TA CUN - AT-6624-(13-02-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - AT-6624-(13-02-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
Ttb14dL iL)P1INlSTl(Aí IVO DE UJ4D11IAflARC
SECC 10$ PftI$ER
DERECHO A LA EDUCACION /DERECHO AL TRABAJO
Britafe de 1logot D. C. Febrero tr.e 1 1.3 p d il novectento
1WU1llWM PÇJNEUIE i 0OCt0R 8AtRlL 11Mk11t iU1P4IERSJ..
UXPSD1EtflF. z A.1. ó24. f)El1.iUAt4TE Ft1; 10410 WLTtcP.P4 L1. ACCIOU DE TUTELM. l 1 ciOn de tutela ojerd pr el flDr FtLIX At410$10 8ELTHAH 1.F-AL. quien icUie nobre propto, tontí 1 C it) HMC 1 0t.. DE REJ4D 1 MJE " A 14 T E 1 E £ E 14 T ¶ iri. .1 Isol j cit.nte en resumen. que •pirda est mm derecho duc.c von prendi'aje, e prePno .il ericio N»ccnl de prendt.ie E)4A' ubdo en .l carrera ') Uo. 14 , en o.L.re de 195, con el ttn de adelantar, urms curso de cocína. Pr pc.der cw r -eir , optar el cpo tue citdo a un eçasen d corocties,tos al cual se praeentMron apro adaaente Yu personas en ti 1 .1! 1 el puesto 10, prueba que e fect u en d1cLrbre Ck.t9 9 4.
corocties,tos al cual se praeentMron apro adaaente Yu personas en ti 1 .1! 1 el puesto 10, prueba que e fect u en d1cLrbre Ck.t9 9 4. IMIL Personas quo por el etaøen antet referIdo, fueron cítadas el .1 a 27, de enero de 199 a nducctcsi sobre al curso a rjfE Øn el OØflt() de llamar '¡k list el rtruç:tc» de pL Ido 14LLÑ preiinto que per'ae eran ma"(Droí>s de 2 05 ahos ' apro daeenIc' ) eal tus on a quesea el prntear u.atn aEXP.M.I24 14o hrndor.r II Induct.Ofl, junto cón otrom alfimu los, ~O íl4í~standol4as que POI , mier, yore d I ve ib.. . sr •# dificil acopiarse- &. un g rupo de por monas, joven.,, y 1 es 1 a iier' dificil el prendije ior un periócki de dos aIi eL loro de p..trncinto de iLe preee, por t t.e rones ..nterio, e lea d 10 que ae lapa dZct.Mrii un eeee,, en el c iAal •eprenderan lo Øieo, pero en eenoe t1a,sp,, y en un torartp que lee perettLera continu a r tr.bij,tdo qee tenin tr e.plio o atuv-.der e utiJca pr quiena los tu;ieen. EL horero erie dea(00 p.m. e 60($ p.a. y
tr.bij,tdo qee tenin tr e.plio o atuv-.der e utiJca pr quiena los tu;ieen. EL horero erie dea(00 p.m. e 60($ p.a. y de éYIs.Kt P.M. . U.) p.a., que el aborar an lea lista de acuerdo al hcr.,rio que lei a1'tere de atusrdo con eva ciiaptoaoe f.3l1erea. Fue ea l. coco el cctonante c$ecidi jneribirae en el horerw dw i") P.M. .- todoa loa ina rritas er# la liste pøre el horario de 310,0 a 621>4,7 Pm. • e lea enio de un .lnatructor e otto stn que lograre &rtr,bIrae ninquno, tquel cucediw con la lIste de quienes habian werio de 6i) P. M . e s$ p.c.- Finlce'nt lo I)fltaf(fl a ti.ablar con el doctor, ÚESM CÉkUJJ, quien lusqo de ci tcu t.ti con ver ias de ea personas que f ureben øft j&» lista, lea cenitsst.o que se presentaren e Las 3ZQQ p.d.. p.reolverlea el p,obtea Pur.tu.lcentt' e.ttieion a a cte vel dotor CgI1DtLL lo envii con le liste y une nota e hablar con vi inotrurto, de los curs de del horario nocturno, .eIor , 1~L.. ta rsota dCCii tett1cente que semlrra la posibilidad de Inscribir e
