TA CUN - AP-01-009-(20-04-2001)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - AP-01-009-(20-04-2001)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
DEZ CI! ALARLAC#' ACCION POPUJLA Íiadero Cqeza / MTADE'O DE CAQUEZA Apr. badón pacto de cump menV. / MATDERO 'E CAQUEZA - Violación derechos colectivos ¡ DERECHO AL MEDIO AMBIENTE SANO / DERECHO A LA SEGURIDAD Y SALUBRIDAD PU[:UCAS TII tilL/ALL AllLkllll TA 'II11VO DE CUNINA fviA CA SECCgDbW Jfr!ILOA SUISECCIION A D0009 veinte (20) de abril de dos mil tino (2001)
Mñ ¿©ü7i®u: AP&ARIITA HERNANÍ
Expediente. AP=01=00 Actor H/ECTOP A [FRI!D SUA;?EZ MEJÍ/A Demandado LMUff?llCllPllO CI! CAQUEZA Provee el Tribunal en relación con la ACCII 'Nl P(0)PULAR de que tratai e arciflo 138 de la C nstkdón Polftica y desarrollada por la Ley 472 de 998, incoada por el profesional del derecho Dr. HECT R ALFREDO SUÁREZ MEIIA, contra EL MUNIICIIPIIO lE CA UEZAO N TECEDEN TES 1. i, Las Pretensiones. - La parte acdonante, en la demanda (fis. 1 a 13) promueve acción popular contra EL lM1UNllCllPll DE CAQUEZA, con en fin de que se protean ks s Llientes derechos e intereses colectivosolectivos Bogotá, 1 . 11. El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarlas.
s Llientes derechos e intereses colectivosolectivos Bogotá, 1 . 11. El goce de un ambiente sano, de conformidad con lo establecido en la Constitución, la ley y las disposiciones reglamentarlas. 2 La seguridad y salubridad públicas.
3. El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública.
4. La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respendo as disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de a calidad de vida de los habitantes.
S. Los derechos de los consumidores y usuarios
6. La protección de los recursos naturales.(fl. 5)2 Expediente No. AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA En consecuencia plantea las suellfle peticiones.- PRlMlEIA Se declare que el actual 1 !atadero Municipal de CAQUEZ?\ es inadecuado y constituye una vulneración al derecho a gozar de un ambiente sano, a la seguridad y salubridad públicas, a los derechos de los consumidores y usuarios y a la realización de edificaciones y desarrollo urbanos respet..ndo las disposiciones urdicas y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habi.ntes SEGUNDA Se declare que el actual Matadero de CAQUIEZA por su ubicación y ftrndonamiento afecta los recursos naturales y el medio ambiente TERCEI Se declare que el Municipio de CAQUEZí1, no ha cumplido adecuadamente su finción de control y vigilancia del sacrificio de ganado amenazando la seguridad y salubridad públicas "CUARTA. Se ordene las medidas necesarias para corregir el problema en torno al sacrificio animal para consumo humano "QUINTA.- Se ordene la construcción de un nuevo Matadero Municipai o
amenazando la seguridad y salubridad públicas "CUARTA. Se ordene las medidas necesarias para corregir el problema en torno al sacrificio animal para consumo humano "QUINTA.- Se ordene la construcción de un nuevo Matadero Municipai o Regional de acuerdo a las recomendaciones obtenidas de los estudios realizados y respetando en un todo los requisitos exigidos por la ley para la construcción y operación de un matadero "SEXTA Se ordene tomas las medidas necesarias tendientes a disminuir el deterioro del medio ambiente y de la calidad de vida de las personas residentes en el sector hasta que el nuevo Matadero entre el funcionamiento SEPTliMA Se condene a los demandados a tomas las medidas necesarias para resarcir los daños hasta la fecha causados con la inadecuada operatividad y ubicación del