TA CUN - AC-663-(17-07-1998)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - AC-663-(17-07-1998)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
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SECCION SEGUD JLIIO i99.; (iDLU/\\1 G r1 1
LDO GaLDO fiACCION DF CUIPLIMIEN'IO - improcedencia / CDNTRMO ADMINISATIVO - Cumplimiento
TRIBUNAL ADM INISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCEIOPJ SEGUNDA - SUBSECCION "A"
PROCESO No. AC-663 EPUBLICA DE COLOMBIA ZCí7'o7 véí~ 6
Santa F; dc Ílogotá D.C., 17 JUL qq? Relatora •1' ti TrLí.J AdminrIt 1998 de Cundinamarca El señor JOSE BENAVIDES Q., incoa acción de cumplimiento en contra del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, según se deduce del libelo y de los documentos con él allegados, para que se inicie la reconstrucción de la calle 711-1 entre carreras 110-112, se hagan cumplir unos actos administrativos y se agregue dentro del contrato 462/97 "un otro sí para adicionar el objeto del mismo donde se incluya la reconstrucción de la calle en mención". Mediante auto de fecha 9 de Julio de 1998, visible a folio 16, se dispuso no darle curso a la demanda y conceder el término de 2 días para que el accionante la corrigiera, de acuerdo con el numeral 20 del artículo 10 0 de la ley 393 de 1997 y acreditara la calidad de Presidente de la Asociación Comité Cívico Integrando. El actor no dio cumplimiento a lo ordenado en el auto arriba
de la ley 393 de 1997 y acreditara la calidad de Presidente de la Asociación Comité Cívico Integrando. El actor no dio cumplimiento a lo ordenado en el auto arriba mencionado, por lo tanto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 ibídem, ha de rechazarse la demanda. En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección "A", RESUELVE: PRIMERO: chazar la demanda en acción de cumplimiento incoada por el señor JOSE BENAVIDES Q., para que se ordenase al INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO -IDUla reconstrucción de la calle 71H entre carreras 110-112, el cumplimiento de unos actos administrativos y la inclusión dentro del contrato 462/97 de un otro sí.
SEGUNDO: Ordenar la devolución de los anexos sin necesidadde desglose.
Notifíquese por estado y comuníquese telegráficamente al accionante. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE Aprobado en sesión de la fecha, mediante acta No.