TA CUN - 9845-(21-07-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9845-(21-07-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
- ENTIDADES SIN ANIMO DELUcRO.- Regimeri iuua. ,
• EXENcIQN DEL BENEFICIO NETO O XCEENTE - Procedencia /
CONSTITUtION DE ASIGNACIONES PERMANENTES - RequSitOS (E) o,
TIBUÑAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION CUARTA Sanja Ç:p de E3cotÁ =0, veintiuno ( 21 de juliú de mil nbvciento .hoverr€ y c.:uatrc (19949, REPUfL;cÁ DE COLOM "Ab i j rADA F ONE '41 F i)kA N riF lA INES ORTIZ L'f'çrf L' r&Dra EF E:,XFEDIENTE. qp4L.;. Tribunal' Admhistrajiv3 dEMANDANTEi FONDO PARA A FRi ION D 1 IÍrTL de Cundinamarca iNpILrTE jOSE CELEsTiNo,MUTIS IZIN c uti
OPUSTO SOBREA RENTA AMO 1.991
ELE... rs; ES,Fando pare la Protec:cin del ried:Lo Ambiente ¡José Celest:i..... Mutis. FEN C6lofflbji, Mit 860 091 273 pór medio di apoderak especii >/ en Wiwrliicic de •ac.:cIón d€: 3. 14ad y E L ç .(#1 'ii.. r .jr unir 1rr 4 intp Tribpnal los actos administrativos mediante, los cuales se le oravaror.
Parcialmente los e: eertes del i\O 1991
Expresa ¿. sus )et..1. ci.Drcs 1.a oíneración administrat:..'i rc
actos administrativos mediante, los cuales se le oravaror.
Parcialmente los e: eertes del i\O 1991
Expresa ¿. sus )et..1. ci.Drcs 1.a oíneración administrat:..'i rc por •ios siguientes actos Por habarab exped= co viniaci6n de las narmpl legales a las c:L.)e ha c-.:i. d sujetarse.
P. Resolución' No. 0 145 de noviembre 5 ce 172 Ccim:..té ce Entidades Sin Anima de lucra.
R...: i 1 ución Na. :07 de junio24 de 1993 de]. comité de Entidades :3p Animo de Lucro,, mediant la.cual se reSC 1. y to el Recurso de eros i c.ión Qué cpno ,cí)ec:uercia de le anterior, se vE:stab 1 ezc:.. en su cie4.c.hc al. FONDO PARA LA F'ROTEC: ION DEL M=01 O
1AMBIENTE J33E CELESTING MUTIS F1\' COLflMT'Ñ
NIT..860 .t:9i .273 y se declara:
1. Que el Fondo tiene dercho por el a.o ce 193 a incluir corno excedentes no gravados, la suma de
$61.254.534.59.
2. Que se tenga en firme la declaración inicialmente .presentada ci 6 de rna'c ce 1992 radicada con e.1
No. 17301015047-1.
3. Que se prdene a la Administra=ján d,olver lc• pagado por impuesto equivalente a $12. 2.31.000 sancin por crr:cc.ión de 11.125.000 más 1=.i.r.resa
3. Que se prdene a la Administra=ján d,olver lc• pagado por impuesto equivalente a $12. 2.31.000 sancin por crr:cc.ión de 11.125.000 más 1=.i.r.resa a. que hubiere iuçar. 3 (iois. 2 y 3 c.p.
HECHOS los narra el 1 ..bei ista en demanda (fols. 8 c.p.. P Y Puesen -mrseasí: El Fonda s2 constituyó en 1984 corno una furdaciór; sin áni!fIO d lucro y con fine: sociales a los caieti?fle amplia acceso la comunidad; • forma tradicional registró en una reserva estatutaria del 30% por $61.255.030 cedentes de $1: .817.930. l•1 :onstituyent.e del Fondo que es la Junta Directiva de: Financiara Eléctrica Nacional, estalazas se:alÓ c:.:r.: ñrqano directivo al Cumitá nirect le refiere el i:,..b:iist:. a lgunan de sus funcionesp agrega que denr de! término de¡ que es tiene uara cisponer de excedente del e.jcic.io 1991 n beni..... fiscal la exención e reunió el Comité el :8 dc febrero de 199 para aprobar los estados .......anLers y la ibución dé's ex.edentes de acuerdo con la ley y i; tatutcis, l: cual be consignó en el ict.a 069. d= sEFEDIE.NTE Nn 9.845 El d iandante relaciona los movimientos de la contabilidad ra 18 constitución d reservaestatutria mencionada.
tatutcis, l: cual be consignó en el ict.a 069. d= sEFEDIE.NTE Nn 9.845 El d iandante relaciona los movimientos de la contabilidad ra 18 constitución d reservaestatutria mencionada.