Matadero OCTAV;i Se adopten las medidas necesarias para que no se vuelvan a presentar las acciones y omisiones que dan lugar a la presente acción. NOVENA Que se condene a los demandados a pagar a los actores el incentivo de conformidad con el artículo 39 de la Ley 472 de 99 DEClMA Que se condene en costas a los demandados" (fls 1 a 2) 1.2 Los Hechos, Como hechos constitutivos de la acción constitucional, el actor señala que e Matadero Municipal e encuentra ubicado e zona urbana, construido en e año de 960; que es un ed&adón pública y su representante legal es el Alcalde dell Munlldllpllo de CAQUEZA. Aduce que de acuerdo con e Decreto 036/9 del Ministerio de allud & matadero no cumple con los requerimientos de orden higiénico sanitario ni ambiental; igualmente señala que la capacidad de beneficio es de 4 bovinos por3 Expediente No. AP-01-009
matadero no cumple con los requerimientos de orden higiénico sanitario ni ambiental; igualmente señala que la capacidad de beneficio es de 4 bovinos por3 Expediente No. AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA hora. No se reporta en cuenta a los porcinos. Los porcinos son sacrificados en las Menciona que no existe control de Plagas ni roedores y hay presencla de perros; que las condiciones de hiiene de las insladones del matadero y dell personal son deficientes, estos no poseen el carnet de manipuladores; las áreas disponibles para las operaciones de proceso son inadecuadas; la realización de la inspección premortem y postmortem se realiza esporádicamente, que contaminan las canales en el proceso de sacrificio de la faena; no cuenta con sistema de tratamiento de uas residuales. No se hace ninin saneamiento ambiental a los residuos sólidos producidos por el matadero y, el matadero es irna fuente ta de contaminación atmosférica.
Así mismo, que el matadero no cuenta con licencia ambientad, ni autorizaciones sanitarias, ni permiso de la CORPORIINOQTUIA para su funcionamiento; tampoco posee reglamento de trabajo y seiridad ocupacional, ío que lo constituye como una amenaza permanente para la comunidad en general. Concluye que el matadero de CAQUEZA no cumple con las condiciones higiénico sanitarias ni ambientales y que es competencia de los municipios su control y viTlanda. Considera por tant que el Municipio de CAQUEZA ha omitido Das funciones de control y las constitucionales relacionadas con el saneamiento ambiental y la protección de los recursos naturales. (fls 2 a 5) 1.3. Actuación procesal.
omitido Das funciones de control y las constitucionales relacionadas con el saneamiento ambiental y la protección de los recursos naturales. (fls 2 a 5) 1.3. Actuación procesal. La demanda en acción popular fue admitida mediante auto del 15 de enero de 2OO (. 49). Se comunicó a la Corporación Autónoma ReTonal de la Orinoquiía, la admisión de la demanda como entidad administrativa encargada de proteger el derecho o el interés colectivo afectado mediante auto del 31 de enero de los corrientes (lL 73). La parte demandada contestó la demanda (fis. 74 a 78) De conformidad con el art. 27 de [a Ley 472 de 998 se fijó fecha para llevar a cabo la audiencia especial de pacto de cumplimiento (fi. 95), el Municipio de CAQUEZA a través de su apoderado presentó proyecto de pacto de4 Expediente No. AP-O) -009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEiR cumplimiento el 30 de marzo de 20011 (fi. 11112). La audiencia de pacto de cumplimiento se llevó ai cabo el 5 de abril del presente año, y ahui se acordó el proyecto de pacto de cumplimiento entre las partes (tls. 1120 a 125).
II. CONSIDERACIONES
COMPETENCIA.
