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TA CUN - 98-T0296-(13-03-1998)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 98-T0296-(13-03-1998)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

[DIE CUWJIUDHljí,%Imu A_ .0 t; cI cc© ). Santafé de noventa y © h© Ei01rrJ/ ©í'[ 120

7' SALARIO - Pago / DERECHO iE PETICION Sustraécíón de materia

ediente: r

Accionante:

Accionada: ECCN.

MEM ©k1I\ BIEREk 2uá entfcaa con cucanía No. 35.331.565 de FonUbón, ínterouso ante esta Corp c' contra EL ©©JUZHC2AL - PAGáW-DD)UPHA, el Pasado. 1P para cuyo efecto, relaciona las siguientes PRETENSIONES: "... como mecnismo'transitorio, le solicito a su señoría, que con citación de las accionadas se bagan los siguientes o similares pronunciamientos: 1.1. Tutelar el derecho fundamental establecido en el art. 25 ae ia C. Nal. -DERECHO AL TRABAJO. 1.2, Tutelar los derechos fundamentales DEL CUE OMBiE A L4 HONRA arts. 15-21 C. Nal. 1.3. Tutelar el derecho A LA VIDA art. 11 C. NYL 1.4.. Tutelar los derechos FUNDAMENTALES D LOS MÑOS MENORES art. 44-67 C. Nal 1.5. Ordenara ¡as accionadas que procedan, en forma inmediata, pagar mi salario correspondiente al mes dC febrero (segunda quincena) 1.6. h; @ue co COS@ ©ftlir©0 2

Accionante: ANA YOLIMA BARRERA PÍNILLA

pagar mi salario correspondiente al mes dC febrero (segunda quincena) 1.6. h; @ue co COS@ ©ftlir©0 2

Accionante: ANA YOLIMA BARRERA PÍNILLA Accionada DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PAGADURÍAMagistrada Ponente: Dra. MARYMA ie Moftunanmte el sagarú@ unºo derecho..

Asimismo, soilcita como MI ©

L:. • Para evitar los graves perjuicios derivados de ia negligencia de las entidades accionadas, se ordene que de se proceda al pago del salario correspondiente a la segunda quincena aei mes de febrero del presente año.". Soporta su acción en oos HECHOS narrados a foo 5 a 7 del expediente y que hacen referencia al hecho de nw habr sido cancelado el sueldo correspondiente al mes de febrero segunda quincenapor parte de la entidad demandada y al cual tiene derecho como empleada judicial . Relata la serie de obligaciones y compromisos adquiridos con anterioridad y que debe soportar como mujer cabeza de familia, explicando al expediente (fi. 22) las razones que la avocarón .a asumir tal situación, de donde considera que con el actuar de la administración se le están violando Dos derechos fundamentaes invocados y respecto a Vos cuales solicita 2 respectiva protección.. ajo la gravedad del juramento expuso: '.. que no he iniciado otra acción de tutela por los mismos hechos y violaciones a mis derechos fundamentales contra las entidades accionadas.". La Entidad accionada , mediante la Directora EJecLtva

ajo la gravedad del juramento expuso: '.. que no he iniciado otra acción de tutela por los mismos hechos y violaciones a mis derechos fundamentales contra las entidades accionadas.". La Entidad accionada , mediante la Directora EJecLtva Seccional, con escrito visble a folios 30/31 del expediente y anexos ss.. dio contestación al requerimiento hecho por esta corporación.EXPEDIENTE Nro. 98T 0296 3

Acclonante: ANA YOLIMA BARRERA PINILLA Accionada : DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PAGADURIAMagistrada Ponente: Dra. MARTHA Presentada a presente Acción de Tutea ante las Secretf-; General de esta Cororaciófl, fue remitida a ésta sección mediante ofc10

T=984370 de marzo 04/98 y repartida, correspondió a éSr S bseccón. El Despacho de la Magístrad •sustanciadora, medarte providencia de marzo 05/98 (fi. 11/12) avocÓ el conocimiento, orde comunicar y decretó las correspondientes pruebas c.nducentes a a oa• claridad a los derechos invocados como vuOnerados. ueron expedidas las respectivas comunicaciones y e oft: Nro. ST 229 de marzo 06/98 solicitando la información req,,ierída para. decidir en el presente asunto. Evacuados los pasos correspondientes para el efecto y encontrándose dentro del término constitudonal señalado, !a Sala de Decisión procede a decidir la presente Acción de Tutela previas las siguientes, 1©. como inicio de esta decisión la Sala parte de Ja

encontrándose dentro del término constitudonal señalado, !a Sala de Decisión procede a decidir la presente Acción de Tutela previas las siguientes, 1©. como inicio de esta decisión la Sala parte de Ja señalización del objeto principal definido de la Acción de Tutela prescrito en los artículos 86 de la Constitución Política y en el artículo lo de Decreto 2591 de 1.991, como el mecanismo que tiene toda persona para reclamar ante los jueces la protección de sus derechos fundarnentaes c4

