TA CUN - at-6477-(29-11-1995)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - at-6477-(29-11-1995)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1995
-
CIERRE TEMPORAL DE ESTABLECIMIENTO
18I 1U&1 , &IíisJ$rRA!TIvo DL
SEOCION PRIHKRA
Santa Fe de Bogotá, D.C.. 'wintinueve (29) de floviembre de mi.inovecientoe 'noventa yco 0995L
Hagietrado Ponente: DR DARlO QULM)NES PINILLA
Expediente : P4o AT-6477
o1icttante: (flLDARIY) ECHEVERRI F. Y CIA. LTDA. DIANA VERONICA SOTO Acción de Tutela Procede la Sala a reelver el eec'tto Presentadc , por La Sociedad Glidardo Echeverri F. y Cia.. Ltda, y . por" la Señora Diana Verónica Soto. por intermedio de apoderada y ert ejercicio de la acción de tutela coreaz"ada en el ai'ti.u10 66 de i Conetjtucir Nacional, de.at "rc.lido por lo L'ecret.oa. 2591 de 1991 y:306 de 1992. rn LA ¡4TICION 1. '- Pretenione5 T petictonarioe dirigen le acción de tutela cont la Loteria de Bogotá y la Alc&ldia Menor de logi Hartire y mediante eu ejeroicio e pretende lb de loe derechos el debid-a proceeo y al trabajo, con.rado en loz encube 25 y 29 de ieConetituión Nacional. d efecto formulan lee oijWuienteg5 peticioriee: la. Se ordene el Alcalde 'Menor de loe Márttr t la Lteria de Bo,ot retauren el debido priceEo queExp. ATa3477,
efecto formulan lee oijWuienteg5 peticioriee: la. Se ordene el Alcalde 'Menor de loe Márttr t la Lteria de Bo,ot retauren el debido priceEo queExp. ATa3477, ri «teri de ai;,uea-,teLiq pertanantee debe u&;aree a I.ae r1cjoneae del Título VII. art1cuJot 64 a 67 del Decreto l&mcntarj 33 de 1984 j ^ir el cual ec glament6 la Ley la. de 192 y e ,,l Decreto Liel&ti,o úrnero 386 de 183, earon el oroUo de ueetas parmanenten en Colombia. a, Se ordene la repertura d&l eetabIt4cimielito loceliZ8d() en la calle, 10 No. 27-(, C•en-a Brrjo FW
ioaurte de ceta ciudad, con ci fin de raiatíar eL dei-echo i trabajo de la Señora Diane Vero)1ce 3c.to la libertad de ernpzee de la Sociedad peticionaría3,12Se inden era abetracto a la A-lealdís Menor de loa Hrtirce y a la Lotería de kciti aindenl:ar 1ia rjuictoe caueadoc por ci trrnic uc dure el -'A erre cJel citado eetaL leo irniarato 4,51. ['evenira lea utorjdad.e contra guienete ae dirige la tutela para Que no vuelvan a incutiir en 1a: onceque dieron or-igan a ceta tutela. 2.. -- 'Lo hechoa.
4,51. ['evenira lea utorjdad.e contra guienete ae dirige la tutela para Que no vuelvan a incutiir en 1a: onceque dieron or-igan a ceta tutela. 2.. -- 'Lo hechoa. Coao funduaente de hecho ce aducen, en veuen ia lo. Que Ih Sociedad 3i1dardc EchcvGrri F. y Ca. Ltda. ce titular de la 1icencja número 010179 concedida ixr la Loteri de L3ogotá rara la exlot:tción del, ;hance era el punto de venta ubicado en Cafaua del Barrio Rícaurte de ceta ciudad.
20. Que en une actitud abiertamente I.eas y alYa3 AT-e477 e los peeos o tramites cte que tratan las normas para la exp1otaoión del monopolio & apuesta,- permanentes. la Lotería de &,ota libró oficio N la A3celdia Loa1 de Loe tirtires para que sellara el citado punto de vente diiigen;ia que cump1i3 ci 10 de novnbre de 1995. a lee 6:30 la tarde, Dicho sellmíentc se fundamentó en to previsto en si articule 283 del Acuerdo m:imero 10 de 1989. 3o. Que tanto el Alcalde 'corno la Lotrie procedieron e sellar el punto de venta que se roseite de UI procedimiento previo eetablec%di en e). Decreto 323 de 194. norraa eeec:ial para l alpuectar, uanentes y de rango superior 'u"- prirni sobre el. digc Plstrital de Plic.ie jue— ademe. es de careirjter genral.
alpuectar, uanentes y de rango superior 'u"- prirni sobre el. digc Plstrital de Plic.ie jue— ademe. es de careirjter genral.
