TA CUN - AT-6242-(05-10-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - AT-6242-(05-10-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
ut.1CHO DE PETICION /CONSTANCIA DE SILENCIO POSITIVO
TRIMAL NURIbU
-aøaia PansuSanta Pé de aOgot, D.C.. Octubre cinco (5) 4e sil novecientos noventa y cinco (1.995). Expediente No. AT-6242 Negistrade Ponsntei armo CIAS I$ MVArIL& IMMUG Solicitante, COUST~1o.ES MARCE. LTDA. Acci6r, 4. Tutele. La sociedad CONO M=10~ MARCE. LTDA., por sedio 4e apodar.- do presentó ente asta Corporación acción de tutela en entra del Dpsrtaasnto Administrativo 4. Planesción Distrita], por considerar que se le ha vulnerado e3. Articulo 23 4. la Con.tituctdn Politica. Sustente la petición cosi besm en los siguiente. hechos: l,. Que la sociedad Construcciones 1rc.l Ltda. solicitó •1 22 de Julio de 1.9949 .1 cc'tificado de Delineación Urbana y Licenci. de Construcción para •1 predio ubicado en la Carrera 3 Nos. 3-00 y 4-03 Sur 4e este ciudad, pera le .jeoución de construcción 4. 84 apartamentos de v$vlanda 4e iiitarós social, 4 alcobas, O depósIto., 24 parqusos y sosia institucional, de acuerdo al Articulo 38 dÓ]. Dcreto 600 4. 1.903 expedido por .1 Alcalde Mayor de Santa P6 .4. Sojot&. 2.- Que tus sal caso u .zp.d16 el Certificado de Delineación
institucional, de acuerdo al Articulo 38 dÓ]. Dcreto 600 4. 1.903 expedido por .1 Alcalde Mayor de Santa P6 .4. Sojot&. 2.- Que tus sal caso u .zp.d16 el Certificado de Delineación Urbana M. 14$i 4.1 14 de S.pttambre dé 1. 094 con vigencia hasta el 14 de Saptiasbre de 1.098 y posteriormente se intarad verbalmente la sociedad que ae eneontreba en turno dicha licencie de coestrusción.Hoja tic. 2 Expediente No. AT-4242 1 transcurrir el traino sefIslsdo en •l Articulo 83 de le Ley' 9. de 1.989 sin que hubiese pronunciaaiento por parte del Deprtanentó Adainistrativo de Plan.eci6n Distrital respecto de la solicitud de Licenci, de Ccnstruccin, se determín6 hacer uso del silencio adaini.trativo p004 tiyo, mediante le Zocriturs P6b11ca No. 8.870 de tiche 14 de DicLe.brs de 1.994 ant. le Notarla 23 de Sant 74 de lo4.- Que al realisarso .l trlsite ánterior, se proe.d16 regletren. en 1 Oficina de Registro de Instrumentos PAblicos y Privados de Santa 7$ de Bcot, que4sndo bajo •1 folio de matricula inecbt liarla No. 050-40200208 -Zona Sur-.
5.- Qu. lo snt.rior se 1. trsfore4 .1 D.partaaeáto Adoinlstzatl.- va de P3.anosai6n Dl.trltal por medio de escrito techado 28 de Dleiar. de 1.994 y .0 adelanta el 4 de Enero 4. 1995, si volvi6 $ peticionar sobre 1 existencia 4. la Licencie de COnatxuocin oea destino a Cansase, la que hasta la fiche no ha sido mepedida. 8.- Que por parte de Cenctruccicnss Ilarcel Ltda. ee contlnu6 cia 1 construcct4a de las viviendas y por asdio de oficio de 21 di Abril 4 19959 .1. Departamento Adeinletretivo de •Pl.neaci& Distrital ccennis6 a ¡a øociedad .1 inicie del trdatte O1IiOSO 4e revometoria directa del silencie 4.1nistrativo positivo, a lo cual se opuso mi poderdante por escrito de $syo 37 di 1.995. 7.- Que 1 Adoinistrscib be sido nsgilgsnteen el cueplisisato de las tkinos lógaX.s pare 11 .zpediet8n 4. 1 aludida licencie de oonatruoci6n y por elle, proo.416 a presentar esta aeoi6n 4. tutele. Recibida le ectusci4a, por repartO, si erdsn6 dar aviso al pi-Hoja No. 3 Expediente $. A?-M2 ticionario y al Depsrtam.nto Adoinistrativo de Plsn.actea Dio-- trital. Asl cap,ó tain si l..oticit6 a dicha oficina de la
