TA CUN - AT-4014-(10-02-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - AT-4014-(10-02-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
solicitud recD 1 ver 1.3 prcedidc. a por la mayoría NAVARRETE BARRERO cir., de tute,l coracrad en el Cont 1 tuc iÓü Nat.1na artLcilo 86 de la 'a1 p la Doctora OLGA FNES DERECHO 'A LA EDUCACION /EX ION:DE ALUMNOS ISTRA11VQ DE tJNDINAMARCA diez F novecientos noventa y cua'ro (i94) .`quiera qt por el, Magistrado presentido l Proyecto
CPIO$ENCJ: DRA, OLGA, INES NAVARRETE BARRERO
Epedient Ñci. T-4014 '3a1citarit p,asiz MAR Acción de Tuteia. (10) de febrero SLut4n-c4.acjor, Dotor, HERTBERO REYES VARGAS ., no fué acogida fcri1da por e], S4or LUIS MARIAALONSO, en representaciónde t hijo menear LUIS ENRIQUE ALFONSÍ) y n e3erLiclo de ]a
1. ANTECEDENTESComié :de Admisiones de ese etab lcirninto educatio doncle par tI ci Ao...acióri de Padres Fama ha, aprobó Lt Lle mier pretarencial e ptarn nq reporten malconduçta. 3 - Derechos que" se coniderrn vz.Olada.- Hojallo. 2 xpediénte No.4014
A.- LA PET1CION 1..- Pretensidne La peticionari dirige La acción da tutla contra al ENEM Frhciscc de,. Faula Santand2r y mdiante su ajarc:Lcio pretende que esta Tribunal disponga el
A.- LA PET1CION 1..- Pretensidne La peticionari dirige La acción da tutla contra al ENEM Frhciscc de,. Faula Santand2r y mdiante su ajarc:Lcio pretende que esta Tribunal disponga el rairitaçjro inmeØiatoA las labores Académicas del in LUIS ENRI1JE ALFONSO 2..- Los Hechos c:rno sustrçt de petición E fundament.ai ]o siguiente hechos lo.. ue 3VC;fl LUIS€NRiOUEtJON8Oe de 199 tomo estudiante, dell,Prado,Dcffio, viñ :uLó ne 1 afo. Col eio Inern Francisco de Paula Santander, y,_ aunque reprobó al a4o EmC01ar, nq reportó mal comportamiento.. los cupos da ide estudiantes Oar , reintegrar, apreciación se hizo con base en una aoluióri de l Secretaría da Educación que: dispone al reintegra de los estudiantesrntc: y de matrícu la para, 1994 y correspondÉr'nt exp] icaçión. negativo la Hoja No. 3 Expediente No.4014 La peticionaria invoca la violación de los derechos consagrados en las artícula% 44, 67 y 86 de la Constitución Nacional. - TRAMI1tDELA TUTÉLA. - El Magistrado ustanriadorN, por auto del pasado 31 de enero., dispusoqu se soiicitar al Seor Réctor del n4Erl; Francisco de Paula 'Santander de esta ciudad, informe wbre ct4á 1, f u. é e] cornpoPf3rn1Pnta del menor LUIS
enero., dispusoqu se soiicitar al Seor Réctor del n4Erl; Francisco de Paula 'Santander de esta ciudad, informe wbre ct4á 1, f u. é e] cornpoPf3rn1Pnta del menor LUIS ENRIQUE ALFQNO durnte 1993 si se expidió orden de :tlmer -ite dspuso que se oficiara ál , 9,n,Rár.Se±retario cft? Educación del Distrito Capital de Sant. Fe de B000tá a fin de que remitiera copia de la Resolución en la cual se ést.ablece i rcintearo obai'qat.orio d lo estudiantes qué hayan Trepohdc el ao escolar y no. reporten mala cónducta, caso concreto en el Irni Francisco de Paula Santander. Dtch..as t,1ictu&Ier olamcne -hercn' atcnriidas por el Secretaria de Educac:iór. del Ditito Capital de Santa Fa de }3oqat., e. Rector del lncrn Franc,co de Paula Santander por u arte no envió información alqu.Hoja No. 4 Ex pediente No.4014 CONSIDERACIONES La acción d tutela fue con qrc.daer el c?rtícUo 86 d la nueva ConçtituL.ón Nacional c.otno un mecanismo orxentad a próteqer eti forma inmeta Vos dererho% constitucionales indamntales ck.ndøqu1er que estos resulten vneritdo o amenazados por la acción o la omisión de ciq.r autorid1 publica o de lo particularis eros oedcs en 1 ey.. Esa açción fue red lamentada por medio del Decreto 2591