3. Derechos fun~ntales que ee coniideran y loladonLos petle, lona tos le vulneración de lcs derechos al trei..ajo y al debido proceso. ,graJo. en su orden efl. los articulos 25 y 2 de e cmtitu ción Nacional. Seia1nque¡ sin rue se llevaran a lee trmelldades aiee, es decir, e.¡tiacto edmini trat.lvo alguno que imponga sanción, la Loteria & L3ogot y la A1.calcIie 1enor de loe t1rt Lres &iiarort l aludido punto de yente del chu4ce Agregan gue no es pocible
aplicar lee normas de un Acuerdo que ee de categoría inferior - un decreto reglamentarío. mucho menos cuando existe un proc dimtertto o] arn'ente determinado QUS debe surtirse para analizar al e impc,ne o no a x rice, luego cte haber escuchado al presunto infractor y de pctiarl&s pruebas con 1a r. ua les ejerce su derecho de defensa4 Exii r-34'71
13. TRAØITK DE LA 1'UTRI. -• Porauto del Pamadu 20 de noviembre el MietLdc' Ponente diepueo que ee lihÑtrn eendc ..iflC:1O ¿ lor, iñ'ee íer.nte de la Lotería de Sct& y lclde Local
Porauto del Pamadu 20 de noviembre el MietLdc' Ponente diepueo que ee lihÑtrn eendc ..iflC:1O ¿ lor, iñ'ee íer.nte de la Lotería de Sct& y lclde Local de Loe Hrt;lre, a fin de que .iirnten oneiderareri ertittcttte reepecto de lui 'lanteedoe
por loe ,'eticionertoe : 'eni.ticr D-5 actuación adminitrativi qvjeuLrnínó e). 'rei1mientu del punto de yente pava la exlc)t ion dCi chance a c,lue e refiere le eolicitud de tutcU. DiChe oiicitud fueron tdidi por la Loterí d Eota pc.r xntriJ!dic,
de derd c iz ada cL Ge rente . E. y por el A1ca)de Loi de Loe 11 ,tire.. II cxsIDERActaNg La CCC jón de tute La fue en el art.iculu 86 de la nueva Cona titucífin Ucicnd çttj un orientado L. proteger en forn inmediata i dr;h cont ituc;iora lee futMiieut ie, cuindo uieo que ieulten vuinerack'e o rienaziu por le lón u omi,ión de cua içu ier utc.v idad vúi. ita o diti i' pti&ularee en loe caeue ce lado en la 2.-- Esa acción fue relarnent.ada gor medio del e -rto 29i del 19 de noviembre de 191, expedido por el Pideu.; de la epübiica en ej ciclo de oultadc. que le
2.-- Esa acción fue relarnent.ada gor medio del e -rto 29i del 19 de noviembre de 191, expedido por el Pideu.; de la epübiica en ej ciclo de oultadc. que le confirió el literal t. del articulo tran toic b de l Crtt it uc ión Nec. icn.t oída la Coil.ó.n 1 al íe lotíva y llevado a cabo el tramite previeten el wtculo traneitc'rto 6. Y eco decreto fue tiritado a le vez a.dlente ci 1, ,tcrletri, 306 del 19 de tebrero d T 6477 1992 dictado pt.r el. Señor PrLdeste de i .úbttc ep ejrctio de lae facultde onferid r el articulo 3.89. numeral ti, de la Conetituciór (4ieonei. En el cre de et.udio, lj Zote4ad tldardo Eceveri 1
F. y Cia. Ltda. y la .esor& E'tana Verntc Soto ejeen la acción d t.ute conti'a ] Loteri de gtt y la Alcaldía Local de Loe tlárttee el fin de ur-- e pte.n loe deeC:bo El debidoS proceo Y ,, al ti-abajo. .uaie coneideran vulnerados con oción de ia ie1Ón de 3l&uento del punto de vesst para la ex1otación del. jueo de aneetae nente ubido en
la Cl1e lo Do. 27-80. C'&fem Barrio Rcarte de ea ciudad, ordenada el 10 de novietubre del yxño en cuo.