Es competente el Tribunal Adiiiinistrativo de Cundinamarca de conformidad con lo dispuesto en el art. 16, parágrafo, el cual consagra- `Hasta tanto entren en funcionamiento, los huzgados Administrativos, de las Acciones Populares interpuestas ante la Jwisdicción Contencioso Administrativa conocerán . primera instancia los Tribunales Contendoso-Administrativos y en segunda instancia el Consejo de Estado,"
`Hasta tanto entren en funcionamiento, los huzgados Administrativos, de las Acciones Populares interpuestas ante la Jwisdicción Contencioso Administrativa conocerán . primera instancia los Tribunales Contendoso-Administrativos y en segunda instancia el Consejo de Estado," Procede la Sala, de acuerdo a lo señalado en el artículo 27 de la Ley 472 de 1998, inciso 50 a revisare! Pacto de Cumplimiento con sujeción a lo dispuesto en el citado inciso, así: 1Estando presentes la apoderada del demandante Dra. DIAN A MARCELA RIVERA DE MOIATO, la Procuradora Séptima Judicial ante el Tribunal la Dra, MARIA LOL11TA 1ARREIA, la Doctora MARIA VICTORIA QUIÑONES en representación de la DefensoÑ del Pueblo, la Dra. CLARA ELENA CAMACHO APONTE en representación de CORPORIINOQUIIA, eJ Alcalde Municipal de CAQUEZA Sr, HECTOR ALIRIO IPAI3ON PUENTES y el apoderado judicial del Municipio Dr, LUIS ENRIQUE UMAÑA HERRERA, se dio a conocer a las partes el contenido de la propuesta presentada por la parte demandada visible a folios 11112 a 115 del expediente y la apoderada del demandante consideró viable el acuerdo pero planteó la necesidad de establecer unos términos precisos para la ejecución de las 0bras, la instalación de la planta de tratamiento de auas residuales, la inclusión de la reubicación de mau.der4 en el5 Expediente No. AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA Plan de Ordenamiento Territorial y el establecimiento del t&rnllo de tres años Para la reallizacl¿ln de los estudios y adquisición del nuevo terreno para e
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA Plan de Ordenamiento Territorial y el establecimiento del t&rnllo de tres años Para la reallizacl¿ln de los estudios y adquisición del nuevo terreno para e matadero y el, establecimiento de un cronograma de actividades.
Planteó el señor apoderado , el A lunicipio de CAQUEZA las fechas de cumplimiento específicas al capítulo que denominó ¡entro del proyecto como "LAS MEDIDAS INMEDIATAS" de la siguiente manera: "Al p into a) de lles msd#(fflas II flts propongo el 30 de mayo de 2001; al punto b) lo retire, os en vista de que el manejo q¡ ¡e se hace dentro de las i; ;stalaciones del matadero es de carne en canal, es decir las piezas completas y el desposte consiste en la carne al taja./o o carne empacada o lista para el expendio directo de/ público al detal por tal razón retiramos de nuestro proyecto lo correspondiente al numeral b) de las medidas inmediatas. Al punto c) se está cumpliendo y se seguirá cumpliendo. Al punto d) igual que el anterior. Al punto e) igual al anterior. Al punto 0 manifiesto el termino será agosto 30 de 2001 para mejorar las adecuaciones. Al punto h) Ya se han hecho las stalaciones anunciadas. Al punto i) La bomba ya está u stalada. "En cuanto a los tanques biodigestores en los términos propuestos por la parte demanda solicitamos que nos siga concediendo el año contado a partir de la fecha de esta a idiencia, la razón de esto debido a los costos q e ocasione dicha obra y al ajuste de la vigencia fiscal del 2002. "En cuanto la petición de incluir en el plan de ordenamiento territorial
contado a partir de la fecha de esta a idiencia, la razón de esto debido a los costos q e ocasione dicha obra y al ajuste de la vigencia fiscal del 2002. "En cuanto la petición de incluir en el plan de ordenamiento territorial la construcción de un matadero, esto ya está incluido en el plan presentado. En cuanto a la consecución del terreno para construir el n evo matadero, aceptamos el término propuestos por la parte derl i.ndante." (fis. 121 a 122) Planteamiento que es aceptado por la apoderada del demandante y por la representante de la eensorta del Pueblo y la señora Agente del Ministerio Público las que solicitan se nombre como entidad auditora del pacto a6 Expediente No. AP-O 1 -009