resulten vneritdo o amenazados por la acción o la omisión de ciq.r autorid1 publica o de lo particularis eros oedcs en 1 ey.. Esa açción fue red lamentada por medio del Decreto 2591 del 1.9 qe 4-oObre de 1991, expedido pe -ir-'él Presidente ci-e lá C-ii ejercis1,0de 'facultades que le confirió el literal •b. del artículo tran,itorio 5 de la Cont.tuçión -in al oída la Corrión Especial tiv y lÍevd4 a cabo el, "trámá,te previsto íen el articulo transitorio ¿ \' ese decreto fue reglamentado a la ve z mediante el Uc re. to 306•del. 19 de feh?ero de este órO dict-r10 por elSeorPr2sidnte de l kepublLa en ejerci1o: de :las facultad con' eridas por el articylo 1e9 humeral11, çI la Constitulón Nac1cDr] '.- En co de wtud3o. el Secr, LUIS Ii tFONSO rce la ':ción tutela contra el Inttuto Nacional de Educación Medi.a Diversificad¿ 1nm Francisco de Paula Santander de eata ciudad para que %u hija LuIS ENRIQuEInstituto reprobó el tirado Dcimo, peticionaria invocas en apoyo n el ode 1993.. La SU sijcitud los:. ,brtempldo en' for especii k)flr (de, 'fnd am, efi t-ales vu1radd, para 1 ncs eP
n el ode 1993.. La SU sijcitud los:. ,brtempldo en' for especii k)flr (de, 'fnd am, efi t-ales vu1radd, para 1 ncs eP cma lo t len e dftr ido sUf,t.eflternent Corte Con Ltuc'1 una el dtecho - la que 'cQnir persoras que Y pre/lere• par .lot os el. articulo "ó?y en el ar'ti'ctiJ '44'. y es ç?duc..iárs si es _ara,todas 1s sn el edici'din 1 a ¿rtic:ul. 44.. 1.0s doir:hÓ d los derecho- .'Ø r Servir prosperidd genera -1 Y cran tizar manera. /tue para j Drever1 sobre '€1 t-unt iariaj cOiflufl id4, P Estado el 1 . la efertividad cJe los Conti tuc.ián ñQrrn corttucioni l •e5 'rtíc:u]c n á 1. i s -15 CÍ4 e1 pca -o debri eFli' ertre los fines srLrle rada .cci.Ón. de F-vatá consa En ecndcD ILk Hoja No 5 Expediente No..4014 ALFONSO se reintrado lal labores' acdrnic's del aAo de 1994pues en u condición, 1 et.udiart.e de ese ar tícu 1 ag 44. é,7 •y icP NLonal..
ALFONSO se reintrado lal labores' acdrnic's del aAo de 1994pues en u condición, 1 et.udiart.e de ese ar tícu 1 ag 44. é,7 •y icP NLonal.. 4 1.inqw l P.et cwri no lo .ndíciR eh 1 nra dl contrido d lal3. -1tVc r dduc. c el <4yrecho cerhn y debercor r'do et la Ccnrtituc 6Uel a rt Lá Foltica ysu obto prneipl64 1 1a proter.órt inmetitata lo derechos Id e toda rona Éri tEr rz.ivar.. r)uvd;cat.1cqp de , 'lg derec::h cnti t ic'.n sfun'1iuehtIe ni ri!r , recho a, ra d'cart ' c' u ,rtiLul Ca bcaso con
¡s puso lo, tt mçi drácbo icacj 6n 'un cIerec -hi 1e "n a— y un J1.':,1 pLIbl.1 'h. que na fUnt ifl social çn ella • b.ic-i a? áeso a.1 onociMiénto, la 1 tÓcniça y a 10 dea. brenws y vál,ores Mi—lacultura... (.qr113. dr la ndad y ' .dtción. q1&e b q! IiríG OE dL
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.cdrntoca iri II En çuai'tc....................',t,I,culd '? -r'kr t riti s near.p' rt:rpr€,3irlD n cnc driia crr et: çtiulç.