ex1otación del. jueo de aneetae nente ubido en
la Cl1e lo Do. 27-80. C'&fem Barrio Rcarte de ea ciudad, ordenada el 10 de novietubre del yxño en cuo. Conetderan que eea medida e adoptó eir ue e previaunte
te adelantaran lam for-lidadee lagalee coneradee en el t'ecret Relamentaric 323 de 164. - Seaún ea daprn4e del eertto de eolttud de tutela de !a a eølicltud de Tribunal y de loe doctnto ue obran en el expediente, al erente de It Loteria de BOIPIJ 1, N. mediante oficio número 441 del de octubre del 1,11L1 ,10 efl cureo, eltctt.ó la colaboracíón del ¿.lcalda l,:cii tiC Loe t1artire a fin de .ne, de oonformidd t-n l. 'ticulo 283 del, Código de Policia dl lirit'. çrocedier!i l. ellamientc. de 3.o eajjj#flt&) expenden uatete perraanntee cm eueción a 1 vspeotivae. Al,efecto, la Pla¡día Lot_al de 1 C t1art1re', en aeoc%o de funciortarlc'e. adecr.tu a la Loterie de Bo€ot y cJe lo aentev d;rito la XIV EetactAi de ol iia, hicieron un rec.orrIdo pot' la on encc-ntrand. Que ela: pci.'n de doe cateb lee imLerta de
Loterie de Bo€ot y cJe lo aentev d;rito la XIV EetactAi de ol iia, hicieron un rec.orrIdo pot' la on encc-ntrand. Que ela: pci.'n de doe cateb lee imLerta de venta da chónce, loe demáeculianCn loe Í'euidtoe de i. En cae operativo el. nndarte de i'olioin deT-t477itda Eetión,según oonsta en At ni 1433. dipu& elriellawvíent dtl pwto de venta ub:s& en lr •:i1e 10 Ho. 27-'80 tdido por L eñora Eln Seto. peticionarla de la tutele, entre otra¡-,r.one, por no tener 11cenci. pueeto e ítrm. la ue n: " fa otra diecjór (folio C,1, Conctancla tn elmIlaL' eentido aparece enei t&:tc, del cta de 1.a,cIeojntned l'iiien - le de Oper ,t1v, v1.tl el.folio 43, 4UZ I.s que,m(L, Z'ee& Ue l: medida de eellainierito fue impueeta, por el trí1no de etete día. por el pereonal de la P1io1e edori.to a le XIV Estación. É%e¡ misrno apeoe aoredltdo en l expedíente!.Ae el Cor end te de La ttad Etijn, 'or medio de Reeci1ucir número 1483 del 17 de lo& tientee. dipueo el levittiiento d& lo eiloe
expedíente!.Ae el Cor end te de La ttad Etijn, 'or medio de Reeci1ucir número 1483 del 17 de lo& tientee. dipueo el levittiiento d& lo eiloe impueet.e al teblecimjentç de oorci. ubt vi'.1 en le e1ie W Wc1. 27-b&, en cunplLmteto de lo diepueto en el e'tioul 208 'del Decreto 13. de 170 folio De lo anterior ee que el t:,rtvndo de le. Eeteión XIV de olici de Oet.1 ciudad ordenó el elleiTLlento del a1uiiclo eatblecimiento ls, de epueete perrnenentee, entre otre rzonee. poi,cu&nto al nmento del operativo. aquel no coat&..i •'O lt respective 1icen.,ta. be coeiuiente, pare l Sala. resulta rtecesrio el examen lentado a estabie.er el el procdlmiento 'ue .ordujo a dicho c ierie se nformidaci 'Don lee crmei letIe epi tceblei el o ej. por el contrerlo. 6tee fueron dnocidas. ue el artículo 2C8 del Código Na,iontl de Pllj --bereto Ley 135 de 1970seia1i las .oritr "nioneeque dan lugar el cierre temporal de estable-- ci.nientos ehiertoe al público, entre les oueiee se e(cuentt la de uc el rcseotivo tabi:;iutnto ur1one sin e&ieo o Ji':encide la autoridad. i,efiarnrt. en l01n pon el juego
e(cuentt la de uc el rcseotivo tabi:;iutnto ur1one sin e&ieo o Ji':encide la autoridad. i,efiarnrt. en l01n pon el juego jeanente. chan, ¿l artiçUIC, 283 del Acuer4k útc; 15 ie r el cu1 e e-xpid. l ódl tk' pt e]. Ditr1t Epcial Je tbtn lA mM4ua ntraverc ión e iva 1. medida rrect tva d.noe 'QUe fft lnpo.rtdi4 1er're temporal del tabl€ iuierit'. por el tériráfifi de eiete di5, a quien exlte e nii am el rpetivo rifle. La mediia de o1i.ta de oirre de un tblectmtntu ee definido ers el 5 ,rtículo 19 del ódio ival de y cnatste en j tejÓr, de la ç4,:1vjdad por t hhinu 110 tOt' a aletó C11. De otro lado, el rediiento para la aci;n de r rndid i:orreciva a Ov de iva co ndante dei 3 taclor1ee y ub tione, k3e n:uerti& evieto en el ¿rticulo 27 del Códic tíon.l de Policla, el oul expraerte ortter'ia