Accionante: ANA VOLIMA BARRERA PINILLA Accionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PAGADURIAMagistrada Ponente: Dra. orden constitucional, cuando encuentre• que resun vulnerados o amenazados por la acción o por la omisión de cuDquier autoridac. pública.

Tiene en cuenta mbién, la excepción establcicla en e artículo 6ó numeral,lo del Decreto 2591 de 1.991, en donde se estipula k improcedencia del ejercicio de dicha acción cuando exista otro medc de defensa judicial a menos que se ejerza como mecanismo transitorio y para evitar perjuicios irremediable tal y como se ha invocado en a presente acción. Y por último, la prescripción del artículo 20. del Decreto 33 de 1992 el cual se refirió a los derechos protegidos por a acción oe tute como aquellos exclusivamente constitucionales de orden fundament ' estableció la prohibición de ser utilizada para hacer respetar derecr.:. que sólo tengan rango legal, o para hacer cumplir, las leyes, lOS decreto los reglamentos o las normas de rango inferi.r.

20. Con estas premisas anteriores y en observancia a

que sólo tengan rango legal, o para hacer cumplir, las leyes, lOS decreto los reglamentos o las normas de rango inferi.r.

20. Con estas premisas anteriores y en observancia a disposiciones mencionadas, esta Sala de Decisión para resolver encuentra en primer término que la presente acción, dada [a Ii2nifestación de obra en el memorial, fue interpuest.; como razón por la cual, habrá de er analizar su procedencia.

Y después del estudio del presente asunto, infiere c•c la. pretensión exclusiva buscada por intermedio, de la actual acción cje tutela sé limita a que esta Corporación ordene a la DORECCION SEMONYDE ÁbMINISTRACION DE JUSTICIA y PAGADURLA D corre.ndiente ala segunda quincena oW uw@ de gebirar@ M i~nU alo-'r 5

Acctonante: ANA VOLIMA BARRERA PINILLA Accionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PACADUFUAMagistrada Ponente: Dra. 3~H A Ordamir g i los r ne @@pl@~ 8Ba HOW M@Fa2 22d~, papa ii case ce que « empleador no Di© em ,ileac.la tengo derecho.. .,« Con el argumento del no pago o solución hasta la fecha y lo cual ha causado grandes perjuicios personales y familiares en razón a ser su único sustento y la accionante de su familia, invocando ser cabeza de familia, Visto Do anterior, entonces habrá de estudiarse, si procedo ; no la acción de tutela formulada a la luz de la norma anterormentc referida, para determinar si efectivamente se viable tutelar o no a Ja.