con le liste y une nota e hablar con vi inotrurto, de los curs de del horario nocturno, .eIor , 1~L.. ta rsota dCCii tett1cente que semlrra la posibilidad de Inscribir e per8oins qu aparecL en as tt • pero este S4nifostt) quesoto tos ,crttiirte ore• orden por wscrito del doctor CANOEL deis que soto Inscribiría depdendo dty los CIAPOa que t;ubieser Cora lo anterior, les dejo er -i el aire, es decir sin t ratcrtpcc)n ot.tciel en el horrto prometido. av lee cito pre i1 4ie 24 nero a les P.M. a fn de ,nscrtbirlos. lo cual no sucedió, pues en la fecha aflotd se lea d jo que nl.ieran el jueves. del mieo mes, de manere que el 22 de enero fecha en que se tn1q1abe el curso de )YidtAccioyi, no se Les: habia resuelto nada. 11, 1 ir.,es de enero esisttc) pare seba, si se había resuelto el problema v al heblar tcr La Loordinedoray el instructor IS11L I te tfestsron que e tea personas que babi.n astattdo el 25 de enero 0 se los habla tnecrtt:o.en el ctrso de cocina en el horario de tiO pm. atÚ) quienes no habtan asistido, sin tmportr i rnoti'io q;;c bubesen ttnido, perdien el cupo. Afirme el solicitante que lea mnt feto que no había podido ststzr el illa jueves puf motivos de fuerza mayor, toda vez que
rnoti'io q;;c bubesen ttnido, perdien el cupo. Afirme el solicitante que lea mnt feto que no había podido ststzr el illa jueves puf motivos de fuerza mayor, toda vez que en liffil 'rsbeio no te dieron permiso y apenas ¡levaba en •i mes mcd se encun trabi en per3.do de pruebe, mai4&~ que hab% e purçiidt, dos dimss su 41km los uñcjc,mçios del &t. le hubtn ;euetU su tmación. P E 1 1t 1 fi Pl oli. t el conante e este Lorporáctc.n, lc rest.t tirta fi Ir a con, rdønndo su inscr ipio.i nuo ci curso d.EiP.Á.T.E24. Hoja 4. cocina en el horario de 6zX p.m. a9s0') p.c., pues el, se gano Por concurso abierto .1 derecho al mis~ y considera que ha sido dcricnado por parte de los funcionarios del SENA, por el hecho de no poder astUr el jueves 25 de enero. 4CTUAClON PROCESALs Mediante auto.de febrero lo. de 1996, se &VOCO el conocicíento de la acción de tutelé ínterpuesta por el solicitante, se ordeno librar oficio al Director del Centro de 1nforsacon en Hoteleria y Turismo del berxcio Nacional deAprendiza)e SEN P ubicado en la carrera .) No.14 «-53, solicitándole inforcacior, sobre el particular. Se ordeno notificar personalmente al sefor Director General del de tprandzzae SENA.
la carrera .) No.14 «-53, solicitándole inforcacior, sobre el particular. Se ordeno notificar personalmente al sefor Director General del de tprandzzae SENA. Obra a folio 12 dei expediente, escrito del Jefe del Centro Nacional de Hoteleria, di cual anemia informe presentado por el seflor' CESAR CANDELA , responsable de la selección de alumnos del areio de cocina. Igualmente allega el sist~a de selección de La entidad, la cual inicia con una preselecc.ion que no obliga a una itnculacin definitia hasta tanto se determinen en la semana de induccion otros requisitos de ingreso que no pueden ser establecidos en una prueba tcnica. folio 13, obra el informe del seflow CE~ AUGUSTO CANDELA ULEJC, segun el cumi el solicitante se inscribió en ese centro para el curso de cocina y fue cItado a un examen. ComoEXP.A.T.6624. Hoja 5 consecuencia de lo anterior, aparece en el listado de U RELACIOlI EE ASPIRANTES PRESELECCIONADOÇ3" 9 en el numero orden £0 y citado el 22 de enero de 1.996 para la inducciOn correepondlente. Agrega que tos aluMnow preso lecctoreados para desarrollar adecuadiimertte dicho curso, deben disponer de un horario con intensidad de la horas diaris. El accionante no fue matr&u1ado en el curso al cual se Xnscrib)O le por razones de fuera mayor y aduciendo que enel trabsono le hablan dado per como corista en el numeral 6 del memorial presnado a esta Corporactn.
