TA CUN - 9918-(13-10-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 9918-(13-10-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
TiUWJLL ADMINISTRATIVO DU CUNDINAARCÁ Bogotá, D. 1., 0otre treos (fl) do it1 neveolzitee setenta ¡ .i. (1916) it. Magistrado Ponentes DR. ALVARO L!COMP1 LUIÁ.- Ref, Juicio Ni. 9918.- RESOLUCIONES MINISTERIALES.- Demandante: BDICTO CLAVIJO CSP1iDE8 .- Acusa el menor Benedicto Clavijo Cóspedes por intermedio de apoderado, el auto contenido en la resoluoi&n Ni. 6804 de 1975 -4 de septiembreproferida por el Ninieterie de Defensa Nacional, que neg4 la inolusi6n del 15% de la pria de actividad dentro de la liquidaoi&n de prestaciones sociales que •e le hizo Impetra que como recta bleoimiento del derecho, se ordene la inoluei&n de esa prima da la liquidaoi6n respectiva, invocando para ello los arta. 17 y 30 de la C.i.; el art. 29. de la ley 65 de 1946; .1 decreto 239 de 1952; el decreto ley 188 de 1968; el decreto 351 de 1964; la ley 4$. de 1966; el decreto 992 de 1961; la ley 5' de 1969 y los art.. 999 y 22 de]. C.S. de]. ?. 1 libelista plantea l•s siguientes ls.- l Ministerio de Defensa Nacional, por ~diode las Resoluciones U.. 9171 y 9971 de 29 de noviembre y 31 dediciembre de 1.9689 reoonoci4 a partir del 19. de enero 4. 19699
ls.- l Ministerio de Defensa Nacional, por ~diode las Resoluciones U.. 9171 y 9971 de 29 de noviembre y 31 dediciembre de 1.9689 reoonoci4 a partir del 19. de enero 4. 19699 al sedar 3NiDICT0 CLAVIJO CESP-'D1,Ss en su oondioi6n de ex-emplea do civil de esa entidad una penst6n mensual de jsbilaoik equivalente al 75% de sus haberes percibidos en promedio duante su i1-- 2 - Juicio NI. 991.8 .- timo ado de servioio, así ooiso una oesantfa. 0 21.— Dentro de lo haberes sobre los cuales me ha' quidaron las referidas prestaciones se omitió incluir la prima... de actividad que, en forma permanente, peroibi6 mi poderdanteen outfa del 15% de su sueldo bisioo. "30.- Con feoba 19 ¿e octubre de 1.973 se solicité al Ministerio de Defensa Nacional el reajuste de todas las prez tacionea reconocidas, para que se reliquiden Incluyendo dentrode loe haber, que se tomaron como base para la 1iqxidaai6n, el 15% del sueldo bsioo de la prima de actividad, petición estaque fue negada mediante el acto impugnado." Los antecedentes administrativos han sido allegados a los autos y aeran analizados dn la parte motiva de este proveído . 1 sonar Iios1 30. de la Corporaoi6n ha rendidoconcepto favorable a la pretensiones de 1. demanda. De esta suerte, no hallando causal suoeptib10 dedeclarar nulo lo actuado,
1 sonar Iios1 30. de la Corporaoi6n ha rendidoconcepto favorable a la pretensiones de 1. demanda. De esta suerte, no hallando causal suoeptib10 dedeclarar nulo lo actuado, PARA ftE8OLVR, SE CONSIDZIU: Lo importante para dilucidar la presente litis estri ba en determinar, a la las de las normas legales, si estuvo o no justificada la exolusi&n que bise el Kinisterio de Defensa Nacional, de laprima de actividad que deveng6 el actor como empleado civil de ese ramo de la administraoi&n piblica, al liquidar aus prestaciones sociales, - øuando ce retiró del servicio el la. de Octubre de 1968. Cunde se produjo la oonsolidaui6n do la situaoi6n- •Jrfdioa
concreta en el actor, estaba en vigencia el deoreto-ley 188de 1968 que, al no decir nada acerca de la tnolusi6n o exoluei6n de laprima de actividad, daba a entender que .f debía tenerse en cuenta a] -- 3 - Juicio me. 9918 • computer lea partidas •n la liquidsoi&n reap.utiva. Por o, PUr,199 auqe ea •iez'to q el acto aua4O fue ex,didø uusdo ya estaba en vigencia el decreto—ley 2339 de 1971— que ixpreae.e.nt hizo la sxouai&i de esa prima, ooto l sitD1Iot&A con— creta del actor 1LcL6 consolidada anes, es palmar oono1air que el aoto en oueatiSn no ae ajusté a las disposiciones legales a ÇUC leblé baoer
creta del actor 1LcL6 consolidada anes, es palmar oono1air que el aoto en oueatiSn no ae ajusté a las disposiciones legales a ÇUC leblé baoer obediencia, r por ello la 2lÉ e8%¿ de moaerdo ecu su colaborador fi.o cal y dará Ctu'SG favo4'ab1 a las .dpiiosa 4e la demanda. 1' C 1 1 ) N Prtmero Deolrue nulo al noto administrativo conteti4o en la Raeoluoi6n Nl. 6804 4. 1975 —4 de .eptiam,r.— proferidapor el. Ntni.ierio 4. Defensa Nsbional. ado: ¡l Mtiiet.rto de Defensa Nacional prooeder&, dentro del término indicado en el art. 121 del ClCLi., a re1iruidar ( 31auxilio de oaritfa y la pensi6n do jubilaoi6n del a.iir enodioto Cla— vijo Cedee, incluyendo lo corre.ondiente a prima de actividad encuAntCs del 1 del sueldo bsioo, y haciendo los descuentos prtinente por lo que haya re',ibbdo ror 103 »riiafflog conceptos, CORI NO?lIU y sí no fuera apiluda s CONJLTJ .- Oportunarnente, devullvas. .1 uuadorno gubernt.vo a la ofioia 4.—
ori.n.— COMUNI3IE.— CUNPLA3.—
Aprobado en Acta N. / AL.VAW L1COMPN LUNA ¿4MIR SILVA AMINo txii.xo.s 'g Silzo oiiixs O3W '9t6 OM ODTt - ti