Actor: RECTOR ALFREDO SUAREZ MEJEA CORPORIINOQUIIAO La apoderada de la citada entidad manifestó que como máxima autoridad ambiental hará el seguimiento, control y ajustes técnicos necesarios, y que brindará ¡la ases.ra que requiera ¡la autoridad municipal, como queda consignado en el curso de es
providencia. 11.11
2. Eh compromiso propuesto por el Municipio de CAQIUEZA través de su representante fue del skiillente tenor: "PU ZO. - "Pedimos plazo de un (1) año, a partir de la fecha de audiencia, que realizará el próximo 5 de Abril, con el objetivo de corregir las inconsistencias que se demandan, con apoyo en lo siguiente. - matadero.~ "TI!AMITE ADMINISTRATIVO. - "1. El señor Alcalde, HECTOR ALIRIO PABON PUENTES como Jefe de la Administración y junto con su equipo de gobierno, pero
matadero.~ "TI!AMITE ADMINISTRATIVO. - "1. El señor Alcalde, HECTOR ALIRIO PABON PUENTES como Jefe de la Administración y junto con su equipo de gobierno, pero especialmente, con el/ng. JA 1RO HERNAN CARRILLO, en calidad de Jefe de Planeación Municipal, a quien se le impartirán las instrucciones del caso para que rinda en el termino de los tres meses subsiguientes el diagnóstico y estudio que tendrá como fin la adecuación de las mejoras útiles necesarias, a las instalaciones del matadero, las reformas internas de las secciones de encerramiento del ganado a sacrificar, desposte, manejo de viceras, y manejo de aguas residuales, sin odificar las condiciones de la infraestructura y manteniendo en lo posible al diseño técnico que tiene actualmente el "2. El Ing. CESA? AMADEO BETANCOURT TORRES, en calidad de Jefe de Obra Pública del Municipio, en forma alterna y conjunte, con el arquitecto JA 1RO HERNAN CARRILLO, realizara los cálculos de materiales, costos, mano de obra y todos los demás gastos en que se incurre para la realización de las reparaciones, para tener base y justificación al gasto públcio (sic) gravando presupuesto Municipal, así como la conveniencia y cumplimiento de las adecuaciones, incluyendo la parte de hidráulica.- idráulica.- "3. "3. A cargo del señor MISA EL HERRERA RORIGUEZ, en calidad de Secretario de Servicios Públicos, quien deberá establecer con precisión el manejo de las aguas residuales y sólidos y la instalcion (sci) del tanque biodigestor para disminuir la posible contaminación a las
Secretario de Servicios Públicos, quien deberá establecer con precisión el manejo de las aguas residuales y sólidos y la instalcion (sci) del tanque biodigestor para disminuir la posible contaminación a las afluentes hídricas, en el mismo término.- érmino.- "Los "Los antriores (sic) funcionarios trabajaran conjutamente (sic) en aras de obtener los resultados requeridos y bajo las instrucciones del Jefe de la Administración Local. "4. Por el Jefe de loa Administración Municipal, se procedera a realizar el estudio correspondiente para la construcción de un nuevo matadero, en otro lugar con las condiciones tecnicas y de conveniencia, cumpliendo previamente los presupuestos al régimen legal, radicando e!7 Expediente No. AP-o 1-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA anteproyecto a planeación Departamental y ajustando con ca/culos actuariales al plan de inversión. - "Acatando en primer lugar la ejejcución (sic) de las convenientes e inmediatas en el actual matadero para corregir las anomalías demandadas. "Para poder ejecutar las inmediatas se tiene que apropiar la partida correspondiente al presupuesto para la vigencia del año 2001, con Ile salvedad que no se dispuso la partida suficiente, teniendo como base que la vigencia fiscal del año 2001, ya fue liquidada y no es posible rezaliarlo (sic) sin la aprobación del Concejo Municipal, ademas porque los recursos de fondos comunes no permite el gasto que se requiere para realizar las obras lo cual puede demandar una suma superior a los $50.000.000. 00.- "MEDI1PAS INME LP lATAS.