1 ft : é wrr cu1i2 der'ch% funmEnt1e - de lc. rí4JPn l CU 1V'irka 'f liaj la t iJwt 'i 1 EtcIo tiri la b!tc iór' 4e Ltir y frr3jecJ'r-ék ito para
ç?irQlTc1 :. eL-- rur&a ipd fTJPflt8 y ' la fliPk3S ,pi. vi,scircurtania de,, debí fid4 manf testa. .."i Hoja No. 7 Expediente t4o.4014 fuera del texto). Finalmente, debe tenerse en cuenta Øl articttlQ. I.Z. d la Cart, 41 u ConsarIiia que :."El—Estado prteqer especialmente a aquellas personas q.,te por, su condición económicas fi c. ica ó mental, se encuentren en 5.- Sobre el tmft de la educación la CQrte ContitucionaI se ha pronunciado en varias oportunidades y ha sido
económicas fi c. ica ó mental, se encuentren en 5.- Sobre el tmft de la educación la CQrte ContitucionaI se ha pronunciado en varias oportunidades y ha sido reiterati:. en el entido de considerarla como derecho lundamental y de brindarle espec.ial atención cuando se trata de meuors de: dad A, si ea Corporación sostuvo que, en virtud de lo dispuesto por los articulos 44 y de la Ca-ta. tanto el Estado cnmo la sociedad y la f ami 1i son respurb1es de la eduracn que se le brinde a fos, meor, fara la Crie Lontituciona1, esta riqn.fca que e1o prceso educativo y arttcularmente el de los no correspondO a un esfero aislado a ind'1dual sino que recae en difere-ntes actores cada uno de 3. as Ci¡,rk 1 et es ujeto de derechos y deberes y cumple u precia función de t.ro -del ámbito que le compete1'. (Sentencia. T-183 de 199w Saaa de Revisión de Acciones de.,Tt-ttc-lla,r t1gxtrado Fcnntp, Lnctar FabL Morón Díaz) ,Respecto` de las constitucionales en materia dc eIucac.in dicha Corpóracón ha reiterado que tanto l de-recJ a educare temo al 1.bertad de 3pV-end.1za?é, ensarza. iflvesticjación v cátedra son derechos fundamerta.i de los no puede ser, prtvada un iAdv1c1uLJ uno sin quebrantar lo principios
3pV-end.1za?é, ensarza. iflvesticjación v cátedra son derechos fundamerta.i de los no puede ser, prtvada un iAdv1c1uLJ uno sin quebrantar lo principios mnda.t.bs c:onstitucj.cn.e .-Lá naturaleza racional de], hombre y u dignidad e»içen el establecimiento y prseracien de condiciones apta para que la persona hecho de serlo >1 en igualdad de oportunidades con por elHDjallo. 8 Expediénte No. 4014 las demás, acceda R los beneficios de la educación de la forrna.cián en los trnunos plasmados por el artículo 67 de la. Cárta Fobtica f. (Sentencia T519 de 199
Sala Í Revin.dri d Acciones de Tutela. Ponente Doctor José Grenorio Hernández Ci'lindo) 6P3raverificar lo ocur-rido elMáqistradp Sutanciador Iic.ttó información al Rector del establecimiento educativo ontra el ru1 se dirnó la tutela sobre la situación del joven.,, LUt9 ENF.JflUE ALFONSO,- incluyendo comprtmi.rto y si se le pdi.0 orden de reintegro y de matricia para 1994, en can neqattvoenviara la corre'pondirite piiracián. Así mismo e s,nlicitó al Seor Secretario de Educación, rnteracopia"- de la Ro1uciór ór .la cual se tahlece el reintegro obli9tor detcsestudiántes qt..xiÉ huhiesn reprobado el