El accionante no fue matr&u1ado en el curso al cual se Xnscrib)O le por razones de fuera mayor y aduciendo que enel trabsono le hablan dado per como corista en el numeral 6 del memorial presnado a esta Corporactn. Asi mismo afirma, que al se4or Felii Antonio Seltran Leal, como 'iternat.a, se te otrecio incribirto en un horario que se adaptara a la disponibilidad de su tiempo, motivo por 1 cual se le cito el 25 de enero de 198, fecha en la que no se presento como el mismo lo hace constar en su demanda. En ninqun momento el solicitante me inscribió para el horario de 6:X 9:00 p.m.y atompaPa la list, Oficial. de los inscritos aeleccionrndos para dicho curso.
CONSIDERACIONESs DERECHOS flJt4Dt4VAL.
Segun referencia expresa que hace el molc.ttarte, el derecho 1und,mentl respecto del cual solictt.a amparo, es el de educacin, consaçrsdo en fi arttcuio 67 de la Carta Folttira. En relaicn con el derecho a la educac&On, La H. CorteP.Af.6624. Uo3a . Constttuc3onal e pronunció en sentencia de Mayo is de 1992, de l cual se transrribøfl a continuactófl a~os de sus pir'tes, coeüs i.jue s. u Tambin se llega a la cwctuston de que lo educación es un derecho fundaa.ntal por la vis del rgu.ento de loe derechos cisti tuci una les fundamentales por
coeüs i.jue s. u Tambin se llega a la cwctuston de que lo educación es un derecho fundaa.ntal por la vis del rgu.ento de loe derechos cisti tuci una les fundamentales por reconocls.tento expreso. En ala~ cc^ ya se sant &onó, el articulo 44 de la Conat]tuctbn contiene la educación coso uno de loe derechos çcnattuciona les de lo fiMos y agrega que 0 tu familia, la ledady el Estado tien,n la obligación de asistir al nto para garantiar su d.eirrollo integral y .1 eerccio pleno de sus d.rechoe. -. Ahora bien, %¡«~o 1. aduc.i on un dor echo cone ti tuc tona 1 tundta 1, el iSbcUep 1 i.Qn to de la condiLcicines para el ejercicio del ~echo, como sería e M responder el estudiante a ue obi iguc iones acadica y al coøpartaainto exigido por lo reglamentas, puede dar lugar a lü sanczón establecida en el ordenamiento jurídico panel caso ypbr el tiempo razonable:qut allí se prevea, pero no poctria Implicar su perdida total, por ser un derechd Inherente a la persona" U
PORME^1A DE LA AMION
Se9u11 la consagración plasmada en al~dato $L de Carta Constitucional de.1991, la acción de tutela tiene por objeto la próteccion de íos derechos 'fundamentales de "toda persona", cuando quiera que estps resulten vuineraidos o amunazados. por la
Constitucional de.1991, la acción de tutela tiene por objeto la próteccion de íos derechos 'fundamentales de "toda persona", cuando quiera que estps resulten vuineraidos o amunazados. por la actono la omisión de cuaiuiar autoridad pública. Por pre,lsion del sismo canon (onetitucicinal, se pueda dar la procedenctade tal acclon contra " particulares encargadas de la ( II. Carta Constituciunal Sentencia T-<M12. de Mayo 8 de 1993).EXP.A.T.6,24.HoJa 7 preatacían de un servicio público' en loe casas que la ley ectablezca. £1 Gobierno Nacional, en earcicio de lea facultades conferidas en el literal B) del articulo transitorio 5o. de 1. ContituciOn Nacional elaborada y decretada por la Acimblea Nacional C.onetituyente del aflo anterior, expidió el Decreto No2591 del 19 de Noviembre de 1991 cuyo Capitulo 111 -ocupa de la regulación de la acción de tutela contra loe particulares. En relac.on con el servicio público de edutacion ce estableció en el numeral lo. del articulo 42 de tal r.glad.nto, La procedencia de la acción de tutela contra acciones u omisiones de particulares pera prot.9.r loe de?.cbos, consagrados en loe artículos 13, i, 16 9 18, 19, 20, 23 21 1, 29, 37 y 38 de la Canatituctón. Pare iI trCm2te de ¡& ,acción frente a particulares, este ce sujeta e lo establecido n el tcao decreto, ' calvo en Los
