TA CUN - 9911-(19-01-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9911-(19-01-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
oLCÁ t)O
A DE COLOMBIA
(JRISDICCIONAL ,AI oj3
TR B UNA. L 1ITRA111vo 1 C UND INA MAUCA
Bogotáf, D.E., enero diez y nueve (19) de mil nove— cientos setenta y siete (1977).. egi3trado.?onents: rr ktIRTO MORENO GQIFZ Ref.z Bxpedientá 9911 Resoluciones Minute? i4.a Áotoxs ERLDO DUQ 0MLLC$.a A tz'nv4s de apoderado y en ejercicio di la acei6n de plena junisdloó16n, el se2or PWET4ARDO DUtE CflALLO pide 1 Tribunal que declare -U yuiUtit1 del articulo lo. de Iga Resolu-- ci6. ntaero 2261 da 22 de mayo de 1975 9 ernanada del Mifliaterto de Justicia, en cuanto declar6 tnaubietente su noíbraniento como Director da la calared e perteneciente a le Direce i6n General , ieonee de dicho kbiEterto,y que# en consecuencia y pera establecerlo en eu der.ihø, se dispenge el reintegro al rnenoionao cargo, asiozio el pago de loe u.1dos y demás emolumentos' dejados de pero V , ir ded.e cuando ee pro-, dujo su separtoi6n del ervioiÓ basta cuando sea r.ntttufo en 1 9 enten inoie que durante dicho lapo no ha existido solt1 alón de continuidad para finas rélaciondoe con prestácionee sociales, aoenaoa y eeo)jf6.
1 9 enten inoie que durante dicho lapo no ha existido solt1 alón de continuidad para finas rélaciondoe con prestácionee sociales, aoenaoa y eeo)jf6.
Como heohoa: rfiare la dendaque el actor snia ds .apeftando el carga en cu.ettdn y lo ejerció baste 1 22 4e saY. de 1975, fecha en que fuo reparado del erviotó a virtud de la Resolución acusada., e indican coso dipoeicioueó infringUs. par . .1 acto enjuiciado los artculoe 17 y 30 dø la Conatitución NaCional, 100 9 101 1 102, 103, 104, 106, 107y 129 del Decreto 1817 d. 1964 y 50. del Decreto 1661 de 1965, nóre sobre las cuales Se explica el concepto de violaci6n Li i•ílor Fiscal Cuarto de la (orporaIt6c, al esitirsu Concepto de fondo, opina ue las: peticiones de 1 d.aan4a deben
MINrSTERI0 DE JUBTZCIA
Q4 C cA DE COLOMBIA
(IRISDICCIONAL (9911) esi denegadas. Surtido cómo s encuentra el tr'dmtte procesal -Partí- riente al juicio, ea la o;'ortuMda6 4e proferir la sentencia que corresponda, a lo cual procede la Sala previas las siguientes C o n a i d e r a o j el libelo de demanda • corno fundamento •enotsl de la acción proaoviie, el actor al.g6 pert.neoera la Carrera Pe
corresponda, a lo cual procede la Sala previas las siguientes C o n a i d e r a o j el libelo de demanda • corno fundamento •enotsl de la acción proaoviie, el actor al.g6 pert.neoera la Carrera Pe nitene tarta, circunotanqia que impedía la r.rnoct6n del cargo que desempefaba, ya que dijo bbsr aprobado curio d 3ubdireotors de Establecimientos rrae1arioa y Penitenciarios y habdrselo u-. pedido el correson1tente ?•ftulo de Idoneidad. Sin ebar,ni del nego P°°°. en la y1oj4 de !! eJ . ag..aeallagd, obra -. documnto alguno que r ap1dOez!o. En las anteriores condiciones, no cabe otra conolusin que la de estimar que el actor no pertenecía a la Carrera Penitenciaria., no eotba eacaltonado su ella y, por conuiuieuts. su •ituaci6n entra a regir i>orL lo normado por .1 artisulo 99. del Decrto 2655 de 1973 9 según el cual, las personas que su su condic 6u ee encontraran para la fecha en que ese •tatuto .ntr6 a regir, podían ser rotjovidas libremente,, por cuøntoeu floabramiento e conciceraba como provisional, En mérito cielo expuesto, .1 rribuna3. Admintotrativ - de Cufldinarrca, comppi'tiandø el concepto fiscal y adminiitran-, do justicia en nombre di la República de Colombia y por autoridad de la Ley, .1.
de Cufldinarrca, comppi'tiandø el concepto fiscal y adminiitran-, do justicia en nombre di la República de Colombia y por autoridad de la Ley, .1.
MUI8TEBIO = JUSTICIAA DE COLOMBIA
URISDICCIONAL
(9911) 10E,£ ACCIDE a LiS SUPLICAS DX Ll P!ikNDL. (1 proyeoto de e,t.-iallo fue dtecuttdo y aprobado en sea i6u de sala efectuada, sí C6pieee, nottífqueee y oonçjuese.