TA CUN - 99T1410-(03-09-1999)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 99T1410-(03-09-1999)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1999
DERECHO DE ?ETICION
EPUBLCA DE COLOMBIA
E Rektona ©©E E TribunalAdmrisraJivo de Cundinamarca Li 7 SET, 199 Santafé de Bogotá, D.C., septiembre tres (03) de mil novecientos noventa y nueve (1999). Magüstrada Ponente: EO ©
Expediente: Nro. 110
Acdonante: Acdonada: Controversia: la C.C. Nro. 17 -135.667 de Bogotá, interpone Acción de Tutela contr~wI e ©© aa • Jefe de 13 sección de Visitaduría e Investigaciones dl DANCOOP. ... .Teniendo en cuenta que se niega a enviarme copia del informe de los resultados de la visita y de control efectuada a la Cooperativa COOPTRANSMATEO durante ¡OS días 831 11 de febrero de 1999 ... ".
Fundamenta su acción en los HECHOS narrados a folios 12 que dan cuenta a las diferentes peticiones hechas como asociado de la Cooperativa COTRANSMATEO poniendo i.iconocimie ntoÍk! u'iIii 1íiI.iÍOiiMitiU[iCslti[]i.i[1 lugar a Visita por parte de funcionario Ldicho Departamento Administrativo y r espeto a F resultas de lauúhI!IM1 han sido solicitados LOS resultados e informes financieros en2
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRIGUEZ
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : Dra. MIUMA BEVAHUR JO0 oportunidades,diferentes última de fecha jUJ no resuelta.
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : Dra. MIUMA BEVAHUR JO0 oportunidades,diferentes última de fecha jUJ no resuelta. emDtda por, La Secretaría GeneraD, a esta Sección mediante oficio 1451 de agosto 23 de 1999 correspondió, por reparto, a ésta SubseccÓn, a donde fue enviada el día 24 del mismo mes yaño.
El Despacho de Da magistrada sustancfladora, mediante auto de fecha 24 de agosto 1999 avocÓ el conocimiento, decretó pruebas y ordenó comunicar a Las partes el inicio de Da presente acción. Por la Secretaría de la Sección se expidieron las correspondientes • • J S[1flj mediante el Director it:íiJ oficioAsí MISMO, fue expedido el estudioinformación requerida para el de la petición.3 r©. 1I©
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRICUEZ
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : RCE Referido lo anterior y estando dentro del término fijado por la Constitución y la ley, esta SALA DE DECISION decide la presente acción icon 1I]i ¡as SL 1 : artículo i:jç. de la Constitución Nacional consagra a favor acciónde toda persona la de tutela como mecanismo de protección III "cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados u • •6 el c • de 1) Constitución Política" reitera en sus artículos lo. y So.. los principios Pretend ei1! la memorialista, que con la acción impetrad a,
- •6 el c • de 1) Constitución Política" reitera en sus artículos lo. y So.. los principios Pretend ei1! la memorialista, que con la acción impetrad a, se medié ante la IiSIT.i ac cionada __ _________ erecho fundamenta~ contenido en el artículo 23 de la Carta, es decir MIETIGON, en razón a 105 hechos de la demanda.
Como prueba de los derechos invocados, allega documentación que da cuenta de sus peticiones y trám ites adelantados en tal sentido.ri 11©
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRIGUEZ
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : Dra. MAR MA A&iCA AO anexos, dio respuesta al requerimiento hecho por esta Corporación \y al respecto expuso: La Sección de Visitaciuría e Investigaciones, recibió el elacionado con el número de la referencia, mediante el cual ese Despacho solicita se Informe el trámite dado a la petición del 29 de julio de 1999, realizada por el señor MILTON HERNANDES (sic), cuyo número de radicado fue el 29150.
