TA CUN - AT-4016-(10-02-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - AT-4016-(10-02-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
TRIBUNAL nI4IN 1 STRATI YO DE CUNDINAMARCA
SECCION PRIMERA DEEHO A LA EDUCACION /ZXCLUSION DE ALUMNOS Bnti Fe de Bogot4. D.0 diez • 1O3 nó -ve cntos. noent; y :cutro (1994 febrero de, mil 1 11
Magistrada Pcrnnte: DRS 13L6INEB NAVARRETE BARRERO 3c Iiitrte YflLANDi'i LLWLZ EtFL qción de Tute 1
MITN4Oi. la `Sala resc.LJra Sennrar VOL ANDA OPE D ARRL en rp eer menor AÇFXANOEF RtL tflPE,L jio de ta 1-cón 1de f fcrmuIda cor la tuld on ortdi en e tícu'16,',86INEP1 Fraciic ejercicio pretde reintearo inmedia.t a mediante su Tribsrsé1 disponga lass.. labores del" jovers At..EXANDER F$JL LflPE1s 2— Los HecOá Corno utentc:) de fund nentL 10 peticón e duceñ en lo Iqu.ierte 'heckp.s: reintegro de lo etudiantes que nó reporten' (ala Ho:sallo. 2 Expediente No.4016 a.- Que 0 1 joven 'PstXÇsNDEP AEsRIL.. LOPEZ nc vinculó en el do 1990 cmo estudnte al ctrado noveno Se cc . ci rs del Colegio Inem Francisco de Pula Sntander. aunque. reprobó el ao escolar, no
do 1990 cmo estudnte al ctrado noveno Se cc . ci rs del Colegio Inem Francisco de Pula Sntander. aunque. reprobó el ao escolar, no 'repor't eompbrtarnient.o. b - '(ue ol Comit1 do (drniione de eee tablecmiento educ.tio. 1 donde parti,cip la Aoc1aLón de Padres de Familia ' aprobó que de: manera preferencial se reEpetkrar los cupos do loe estudiantes por reinteqrr apreciación que se hico con base en una Reeolucón d la Secretaria d? Educación que 3.— Derechos que se consideran violados.— La peticionaria invoca la violaciáh de loe derechosH9eNo 3 No 4(1' Cont..itjc&i' NairUi BTR1$ITE DE LA TUTELA. - a Ponen toruto de rner28 de1?4 iit o lti. 4 al ePcr Pertr del ZNE11 Franc Paul4 arian4r es ciuçJd, Ctrtif Lb sttución cedémc del 4 AL•XNDEF AER Zt,1 UEZ ver $ortia flue] Are'- Prr 3Ec1ófl 7, a çomo tmpión rE:lhd de 41 mtr'la en este envo. para, ml arto lctc' de 194 y ]a dect.sjór dcpkí por el D has 5olc1tu fi tdl1Ja pote el cr del Tjijáin nt:isto de Pu1ii qui.r iftdaøte 1cDfj10 ,prl las razones
dect.sjór dcpkí por el D has 5olc1tu fi tdl1Ja pote el cr del Tjijáin nt:isto de Pu1ii qui.r iftdaøte 1cDfj10 ,prl las razones pr cul r& se u rci4irai Graa ç4 rtQ? - 1 ALE)ÇANtÉF FEZ pvOPO l en1.9944, Ltl cti itcr crnuri t..iures o mf rme Nr1cr)'1. al Inem e Mmpr
bnte d1 Lrxiorm cadémi del tudjh i8d V GiííiaLíN¿--tna y tarde HajaNb.. 4 F2 ,pedíente No.4016 d. -- lCopia del Plan d E71 dao5 de]. plantel ec1ucto e.-
Copia, de la Proyección de Matrícula de 1994. II, CONSIDERACU3NES 1 -. a acción de tte1 fue c aur&da -eni e] rtLcult 86 ía. nueva Cnsti tu.ión Nacional corno un mecanismo orientad a proteger n -farírlainmedat los derechos cnitucit.na1es iun&amentale, c;uando quiera que esto risuller, vulnerdos amerazdç pç4' la acción o la ofn1ón de cua1qker aUtor id-ud pubtir o de los rti lar es en los cao lados én 1. a ley Esa acción fue reniarnentada, por rroedi o del Decreto 2591
ofn1ón de cua1qker aUtor id-ud pubtir o de los rti lar es en los cao lados én 1. a ley Esa acción fue reniarnentada, por rroedi o del Decreto 2591 ct1 19 de pviebre de 1991, expedido por el Presidente de la Reptb1ica en ejercicio de facultdes que le 1 1
confirió 1 tta. b -del articulo , tranitor3.o 5 de la Con1tuiu Naidr3l oiçJa t Comisión Especial Legislatíva / llevado a cabo el trrnit preito en articulo transitorio 6. Y ese decreto fue rg lamentado .a la vez nec$jant. el Dcréto 308 del 19 cte febrero. de este,.