En la oportuni.dad legal pará no incurrir en cncid.n por extemporaneidac el Fondo presentó declaración de ingresas y patrimonio (mayo 6 de 1992' en donde figuraba una renta exenta dE 78M73.000. El Fo!do raíz del« gravamen impuesto en la reSOlLkciór% 07 0.2 1993del Comité de intidadeassin Ñn.r10 dé Lucro, presentó de agoste de 1993 una legunda declaración cn renta 3. iLUId8 gravable de $61.255 0O( impuesta de $12.251.000 y ianción po:' ::orrcción de $1.225.000, a fin de evitar .ajuste nst(?riC.r di:- le deuda y .o porque estuviere de acuerdo con :LD ctec.ir;idt:: or aquél . - El accionante indica .aue el 22 d€ abril 1992 presentó solicitud de calificación de 105 enrsos y la Fen:i.ón 3d beneficio neto por el c qravab.: e de 1991 se refiera a los docum-nt:cs que se accnpaP:r n para El ~UU9 la administración solicitó documentos adicionales que fuern enviados el 19 J . agosto de 1992. - E1 de noviembre de 1992 Comité de Entidades sin Anime Ti Lucro expidió la resolución No 0145 dando acepto parcialmonte
solicitó documentos adicionales que fuern enviados el 19 J . agosto de 1992. - E1 de noviembre de 1992 Comité de Entidades sin Anime Ti Lucro expidió la resolución No 0145 dando acepto parcialmonte a exención por $16.6.7:..55 y gravó la suma de $6a.254.574.59 corresp';nd iente re.rva estatu..:ria del 30 pa capitalización por ño esta enrcaca deflto del a:....i cul 4oEXEDIENTE'Nb:, .9..€345. rel ativos •€t cuales seaia sol 1 i.tudas soUcituds de devolución el primero 3. c: la of'i cina. compet.ent oara decisión de 1 segundo e plazo pari su pre'ntación y si sanción 6r' ' correc'ció•. de $1 ;225400 más-losT más-los intereses a,que hubiere luc r' porque el ¿bñtribuyente'' por este p'erodo. rc. declaró saljo a su favnr . r parei acred.tdcf6 centro 011 procesojun pa a Un exceso , y agrega cue 11 .suma cnce1ada de $i2251.0O es él imptesto que determinó ef). 'Comité de Entidades sin Animo de Lucio-' env..caso Cue existiese un pro eh exceso debió eieyare a correspondiente, petición' Jo deioleciánl Su refie-e a lo tiuls 251, €354 y 863 del Estatuto Tributario tercero los casos en los cuales se generan intereses corrientes, y moratorio
debió eieyare a correspondiente, petición' Jo deioleciánl Su refie-e a lo tiuls 251, €354 y 863 del Estatuto Tributario tercero los casos en los cuales se generan intereses corrientes, y moratorio En cuanto., a las prt.ens±ons fcrm1aas, contra T ICS .acto' adinis rat&v0½ con1der4 la demanJd que no ~Ite le falta it j . conáprdanc.ia entre las reoluciones .007 0145 Obrque tanto artículo 4o como '.el 7 del=cretos 83de 19891 coraoran lo requisitos que debeb cumplir ).as entidades r o.ic:itr la caLificación del 'beneficio neto .excedertte., agrca que artículo 4o. s&a1a las,requisitos para que los Wgresos sean. procedentes / que los artículos 5 y 7 del mencionada Decreto indican el procedimiento para Solicitar' la exención y lC) requisitos de constitución de asignaciones permanrte Considera l. prte ppositora que en los actos acusados .e esqrimierón las çismas conclusiones' ravar e1 bneficio 0. comD lo fie el hecho di que la demandante no cumplió con elEXPED TENTE W: 9.845 Oénera1 ...ctrea que la tbcledád.nc rejuisitc de haber .detinao el xcederrepára la constitución. a través del Ma .d' la" Asamblea ien 'razón' cuando pntieAj que ..l l\'yse el 3O•.de'l•ecedurtea
Opa cuenta del patrLnini.o
a través del Ma .d' la" Asamblea ien 'razón' cuando pntieAj que ..l l\'yse el 3O•.de'l•ecedurtea
