TA CUN - 9861-(28-09-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 9861-(28-09-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
TTUIJÁL ADMI$XSkVO DE CtINDIJAMACÁ -- Bogot, D.15., septiembre veintiocho (28) de mil novecientos setenta y siete (1977).- agistrado Ponente: Dr. £LBET0 MOUO CcWEZ
Ref.: Expediente 9861
Impuestos Nacionales
Actor: "SOCDÁD FP.CxOCIoxx8 MERCNTILS 8.L.'.
El actor Piiical 3o, de la Corporación, al emitir su concepto zo fondo, ea de opinión que en seta caso se cié api Loa-. ción a lo dispuesto par e]. art1culo 36 da la Ley 63 de 19679 en re].acidn con el art. 9o. de la Ley Be. de 1970, por haber transo. cu'rido .1 lapso allí aeialado para resolver el recurso da recia—. nación foimulado por la actora contra la Liquidación Oficial Ro, 14311 4.1 11 4e dicibre de 1969, que le determinó a la con—. tribyent. loe lmpuezstoe a su cargo por la vigencia fiscal da1967 9 sin que la Adninistracidn se hubiese pronunciado. Diobor.ourso., en efecto, fue presentado, según consta de la Resolución A-.002237-P del 18 di junio de 1973 9 con fecha 2$ de enero de 19709 luego, al tenor del artículo 36 de la Ley 63 de 1967, ha debido quedar deCtnitivsnents resuelto en el trino de cuatro aios contados a partir de entonces, lo que no aconteció, ya que la Resolución R—.2782 . la4r.coi6n General 4e lapu..—.
1967, ha debido quedar deCtnitivsnents resuelto en el trino de cuatro aios contados a partir de entonces, lo que no aconteció, ya que la Resolución R—.2782 . la4r.coi6n General 4e lapu..—. tos acirui1es fue dictada ól 20 de mayo dé 19 y notificada si 16 de junio siguiente, cuando see plazo de cuatro ahos estaba más que vencido.(9861) -.2Y aunque 1 Resolución de la Administración de Impuse-'' tos Nacional.. de Bo'ot, antes nbrads, deEeohá la reclamación por no haberse cumplido con el requisito del pago previo de la liquidación privada, see acto dejó de tener vida juxidtoa al ser revocado por la Dirección General de Impuestoe Nacionales .1 re-. olerse el recurso de apelaci6n que contra el mimo se interpuso, luego, en tales condiciones, la reclamación debe entender formalmente preaentada en la fecha del 28 de enero de 1970. La nueva y definitiva liquidación de los gz'lV&nnea a cargo de la contribuyente se tiara teniendo en cuenta loe puntos .jUe iueron materia di re<>&~ en la vfa gubernativa, o sean los rechazos di la deducción por $ 2.046.274.70 por intereses, y la suma que resulte de la diferencia entre $ 500.000,00 y $ 367.7510 oo por deduooión correspondiente a Reserva Gen.ra]. de Cartera, cantidad seta 1lt1aia que la Iireoci6n General de Impuestos acepté en su Resolución (fe. 8 ys.). con base en lo anterior, y teniendo en cuenta dnica.nte los elementos de juicio qllegados al proceso, ya que no fue
cantidad seta 1lt1aia que la Iireoci6n General de Impuestos acepté en su Resolución (fe. 8 ys.). con base en lo anterior, y teniendo en cuenta dnica.nte los elementos de juicio qllegados al proceso, ya que no fue posible traer los antecedentes de la aotuact6ri administrativa, es practica; una nueva liquidación, que será cano s4ue$ Renta: La gravada según re.oluoi6n R-2782-.N del 20 de mayo 4. 1975 Iir.ipuestoe $ 2.517.257
Menos: deduceiona aceptada. J2.178.24
Renta gravable ........,.•.......$ 3389733 $ 69 1296
3$ Ponente Eléctrico e 19098.8. 5/ se. $ 264.437 $ 4.0 9 34$ Provivienda, 6$ sobre •,,......,.., $ 2499437(9861) lapusato., 66% Provivienda, 6% sobre ..............$ 249.437 $ 9.878
TOTAL A ARGO TE LA OONTRZBUYLNTE: ..........$92.195
Pagoes Jo consta que se hubiese hecho pago alguno e queda por tanto, por comprobar ese pago o por realizarlo, en el monto entes talado de $ 92.195.00s Ya s4rito de lo expuesto, u. Tribunal Adainiatrutivo de Cundinsasros, acorde con el concepto fiscal y administrando justicia en nombre de la Rspdblica de Colombia y por autoria de la Ley, 1' A L L As lo.- E aplicaoi6n de 3.o dispuesto por el artículo 36 de la Ley 63 de 1967 9 declárese rtu.lto en fe.
de la Ley, 1' A L L As lo.- E aplicaoi6n de 3.o dispuesto por el artículo 36 de la Ley 63 de 1967 9 declárese rtu.lto en fe. vor de la fita contribuyente y demandante 'ffitOCIORE8 MERCAS-. TIL 8.A., con dnioi1io en Boot, el recurso de reolanoión Ijue con fecha 28 de enero de 1970 tornul6 contra la Liquidaoi6n Oficial Io,014311-$ 4.1 11 de diotenbre d. 1969, practicada a en cargo por 1 vigencia fiscal de 1967 9 por concepto de impuesto sobre la renta y especiales. 2o,- Zn oon•cuencia, se fija como total a cargo de los referidos grsven.s y por el sac1Jscs1 rs. fundo, a cargo 4. dicha S0c1.dud, la ss de IOVEA ! DOS MIL(9861) CI17TO NOZNTÁ Y CINCO PESOS ($ 92.195.00) moneda oorriente, conf la ltquiaaotdn incluida en la parte motiva de este fa110, eta que deberá cubrir la contribuyente O demostrar que lo hizo, (El proyecto de este fallo fue discutido y, aprobado la aesidn de Sala Plena celebrada .3. 15 de abril de 1977). C6pi.e., notiffquee., comuniques. y ØOJSTTLflSE.
ÁT.BRTO MORENO GOMEZ CARLOV , OOTAVIO ROI)RIGUEZ Y.
IIIG[JEL ANTONIO CARI;NÁS
ALVARO LFOOKPTE LUNA
(ausente)
ÁT.BRTO MORENO GOMEZ CARLOV , OOTAVIO ROI)RIGUEZ Y.
IIIG[JEL ANTONIO CARI;NÁS
ALVARO LFOOKPTE LUNA
(ausente)
JAIME IOSOS GtTAUIZO AQUILINO RODRIGUTZ PEIRÁZA
ZAMiIt SILVA AMIN As un VIm;TÁ ATOLA
(ausente) (ausente) MYf 1AM FAJARDO TRES Secretaria Nota.- Loa Dres, Crenas, Silva Amin y Urusta Liola participaron ea la disouai6n y aprobaoicSn 4.1 proyecto, oon!ornts consta en el Acta 25 del 15 de abril de 1977, pero no suscriben .1 fallo por no d.eeap.?ar en la fecha en que aparece calencado el cargo da Maistradoa de la Corporaoi6n•