TA CUN - ACNo97-045-(13-11-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - ACNo97-045-(13-11-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
ESPACIO PUBLICO -Desalojo /PROCESO POLICIVO /DERECHOS FUNDAMENTALES -Violacj6n /ACCION DE TUTELA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAM
SECCION PRIMERA
Santa Fe de Bogotá, D.C, Noviembre trece (1 3)de mil novecientos noventa y siete (1997).
FA C No 012
Expediente No: AC No 97-045
Magistrada Ponente: Dra OLGA 1NES NAVARRETE BARRERO
Demandante: JOSE DEL CARMEN QUIROGA
Acción de Cumplimiento. Procede la Sala a decidir lo que en derecho corresponda en relación con la Acción de Cumplimiento presentada por el señor JOSE DEL CARMEN (T T! En el escrito se solicita se de cumplimiento a lo establecido en el Acto Administrativo proferido por la ALCALDIA LOCAL DE KENEDY D.0 referido a ordenar a los ciudadanos propietarios de unos lotes y talleres automotrices ubicados en la carrera 91 con calle 98 sur del sector Patio. Bonito, Urbanización Vista Hermosa, de esta ciudad a no volver a ocupar el espacio público en esa vía ni obstaculizarla colocando cercas o cualquier clase de obstáculos. Basa su petición en los siguientes hechos: Que el acto administrativo de la Alcaldía Local de Kennedy fue resultado de numerosas quejas presentadas por los habitantes y propietarios del predio de la vía en donde se está invadiendo el espacio público por enormes buses y en especial por aquellos que pertenecen al servicio intermunicipal Valle de Tenza y otros equipos automotrices.2 Expediente ACNo 97-045 Que los propietarios de los locales y de los talleres fueron denunciados y
enormes buses y en especial por aquellos que pertenecen al servicio intermunicipal Valle de Tenza y otros equipos automotrices.2 Expediente ACNo 97-045 Que los propietarios de los locales y de los talleres fueron denunciados y en respuesta han agredido a los vecinos, así como han colocado cercas sobre la vía impidiendo el paso bajo amenazas, lo que se ha denunciado a. la Alcaldía Local sin obtener respuesta efectiva. Que ante la insistencia de los demandantes en el presente año, se les comunicó mediante oficio acerca del envío de un telegrama a los invasores y de la apertura de un nuevo expediente. Admitida la demanda se dispuso notificar, personalmente. al señor Alcalde Local de Kennedy e informar que la decisión de fondo se tomará dentro de los veinte días siguientes a la admisión de esa solicitud. Llegada la etapa probatoria se decretaron las pruebas solicitadas por la parte demandante. CONSIDERACIONES La acción solicitada será denegada, por improcedente, ya que al hacer precisión sobre la petición aquí presentada, se colige que la ALCALDIA LOCAL DE KENNEDY inició querella fin de que se llevara a cabo el desalojo del espacio público, lo que prevalece respecto al "acto administrativo" a que alude el accionante, puesto que solo se trató de un acta de compromiso. Desde el momento en que se diera inicio a un trámite de un proceso policivo, que deberá resolver en forma definitiva el litigio presentado entreS las partes, debe proferirse un acto administrativo resolviendo el asunto por lo que no hay en este momento acto que cumplir. Encuentra la Sala que ha esta solicitud debe dársele el trámite de la
las partes, debe proferirse un acto administrativo resolviendo el asunto por lo que no hay en este momento acto que cumplir. Encuentra la Sala que ha esta solicitud debe dársele el trámite de la Acción de Tutela tal como lo dispone el artículo 9 de la Ley 393 de 1997, puesto que de los escritos dirigidos por los interesados a las autoridades, se infiere que hay derechos constitucionales fundamentales amenazados o vulnerados. 4'3 Expediente ACNo 97-045 En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, FALLA
1. Denegar la presente Acción de Cumplimiento presentada por el señor
JOSE DEL CARMEN QUIROGA.
2. Comuníquese esta decisión al peticionario y al señor ALCALDE
LOCAL DE KENEDY D.C.
3. Admitir el escrito presentado pero como Acción de Tutela para lo cual deberá regresar al Despacho, una vez surtida la notificación ordenada anteriormente.
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No 157)
COPIESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
HERIBERTO REYES VARGÁS BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
Magistrado Magistrada
OLGA INES NAVARRETE BARRERO DARlO QUIÑONES PINILLA
Magistrada MagistradoExpediente ACNo 97-045 4
ERNESTO REY CANTOR
Magistrado