Seor Secretario de Educación, rnteracopia"- de la Ro1uciór ór .la cual se tahlece el reintegro obli9tor detcsestudiántes qt..xiÉ huhiesn reprobado el ,ago escolat ' no rpçurten malaconducta lo solic.it aeltribuni recibió respu dl Secrt.aríodE Re.soluciórt 104 de de -f inál 1 zación' del allo de 1944 solamñte Educación quien envío copia de la 1993 que i-elamenta. 1 actividades escolarde t93 e iriiciacióñ dl No De documento-S. aportados en accirnes de tutela dist.irouias corvlos Números 4046., 4016 y 4015 presentad anta esta Corporeción por estudiantes del mismo plantel dutivo, quienes cursaron Grado 9o.. la Sala establece las iquente ap - . Que e) 1 nein Fcic d F'1a Santander es un in5tituc1(n diver f ¡cada que crfrece oportunidades a los usuarios pra aprender , recibir educación dentro de las :ientesáreas d e 11, sabflr académica, comercial,Roja No. 9 Expdientø No.4014 ira recibir álut1nos que industri , rÓmoción social, uá1e, á laiez, tienen 1 aw> que relaciona Y que para acceder a es ramas y modalLdades los estudiantes, deben pasar determinadns . enel Plan de Estuioen no . se cumple CQfl .,para ni f:rma t.al iue si, requisitos n $e puede rec.ibir
a es ramas y modalLdades los estudiantes, deben pasar determinadns . enel Plan de Estuioen no . se cumple CQfl .,para ni f:rma t.al iue si, requisitos n $e puede rec.ibir qt V5T f4 giodi,1idad, por , un prccesó dt orentción / seløcción y,. portanto debeh cumplir con unos requisitosac.ad&'Mic --ol. se €ent pierrdrt. el de un iá, promoción dw ,etu4it,e 'deL a ntrior de otro.SIR debe trr e cUta ue a ca acidad di pcnib1 dé p114 rte pr a 1a a ten¿ ión detida de éstu lan ew plar 'I etiido ¶', general, de1 sErv.c10 E-ducativo. Qué l si-t6 ritericse t cte oiia, medinte ja pro ,yltzx deçatr4t'las para el o sui.ente l0. cual para el 1991 tizo .et 273. e u1io de 1993 dpteçtndc-' problemas, de cparidad en loi grado '' 90.., rama induEtr d - áu en e momento hal c.upus pra las r1sacadémica, tomercaI y 1, prcnoción' acal nas no e¡tato-;,,,n ínguna posi.biidaci p 1 ró&ntejro. n el grado. noveno tndustril. tct i, ect: iones (cursos) etán pas cupo nx imo;
posi.biidaci p 1 ró&ntejro. n el grado. noveno tndustril. tct i, ect: iones (cursos) etán pas cupo nx imo; e..- Gue torno no es poi1e reibir , todoj los alumriosde t¿das 1s ramárm / mdaLa.ddes qe pierden e.L aso, en el Plartte e.iste un r'g&ament3 para re' çib1 ir, aqullbs que la capa C: de Lursós . permLç n el cual se stabecer, pur,t&js de acuer al req lamento y :cornpor .amjntod 1Qs e y can base en uno motij. ¼J1 ipIirar d 'seos ju dn lU9ar e >'pL( 1 s i ón 4Hoja No. 10 iente No.4014 listado por ordn d puntaj es se r'c'ibe repiten te hasta c:opar ia coacidad de las secciores. El 9ePnr E3rcretario de Educación del Ditrito Capit1 de Santa Fe dc oot inform que en la Re:.eiuci.án nu'¼fflerO 31O del 3 de ntviembre de 1993 iie riamentan las actividadr: de' fil¡ zacíón. del o esrlar 1993 e1 l ç .L994. p1l4b1C nLrmeI¼i acis sb1Ec1ii1rlto d rndtntes de 1 retara de E r d 1ófl ' tiel Dts'lri10Capital of&cta1s Y que en el rt¼ culo 4o d € Resolución e la cual remitió