4 4 o. d i c t a,d 0 pc:jr el Se Fí or Fresidente - --MI la Republica en ejercicio de-; las facultades conferidas por el articulo 189. riurncrs 11 e la Constitución Nac.onal.Instituto rorobÓ el grado Ncvot 7., -en el ao Sección de i9 La peti.ctonari 1nvc-a SOLLCI.tLtÇJ 1s a-tc-tics 4
Nacicinal en apoyo d r: Crtituc1Ón.
Hoja No Expediente No..4016 -- En: el. casa dtud.to. la SeSorá YOLND4 L.OPEZ DE ABRIL ejerce la acción 0,e tutela contra el Instituto Nacional de Educación Medía DLvers.ifjcada iem Frnrjsco de Paula Santander de está ciudad para que su hio ALEXANDR
ejerce la acción 0,e tutela contra el Instituto Nacional de Educación Medía DLvers.ifjcada iem Frnrjsco de Paula Santander de está ciudad para que su hio ALEXANDR ABRIL LOPEZ sea re:integrada a la labor-es acadmicas del o cf 194 pues rn su corcfi ritn de ettdiante do ese Aunque- .lae'tictóría no - , indc. en forima , exres del cOnl.en'.drj de ] tol.3L1 tu' d el derecho que considera virado es el d educación contemplado er forina oenr1La n el 67 'i en forma epc-.Fl par. lcs nios en el artcnlo 44 Y e clara qurcomo la defn ido sufrientemente la Corte Con ....tuionai el derecho Ca la edt:t::ación si e ur de ic. derechos. fundamentales pare todas las Personas y prealen$e para los ni in o pns1 segun el articulo 44 ls derer:hos de los nias prevalecen sobre los derecho de los demás. D m:nra que para el anlisisde3te cio se deben tener en cuenta varias normas chr tituiónales as En primer lugar. e] articulo 2o,. de la .Constitución, efal entre los r,es eseneials. del Estado eli.qUi?nt.e "Servir Hoja No. 6 Expediente N4016 grant.izar ha efectividad d, lc promover` la própcTrera 1 contitucicais +un damen,ta lleis, 'de toda peronc constituc onIa -fltnd r jE, (t c artLculo -- ¿
promover` la própcTrera 1 contitucicais +un damen,ta lleis, 'de toda peronc constituc onIa -fltnd r jE, (t c artLculo -- ¿ nc.retc3., dLpUEC3 lo gu.ent al dereçta:y deberes en ha Constitutióri," En segundo 'luc3,ar,.i .acción de. , tut1a esta consagrada en él artfct.&io -B-de lt Carta Pnl ítica y su objeto princpal 5 1 prtcciór incndiat'dc 10 derechos ÑLa dca'ctón el un derecho serv:irLio
público que tien )na ella se busca, acceso al ciencia, a la téflica y a valores de ,:la cultura...." (nu de 1a persona y un furión sccial; con conocimientó, a la las dsms bienes y ril las de la Sala). El Es -La do., l' saciada d •y .a son rppnab les d. a eduón, qu rá obligatoria tn'tre ]øs tinco y loe qu de edad "
'La educación 9ratutt en las instituciones del Es tído perjuicio des]. cobro d derechos acdénu O3 a quienes pt&ean 'ufraqarlo U Vy En cuarto luciar, el artículo' 67 antes transcrito es necesario interpretarlo en concordancia con él artículo 44 'le l Carta ebun é 1 cu4Ll 'Son derechos fundrnentahs de los nio l educación / la cultura L 1aila la sociedad el Estado tienen
necesario interpretarlo en concordancia con él artículo 44 'le l Carta ebun é 1 cu4Ll 'Son derechos fundrnentahs de los nio l educación / la cultura L 1aila la sociedad el Estado tienen la obl.qación de asistv y rotger al niPo pra,Hoja No. Expéint No.401 3Prc:Lci.o plenc' d s' derechc ualcui,er persona puede exigir de la autiddcoiripétente so cumplimiento y. la .,sanción de lo inr::tosLas derechos de los flOS: prevalecen sobra lo derechos de los demás" (nE?qrlUas ra dei' texto) Fina ente debe te.nerseen cuenta el articulo 13 de . la :i :nira qu 1 proteçr. 9 pecialmcnte a qull€ pertn9 cue P017 su con dcón económica física o merial e n:uetren en crcurstaricia de deb d4d mani fi e tema -de la •edcacánLd Cart. .0 sttuióna]. e h r&rad