Expediente $. A?-M2 ticionario y al Depsrtam.nto Adoinistrativo de Plsn.actea Dio-- trital. Asl cap,ó tain si l..oticit6 a dicha oficina de la Administración Dietrital que lntwwwa sobre le p.tiCin tonen-. lada posla sociedad Construcciones Nmrcal Ltda. sobre la ob-. t.ncidn del. Licencie de CcnstruccLdn para lo cual debEs ro-- altirsi toda 1s otuaotdn tramitada. El seflcr Director del Departamento Adainistrativo 4 Planesc16n Distnital mediante Oficio No. OJ-340/134/95 hace un recuento parmenorisdo de 1.a aotaci4n rsalisads par .1 piticionerio y por 1 Oficina que dirige, concluyendo que la Administración r.voø6 la licencie de ccnstruocin obtenida mediante 3.a Invocación del silencio adeintatretivo positivo y por ello, les. Loposible junidics..nt.expadtr 1a certiftcaotdn solicitada por el actor, ya que dicha lic.ncia es inexistente. Con bese en lo anotado anteriormente, la Sala procede al tu. dio de la solicitud 4e iccida de tutele impetrada, so los si- ¡uiantss tkainos: El derecho que si estime conculcado es el de petición, pues ee considera que ~el Departamento Adeinistrativo de Pleneactdn no amptdl6 la c.rtifieacibi solicitada consta tente en hacer constar la existencia de le ¡benita de construeoi6n producto del silencio positivo, con dsstino a Concisa a fin de que asta
no amptdl6 la c.rtifieacibi solicitada consta tente en hacer constar la existencia de le ¡benita de construeoi6n producto del silencio positivo, con dsstino a Concisa a fin de que asta Carporacbdn hiciere iáe deuesbolsos del crdJto que le habla -do. Al efecto 14 Sela encuentra que en Enero 4 de 1.998 a. .olicit6 si D.psrt.sonto Adoinletnativo 4. Planeecide Distnttai certittcscida sobre la existencia de licancia de construcci8n p~ teniente del etUencio at,i 4 .tnetivo positivo y con fecha 3 de Febrero de 1,595 se ccnatat6 que el tr4alts del silencio md-. sinistretivo positivo se encontraba en estudio en la Oficina Juridice de]. Departamento una vis se conc.pt4e y decide se prcc.d.r& a notittcsrle el. pronunciamiento.Hoja $0. 4 Erpediante No. A?-6242 ntre tanto, ocnsidar6 no viable expedir la corttficacUn ecUcit Luego con tscM 21 4. Abril d# 1.995 y bastando eluet6n al st]sáaio posItivo ProtoccUsade acdlante Sacritura PbUcs No. .ó1O del 14 de Diciar. de 1.94, se 1 COUWiIO6 a la occionente que no hablo iniciado trMito do revocatoria del •ilencio sdainiatraUvó positivo, o sea, que para cuando as introdujo la aeidn de tutala 7 so conocía que 1 Aduinistracidri habla iniciado si trsits osnsagra4o en .1 C$digo Csntsncio.o Adoinietrativo con adraa dar aplcscin al Articulo 13 de dicho C641ga, 'OOSdL&entO qu ouistn6 con la expsdici6n de la Neaslusida io. 152 disi 294. Septiembre tse 1.995 endiente el' cual se r~ el acto positivo prseurito invocado por la sociadad Construosisnee Mmul Ltda. Así las cesa., concluye la Sala qul la AduinistracIdri no vuln.r6 .1 dsreabo'ds pstictdo si no sxpodir la sonstancia de •tlenoto positivo frente a la 11csnc1 de construcoiloo pues lo cierto es que la p.ttøib.i no podía ser atendida no por capricho de la Aduiniatracidri sino por cuanto para ese momento es habla iniciado el trdait., al que ya no ha hecho a1S16n. De osnera que nonociendó 1 accionente la rUda por la cual no se podía expodir 1 cortifiMoidri solicitada y adiada habiendo .14. notIficado 4e en inicIo e inciulo interviniendo ea su trá- mite, no podía entrar a afirmar vuinorseido del derecho de po-. tic ida, pues la a.istdn en la respuesta tarifa u~ causa legal ya comcida.
.14. notIficado 4e en inicIo e inciulo interviniendo ea su trá- mite, no podía entrar a afirmar vuinorseido del derecho de po-. tic ida, pues la a.istdn en la respuesta tarifa u~ causa legal ya comcida. Por lo mterior, es 4enegsr4 la Acolán de tut.la incoada por 1 sociedad Construcciones Ilarcal Ltda.
Por lo expuesto, el TRISUNAL ASIW4XSTRATIVO DE CUNDIT4AJIARC4
SECION PRIA,
9 20 9 L Y 9Hoja No. 8 Exp.dtests No. £74242 1.- Dsitsar La solicitud de aooiit 4e tutela presentada por la sociedad CONSTRUCCIONZ$ M&NCZL LTDA., por medio 4io apoderado judicial. 2.-. Cawanicar esta, dsoisin, por medio di telera, 1 ptictrio y al Ñpart.mento Adainistrativo 4. PlanescL4s bietrital. 3.- Zflyi..r e, expediente le Corte Constitucional pare su .venal rrii.i6n, si ..te diciein no tuero impugnada din-. tro 4 o tres (3) dime siguientas la notificacin. »U Y Cuan^ (Discutido y aprobado en eeni6n de la fecha • Mts No. 123 ).
MVATI ND VIUO
Nagistrada Magistreda PZL&A 1L11 BY cMlUI $agistrdo egt.trmdo Magistrado