TA CUN - 980464-(18-02-1999)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 980464-(18-02-1999)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1999
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA
SUB-SECCION -BSANTAFE DE BOGOTA, D. C., dieciocho (18) de Febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXP. N°. 98-0464.- NULIDAD.-
DEMANDANTE: IJNION DE PENSIONADOS E. T. B. UNIPETEB.
Por auto del 19 de octubre de 1998 se concedió a la parte demandante el término de cinco (5) días para que corrigiera la demanda en cuanto a aportar la prueba de la representación de quien le confiere poder a nombre la Persona Jurídica demandante. Informa Secretaría que el término transcurrió sin que hubiera sido presentado escrito alguno, lo cual hace procedente dar aplicación al Art. 143 del C.C.A. y rechazar la demanda por no haber sido corregida.
EN MERITO DE LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, SUB-SECCION -B-, RESUELVE lO . RECHAZAR LA DEMANDA DE LA REFERENCIA POR NO HABER SIDO CORREGIDA. 20.- ORDENAR LA DEVOLUCION DE LOS ANEXOS SIN NECESIDAD DE DES GLOSE. Ejecutoriada ésta providencia archívese el expediente.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°.
LOS MAGISTRADOS,
HERIBERTO REYES VARGAS
PRESIDENTE 1/! / 7'AL\TARO AYAL7EREZ
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°.