en '"'vari oortnidade y h sida reiterati' L pnttdc de Ofl)Q rehc? fundamen1 Y 4d tndrle peial aknc.ón rU.n&sil trata de d.c?dad; que en 1rPd dl ct pueo c'r .1artrulos 4 y 67 rje la Ca tintç r J %ttdo ccinc l oCA; edad y la cTI rfrri b1e de 1 ed.aL6n qu Sé . le
rje la Ca tintç r J %ttdo ccinc l oCA; edad y la cTI rfrri b1e de 1 ed.aL6n qu Sé . le br'r\de a mrrre fra 4'a tCort'oralqo icri.fjca que "el prceo d ati.c Cu 1 a rmaílItQ , el i cK lo ro ørrespqode un e 4i f urrzo 5laioo inái Juno eM a,ctjr", cada urc çe lq cii derchds y dbe4 y> 'uinple u pr t fn1ón atrc cIe1 Jmbitp qe 1e ccmpete" (Sentenci r-1€33d
199 ji Açcion MItracPornte bjbórór DL ). Respc.t dE la pon wá há 1 ií dii d e,9conJ ñales en ifiaterla de cr Iicha prpor.ciór ha re3erack que tantd l drcjio á educr -se, como •V libertad de
pendi,: en 'a.. c4tedra on derrhc udamentle d o no puede r pri."1ado un n alçjuro in quebrntar lo pr,nció y T1-Hoja No. 8 Expediente t4o.4016 ma.ndatos c:onsttuci;onales . La rtura1oz racional del hombre /; $U di.gri¡dad exigen el etahlecimiento y preservación de condiciones aptas para nue la persona, por el hecho dw jerloy en: icua.Ldad de oportunidades can
hombre /; $U di.gri¡dad exigen el etahlecimiento y preservación de condiciones aptas para nue la persona, por el hecho dw jerloy en: icua.Ldad de oportunidades can las derná., acceda a los beneficios de la educación básica de la furmción en loe término plasmados por el artículo 7 de La Carta Politic.u. (3entencia T519 de 1992. Sala de Revisión de Acciones de Tutela, Maaistado, Ponete Doctor jCsó Orpor to Hernández (3alirdo) 6.~ La Sal3 d' loT aporta siíente a. - Glem efectivamentpm el alumno AL E/ANDEI' ABRIL LOPEZ, de la sección u7. Grado Indutria 1, perdió tres asiúris. titbri o. o a esta t.eión establece lo
Noveflo: Rama Comportamiento b 'Qué lmnt,,nda estahIecimieto para repetir, rzÓrs de que noexíste cupo en fué rcibjda en ese el grado noveno en esa rama
Que él 1 nem Fncjscó de Paula ant.nder, es una institución diversificada qué ofrece oportunidades los usuarios para aprender y r.cibir educación dentro de social, las modalidades ss ramas pasar por un por ,tarto Iza siguientes áreas del aber comercial, indfltria1 promoción R la ve tienen las que relaciona. W que para acceder a y modjídades los estudirites deben prccD de ,orient.ación-y sé iecciÓn y, deberi T cumplir con urts requisitos
R la ve tienen las que relaciona. W que para acceder a y modjídades los estudirites deben prccD de ,orient.ación-y sé iecciÓn y, deberi T cumplir con urts requisitos académicas determinados en el Planide 'Etudio, en forma tal que si no se cxmple con esos requisitos no se pude recibir estudiantes para ningún grado,Hoja No. 9 Expediente No..4016 rama ni inadalid d..- Que uj preertt -n problema para recibir alumnos que pI.ifl e1 aAo,-pues, a -pues, de un lado, es tá relacionado con promoción deetuch.ntesde); ao anterior., y., di' otro.. na débe ten e r en cuenta que la capacid ad dipnnibje del pl antel pr la atención debida de etudiante.,d,L Olpn 'de ~eitudios y, en geneai, ad ,1 servicio edc;tivc e.