E r d 1ófl ' tiel Dts'lri10Capital of&cta1s Y que en el rt¼ culo 4o d € Resolución e la cual remitió fotocopía . Tétab1ce gurt tUdiar¼ t.e» puede re:haUr t a c tine eturiio en ur anc plarit] pos prdzd de ¿b dmic'o, &3C) rendimiento Le corr nde. UE i l Sal, definir sí, altectivaMente en te La.) 4 bern F ¡`a ¡-1 ,i. , de s1 a)tn1r le 4-ulner 5 .-1 jnti''hr'a ór cic l menor LUIS EtFVLJE At.:FONSO y Frs pr smer t4rrn,r e obsr , que el menrwflado h1ecnt,Áeducati rk. tu la posttiilidad al •4, L estuirut d eJ#rer el tierçP%t la CtJUdL'Lp trahte elNo II rn e.t l'unno rio uml i tatPri3mefltP c'on e4 ct41,ér crrc 1 slvo que ton1 1 'ia es dev erhci 'n eçundo dehe ten? en cuent tue pEl r de 1 -aprd ida del ,c:4 etola'r. el 'bidante debe tener, 1 ¼ cipcirttlriicf -ic sse se le rrffiiba iis ss tit en 'I
ontinci6rs de IP;p e, , studíos orint...dos la ulrninción
1 ¼ cipcirttlriicf -ic sse se le rrffiiba iis ss tit en 'I
ontinci6rs de IP;p e, , studíos orint...dos la ulrninción delilo ducattvo, pues e1. n pl m crenfQ de sus debez - como etu -fiánte en Un determinado o n es rausal de plai'am1rnQ o Lant ión de Eu ereho a laJ Hola t4ó. 11 Expediente No.4014 educación. En este sentido se, ha prontin-c.iuio la Corte Cónstitucional'pues .en, la-sentencia de 'fecha 8 de mayo de 1992 'Epdient rúner T--644, e<pr.esó'entre otras cosas. 1osiguient.e. Ahor& bien. ido la educatiór un derecho cont.ituciona1 fCndamental. ç:i incumplimiento'. de las Lird1c1one para el e)ricio del derechos coma sería 'el rc.i responder l es'tudiante a sus ciblines cdemtcas ', -1 compbrtamthto e,iQldo por los reQlarnentqE. puede dar ltagar,á la sanción ethcid en e]. crderiancnto jur.dico para el caso ore]. tiempn razonable que alli seprea paro nib podría i.rnplicr su pérdida total. por ser Ufl ckrecho irihrante a la persona., u Es'teconcpto de deduce claramente di articulo '4 de '1aalprohib1r las penas perpr'tu Dicho cart-r limita4ivq de lema:
Ufl ckrecho irihrante a la persona., u Es'teconcpto de deduce claramente di articulo '4 de '1aalprohib1r las penas perpr'tu Dicho cart-r limita4ivq de lema: sanciones extiende a' fodo Gi rdenamtento n greral (ecepto la sancíóri establecida en e3 arti,c;ulo,j22 de la Carta)y en epcial a la esfera edUcativa En otra pjabras, la educcin puede ser encauts da y reQ1 ada t tó ente pero no negada et, uu nucJeo se'rt l sgui'r& a Petr Haberle se denomia ntrido eenial" al ámbtto nçesrto e irrdu.tbl d LQflUt que el derecho protece con :Lndépendnr.ia di la Ddalid.des que asuma el derecho o 'de las formas en que se anifieste. Es el núcleo básico del dercho furdifent.aI 'no suscu.ib1e de interpretación o de opinión sometida la dtnAmica d coyunturas ideas, plit,cas " En torcer +rmxno 1ara pfectr cii' la d€:siÓn también es necesario analLiar 'la rnns aducidas en las acciones de tutela Ya re-feridas por el Coieqc, para no per mit ir que estudiantes continúen ' :sus. estudios en ese stab1ecimientoen su condicióde\,r.epitente del grado noveno puos, ciertment, la inibcada carencia de cupos es un motivo que., or; principio podría justificar unaHoja No.. 12 Expediente No.404