Opa cuenta del patrLnini.o cumplió, £.ori tal pdluilito Porque la n6rma"11 clala,al s&Ratár que previamente a le. preentacin 'deia dec1aación la Asamble.a 3enerl deberá real ..tar la destiraci:n del mismo a parte demandada a luego transcribir el literal b) del articulo 51y l inciso 2.: r del articulo 7 dei Decreto E3h8 de 1939 •c.Jnciuye la aEiuración: pernente 'La .d'st!nación de le asiqiación ()ermanernte implica niecesariam(?nte que en el acta de la Asamblea Gene-al se. indi.c,ue el objeto deUla misma y las actividades. a las ;Cuales. está deetinadaq, est,bleciéndoie -de esta maneia una restrición lg a la distribuc.n de i asiqnación permanente que debe estar ep..:íficamnt.e creádafparal el desrollo,.de s a:t'ividde. aqmarda por los'beneficio de]. Secretó €33 de 1939. E] artic:ulc: 3 dei Estatuto de la FincIajón s.impiment s limita a exigir :le capitalización Tdel 30 ¿e -las Rentas sin . qe el! o s.iif.ique OL.IP ese 1 arorradD o. . ÍUB sus,frutos -estén çÇ5tjnEjC)
limita a exigir :le capitalización Tdel 30 ¿e -las Rentas sin . qe el! o s.iif.ique OL.IP ese 1 arorradD o. . ÍUB sus,frutos -estén çÇ5tjnEjC) social de la ,entidad &jemarda.nt. =hacan -L hbrie .or1ti.tuicJç)
la resolvi de én nar aiqUnrnplxr3 al_a -' 'r\ ¿'4c 1 nsignazpín erffiatr te €-:c .da pul! :t y que us....f -.t: : pa;, .:• desarrolla dei. .1c.s f pirque la optipal en Mún ' c'ui:rL ...a i.rd.ca._n de lw 1€1.br ':.... : a a 1 J3 ç - uc .1 It. 1 .. '... cn f r r t-' '.- reLtid"¿:ae'. 1 a EntáCId :;e .pi" Ft' -'lo '. !"mi. 97 Voii.O a 11 1as anteriores arcffleflt-C)s y se refiere .:: .:. ::nirpretaciÓn de las rornas, indica que Ci Decreto 83de199 1 ot;kéquisitos qua deben c:unp'l ir lus bcnef ici os c <c:n-éi de las entidades con un rqimei1 tributario SS= ciEl oarE. ni.e s• a' exentos o para ser q'avadc3s. tarifa del 20 y (l hecho de uue en la resolución . 0145 no se hubiese citado la
oarE. ni.e s• a' exentos o para ser q'avadc3s. tarifa del 20 y (l hecho de uue en la resolución . 0145 no se hubiese citado la fa ta de cumplimiento de 10 r:equisitc)S que contiene 1 articulo 4 de la citada norma ro es causa¡ de nulidad, pues dci aná] .isi de las resoluciones .imougnadas se deduce que la demardanja no cumplió can la obligación atinente a la asigración permanente di, ley arguye, que una cosa es la constitución de '.al s.ac.ión. senalada en el Decreto B6 de '1989 y otra muy ..a de la reserva natrimohial del 30% que realiza elFondo en ..:.u:lir3ie;:tO de ..o sea adu en el artículo SO. de sus Estatutos: MINISTERIO PUBLIO: La s epara Procuradora Sexta en. lo 3udiciai emite conceptD de fondo Tfais. 1.17 a 12.0 c:,p.i en el cual est.:Ltfla que la admjhitrac'iófl violó el derecho de defensa y per tartc' debe prosperar la nulidad de la actuación acusada. Rececto de la no concordancia entre -las t'riis tenidas er cuticr:t.a para no aceptar el beneficia so]. it...itado por el contribuyente. la colaboradora fiscal observa que la res!u:i.ón 145 1992 hace referencia al art iculo 4 del Decreto 863 de 1999 sobre epresoss costas y gastos, y en cuanto a 11 resoluicfl'XPEJ)1ENTF No.. 9.
145 1992 hace referencia al art iculo 4 del Decreto 863 de 1999 sobre epresoss costas y gastos, y en cuanto a 11 resoluicfl'XPEJ)1ENTF No.. 9. 007 ,je j99:.jr.d.±c'. qu no se.cQmpl•ióvn Ab •selado én los rtculos y 7o., trÇiso 20 Sircrma5 que conúagral lns • requisitos spara la exención del beneficio neto o excedn.t.e.. Agrega qUe .i bien ecirtotale 4.ispóiciones eran aplicables al caso, no i e f4eron citadas a1 .d'enardnt.e in s4 debida ópórtunidad, violndose con este procedimiedIQlel derecha d cIefenade ].a entidd.. Advierte el Ministerio Público Je mdiante acta No¡C¿9 de febrero de '1992 ] Fondo destinó $16.817..930..5 la excedentes del e.jercici.o. d. 1991 a determinadas activiJades. cuya exeriónue aceptada por la admir4straión y ç.ontiuye así: Se observa e •i s61.254r'34..59...soj.icitados corno actos por corresponder al 30% orstituido, corno ai.nac.ár. ptrmrLene por'la Jtmta Directiva de dicho Fondo se rechazó por el QaJtÁ dei Entidades sin Anima de. Lucro con funament en e ay7ticul 4 del Dcrto 868. de 199., çi'rwa es,t: queja contmpia la Mención., del ZÓ/ que uqi con sa tu 'e co'nc s1graLión permanente,!.