Canatituctón. Pare iI trCm2te de ¡& ,acción frente a particulares, este ce sujeta e lo establecido n el tcao decreto, ' calvo en Los articulas 90 y 23 y lo de que no fueV-w pertinente.TM. .Respécto de la competencia pare conocer de la acción de tutela, el articulo 37 fiJo una competencia territorial 11 a prevención " a loe Jueces Y Tribunales cm atender al efecto a otro aspecto diferente al 6.1 luqar donde ocurriere La natación o le ame~ a que aottvaren le pretcntacion de. La oltcitud. de modo que en tal virtud es competente este Tribunal para decidir lo que en corresponda.EP A. 1 .6.4. Hoja U. ltF1IEtlClA D MEDIO (, DEFENs Esi el tao del sub - ilte se accxona contra una a.ctuaclon de la. cué 1 u predica vulfict^acim a. loa derechom de educaict • debida pr40a.0 e tuuda.dar,te la ley • repecto de Lo cual ha dicho de manera retera.d»
la )url udencia del H. Conejo de Estado que es una acti-idad no contriLa.bLe Juri.dccton.aLente, al no ser vucepUble de er dQa.nda.da en procura de obtener la rectlfÁcacionev preteodkdiie, iievto que en vi mvma no es prta.durd de Ib maintlost»cion de voluntad con etctov )uridicav que caracteriza al acto adel03itrat1vo, aireo una ttpici preiori
prta.durd de Ib maintlost»cion de voluntad con etctov )uridicav que caracteriza al acto adel03itrat1vo, aireo una ttpici preiori de la au woøóa n el a.M..i.to a.cadcaiço. Mii que el mdo idonen para obtener el amparo de 1c.s derechos i'undentatev, xr , pri tv3on de la. Carta ile ll, la acci.n de h.ktfrl -a.. 1 1)E A CUSC 1 (JP La prococa del derecho vuvt.astivo a. reibtr , lía prctecclon nsi€dLata del juez de tutela, acorde con el precepto ttuc.na.l que cnvaqro esta accic)n, dca.nva. en la etvtenciá actual, cierta. , veradera de la iulneracion o amenaza. de un deret.hn fundamental. En el cvç.b pn blo a casideraias, del Iribunal, ve expon la lp que el licitante ve p -evento al rvcio Nacional de prendlzaje Sesifs - Centro Nacional de Hotlerta, con tl fin de tdeta.nPar un curw da cocina, que ve le cito para un eaeen de noc3enov, Lo que le permitió aparecer en el 1 ivta.do de tPIlil1l Pl.ECCl()úS', toda ez que ocupv el lOo. puestoA.T.i24.L4oja 9 entre un qrupo de 7(# peraonaa que pameron el examen y que lit no Pudo aatstir , a le reun ion proqramiacla po, la entidad demandada par el día 25 dii enero de 19?S fue preciamentw pór razoflee de
Pudo aatstir , a le reun ion proqramiacla po, la entidad demandada par el día 25 dii enero de 19?S fue preciamentw pór razoflee de 1ierza mao, ya que en el. trarb&Jo no le dieron pemso, ivformacton esto que conf irma La entidad demandada un a&i intonme, ai como el hecho circunetancial acerca de La imposibilidad del aoktcitante de aer idmjtdo por au edad al pro9raea para el cual ae ir.crtbió que dio lugar a permitirle un cambio de horario Encuentra la sala que it bien ea cierto euate una OUIA Pf4A EL lN(?ESfJ DE, 4&1Jt$1O &. SL4A I adóptada poi Reenlucion No,1420 de 39. dictada por el btrctó,% del Ectabheciazento Fublico en ea cLaae de actvidad de LecCibs como proced.iento .dnietrativo que ea se debe dar preíación a dar, a loe prtncpto que la gebuernw. El objeto en ente cáao, ea decir el cump1imtento de loa, cometido e8tata.Lelh no ea otro que el de brindar cep.citcin a un nivel de tecr#oicbqlñ ah ea'or numero de peraiae que cumplan, por lo con riequi.