"Se ajustara la partida actual adicionado hasta el maximo para realizar
para realizar las obras lo cual puede demandar una suma superior a los $50.000.000. 00.- "MEDI1PAS INME LP lATAS.
"Se ajustara la partida actual adicionado hasta el maximo para realizar las mejoras primordiales, como son: "A) Manejo de viceras en sección uníca, con proceso de sancochado bajo el uso de gas natural. ") Para el desposte se implementará una mesa de acero inoxidable, con las condiciones exigidas para tal fin. "C) Para el cargue de carne en canal, no se permitirá e! ingreso de transportadores a las secciones antes mencionadas, el manejo de la carne hasta la puerta principal se hará solamente por los operrios asignados para este fin, sitio donde cargan los camiones. "Se ordenó que el transporte de la carne se realice en vehículos adecuados, esto es furgón con tasadera y sifón. - medida que se está aplicando y los transportadores han acogido y recibido cumpliendo sin ningún inconveniente.- nconveniente.- "D) "D) E! uniforme e indumentaria para los operarios, es enterizo en tela de algodón color blanco, casco amarillo y botas de ca icho, no se permite el uso de relojes, anillos, cadenas, no se permite e! consumo de cigarrillo ni bebidas embriagantes, y no se permite el ingreso al personal en estado de allcoramiento, hacer cumplir el examen bimestral de frotis de garganta y prueba de laboratorio clínico de sangre, para todos y cada uno de los operarios. (medidas que se han tot ¡ ;ado y están corregidas) "E) El control de plagas y roedores y la presencia de caminos fue eradicada (sic) fulminantemente y se impartió las medidas necesarias
cada uno de los operarios. (medidas que se han tot ¡ ;ado y están corregidas) "E) El control de plagas y roedores y la presencia de caminos fue eradicada (sic) fulminantemente y se impartió las medidas necesarias con sanidad pública, para que se vigile de manera permanente. "F) Los depósitos de agua y bebederos para el ganado ya está instalada, pero se tiene que mejorar realizando las adecuaciones correspondientes. "H) La iluminación de implementará instalando lamparas con ¡tiS capacidad de luz.8 Expediente No. AP-0I-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA "O Se instaló una bomba hiráulica para aumentar la presión de aguas para facilitar el riego y aseo permanente y refrescar el ganado en pie que ingrese al encerramiento y además facilitar un rápido manejo del aseo de cada una de las secciones...." (fis. 112y Ss.) En esta dirección quedó determinado en la mis'¡ a audiencia que #a C LLcACll©frll AUTOMOMA IRíEllONAL i! LA OLII1MOIJIIA couvv© veedaire 7ll prezaffis pr©yco, para lo cual el Director General de dicha entidad designará al funcionario que desempeñe las funciones de veedor en este caso con el fin de que vigile y asegure e! cumplimiento .le la fórmula de solución del con fllct. propuesto.