de. Lucro con funament en e ay7ticul 4 del Dcrto 868. de 199., çi'rwa es,t: queja contmpia la Mención., del ZÓ/ que uqi con sa tu 'e co'nc s1graLión permanente,!. por tanto s al iinvocársu. una 'no -ma diferente t aplicable alcaso • en ies€r ériterio se violó e]: articula 29 d a Constitución Nacional ya que no ce dióla óó-tUn•ida al •'Fcindo dé. defenderse ante I vdadera causal d rechazo de a e, on pUes d. cha suma es c ni orada seciur oerta.culo So.-iiídt?ml çomo e>cedente del beneficio neto, • 3]. consaqrr .n su literal.. . b) "Que se destine a .onstitir asignáciones perñanentes par.: 1 el desarrcl3.o de.ta1es;actividde,s., dáçonfórmidad .con lo .sealao en •e.l artículo. 7 dé está Pecret& q a lo•. cual dió cum1imiento él Fbñj:Ih pra la.Proteccin de]. Medio Ambiente José Celestino Mutis FN Colombia.. CO!O s demstra conLa certificación. del Rvicr Fiscal aparada.' (fól. 120.c..p.).. Curiplids las .1istiitatapas .procesaiés.,sin •que se advierta causal de nulidad que rivalide lo. aptiadi y de conf'ormidad . conEXPEDIENTE No 9.84. Ib dis Adrniristivo 111,liguientes. en .Con.tertc:ic)5c ala
causal de nulidad que rivalide lo. aptiadi y de conf'ormidad . conEXPEDIENTE No 9.84. Ib dis Adrniristivo 111,liguientes. en .Con.tertc:ic)5c ala se procede a curic ir él prPeril E ás^pp previa CONSIDERACIO IEDE LA SALA El demandante apgÜdenta cusa(3a Apanj recia las quey la ádtuadose •nrmas. invoeda, c:or; proferid€ por el Comi€f de ..ntidades sin Animo de LUcro no está en concordancia cuñ la Resolución. de Cal if-ic:aciórrNq . 0145 como o exige el ártícula 59 del c5çj tru Conténciase Adminlstrativo, rE::r1uc:.iár: Nos 007 de pues en la resoiuc:ión :i. r i. ci al se c rav.n parte de los' e > ceden tes por no c:umpi ir. con W1 artiçuio 4o de .]. Decreto S6E3 de 19E9 s citar para nada ci articulo 7o ibidem que s.:rvid da fundamento principal para rço.iuoión f :iri.1 gravara parte del cxc:ecent.e. y. transcribe. lo, apartes peCtinentis de las dt::is resoiuc:ic.:)r'es rega 1 libelista qe dos normas antr.jores prvér Cosas tataljerte dir'(e qu el artLLu1O 40 C 'e qresos y los req-uis.itos pácé su .ac:ept:cj\r m::ntrrs que ,el 7o.
tataljerte dir'(e qu el artLLu1O 40 C 'e qresos y los req-uis.itos pácé su .ac:ept:cj\r m::ntrrs que ,el 7o. Cata br e ls isignIciones íerirrnt y , rPcpw5 / c u actuación' dernndada es un acto cornpiij c donde debe ex:isti r un.id.çi de contenido y de fi máxime cuando intrvienC un árgano y así se atenta contra el deb:ido •proc.est:. TArt. 29 C N ) y se desconocen los rt.L culos 2 y 3 del Códiuo Oc:'ntenc.iau respecto 1 requisito 'ie:i ártículo .:7o, del Decret::: B68 de 1989 relativo ¿ equi' c:có Adm.n:.trativo considera quel c:oirii.té s10 EXF.DIENTE No. 9045 que las aspm.01eas çnerales u. óroatos directivos dejen estb1e:ido e1 objeto de ..la asinaciót y ].Ós programas CD actividades. a los cuales está destiflada y relaciona los requisitos legales pary las asignaciones permaner:tes, para .concluir que el Fondo Sí cumplió con tales requisitos de lasiguiente a siguiente manera lo. Los $61,23434.59 se capitalizaron para. destinarlos a. los objetivos seialadoi en el articulo de los Estatutos 2o Luego de rnüir que ios •t.atu t:DS solo pueden ser modificados por la Juñta Drectiv de la Financiera. Eléctrica Nacional que constituyó el Fondoy transcribir el artículo 8 de