ser cabeza de familia, Visto Do anterior, entonces habrá de estudiarse, si procedo ; no la acción de tutela formulada a la luz de la norma anterormentc referida, para determinar si efectivamente se viable tutelar o no a Ja. querellante el derecho prestacionaO y, ordenarse, que Da entrdac accionada proceda al pago de la asignación salarial, Ja cual ha dejado Ce suministrarse sin causa justificada. La accionada - DIRECCION EJECUTIVA SECCIONA,,- ,'- í ADMINOSTRACION JUDICIAL SANTAFE DE .GoT; CUNDONAL ARCA a da respuesta ay requerin i lento hecho por esta corporación, Juego ci justificar la omisión que dio origen a Da presente acción, expuso- .... ante el error involuntario que se presentó, al no codificarse en Da nómina tabulada, se autorizó pór parte de la suscrita ia elaboración de una nómina adicional para garantizar a la accionante el pago de su sueldo. Fue así como se elaboró la nómina adicional 04y se giró el cheque del Banco Popular No. 09760553 del 5 de marzo de1998, por vaior de $341.623 y que según se Informó por la pagaduría ya fue retirado por la beneficiaria. Sobre el tramite anterior, se le informó oportunamente a ia peticionaria....". A su vez, va accionada, mediante escrito visible a folio 2i expediente, pone en conódimiento de esta Corporación e hecho ceEXPETE Nro. 98T 0296 6 Accionante: ANA YOLIMA BARRERA PINILLA Accionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PACADURIAAccionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PACADURIAMagistrada Ponente: Dra. MAMIrM SEVAICUU haber sido subsanada Da situación que dio origen a .a presente accó esto es, el haberle sido cancelado el sueldo equ8valenta a a seg'c' quincena del mes de febrero del año en curso, por parte de Da accionaca NO obstante lo anterior,, expone que : e'... A pesar de haberse superado el hecho que generó la presente acción, los perjuicios si me fueron causados, ya que de la suma que recibí en préstamo debo pagar un interés... En Das anteriores condiciones es claro para ia Sala de Decs'd, que ia momento de impetrarse Da presente acción -Marzo 04 ce 199 efectivamente Da accionada no había garantizado el pago oportuno salario correspondiente a Da segunda quincena del mes de febrero c. 1998 a que tenía derecho la accionante, en razón a un eJrror involuntario" y con el cual , la accionante se sintió perjudicaa económica y socialmente conforme lo expuso y se pudo detectar de acervo probatorio allegado al expediente. Asímismo, es dei caso aceptar que a fecha -marzo 05 de 1998 - y no 10 de marzo/98 conforme expone Da accionante, tal situacón fue subsanada, mediante el correspondiente pago salarial en la forma com se puede apreciar a folio 28 del expediente, la manifestadón flecha pc la señora Barrera Pini VDa y a Do expuesto por ia Directora Ejecutiva ne SeccionaD (FIS. 27 y 30/31 del expediente). En las anteriores condiciones, ha cesado conforlie a lo

la señora Barrera Pini VDa y a Do expuesto por ia Directora Ejecutiva ne SeccionaD (FIS. 27 y 30/31 del expediente). En las anteriores condiciones, ha cesado conforlie a lo anteriormente mencionado el posible perjuicio o violación ocasionaao a la accionante y, que siendo el objetivo principal de Da presente acción, genera la sustracción de materia del fín 0 propósito perseguido.BIY© r 7

Accionante: ANA YOLIMA BARRERA PINILLA Accionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PACADURIAMagistrada Ponente: Dra. Ti/ATA Ahora bien, en cuanto hace al pagó de intereses recrnados por Da accionante, es de anotar que no es mediante él presente mecanismo, Da forma c.mo se procede a su redamaci ón, ya que, para e efecto, existen otros recursos o medios judiciales que deben ejerci.tar ante la correspondiente jurisdicción y previo ei agotamiento oc 1a v-:•. gubernativa, situación que comporta la declaratoria de improcedenc de dicho petitum.

Por último es de expresarse por es sala que en gasí condiciones anteriormente expuestas existe CESAaON DE LA ACTUACDON IMPUGNADA e IMPROCEDENCIA (Art. 26 D. 2591/91) prevaléciendo de todas maneras la improcedencia, por lo cual; Do referente el pago de INTERESES socitaso, al igual que las demás peticionés, no serán de anUsis ptr parte de esta Sala de Decisión, procediendo a la negativa de 'a oresaacción. En mérito de lo expuesto, el AcntrtvO de Cundftmrc,

parte de esta Sala de Decisión, procediendo a la negativa de 'a oresaacción. En mérito de lo expuesto, el AcntrtvO de Cundftmrc, administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, %EC,%iRpor sustracción de materia, Da tutela s.Dicitada pc a señora ANA YOLIMA BARRERA PINILLA identificada cómo Yá se consignó anteriormente en esta providencia, por Das razones expuestas en la parte motiva.r© Ir (5298

Accionante: ANA YOLIMA BARRERA PINILLA Accionada: DIRECCION SECCIONAL DE ADMINISTRACION JUDICIAL - PAGADURÍAMagistrada Ponente: Dra. MARYMM BIEVAZCUR MM 2© ©TlFIQU y CUPL en ia misma fecha la presente decisión, por telegrama a la 2©©t registrada, a la señ.ra ito jec lv SECCIONAL DE - ADM fiC JUCL BOCCIrbCU INAMARcL a ©©Á SemienA y al 5eñ@sp Delens@ir 0 para efectos ce artículo 31 del Decreto 2591 de 1991.

En caso de no ser impugnado el presente. fae, cr Secretaría IMIEM al día siguiente Das presentes d genc.s : Da M. C@Yte para su eventual revisión. Apro1ad© en Sesr ft©,. ©n©

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