que ta plicci5n de la uiema n< reuiere •i. reeoluión eit y oj 1ntemierto de un tta en la jue ee con'Lren loe hc! e irtit$.çjue l contraverit:ur e indiue la
reuiere •i. reeoluión eit y oj 1ntemierto de un tta en la jue ee con'Lren loe hc! e irtit$.çjue l contraverit:ur e indiue la ued3da pIi.cd. Be dee.tt, Que baet. la veriíi e;i del hctoQue eunestituye JE CO1t t' ri i para OCe(V . iv;uer 1. ued ida ':reotiva. Letinid. l; Ateraor,
la, sala llega ¿. la onc:i d ue en el de tudi no e enta l vio.lcón 1 derecho al dehidu cCreo tnvo:ed pr lo lmt
itil.kat.L0, Vi,JV uanto. de í poi ída( c c;n az dip1ci.nee' lea1e arite eer].. adaa, eJ clezre de un irniento
que funtÍ-i,-.rle i t#. lt 'etiva 1 icen 1ollerbiirt, áe Ja autoridad cnetente e tm una medid oetiva 'ue :orreepnde d -taral CofflarLdante Ja 1 eEtaOión : eubertciór1 recti.;. y iípoe ic ií rso 1o ee reuiee del levataml erItO de uní'T3477 acta donde z onsten loe hecho. eL Ii rct.ut y 1. did ,rretiva aplicada. Y tal iomo ee desprende de -loe que obran en el expediente eCC, fue h, ue currió en est c eo, pu<Ses ae
,rretiva aplicada. Y tal iomo ee desprende de -loe que obran en el expediente eCC, fue h, ue currió en est c eo, pu<Ses ae encuentre estak1ec ido que la medida de cierre o eellaniento del J?unto de venta del jueigp de apueeta peraxentee cPiancc ubcad en la CaUe Li.) Uo. 27-8') de esta ciudad, tue adoptada por el fur1c competente, el Cndante de la Eetac.:jón XIV d.e Nw licja, quiei al erecto levayit6 el Acta nu,erc. 14E3 en 15 que idett tfic;ad los hechoe onCtituL: vcE de l infracción, ti. contrave.ntr y ] t djde cot-'rect iva irnpesta (folio 51. cu etno 2.
7. En esta forma, se llega, iueilmente, a l conclnión de •jue el no se pzeeerata le violación cMl detech ¿d debido proceso, con $eOUsflclalmmie tanore La vul erecjón del derech &i trebeto. pues ámt^o10 sepodrú5 alegar pera e) . even to c que tivajante tuviese 'ricen en una acttvtded adelantada por una autoridad con deeonoc lento de la ley. Y e no en este caso. 3. - 'abe anotar. ademeis que de uerdo con la. pre ten e iones, el ot1eto principal de la acción de tutela ee el de que se ordene la r'eapertux'a dei. establecimiento. Y como seún se deprende del
pre ten e iones, el ot1eto principal de la acción de tutela ee el de que se ordene la r'eapertux'a dei. establecimiento. Y como seún se deprende del (çj.nten ido de la Res.: lu ióu número 1483 dci 1T de Loe corrientes, proferida por el Comdant de la Dtcl&-t srta Estación de Fol jo e.
Ya ea prodo La reapertura de dicho cetablecimiento, en este momento. e). Jue; de la tutela no .odria imç'erttr orden sobre ci partícular. 1_fe uiermtc, la dala nara la olL;itud de tutele.Exp. AT-6,477) 111 LA DC1SION Por lo epueeto. Rl, TRIØJHAL ADMINISTRATIVO DE (JNDINAHARCA. SE(XIOW PRIHKRA ckúinietzando t1i e,t ..rnbte dr, Ift Reuhiic de lomhI i por ztutoi&d de la 1e, Se rileja 1, molicitud de tutila promovida interaedto Le oierd.. por IF Sidd (íidrdo Echeverri F. y '. ¡1t d. y por 18 Sesbora Lian Veoioa Soto.. eüi escrito precelitado en et Tribnl el 16 de vjeghre de 1995, Uotifiqueee te1eifi.cmnte vIer k 3&oree Gerente de la Loteríai &ot y t1d Loc]. de toe rtiree3. I l rntern rnner notifueee apoderada '36 loe Pet'ioner%o de la tutela.
3&oree Gerente de la Loteríai &ot y t1d Loc]. de toe rtiree3. I l rntern rnner notifueee apoderada '36 loe Pet'ioner%o de la tutela. 30. ¿j es ta prcvdenct no fuese tWnadb derLtro de ree 31 díee eigiei-tee a su. notifoin. renit exelierLte Corte Cnetttiiiol. para eo eventi rev le¡ ri. C1IEE ( cUMPrAsE. t'i.ut.ido y bdc en 7scai6n relz&d en la rwn,ro 145,.