2o Luego de rnüir que ios •t.atu t:DS solo pueden ser modificados por la Juñta Drectiv de la Financiera. Eléctrica Nacional que constituyó el Fondoy transcribir el artículo 8 de los lismbsm hadla sobre . lo que es la reervaq 5J car..cter etatutario e 'irid.ica que la rnirna se ihJierte en los fines sealados en los estatutos que él Cornité Dirctivou mediante acta 069 de febrrc' 1.8 d 1992 . aprobó el Balance y el estado de pérdidas. ganancias en donde se ercontraba la reserva. estatutaria del 307. 61.254..534..50 y así se daba cumlimiento a los artículos 7aT del Dtc'.. 863 de 1989, 187 délCód:i.qo dee Comercio Comercio y 15 de los estatutos La reserva se encuentra pegistrad, en una cuenta especial do Patrimonio como se prueba con el balance a 31 certificad a de .revisor fiscal 4o. La asignación• perrnanent.e ñ6 se ha cehecho nor los órqanss directivo ; por sidOna s• ha destinadó a.rinair1 otro fin c:LLcieibre yEXFTDIEÑTE 11 84 j cort.inuacián el dem Pondc (1984) CiLE? actualmente de tts' e 3.StP la -In gr.e9s e toma el O7. • para reser'a c.uenta p.trmona.l o denminad 1S "e rva andante arguv cie desde i creación; d y
e 3.StP la -In gr.e9s e toma el O7. • para reser'a c.uenta p.trmona.l o denminad 1S "e rva andante arguv cie desde i creación; d y Estatutaria": par lauma de •$2 1. ib.- q.ié -no •4,omó .en. cuenta la admirt±stratcióh y por tantb dcTló los art.çu]c 7 del Decreta 863 de .1939. 6' a 39 .d Estatuto Tributario y aqr:e.a ."El Comit é no :p.robó que ia.asignacit5n permanente. se hut?iera deshecho y destinado ¿. otros pbietivos no contemplados' -en el Decreto. citado anterior ñ1t úni-co c%O para tener el cr.cter de'.qravable l cntrario! el F ndo si prc ó cumpl e a cao] idd l ley l capitaliar el Fondo-y desarrollar actividades da protección del medic. amL.iente.", (foi1 en fc,rn. ind1.d, se ieriO a su valaacin en cciniuntc ..0 pena dedesconocr.se late ror.rnas de 1debido proceso s .ta .economia procesal y la sana cr.Lca según . ,.los a tculo 1.87 eJ Código .Frocedimiento Civil 1 4c4e1 C ; gumenLc oue tanto en ia sol 1 citud dE •c:'al ificación comp, h estatutos y el donde demjs1rtba la asgraciór perfrnent
sol 1 citud dE •c:'al ificación comp, h estatutos y el donde demjs1rtba la asgraciór perfrnent constituida bajo lamodalida.d.drsarva•' del 30% de. lc,s ihc esos ':.on c luvel 1 It8pgn:lo;. t.ilos 777 -..e1' 'statutó Tributario en• concordancta con los artetaos it?- y 57 del Código. Cortter,c3so y 7 117 de] Códic Procedimint.o Civil lbs estatutos .:.., la contabilidad y el tert if.icade del Revisep Ficai son plena pru.ba pa mostrar que fectimente - el valor de
6i 254.•53-4 . 59, - •correspondia a una asictnaciór; permanente ro ih tutti bié.ndole" al Fondo aportar m dc);::umeritas de :ls cue .ya tenía, el Comité ni tampoco La ursc sremitieron ic:sEXPEDIEN71 No. 9.045 12 carga de la prueba Obre este aspecto, porque s encontraba ç friOsttadQ el supúdotu de hecun de las normas." (foi.s y 14' :::.p) Sala advierte que la rso1uc.iór 0145 de 1992 que decide core a so Ii. ci tud de cali fi cac ón de procecin c:ia de los e res. :s y !& destinación del excedente del Fondo por el eÇo 1991 declara procedelte c:I:c::...b.lidad de ogrezos por $116.109.316.8