3. LAS ACTUACIOÍIES DE LAS PARTES .- La DefeinioriÍai del Pueblo Reon a través de su representante, expresó- xreó 'A valamos "Avalamos el proyecto de pacto de cumplimiento con las modificaciones incluidas por la parte accionante, igualmente considero que
La DefeinioriÍai del Pueblo Reon a través de su representante, expresó- xreó 'A valamos "Avalamos el proyecto de pacto de cumplimiento con las modificaciones incluidas por la parte accionante, igualmente considero que CORPOT!!NO QUIA es la entidad idónea para hacer la función de auditoría para el cumplimiento del presente pacto". (fi. 122) El Ministerio 1Úb ico, representado por 11a Procuradora Séptima Jdkll ante esta Corporación., minetó "Esta agencia del Ministerio Público así mismo avala el proyecto de pacto de cumplimiento con las modificaciones incluidas por la pa ¡e actora. Así mismo considera pertinente que CORPO/' ,'INO QUIA como entidad auditora del presente pacto se sirva dar un reporte a esta irocuraduría en el momento que considere oportuno el cumplimiento del mismo" (fi. 122) i Cornoración Autónoma R apoderada señaló en fli audiencia lo si
oll de la OrnoquiÍai a travésde su ente •ifi9 Expediente No. AP-O 1-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA "Como funcionaria de CORPORINO QUIA solicitamos que de aprobar el proyecto de pacto de tenga en cuenta que CORPOR!NO QUIA como máxima autoridad ambiental en la región ejercerá la función de control y seguimiento que la Ley 99 de 1993 le otorga y con fundamento en ella realizará los ajustes técnicos que sean necesarios para que las adecuaciones que se hagan al matadero de ese municipio se ajusten a la normativi./ad ambiental. De igual manera expreso la voiluntad de prestar la asesoría a la alcaldía solicitándole que en el ove' lo que sea
adecuaciones que se hagan al matadero de ese municipio se ajusten a la normativi./ad ambiental. De igual manera expreso la voiluntad de prestar la asesoría a la alcaldía solicitándole que en el ove' lo que sea necesaria se avise a la Corporación con un término prudencial para programar la visita con los términos idóneos en la materia." (fi. 123) 4 Con estos antecedentes la Salla al no observar vicios de ilegalidad en el contenido del proyecto de pacto, procede a impartirle su aprobación y a ajustar su cumplimiento dentro de los siuiellfles términos y circuntncias 4.11. Respecto del compromiso adquirido por el señor
ilcalide Mmidpa A
de la Peña,reseñado en el acápite denominado "T MITE ADM1NTRATlVO' numerales 1,1 a 4, la Sala señala & tériino de tres (3) meses, contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia aprobatoria del pacto de cumplimiento para la ejecución de io planteado en dichos numerales.
41. En cuanto al compromiso adquirido por & se r Álcalde Mmdpafl de CAQUIEZA señalado en el capitulo denominado "MEDIAS INMEDIATAS" La Sala señala los siguientes pertodos en cuanto al literal a) el término máximo para que el manejo de vísceras sea elaborado en sección única, con proceso de sancochado bajo el uso de gas natural, será hasta el 311 de mayo de 20011
43. Respecto del compromiso adquirido por el señor Alcalde Municipal de CAQUIEZA, reseñado en el literal b) del capítulo "MEDIDAS INMEDIATAS' la Sala
de gas natural, será hasta el 311 de mayo de 20011
43. Respecto del compromiso adquirido por el señor Alcalde Municipal de CAQUIEZA, reseñado en el literal b) del capítulo "MEDIDAS INMEDIATAS' la Sala observa que fue retirado del proyecto propuesto y aceptado por la parte demandante lo que se refrenda en este momento.