- Que ál situac ión - anterior trata de obviar mediante la proyección de rnarículas para el ao siguiente , la cual para el afo de 1990 se hizo el 2.3 de jMlip- , d e nl993, -I detctánc1oe problemas de capacidad en - lai ttrario So / 9o. rama indu Lrial CTI eIS %fl r::;T,ento hay cupos pará las ramas cdmca, cimtçia1 y ptntncriórs úqcial masro existe ninguna posibilidad para eIH.rrinteqro e el craclo nov eno ' ín dist rial, ,pues todas las secciones curso) están s obrepalando e l cupo másimo 9-- Que como no es posible recibir a todos los alumnos
existe ninguna posibilidad para eIH.rrinteqro e el craclo nov eno ' ín dist rial, ,pues todas las secciones curso) están s obrepalando e l cupo másimo 9-- Que como no es posible recibir a todos los alumnos de Undas las ramas modalidades cue pierden el en e) PlanteL ex is te un T réalamasta , para iecib.r aquella que la capacidad ce cursó V • nieles lo permitan n 1 1 cual se establecen puntajas de acuerdo al realómenta y c omportamiMnto de ps estudiabtes y con base: en un lis tado por arder de puntejes:se rec:.inrepitert's hasta copar la, c apacidad de las secciones. cn-'rre tppndell pues, a la Sala, def inir si, fectivaen este caso ej mcm Frar ííó de Paula SantanderHoja I'Io 10 Elpediente No4(:)1 le vulnera el derecho a la educación al Qáór ALEXANUER
ABRIL LOPEZ..
En primer térrninc .• se obser'a que T i o mencionado establecimiento educativo le dio la posibilidad al estudiarte de ejercer el derecho a la educ:ción durante el aRo 199:: mas el alumno ntump1ió satisfactcrimente con el deber correlativo que 'orlleva ese derecho, pues perdió tres de las icnturs del pénsum correspondiente al qrad rqvna4 rama Undustrial. En segundo trmín, se debe tener en cuenta, que a pesar de la pérdida del afo escolar, el estudiante debe tener la oportunidad de .que se le permita insistir en la continuación de los' estudios orientados . la culminación
En segundo trmín, se debe tener en cuenta, que a pesar de la pérdida del afo escolar, el estudiante debe tener la oportunidad de .que se le permita insistir en la continuación de los' estudios orientados . la culminación del ciclo edutl\u, Ousar el incumplimiento de sus deberes ncmo estudiinte en ur determinado ar'o nO C5 caU3l de aolaialíento o e tinc i.én de u derecho a ula educacidri Frt este r%t1do se hpronunciado la Corte Cbnst.i:tucicwial. puerv' 1a sentencia da fcha 8 de mayo de 1992 -Epedi ente '.nurero T644,. expresó, entre otras cosas, lo niuuiente "Ahora bien, Mendo —11 educación un derecho ctnsfituci galo fundamental, el 1r.cLLmplitniento de 11xicandiciones para el ejercicio del derecho s lomo seri.a el no responder al etudiante a sus obl:ciore acdémiras y al Lomport-uiierito exigido por .los relarici Las, puede dar lugar , la sanción :establecida •J - el ordénamiento jurdico para el caso y por el t:Lempd razonable que TU se prevea, pera npddría implicar 11 pérdida t.otal, por ser Un drecho in4tsrent a la peruchá. "Este concepto de deduce ci.:ramente 'del articulo 34 de la Constitución al -prohibir las penas perp Dicho carécter limit4tivó PId1alas sancionró çe e.tiende a ioda l orcenamiento jurdico enqenei-al (except laci.n etablecicJa