destinación del excedente del Fondo por el eÇo 1991 declara procedelte c:I:c::...b.lidad de ogrezos por $116.109.316.8 porque ourdan re! ación de c:usa ].:.dec: con los ingresos ( rt. 4cr Lit.a) Dt.o . b6b/8 ) ; en cuanto el beneficio :e $78.072.465.14 acepta IC emencián paréial c:Ie $16.817.930.55 cuya destinación se f ii ó.r?n el Acta 069 ( rt , So Dto 8&:3/8 ) , ciega la parte restante M61.254=4.59) correspondiente e la eserva estatutaria del .30 Para capitelizacibn, por no estar omc: •da dentro del articelcD 4f•1. por tanto la grava a :ia tarifa del interponer el recurso contra la anterior argumenta quj la reser-va estatutaria es una de les asignaciones permanentes consagra z! artículo 7o del Decreto 863 de 1.9E39 registrada en una cuenta e;rDl del r:'atr-ic, destinada e las ac:Liv:idades c:ont.emrj ladas en tal .....•• exen ....án del beneficio neto está provista, en el. artículo So Di. L:E'rf. • di! decidir e!:L recurso . :; eO7 de 1993) el Cnmité de Ent.1. da.... sin Animo de Lucra co t..rma el acto impugnado por Luan: para : procedencia de la exención del beneficio neto o excedente se
sin Animo de Lucra co t..rma el acto impugnado por Luan: para : procedencia de la exención del beneficio neto o excedente se debe aJ estar a : dispuesto en el artículo So del Decreto 863indispeñs. bie cue las constituyan las ásambiéas : órnanos directivos que hagan sus veces con la determinación dc TXPEDIEME 9.845 1989:; es decir que se destine dentro d€1 a.c áiguiente al obtención a desarrollar Jas actividades que este decreto c:nstii.tir asi.cjnacionas permanentes para el desarrollo de tales actividades; €fl este último caso es los prDgramas .o actividades los cuales está destinada de conformidad con Lo previsto en ci irciso 2o del articulo ihidcm,Iy concluye: Por tanto. esta una norma de carácter imperativo lúe no puede dejar de aplicaras so pretexto que los estatutos de la ericJaJ establezcan una reserva estatutaria; es decir para c3ue la constitu ..i.ó....i de asignecionwu permanentes sea vái ida debe ajustarse todas las ritual iclades exigidas por el tecretc 86$ varias veces mencic•ado situación que no se reserta para el caso que nos ocuj.:a" (fol. 63 c.a) Advierte la Sala la indebida ccncodencia entre los actos acusados como lo alega el libelista porque se citan normas diferentes.; inicialmente el articulo 4o. del De:retc O:E' de 1985 y en 14 decisión final el 7n. ib.idem por cuanto ello no sa :.onstituyó en razones diTerentes iue negasen 1a oportunidad al
y en 14 decisión final el 7n. ib.idem por cuanto ello no sa :.onstituyó en razones diTerentes iue negasen 1a oportunidad al Fandu para ejercer su derecho de defensa ya que del :ctextü :ie a Resc ucaón 0145.-se deduce que se rechaza la e.enc±án )ur;.us no cumple con las requisitos es y se indica el artículo 4o.; :.bickm que se refiere os egresos, pues la ad;;inistr ac:i Efl ESE entonces no tenía •funa 3mer. tos para con c luir que .se t.ratab de una asignación per.ivarente c:c?s;dia la sociedad demostrar su procedencia de conformidad con el decreto citado.consideración a o' arcumen.t.ado. por la ociedad: proceden.zia de la asic3nación permanente que constituyó .el: Fbndo 1 os en la modalidad ujia reserva ttutaF--ia del :30% Sala a decidir scbre fr A . ( nalizado ic anterior procéde ingresos netos de 1-99i. 41.1 En primer lugar e : dviert Cue Fondo.' Ent:dadsin 4mimode rc.haza parte admint.raciÓr confirina el recha requi8itos que 9XIQE? esta XEDTLÍ. No 84 14 vaie decir que. con los r€cisi totalidad de. la çart.da.en dirusión.. cumplía de iey. 2 Para la Sla. es claro que el artici]o 12 el Decretc 368 de 158:9 prévé lal corju.-.,-it4t sobre la procedencia de los ejreso.