44. En cuanto al compromiso indicado en los literales e), d) y e) del capítulo "MEDIDAS INMEDIATAS", sobre el cargue de carne en canal y su transporte, el uniforme y medidas higiénicas y exámenes sanitarios del lugar y los empleados, se afirmó que se están cumpliendo y que se seguirá asegurando su ejecución, en tales condiciones la Sala dispone que CO ORIONSUIA como entidad veedora del pacto, verificará las condiciones en que se desarrollan las actividades descritas y verificará su cumplimiento. Dicha entidad a través de la persona designada por el Director delo Expediente No. AP-O 1-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA COI ORllNOQUllA para cumplir las funciones de veedor de este pacto deberá informar a esta Corporación el resultado de —,les compromisos, 45 Con relación al couproniso del literal f) del mismo capítulo rnultidtado, los depósitos de agua y bebederos para el ganado ya instalados, pero que se pretenden mejorar las adecuaciones, la Sala señala que el plazo máximo para que ya estén elaboradas las adecuaciones será agosto 30 de 2i0) L
46. Con relación a lo comprometido en los literales H) e i) de as medidas inmediatas, se señaló que ya se han realizado las insn.ladones respectivas. La Sala Dispone que dicha afirmación sea corroborada por CO
ORI
46. Con relación a lo comprometido en los literales H) e i) de as medidas inmediatas, se señaló que ya se han realizado las insn.ladones respectivas. La Sala Dispone que dicha afirmación sea corroborada por CO
ORI
N QUIA com entidad 1' (
veedora del pacni, y en consecuencia ésta deberá informar a es,,,.,, C.rporadión la veracidad de talles compromisos.
47. En relación con el compromiso de instalar una planta de tratamiento para aguas residuales, La Sala señala que el término máximo para tener listi la planta será de un año contado a partir de la ejecutoria de est sentencia aprobatoria d& pacto de cumplimiento. El Gobernante le: acreditará ante este Tribunal.
48. Con relación al compromiso del incluir en el Plan de Ordenamiento Territorial el proyecto de reubicación, construcción y puesta en funcionamiento del nuevo mat.idero, el Gobernante afirmó que ya fue incluido, por lo cual la Sala dispone que dicho mandatario acredite ante esta Corporación su aserto. 4.9. Con relación al compromiso para elaborar los estudios y diseños para la reubicación del matadero y la consecución de/lote, el señor Alcalde cut ip/irá con dicho cometido en el término máxi 'o de tres (3) años contados a partir de la ejecutoria de esta sentencia aprobatoria del pacto de cumplimiento. Una vez vencido el plazo el señor Alcalde del Municipio de CAIUEZA informará el resuk.ido de su gestión.
40. La drcunsn.ncia que traza la Sala como necesaria para hacer posible el cumplimiento del Pacto aquí acordado, será la siguiente:
Corresponde a la Corporación Au
informará el resuk.ido de su gestión.
40. La drcunsn.ncia que traza la Sala como necesaria para hacer posible el cumplimiento del Pacto aquí acordado, será la siguiente:
Corresponde a la Corporación Au
noma Regional de la rinoqull'a resolver las peticiones 4
y consultas que eleve el Alcalde Municipal en el término legalmente establecido, informando a esta Corporación tanto las gestiones que adelante el Alcalde Municipal de11 Expediente No. AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA CAQUEZA ante dcha entidad, como las respuestas, evaluaciones o concepts que sean emitidos con base en la actividad desplegada por el señor alcalde. . La Sala en virtud de lo dispuesto en el aw 34 de la Ley 472/98 dispondrá la conformación de un Comité de Vigilancia para la verificación del cumplimiento de esta sentencia, integrado por la Magistrada Ponente, la parte demandante, el Alcalde del Municipio de CAQUEZA; un represenLnte de la Corporación Autónoma Regional de la Orinoqula nombrado por el Director de la entidad, quien tendrá a su cargo las funciones de veedor del pacto de cumplimiento, la Representante de la Defensoría del Pueblo Dra. MARI A VICTORIA QUIÑONES y la señora Procuradora Séptima judicial ante esta
