TA CUN - 99AC626-(01-12-1999)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 99AC626-(01-12-1999)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1999
S.A.
SA S.A. E.S.P. N E Demandada : SOCIEDAD COD ACCION DE CUMPLIMIIENTO -Improcedencia ¡CUMPLIMIENTO DE NORMAS QUE ESTABLEZCAN GASTOS ir AL LI z© iL JA= =[ v Santafé de Bogotá, primero (1) de diciembre d mil novecient S nov(nta y nueve (1.999).
Magistrado P nente: LV7A\ 7AE© IL 11 ce
JL Asunto : '&caóN DE CUL Expediente No. : 99AC-626
Demndante : SOCOEDA D CONTROL DE C A BLES
La entidad accionante, a través de podrada y en ejercicio de a Acción de Cu
plimiento, formula ante (sta Corporción 11
las siguientes pretensiones: PRLERA Solicito que proceda a ordenar a la Sociedad Codensi S.A. dar efectivo cumplimiento de la Rso ución No. 002791 del 7 de abril de 1999 y los Act.s Administrativos 1999720009445 de agosto 7 de 1999 y 1999710011725 de 14 de octubre de 199; expedidos por la superintendencia de Servici.s Públicos Domiciliarios, por los cuales S( reconoce en fav.r de la sociedad Contr.D Cables S.A. la operancia del Silencio Administrativo Positivo, respect del recurso de Apel ción r;dicado bajo el No. 054451, con fecha 14 de octubre de 1997, con el cual se solicitó a revocatoria d i decisión No 01642 de junio 13 de 1999.
SECUA: Como consecuencia d la anterior pretensión,
octubre de 1997, con el cual se solicitó a revocatoria d i decisión No 01642 de junio 13 de 1999.
SECUA: Como consecuencia d la anterior pretensión, so ¡cito ordenar el reembolso a favor de mi representda de la suma
de SE S M LLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS $6363169, indebidamente obligdos a pagar a Codensa S.A., valor qu fue objeto dI Recurso d Apelación No, 054451, sobre el cual se reconoció la oprancia del Silencio Administrativo Positivo, por parte de la Suprintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios".2
IMEBUHAIL llE lIEZMOH IA llTI LEE i©. 99-628 ,1
La Sala anota que, pra a procedencia de esta ccón es necesar
que el interesado haya redamad previamente el O
cumplimiento de las normas legaies del caso, o de las decisiones administrativas pertinentes y que la wutoridad se haya puesto en situación de renuencia, según 1. .spuest(ej en el inciso segundo del Artícu o de a Ley 393 de 1997. Ahora bien, se ac.mpañó al expediente, pcíón fectuada por la abogad de la Sociedad Control de Cbles S.A. (fis. 6263A), dirigida a Cod(- nsa S.A.ESR, so citánd. & reembolso o aplicación a futuros abonos a favor de tal s.ciedd, porcon suma de $ 6. 363169, para así dar cumplimiento a los actos administrativos proferidos por la Superintendencia de Servicios PúbUc.s D.miciliarios.
aplicación a futuros abonos a favor de tal s.ciedd, porcon suma de $ 6. 363169, para así dar cumplimiento a los actos administrativos proferidos por la Superintendencia de Servicios PúbUc.s D.miciliarios. Así as cosas, y a pes.r de cumplirse con ( requisito d procedibiHdad de ésta acción, no es posib su admisión por parte de la Corporación, por la siguiente razón: '7- 'El pargrafo de artículo 90, de la Ley 393 de 1.997, indica que ésta acción, no puede perseguir el cumplimiento de normas qu.. establezcan gstos; en el subexámin, se busca hacer cumplir los actos administrativos que se indican en el libelo de demanda, lo cual plicaría de manera clara, un gast o er
gaci4n económica par la O
entidad cuando tuviera qu (01 favor de la entidad accisnante røembolsar o plic r a futuros bonos a suma de $ 6,363769 (CI 2° En Dos términos d xpdente téngase a Da Doctora DO No. 12.753 del CSJ., como ap SA_ ft 14) poder conferido a folio daD
RA MARIÑO FLOREZ, con T. P.
derada de Da Sociedad Control Cables 3 llI ll© LE lIEZME ZIMUWLz LE 1í© Por r,sta rzón Da acción aquí planteada resulta mprocdent y en tale-,s condcon's se impone, de acuerdo con la ley, Da nadmsón de Da misma, como en efecto se har n a parte resolutiva de éste proveído.
Por r,sta rzón Da acción aquí planteada resulta mprocdent y en tale-,s condcon's se impone, de acuerdo con la ley, Da nadmsón de Da misma, como en efecto se har n a parte resolutiva de éste proveído. En consecuencia Sala de Da Sub-Sección "O" de Trbun Contencioso Administrativo de CundDnamarca, 1= [AíTR Da presente Acción de CumpUrnient, presentada por Da Sociedad Control de Cables S.A., contra Da Sociedad Codensa S.A. E.S.R, de conformidad con Do expuesto en Da prte motiva de ()ste proveído. 31 Por Da Secretaría de la Sección, notifíquese por est.ido y comuníqu(se por vía telegráfica a a interesda, en Dos términ
s dei (1
artículo 14 de Da Ley 393 de 1.997. 4°- Ordénase Da devolución de os anexos sin necesidd de dsg os dejando constancia de Da razin de l devolución y archívese a restante actuación.
CÓPIESE, NOTDFQUESE, COMUN
UESE Y CÚMPLASE.
Aprobado por Da Sala en Sesn de Da fecha No./ 4