de iey. 2 Para la Sla. es claro que el artici]o 12 el Decretc 368 de 158:9 prévé lal corju.-.,-it4t sobre la procedencia de los ejreso. xeición del bene-f¡cijo fl C t. C-.) autcriz;a(::ión dé p azos y as .crnac ones permanentes", es así comoel om d?l excedene corT e refiere, a os equi.sitos para que lbs. cresos sean procedentes Una vez que la scidad, recurre e indica que la suma. rechizada es u7) ¿a asignaciárí permanente prevista en e], art.Lcul.o 7o Ib la no cumple con los cual cude eVi • lucro, define ss ujetivos en el artículo 3o . de sus Est.atuto, en el 8o prevé que de las rentas rielas de cada ao . se tome el 30% para. capitalizarlo, en e,1 11 que ...el mxinio oroanismo d. dirección es el Corrité Directivo y --.n el. 15 •(Lic) consagra como una de 'is -funcicms delgjçS l de aprobar los balances ceneraes Así cosas lo primero que se observa es que 1 adicionales de Entidades .in Animo en fundamento de Lucro artícu.IQ 415 argumento de dmini stra:ir:)n' atinente a que la r e,ar /a rci fue. (:dflst.i tu:Lda .per la, (-'temb ea General no.as válido si tC Lerte z-.r cuente nue d cor forrn.idad •cori los pbstitutog dr 1 Fondo ?stE ha
(:dflst.i tu:Lda .per la, (-'temb ea General no.as válido si tC Lerte z-.r cuente nue d cor forrn.idad •cori los pbstitutog dr 1 Fondo ?stE ha rido prear.10 c:ri ntx .tma autDrofriíe hasta, -,el pu -o de . ti. ue di:siLu.i.n SU Afecta r.::'or decisári c.i:.r.;u Ccfni.t.€? Z):Lrec:t.Lv:: y qLte la intervención de la amb.ea S,rei cia Accionistas ce la se refiere de manará r>:iuive a los aportes rfr. capital que 15t( de la r:u;i1 se deduce oua. al F:.orc.) misma no tiene asamblea. general propia t:::omo uno de sus ór oaru:s directivos '/ qu= PI órcarofnáxnio dg dirección y adri.i:Lstrec:iÓn s. al Ctrni:. Drrct. yo Q=111 Acuardc 004 dm 1984) pr cual :/ .•n
tn :jón a lo estableqido en ei inciso 2o de.. articulo 7 dei Drc: r::'to 868 cia 1989 Litaspbndia,a tli,alganisma la ccnstitjriñn c:e• la aicnac.ión permanente de zue trata la norma citada. Es i.so entonces determinar la reserva en debate reuní a. o no iot•; raqLI.IL situs prevlEt:.os en la miia çh sposic:ión r:brar dentro de los en tecaderttzt•. -administrativos las astatuTos
i.so entonces determinar la reserva en debate reuní a. o no iot•; raqLI.IL situs prevlEt:.os en la miia çh sposic:ión r:brar dentro de los en tecaderttzt•. -administrativos las astatuTos del Fund':: al Acta No 069 de 13 da febrero ata 1992
Direc: ti..vc balance general a 31 de diciembre de 1991 :1 certificado çi: revisor . fiscal. Además c:ha los artar:itre ; d=mentos ante este jurisdicción se traen soportes ob re LI con tabi Ji zec:in de la reserva, balance a 31 de diciembre ca 1992, cta 074 da rna•yc: 13 de 19 y certificado da '• isor ,Sala advierte que una de lec. formas .
beneficio nato o excedente son . las asignaciones oarmanan tasEÁ:rl.....4F No. 9.845 .1 r:: d9stinadas a lag actividades descritas en el De'c:atu 888 de 198% y previstas en el articula 7c ib:idem que d.tspç3r!e =signaciones permanentes.- permanentes están const i:Lstde.s mor rarte de! ber;e 3. EA. net.c.c excedente, que se destina a capitalizarse cuiI el objeto CJe que sus frutos posibilitan El mantenimiento c: c:Jear:ro ]. o permanente de alguna dr las actividades sePÇe 1 rdas en este c:eereto Cuan no las asambleas generales u 5 r qanou di re 1 .. que 'ec4e.n sus veces, c:r'.:rA 's 1. ''.uy ar"
actividades sePÇe 1 rdas en este c:eereto Cuan no las asambleas generales u 5 r qanou di re 1 .. que 'ec4e.n sus veces, c:r'.:rA 's 1. ''.uy ar" permanentes, deberán dejar st.eb1ee..dc:' el Objetu ::! E las mismas y los pc:qrame.s c'.:. actividades e les CA. está destinada. L...A5 asignaciones pEF'Anr'en 'les debe ' ru ren :Lstr sr una ci.ent.a eEAecial del jatrimanio y podrán ezte' rrii''esen tarjes en diversos tipos c:k. activos negociarse libremente. salvo las libitaciones :1 1 de las propias entidades. ...e asignaciones permanentes sólo podrá7 c'esniece;' e por J.c asamblea general u órganca directivos c:,uu heg" sus veces, evento en El cual eS7kS dEbE"áí; pestinarse a las a't.ivi.dacz.?scontempladas en este Decreto. Encaso contrario dichas asin ac serán r •:::ec:ei te: cnavablç? del mismo El Fondo er:'uerç're que le asignación permanente que er.L a modalidad de sesesva estet.ut.ar e tiene:' prevista c:Aes'le en (el articula de 5A..(5 ES :at tos cumple .:' e requisitos de la norma tr'ensc.r :. te ous:s SU oren:: di.n''r:sct:i yo :i.r. p,r t:1. le aprobación ue4k:'r, Acta No Ob9 de 16 de foo-era de
