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TA CUN - at-3845-(11-11-1993)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - at-3845-(11-11-1993)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1993
  • -L'eLermjflaclon

Santa P6 de Bogotá, M., ernbz'e CO

) de mil novecienos noventa tres (i,&93)., xpedente No. AT-3845. Magistrada Ponente. ))Tt. OLGA INES MV no. •Solictante: ALIRIO BASTXtYA$•TP1FÜR Acción de Tutela, Procede le Sala a decidir, la solicitud que en acción de tutela preent6 ante esta Corporaci6n el SftOX JiInlG BASTIDAS TAPtJR., quien no expresa claramente los derechos constitucionales que considera vulnerados. El solicitante hace relatos de varios hechos, los cuales no presentan entre sí coordinaci6n y por tanto es impostble hacer una síntesis de los rnisnon. Tampoco se puede percibir de la lectura M1100 escrItos qu6 entidad o institucjón le he vulnerado losderechos que dice i.nfrtng&don e3. peticionario, .pies' se refiere e varias personas particulares, que al parecer son famIlIares y conocidos del seflor Bastidas afur. Dentro del tr6nite corx1epondiente se soUcit6 al seflor ALIRIO 3ASTIDAS MFUR que Poncretara los .derechos constitucionales que consideraba vulnerados, la autoridad causante , loe hechos noro loe que basaba la pet5.oi6n, a lo cual . respondi6 con otro escrito en isa mientas condiciones que loe primeros. que el leer y analizar las solicitudes. in uennoJa No. 2 '~diente NO., AT-3845 taudea por el eeer BASTIDAS TAFUR1 so relatan una aerie de heque el leer y analizar las solicitudes. in uennoJa No. 2 '~diente NO., AT-3845 taudea por el eeer BASTIDAS TAFUR1 so relatan una aerie de hechos sin coherencia ntnguna asi corno también no te precisaron los derechos fuM mentales vulnerados ni tampoco la autor&ded que le cuus6 tal infracci6n. De manera qu la no tiene mat r sobre la cual pronurzciarse pue el solicitante como se diJC no manUeat6 claramente euftls son los derechos que se le • vulnerando o eme-. nazando, ni la crounstanca de .tiempo modo y luger en que ocurrieron os hechos que narra sin preoist6n ni determ1nact6n ni cual la actuaci6n que podría lugar a ello. Pór lo anotado, dberá de esta ftctÚact6n Por lo expuesto, el TRIBUNAL 37 TIVO DE CUNDINA)IARCA, SECCION PRIMERA, A E SU 9 V g 1.- Rechazarla soltcit d de tutela fora tda por el eeor ALItO BASTZDA$ TAPUIt. 2.- Comunicar, med a e to1egraa al Lcionrio dectsi6n adoptada. Enviar el expediente e la Corte Constitucional para mi eventual revta16n, si esta decii6n no fuera impugnada dentro de los tres (3) días siguientes a la notificaci6n. YmWIWEØR YHoja Kxpedionte Nc. AT-3B45 tJictttido y aprobado en 8e6n de j3feha Acta No. !(MIZ Magitrada

YmWIWEØR YHoja Kxpedionte Nc. AT-3B45 tJictttido y aprobado en 8e6n de j3feha Acta No. !(MIZ Magitrada WAVARkTK 8MRO DAfliO QUZÜI giatradA

magistrado

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