stab1ecimientoen su condicióde\,r.epitente del grado noveno puos, ciertment, la inibcada carencia de cupos es un motivo que., or; principio podría justificar unaHoja No.. 12 Expediente No.404 En cuarto término., es preciso incluir en el análisis la imposibilidad en qu encontraría el joven para tnciresar á otro Cablecimieni educativo, pues una primera lirnit:ant e. 'su condición 'de reptente y i' otras es la de que' dada la educación diversificada que ofrecen los institutos Naciori cs de Educación Media Inem ,4 como lo., jnforma la Vicerrectora Académica al' Rectr del bern Francisco de Paula Santander en informe CIél 2' de febrero de 1994,en ls otras actuaciones, que en el grado, novenc es imposible hacer traslado de alumnos .de una rama a otra y solo, podríase¡- recibido en otro toleqio Inem los cuaI para esta pocaya tienen cerrada toda posibilidad de irigre.'o de nueyos!r alumnos. 8.- De manera que sopsandola situación del •ioven LUIS ENRIQUE AL.FONSb secr la cual, conforme a la preceptiva. constitucional debe corifiruar gcando del derecho furdmen'( 1 a la u ación que liá vení4tofreciendo el Estado a t-rzvés' de su establecinientos Con la invocada por el In-Tm Franci'co d'eF'aula, Santander la Bala Ilea la ronr1usón de que debe prevalecer la de aquel llega a este puntu Lia 9Sá¡a considera que
invocada por el In-Tm Franci'co d'eF'aula, Santander la Bala Ilea la ronr1usón de que debe prevalecer la de aquel llega a este puntu Lia 9Sá¡a considera que lbs razones aducida poi , el mencionadp etablecimiento ed'ucativo que condw:a a la carencia de curjo4 se apoyan en unos hechos quc no resu 1 tz(r..1 para el sistema edu:ativo, pues el instituto y la Secretaría de FdUç&4Cófl dl Distr tcs sá lIcuase a ser', necesario pueden adoptar las medidayÁ ttvs operativas y unc.ionales necesarias que prmit.ar lá ampl,-i.-:.:(cíóri de los cupos yn cpnsecuencia, la admisión del •Joven LUIS
1NRI(LIE AONSO.
Es ías, coriformea la Resolución 3106 deJ'8 de noviembre d? 193 del Secretario de Educación dl Distrito Capital, 'a se han debido adoptar ls medidas necesariasHoja No. 13 xpediente No.. 4014 y adecuadas para iinteararlos alufflr'%Os de' bajo rendimiento o con problemas disciplinarios a la normalidad académica Las mediØas que adptó el etablecim.iento no resultaron suficientes para readmitir a todos los alumnos que perdieron el ao 1993 pues solo se recibieron unos pocos del qran'nmerb de estudiantes lué llegaron a. esa situación,, ¡.pesar d? que éstal como'el m:imo:institut.o lo informa, se » previó con l suficiente antelación..