Corporación, Dra. MARIA LOLITA BARRERA. Se fiar como monto del incentivo para el actor popular la suma equivalente a diez (110) salarios mínimos mensuales a costa del Municipio de CAQUEZA, teniendo en cuenta que el presente proceso terminó anticipadamente al acordar las partes un pacto de cumplimiento, derecho que le otorga el art. 39
equivalente a diez (110) salarios mínimos mensuales a costa del Municipio de CAQUEZA, teniendo en cuenta que el presente proceso terminó anticipadamente al acordar las partes un pacto de cumplimiento, derecho que le otorga el art. 39 de la Ley 472 de 1998, por su labor diligente, opo una y permanente. El Honorable Consei de Estado en providencia AP009 del 20 de enero de 2000 con ponencia del Doctor RICARDO HOYOS DUQUE, al referirse al incentivo señalado en el a 39 ibídem, expresó: Aunque es cierto que con las acciones populares no se persigue ningún beneficio pecuniario sino la protección efectiva de derechos e intereses colectivos, de manera que se hagan cesar los efectos de su resquebraamlento"11 y que el Interés de solidaridad es el que ¡la ley ha pretendido compensar la carga adicional que asumen las personas que elerdtan una acción en beneficio de la comunidad y no en mero interés individual... "El estímulo económico previsto en la ley para el actor popular no está concebido como un castigo para la entidad o persona renuente a cesar en la vulneración de los derechos e intereses colectivos, sino como una compensación por la labor altruista del actor, así dicha suma debe pagarse a costa de la entidad o persona responsable de la vulneración. P.r lo tanto, no incide para su reconocimiento el hecho de que éstos se hayan allanado a cumplir el deber deandado por el actor en la primera oportunidad procesaL" (sent. Cit.)
Sentencia C-21 5 de 99912 Expediente No AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA No se condena en costas porque no se da ninina de las hipótesis
procesaL" (sent. Cit.)
Sentencia C-21 5 de 99912 Expediente No AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA No se condena en costas porque no se da ninina de las hipótesis legales del artículo 392 del COIPOCOJ, aplicable por expresa remisión del artículo 38 de la Ley 472 de 1998, para ordenarlas, ( Parte vencida en el proceso, parte que pierde un incidente, parte vencida a través de los recursos que traza dicha norma,) En mérito de lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINIIST[ATIVO DE CUNDINAMARCA 9 SECCIÓN SEGUNDA, SUBSECCIÓN "A", administrado justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, FA LLA: RIMEO.- APROBAR el Pacto de Cumplimiento suscrito el 5 de abril de 2,0011, en los términos acordados por las partes en la audiencia especial llevada en esta Corporación, para la defensa de los derechos e intereses colectivos invocados en la acción poiuVar, consagrados en el art. 40 literales a), g), h), m) y n) de la Ley 472 de 1998.
SEGUNJO. En consecuencia, el Alcalde del Municipio de CAQUEZA, debe cumplir el compromiso consignado en el Acta de Pacto de Cumplimiento y referido en la parte motiva de esta providencia, en los términos y plazos alllliÍ definidos, TERCERO, CONFORMAR el Comité de ViTlandia para Da verificación del cumplimiento de esta sentencia, el cual estará integrado por las personas señaladas en la parte motiva de esta providencia, y E,) TIIFICAR la designación de la COPIO ACIN
TERCERO, CONFORMAR el Comité de ViTlandia para Da verificación del cumplimiento de esta sentencia, el cual estará integrado por las personas señaladas en la parte motiva de esta providencia, y E,) TIIFICAR la designación de la COPIO ACIN AUTONOMA REGIONAL DE ORINOQUIA, como entidad veedora, para vigilar y asegurar el cumplimiento de la fórmula de solución del conflicto acordada por las partes en la audiencia especial de pacto de cumplimienL.. Y para que desarrolle las actividades que en la presente providencia se le asignan a través del funcionario que deberá nombrar el Director General de la entidad, CUARTO. - FIJAR el incentivo económico a favor de la parte actora, en un monto equivalente a diez (110) salarios mmnimos mensuales, a costa del Municipio de CAQUIEZA, pago que se hará en el término de treinta (30) diías contados a partir de la ejecutoria de la presente providencia, 1' /13 Expediente No. AP-01-009
Actor: HECTOR ALFREDO SUAREZ MEJIA QUINTO.- Negar la c,:ndena en costas par