Sobre el particular se le informa, que mediante oficio SVI-175123 di presente mes, se procedió a dar respuesta al solicitante, teniendo en cuenta para ello lo previsto en el artículo 6 deI Código Contencioso.". En relación con la solicitud de información sobre los estados financieros a diciembre de 1998 de "COOTRANSMATEO', a la fecha se solicitó a la Sección de Revisión y Análisis Contable, la cual es la competente, informar a este Despacho la fecha de recibo de los mismos y el concepto del estudio
a la fecha se solicitó a la Sección de Revisión y Análisis Contable, la cual es la competente, informar a este Despacho la fecha de recibo de los mismos y el concepto del estudio realizado, a fin que de ser factible, se compare con el resultado obtenido en la visita especial de carácter administrativo practicada. De Igual forma se ha procedido, a fin de que se nos remita copia del informe y concepto del Revisor Fiscal sobre lOS mencionados informes contables... &illiFi.1F.,irceri01 915 Eipedúen ~ e ©.
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRIGUEZ Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : Dra. frAIA RC o protección del Derecho fundamenta¡ de Petición, aún cuando ha sido contestada, no se encuentra debidamente satisfecha por parte de la administración accionada - DANCOOP - pues, no ha resuelto oportunam ente la1 misma !I/ solo ha venido realizando actos evasivos y dilatorios, atentando dr invocado por el accionante.
}I Derecho ZIiPetición, Política persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a ~as autoridades por motivos de interés general o particula y a obtener pronta es Un "Derecho Fundamental" que impone ser atendido con prontitud, eficacia y diligencia por parte de la autoridad a quien -' dirigida tal petición. A juicio de la SALA, el accionante tiene derecho a que IQ, oportunamente, siendo, como es, un derecho constitucional iiIiiíitiiiW1L De lo anteriormente anotado la SALA concluye, que hay
A juicio de la SALA, el accionante tiene derecho a que IQ, oportunamente, siendo, como es, un derecho constitucional iiIiiíitiiiW1L De lo anteriormente anotado la SALA concluye, que hay lugar a tutelar el derecho de petición, solicitado por el accionante en el sentido de - se 01®] ® rt •H jFUIifi.1ii4' hecha accionante, ya que no es justificable que haya transcurrido tanto tiempo sin que i Entidad hubieriiiEmpediente ro.
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRIGUEZ
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : Dra. MARIMA RE VA MCM resuelto definitivamente la petición, ni contestada decisión alguna, lo cual comporta su violación.
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda, Subsección "B, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de Ley, 1 Z\ EL EL ¿ IL [EL INEIRECNI IE PEMIM invocado por el señor MILTON LEONEL HENANDEZ ROD RIGUEZ C.C. # 17'135667 de Bogotá, contra EL DANCOOP. a el DANCOOP, que por intermedio de funcionario competente acate lo preceptuado por el Artículo 23 de va Const. NaL, en relación a la petición hecha por el accionante señor MILTON LEONEL HENANDEZ RODIGUEZ C .C. # 17135667 de Bogotá, sobre la prestación reclamada Una vez se de cumplimiento a lo aquí ordenado, debe s enviada constancia de dicha actuación IiésteithMuiI!t
de Bogotá, sobre la prestación reclamada Una vez se de cumplimiento a lo aquí ordenado, debe s enviada constancia de dicha actuación IiésteithMuiI!t
1. El de lo dispuesto en numeral anterior seiri ii•i término zIu[sIIáir®z I&r1 de conformidad con lo dispuesto en el numeral So. del Artd,cLi~o7 r©. ir ii©
Accionante : MILTON LEONEL HERNANDEZ RODRICUEZ
Accionada : DANCOOP Magistrada Ponente : IL MARVIMI BIEY,%%(CUR RUM. & en la misma fecha la presente decisión aH geH ICDIH(C(Q(QP a quien se le entregará una Copia Á este fallo en su integridad para su cumplimiento, y mediante telegrama b% EL eiI las direcciones q aparecen en estas diligencias, W aB Se PUEBLV, para efectos del artículo 31 del Decreto 2591 de 1991.