pocos del qran'nmerb de estudiantes lué llegaron a. esa situación,, ¡.pesar d? que éstal como'el m:imo:institut.o lo informa, se » previó con l suficiente antelación.. Además. ¿be ariotr, que el mismo legislacior, en consonanciaSpon lá Cntituciión, » quiso elimiar la posibilidad de que los eltablptímienidu cducativs se nieguen a ectbir alumnas que repruebenaper una vez los estudios,, Pues la Ley 115 de 19941 sancionada reciehtmerte,, aunque sin promuioar, así lo prevé en. u Artículo 96, cuando dispone que "La reprobación por primera vez de un determinado grado per parte del alumno, no será cansal de exc:lusiri del respectivo establecimiento,, cuando no ,esté, asociadas otra causal expresamentecoreuptci ¿n el replamento instjtucional o manual d convivencia.". ?.- En esta ferma la Saia accéderá a la solicitud de tutela formulada a nombre de]. menor LUIS ENRIQUE ALFONSO. En consecuencia, el Rector del Instituto Nacional de Educación Media In.m rrancisco de Faula Santander y el 9ecretarin de Ed4cac1án del Distritó Capital Snta Fe de Bogotá, si llegase a ser necesario la intervención de éste 01tiTo funcionario,,.. :tqflfl »las medidas que se requieran para»» permitir el reingreso dl Joven ALFONSO a :se establecimiento. Che notar qu esas medidas también deben operar con respecto a los demás estudiantes que ±bnformé. a decisiones qua esta Sala drequieran para»» permitir el reingreso dl Joven ALFONSO a :se establecimiento. Che notar qu esas medidas también deben operar con respecto a los demás estudiantes que ±bnformé. a decisiones qua esta Sala d-
^tescias de etta -ligMe fecha deben ser• Hoja No. 14 Expediente No.4014 re i n t rada Por lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA admirindo )ust ia en nombre de la Republtca de 1o]inb ypL5r autoridad de la ley 4 to e accede a ]a solicitúd de tutela, roraulada par el er1r LjJI' JMAR IA Al. i tUSO en rreentactór4 de hl3o menor, LUr ENRIQUE ALFONSO ontr'a Is . ntLtuto Nacional de Educac.&án Media D1'Ers1f.cLia, INU1 rrcisca de Paula 3anander secun escrito r:ibido en este Tribunal ci 27 de cnero de 1994. • 2o. Como consccuncia de la anterior rielcl,at^-acj-Cjr-i y conforme lo dispuesto en 1 parte mot e este provdencia o] Rector 1l Intituto Nio] de Educación Media Dlverslfic.d3q INEN F-rantisco dL Paula 5 ntander y el Secretarip de Educa(-.J- ón del Dit r .ttc Capit.1 de Santa Fe de Boaot. dentro dél plazo de cuarenta y ocho (45) horas contadas a partir de la roificacin de ésta providencia, tomaran les ffsed jtdiii,s que se requieran para
de Boaot. dentro dél plazo de cuarenta y ocho (45) horas contadas a partir de la roificacin de ésta providencia, tomaran les ffsed jtdiii,s que se requieran para permitir 1 retnteru del )oven LUIS EURIQUE ALFONSO a grado no ra(!& industrialde ee tab1cimiento educativo las decisonés que se adopten n ctmlmient de lo d.ispusto esta p ovidençia se pondrán en c:onoimiento' de ésté Tribunal de rranera inmedi . - 40 Notifíquese personalmerite. eti prov.idencia al 3e or(Dic:utido y numero 0x9) -. Hoja No1. 15. Expedient No.. 4014 De l de Bonot.' pet.i c. i crari mima nLanc:ra rutifiquee a la realizada en la fecha. Acta a pr o b a do Con salvamento dvotQ. Auente fon áxcua legal
DAR 10 QUI0NS PINIL.LA
Magistrado.. OLGA ÍNS ÑAVARETE BARRERO t1iqistrada Rector del Int.it€o Nacional . e Edcacin Media Drirda. tt.tEM Fraricico d Paula Sritrnder y di Sretario-d Educar" ón ¿tel içt.ri.to Capital d santa Fe So. Si .. e%tdrcyidhC.i flQ fuese pugnad dtntro de los ti (') j3ç3 itnt a Su. r,ifirac'ón.. ,emítase el Epedrttr a la Crt para i vent4.aI reviión . .
ti (') j3ç3 itnt a Su. r,ifirac'ón.. ,emítase el Epedrttr a la Crt para i vent4.aI reviión . . Por la. Ti e r ret.arj teseotopia del e.pedi'eflt vPr1#'Lc.a eL mpini.ento d esta rsentencial.
COPIESE YCUMP HERIBERTO REYES VARGAS BEAtRIZ tIARTI'NEZ áUINTERO
Magistrado MqstradaHoja Nc16 Expediente No401-4 EFNESTO FREY CANTOR ft3aatrado