requisitos de la norma tr'ensc.r :. te ous:s SU oren:: di.n''r:sct:i yo :i.r. p,r t:1. le aprobación ue4k:'r, Acta No Ob9 de 16 de foo-era de 1.992 (:r c..r•e:A r 'n i.: e que .5AA, aprobó o 1 balance e 3: de d e'. (.t5 1991 C:IA..AE incluía tal partida que le 'i'.isçne se encuentra r:r ... ., .Ar:'u ;-e USUECITI 5A •..:r. r;As :: 141-9 La i3aie advierte c:;...Ae la ncA''me transcrita prevé como uno de los reoo. SA. sites r.::err: la s'xercsi.ó benericio nekcs O excedente c:e¡:XPEDLENíE No; 9 845 cuando 5€? constituyan asignacic'ries ermanentes sé deje establecido el. objetu de Paá mismas 'y 105 pror am actividadesa los cuales :st4t destInadas SioZcuaY no cum.1iá Fondo, pues por L y <solo' hecho tenerla prevista para capital¡ ación en sus estatutos haber impartido el óriar;o drectio competente su aprobación nó se deja establecido el objeta de las minas • conforme a la reserva espcia]. en estudio. .& efecto, los altatutps del Fondo •furon, adop,tados el 17 de juni., de? 1984 y ndiicado el mismo ao (Acuerdos y mientras .que Sos requisitos pará las asignaciones
efecto, los altatutps del Fondo •furon, adop,tados el 17 de juni., de? 1984 y ndiicado el mismo ao (Acuerdos y mientras .que Sos requisitos pará las asignaciones permanentes Que dar lugar A la e;enc:ión se stab1ecen en abril w . 2&.de 1969 CDto a6sían i 'por cual la.. simple coincidencia de uins-coi' la sricaic..ión epedada postr...crmente no puede coneidrarse' porsí sola y automticanehtcomo.el •cumplimiento ésta; la inórmnitratl de uoa siqnip ermanente E'3Cil constituida por prte de]: beneficioneto o ::xcedente del respectivo a?o fiscal parj ende es anüa•1, CLtyÓS 'frLL€OS destinen a alguna. de 141 actividades se 1-acia en el aecreto., sea a una actividad específica de las preQitas en los estatutos Quesen principio coincidan 'con ¡as estatuidas en la ley p tanto como tal asignación flC) quedó e>resmente constituida sino que el derandant ntinde cumplido tal requisito ccn la aprobación •4uE impartió 1 óroano directivo al'- balance .enra1 á de diciembre de 191 en --dcé .anr&ce la reserva estatutaria dei Z!O conforme a, lo prevst sus estatutos: no ued• daFso por cumplidcY'el requisito legal. )7.XEDIENTE Noj 9.3 En cuanto a la indebida a ción de Sik hrLtets apQrtedas E V:La gubernativa argumenta:io por el accioante la Sala estima,
por cumplidcY'el requisito legal. )7.XEDIENTE Noj 9.3 En cuanto a la indebida a ción de Sik hrLtets apQrtedas E V:La gubernativa argumenta:io por el accioante la Sala estima, por lo ya ¿ izado, que hl sta, ni las traidas anta esta J'.ir 1. sd :i cci.ón detotraror al cwnplim.ientode los requigitgs que el rcret G2 de L989 e, oepcira cue l Comité aceptóca] e,encl.ón del bene-fici&',eto ó e>cedente•aqui disçutido '1 ají no . trata de una mera fonpalídad cuya exigencia implique La transgresión del ar.tíulo 228 cJe la Constitución Nacional En consecuencia, . para la Sala l Fondcrno cumplió con los requitos le'.les para tener derecho al beneficio fisc:al soliitadu y por tanto la actuación sé ajutÓ a derecho. NO PROSPERA El... C4RGO mér.tc de io Texpuésta, el, Tribunal Adminiltrativc 09 Cundinamarca Sección. Cuarta, administrando justicia ,en no;rt de la República d Colombia y por autor dad de la' ley.. DEN IE6ÇNSE LAS SUPLICAS DE LA DEMANDA. 3o. - No SE condena en castas por cuanto no aparece;: causaias. En firme €'stb providencia, archívame el expediente.
CUPIESE,` 3T 1 FI €UESE. COMLtN 1 QUESE:..V CUMPI ASE.
Discutida y aprobada en Sesión de la lechal Arta No 29.4
EXPEDTENTE No 9.845 / 1.9
CUPIESE,` 3T 1 FI €UESE. COMLtN 1 QUESE:..V CUMPI ASE.
Discutida y aprobada en Sesión de la lechal Arta No 29.4
EXPEDTENTE No 9.845 / 1.9
MARIA iNIS nRTIZ EfR}31iS
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ZULIQ ECORREA R:r 3TF;:Fi
JLJR(3l. E. Nfhk.:ft.P:: .L