perp Dicho carécter limit4tivó PId1alas sancionró çe e.tiende a ioda l orcenamiento jurdico enqenei-al (except laci.n etablecicJa en el articula 122 de i Carta) ven especial a la esfera educativa. En c'tr ptlabras Ja ed.aci& puede serHoja No.. 11 Expeiente No..4016 onc ada y rci utónctsnunte poro no negada. en su nle esencial. iquIendo a Peter Haber l;e. se denomina 'oritcrJ.do eenci.aj. al ámbito necesario e irreductible de conducta: que el derecho proteqe, Con indcndenc a de las modal idade9 que asuma (91 derecho o de le formas en que se manifieste.. Es el núcleo básico del derec:ho fundamental ro c ucptble de 2ntPrpret-cirrt o d opanión sometida a. la dinámica de. coyunturas o ideas En tere rno par efto cje la docísión, también e ecesario a a 1 r laja,r:dnes adt»r:idas por Coleqi.o para no perm.itir' que el studiarte ABRIL LcPEZ con tine us e 5tuc1i0s en ese establecimiento en condic.in de ep:tente del qrdo noveno Pues cierTtement la ir o:ada crertc..i a de cupos es un motivo qUC er. prinripi cJr.a iusftcar una rfincisión romo Ja ad a p tiçia. Y En cuarto término, c prcc:ío i.nc:luir en eL aun li.si la rnposibil riRd
qUC er. prinripi cJr.a iusftcar una rfincisión romo Ja ad a p tiçia. Y En cuarto término, c prcc:ío i.nc:luir en eL aun li.si la rnposibil riRd
en qu s: ertront,ariio\.en para
nqresar - otro Oducatá/o., pues, una pi i , mera Ví U.J, tnte ronch ci n de rpitnte y • la es dál qu dada la edut rión di rficada que ofrec:eriid los tutos tacionaics de Edtjcacióri Medía rne. cnmo lo í ti f 1,701at, Picadémica al Rector del Inem Fi nraco do Fa ti Santander en {nfprme del 2 d fbrero. (folio 1 7 ) en cl grado noveno e-.iait1e•hac:er t-raçld de ,alumnos de narm a otra y solo Øodria I.er recibido Ori , qtrQ colegip IneØ los 4..ua] par. rEr ta épcQa ya tienen c;rra toda pqslili.d J denr+ de nuevolu1Tnos, 8..-- De manrequ isQpeando uaCj')n del eitudiante. sentin Iz cual, confiarme la prr-ceptiia rontstuciorial, debe cont nuar oo'ando del d echo ftindmental a la
dL1rCOn que,le a bfrecieno el Es do a través de• Hoja No. 12 Eoediente No.401 uno de sus; st.i jetas • con i3 jr.VOC:Vd3 por el :triem
dL1rCOn que,le a bfrecieno el Es do a través de• Hoja No. 12 Eoediente No.401 uno de sus; st.i jetas • con i3 jr.VOC:Vd3 por el :triem Francaco de PauL •ar4tander lá Sala 11ec la conclusión, de qt..te debe pre\'a, c c.er •a de aqi1. Para 1 legar a este pun:rD lí Sala conidera que1a ra:ones aducidas por él mmcianado e ah cimiento educativo que conducen` a,19 carencia de cupo apoyen en unos hechos que no resultan i. irah1s pida el sisiema,educativo, pues el instituto J la Sepretarí, de Edutacíón del Ditrito. si llegase a óer nec:ario, pueden adopjar las medidas, admiritr Livcsl 'nperitivis Ir 'operativa fuianaies nuejárias qUe,péititán la ampliaglón,de lina cupos >, en c:onsecuerici,a a IdOsián d 1 a joven Es nas, 091prme a la Resolucion 3106doi t. de nc»Lemhre de
19 93del SecrHario de Éducación 31 fitrita Lpt1 q 4 no "f". aØort.da rat a era altuaciónT Widq, riue l an1i.a utconL do de 1 aT, a 11eqada a otras actuacioney presentadas par, isiódiastel 1 del mismo p1rite1 donde zonsidelín Ulr rado el mismo cererho, considera que yo han To,ehido ljdoptpr las mpr1'das