$%t03 b.aicoe reqlamantariamerbte eatablac,dc. t)ado que el aottcitante comphtóci loe rqui.itoa para La admis.i4Lwi al pr uq r ama de, cocina, aunque por la edad no pudo hç.erIo a ru.'eh de ndaaje, conforme cora la previa y autonoma
admis.i4Lwi al pr uq r ama de, cocina, aunque por la edad no pudo hç.erIo a ru.'eh de ndaaje, conforme cora la previa y autonoma dec i del Centro de For -macion en Hoteherla, ø1imentoa. lo 'iable ea que 1n9neaer al praqsaiia nocturno d co Lementac ion que ce ofrece ' para pereonea maypsea che rioa, que lrabalan en el dha, i pucia de le aia neeuht.a exce5i.tvamente rlqoroao cambiar esa dt.ermi.iacion por él hecho de la tapoaibiLdad que tuvo el aeptra.te de acist ir a la tnducc$,on en e diii y hora ce$iaiLadoc, d uerflo con su epoacton que debe recibirse como vera'.P...Lbé,i4. Ikja 10. .plicnd •1 princiPio de La buena le. Fr lo antr1or, para La hala el ¡"remo del melicitante no n,Utca traa9re1or; .L rPiflmen de rtn del SENA, cao qn tes 440 b.iei t.ni'in CeÇCiC)nal par a r el nl L.i.o trante, de rnodo que o'a cnneanante con pr)ntpio de apil ron del .ereho sustancíal tutelar de manera ediata loa derecho a Ii ecJucacjon trabajo del pCcionar te. Irri coneecuencia, La 'a1a ocder,ra al tflrector del Centro de For«hac xcui t4ac1Ltw.at do Hotelería del fiervicio t1acenal de
pCcionar te. Irri coneecuencia, La 'a1a ocder,ra al tflrector del Centro de For«hac xcui t4ac1Ltw.at do Hotelería del fiervicio t1acenal de MprendizáM SENA, expedir 1 ofden de m&trteutía aL acclonatste dentro del trino de u 24 horas, lqu1enteaa la notificaclon de la presente pdencia. E;n s).lQ de te epuet.e, EL WI$UH, ADM1P41TRATIVO CUNOLt4ÑflV4. SECCIUM PtlIWlA adenttrando íuttcia en nombre de l I'4epublica de Colombia i por autoridad de la te, F A L 1. 4 t Pi ME ro. - TU1E1EKE lo, der -eciioe a la educacai y al trabao del
BflOt' FELLÁ AHIONIO OELT~ LI4.
SEG&i1tX, Par a hacer mfectio loe drrboe mencionado,, srdenae al aeÍor L).recker die¡ Centro de 1 ormacirn 1atoria1 de HoteIrta del Verilcio Nacional de ÑprendÁzaie 3LNÁ, epedir la orden de matricula al fEti x ¿#IIONIO hEfL TRA#4"IL"L. deretro de 1,0% 24 hre siguievites a la notit.it:aciøn de La preent.e proIER(.EFcO.- otittquee t e.qr tcafflentea las partes. CUNTO. RsN.1tee el .pudiente a la H. Corte cwtitucionI para u eentuL revisiøn de conformidad con lo
proIER(.EFcO.- otittquee t e.qr tcafflentea las partes. CUNTO. RsN.1tee el .pudiente a la H. Corte cwtitucionI para u eentuL revisiøn de conformidad con lo previato evo e4 artículo 31 del, Decreto ¿i de 19I1, ' dentro del termino ieql ru, t'.iere trniqraidt l pretaente prov Idençia. Ujee cupa de la con el fin de establecer SÉ . & cabo del plazo Ílado ha do cumplichi l orden del numer meQundo. CUPIESE. IU)I1FlUtLáE EN FIRtE ESTA PRViDEt&D, AwHIVV.GOU,. EL Ç.XPEDIE14TE. .probado a4y xemíon de la fecha. l4tt P1ot12.
OLGA 11,0-6 tWPfETE 4ARRERO FEAÍRU MAftTINESI oJINrtJd:)
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