundamentó en prueba falsa, que el fallo fue (jeterminade porun or un hecho delictivo de la juez y su secretaria y que de acuerdo con la prueba recaudada por ci Fiscal murgierori pruebas contundentes que demuestrari sU inocencia e inimputabilidad, yACC ION DE TUTELA No 1996-0466 6 además porque carece de los medios económicos para promever la

con la prueba recaudada por ci Fiscal murgierori pruebas contundentes que demuestrari sU inocencia e inimputabilidad, yACC ION DE TUTELA No 1996-0466 6 además porque carece de los medios económicos para promever la aceiór legal que e requiere para dejar sin efectos el fallo proferido en contra de él. De la prueba documental aportada al procese se establece que el accionante elevó petición ante el ProcuradorDelegado rocurador Deleqado para el Ministerio Público el dia 20 de noviembre de 1997, en la cué1 solícitaba - se adelantara una investigación Y prcusiera recuro de revisión en la forma y por las--s razones ladas en el párrafo anterior (fol io 4 a Según se desprende d e, los Ofíc:ios visibles a olis 25 y 26 del eped.ierste, de fecha 10 de diciembre de 197, el Procurador Dei eqado para el Ministerio POb 1± ro en Asuntos Penales, le remitió el memorial do petición del accionarte al Coordinador Ptocuradoros Judicial J 1 para que se le diera trámite y le comunicó al peticionario di. cha si. tuación LI Coordinador rioc:uradores Judicial. 1. Pena 1 dándole tr4unitea la pet.ic ,.Ór, del actor practicó visita al Juzgado Noventa de instrucción Pena .'1 Militar ( folios j 1 : . in'formó de ello •a la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en A.;unt,os Penales (E) (folios 27 y 20) y a su ve. con escrito de

de ello •a la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en A.;unt,os Penales (E) (folios 27 y 20) y a su ve. con escrito de 23 de febrero de 199B, dirigido al S&or Aparicio Gómez le di reepueta a la petición que óste' había formulado ( fol :Los 29 y 30). El Oficio 'isible a folio 29 y 30 fue enviado a la Carrera 5 No 11,0——3,7 de esta Ciudad, el cual fue recibido por el actor quien en escrito de fecha 4 de marzo de 1990 acusó recibo del citado Oficio; en este 01 timo escrito hace precisiones e insi.t.e en las solicitudes que hizo en la primera petición. Median te Oficie de fecha 30 de abril dei presento alío, •.::uya fotocopía obra a fol ii....s 39 y 40 • El Coordinador Pr{)c:uradoi Judi c.i.a les 1 Pena :t ó rsU al esc::rito del 1 de uarzo; éstu Oficio esta di rígido a la misma cJ.tre'cc:.ión donde el a.:tnr recibió el Oficio que se le dirigió el 23 de febrero del í:ur .ante ar'oACC ION DE TUTELA No 1996-0466 7 tn este orden de ideas, para la Sala, no solamenteSi? En allegado al proceso prueba que evidencia que ha existido suficiente diligencia de parte de la Procuraduría Delegada para el Ministerio Púhi jc:o en Asuntos Penales atendiendo a las solicitudes formu 1 adas por el at:ionaiite ¿asi como de la

suficiente diligencia de parte de la Procuraduría Delegada para el Ministerio Púhi jc:o en Asuntos Penales atendiendo a las solicitudes formu 1 adas por el at:ionaiite ¿asi como de la actividad desplegada por el SeFor Coc'rdinadcr Proc:uradore. Jud 1 c:ia 1ei 1 Penal as ; y fundamentalmente, que se le ha dado respuesta a las peticiones dei 28 de noviembre de 1997 y del 4 de marco de 1990. Por lo anotado en el párrafo inmediatamente anterior, acreditado como se halla que por parte de la entidad accionada e ha ciado respuesta a las peticiones del actor, no encuentra la Sala ninguna lesión ni amenaza al derecho tie petición lo

iufi t. len te para que deba negarse la concesión de la tutela ante la ausencia probatoria do violación del mencionado docho Constitucional fundamental. Lri t'néritc, de lo puesto., EL. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA,SECCION SEGUNDA., SUBSECCION "1)" tiin.r istrando justicia en nombre de la República de Columbia y por autoridad de la ley, FALLA

1. No CONCEDER TUTELA DEL DERECHO DE FETICION, impetrada por el SeAor jos: ANGEL APARICIO GOtIEZ identificado

con E. de C. NO 3.182.678 de Suba contra el Se'or PROCURADO DELEGADO PARA EL MINISTERIO PUBLICO EN ASUNTOS PENALES por 1 o expuesto en la parte motiva. NOTIFÍQUESE al peticionario y al beior Proiurat.tcir'

DELEGADO PARA EL MINISTERIO PUBLICO EN ASUNTOS PENALES por 1 o expuesto en la parte motiva. NOTIFÍQUESE al peticionario y al beior Proiurat.tcir' Dc?lecJado para el Ministerio Pública en nnuntos Penales y COMUNIQUESE al Seíor Coordinador Procuradores Judiciales :t Panales da esta Ciudad, por al medio más ágil y eficaz.el ACC ION DE TUTELA No 19913-0466 O Si este fallo no fuere impugnado, enviese al dia siguiente a la H. Corte Constitucional para efectos de su eventual revisión.

C4'IEsE, NOTIFÍQUESE, COMUNfUUESE Y CIJPIPLASE.

Aprobado coma consta en Acta NQ 028 de la fecha.

FILEMON JIMENEZ OCHOA

MARIA DEL CARMEN JARRIN CERON NEVARDO A. REYES RODRIGIJEZ

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