actuacioney presentadas par, isiódiastel 1 del mismo p1rite1 donde zonsidelín Ulr rado el mismo cererho, considera que yo han To,ehido ljdoptpr las mpr1'das ta, re -qv ar L&s a 1ugnos de bajo rendimiento o ron Oroblimas disc plinaricw la trmaLidad admtca Ls medidas quc, adaptó el es1 b1erimiema cJ 'Ltar s.0 cipr)t radmtir a tocJo 1o. alumno ue perd:ieron el ao 1993, pues salo sel,rocíbiúran únaS pocos del Iran'qúMero,de estudiantes que lleg aron ea -ivaci5n, a perr de c'ie ésta, como el mismo 1 Li'stituto lo nforma e loreVil Con uficiertte rtelac iR.. C 161 anotar:, que eJ. misma •ieçiaIdor, rán consonncia con [ a Cuna ti.tUciIn, quizajualimip,al la posib 1 idad di que fo4 es1ab1 c.uiuerto educativos Be nieguen ,a recibir a1tmrnque reprueben par una ve: los estudis • pues la Ley 115 d • 194. sancionada • 12biN. 1 pericrnenie que sin prc 1 preié en su art u1 94
cuando dpn ci "1 rprobacin por y de ui dtrrnindb 1r pçr ;part del aTU5rC) ercuti d øi p'ect.ivo ient9 ui4o np ciitocid cu sal
y de ui dtrrnindb 1r pçr ;part del aTU5rC) ercuti d øi p'ect.ivo ient9 ui4o np ciitocid cu sal prc afer cont e reglaffiento rt.tcóna1 maruéI d cor vnt3a ey or á] c:ecrr. rrnu..l1?de a no , !i Ret.t:r.-dó r Int tu.to I'titiona 1
e icii flrM Friii•: E.nirider y el 3:créLjri; 'dii Eruerjón t.trt rt& 'santa re de. Lc,cet á ii1]cae Ç 'jçtervenc.ót1 ¿fe • 1ttnp f,u!i.oir.d,. tOft1&fl lr t qe - : • rqu -i 1rri 3,1 n. tJlr l C E?)I U5C) df?] (iVm rc fçnt C»ie r,ed1nç • . / ciebrn .çpet .pecto lo deffiá e ut1Ø.mt q' Lt idpt ,e'n -'rite cI eit.< .in.i fGá c:hlw. b'n F:Itfr3Cfrl 1 sto, EL TRUNA ADPI4STRATIVO D CLJNDINAERA&init 4ando t±ta en ilombre de l 1y •1 r k Sec,rt YaL 11ij,cl lior' 01.,EX (.N1.E tcir1- : 'ri1C'ikro este 'Tribt.ln?
l 1y •1 r k Sec,rt YaL 11ij,cl lior' 01.,EX (.N1.E tcir1- : 'ri1C'ikro este 'Tribt.ln? ttei •:riit lada por" 1 r?'prPsF.?I - taciórf d .cçii-Ç 'el Tntifijto iv ¡í1,441 b 'f'icd. ,.INEfl en 1Acucfde tuta. á.t c!Ñ 1. b . ,tte ror 4ó 4'EÇC1DN ' ep 1iblj.ca d t:iHoja No 14 Expediente No.4016 2o. Como cons :uenci cjE la anterior eclaración y conforme lo dipueto en i p.rte mot. Á. va de esta. providencia, el Rector del Instituto Nacional de EducaciÓn Media. • Divérsif it.».zida. iHEi Francisca de Fkula Santander y el Secretario de Educa:rt del Dist. rto Lapitl de Santa Fe EW de Root dento dpiazç .d &xae,f y ocho (48). hor contadas. .irfir de l n ificitn d eta proví cien a, tqma r ~A M., las medid quc .e vequiern para prmiir 1. tntejio del jnven ALEXANDER BRI LOPEZ, a grado no'nó. rama indi'str:íei de ese tahlecimient.o educat.ivoLas ±4iene qus se dopter -nn curnplmiento e lo dEuestÓn et#prbviden çLa. s'perdn e. cohocimiento
educat.ivoLas ±4iene qus se dopter -nn curnplmiento e lo dEuestÓn et#prbviden çLa. s'perdn e. cohocimiento de éste Trikbina d manera inmed1ta - £ o Noti fíqt.te personalmente esta providencia ivl Seor .Rector-- d e. i I•n-%t.¡tuto tacion&J; de..Educación Media Dí versif ¡cada, 1 NEF1 rani :orJ P. Santander y al Secretario da Ec.,&ción del Di.str:ito Capit1 de Santa Fe -.de Bcsqc>tc,O.1 , De no€ifiq.ues peticionaría de la' ela 5o. Si esta providencia no fuese •impugnada 1ntro de los tr (3) s.iuente a su rioltificación-. remítase el expfcbente. a 1a Corte Const1tticina para su éventual &ri Por, l SeLretarta trinee fotocopia del e pftente para er tftcar l cumpi mier1to de est. genteiica
COPIESÉ Y CUMPJ;SE..
(Discutido y aprobado en-sesión'realizada en la fecha.,ActaERPESTO RE CONTOR Magistrado Nw
OLGA INÉS NAVARRETE CARRERO
Magistrada'
DARLO Ui IfONES PINILLA
Magistrado 4 Hoja No 15 Expediente I\lo.4016 HER 1 BERTO REYES VARGAS aE'rRtz MARTINEZ QUINTER() Magistrado Maqistrada, con salvamento de votg Ausente con excua legal