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TA CUN - AT-8390-(29-01-1997)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Disponible

Detalles

Título
TA CUN - AT-8390-(29-01-1997)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1997

DERECHO DE PETICION /PER7URBACION A . LA flNENCIA /QUERELLA POLIIVA o)' g BQ(I\ D E Cm ¡ Jl PA$Ut7 í ..L c\J 1ON PRUA T~ta ed' ,C..:lntifluóve 2de énero 4sil ioveieiito flweflt V Ø1t 499" atad ottitó; UR$RIO iiMOlK$PI$IL Etped1ete : No kT-839 Sictaate t HJZJL AWIWIO A .L-VA~ PAD Aoct&i de Tvtid Pt•cede la Sala. 3 re3lvei Ii qpllcltxíd £OD UlLda o' .1 MIGQL MTOWLO ALVPJUIbO PhDrLLIi, ac tuan& en su prpto nobre y en •jectcto de I acÓn do tu & en el &rtioul de la Crirtituctn tecinb •AIPICIOR 1. - Preb.neion.s IU eo iUvarsdo Pi4111a dir1e La aco.3n de tutela %ontia el ¡dclde Lal de .ngatir y mediante ejorcicio pretnde 1 potøcci'n del 1úreho de petilÓn, con tra& en SIaTt1cuk 3 de la onetttuct5n tlacton.aL A.L efetQ e&dicita que ee ordene a dtch. inciorierio dar tz'án4te Ja la eQltcztud por 61 formulada eL de diciembre de 19?6 Cu.o fsmUaentce de qU,$ Alcalde lioel de tnaativá y en ec del anteV. AT-MII

formulada eL de diciembre de 19?6 Cu.o fsmUaentce de qU,$ Alcalde lioel de tnaativá y en ec del anteV. AT-MII derecho de, Petición, e11citó e.i amaro a l poin r1'ectt) de la ie onda habita. pues aduce que eat.a sufriendo atiop1 lc,a por parte da.,loe arrendadue. 3eala que por tratare te tina acción polict1a. ea oIicitud ha debido traitaree & la mayor brevedad y atu eubargc. a póeat de haber tran,c.trrtcto loe tiino de lev, no ae le ha dado xpueet un&. 3.~ - Derechue tundeuntelea OM eø cuna ideren vio iadoe l• peticionarioconsidéra vulnerado el det echo de etictón agdo como iwideeital en el rticuio 23 de laConetltuoi6n Racic&l. L TRAMITE DE L& TrM. - El t1ajietrdci [t.nente çr auto del 16 de lo orrientee. dteaeo que ea librara oficio al Señor ilc&tde Local de Engattvt Para, de una parté, poner en ru onocimiento la ezietn de la olictud de tutela a fin de que vi lo tenia a bien. es refírlera a loe Lundainentoa de la Miema y de otra, para ue sobre el traite adelantado con oastón de la petiÓn a que , ee refiere el Zefor Al -varado Padilla 1:1t remttierri de la actuación veactiva,

Lundainentoa de la Miema y de otra, para ue sobre el traite adelantado con oastón de la petiÓn a que , ee refiere el Zefor Al -varado Padilla 1:1t remttierri de la actuación veactiva, Ltcho furtcionrio atendió eaa eolttitd inedia,itei oficio nusr.ero117 recibido en etaCorporat'lór el paeado Á de etero. junto con el owl ieiti fotoopit de i actuc i6n ';ue .eatirüó pertinente. 00tISlDKRAC10t4IS l' La acción de tutela fue conaada en el articulo 66ari' meoanii» z' en orua i1ediat loe derechos nalse fundaentale. cuando gutera u tGe tait vu1erados o anado por la. acción o la omielori de cualquier utoz'idad sublica o de 1ot' p&rt&oulei'ea en lo.

señalado« en la ler - sea te "ola~- té< del 1,9 de no iesbr de 19 1 le isúb1ic en eJero1çi de irt el LLtepel b del rtLculo traneitorto 5 de la Conetitución Racional.

oída 1, CoLtei6n EepeaJ, teteleti'a p llevado a

Cabo `el tróinite previeto en el az'tioulo traneitoi'io 6 ese decreto XUO relan.inadc a le vez ~diente el Decreto 3ve del 19 de tebrero de

192. 4ictado

por el Seior Presidente de la Republica

az'tioulo traneitoi'io 6 ese decreto XUO relan.inadc a le vez ~diente el Decreto 3ve del 19 de tebrero de

192. 4ictado

por el Seior Presidente de la Republica n eroico de lae wultadee coneridae por .1 articulo 189. niere1 11. do la ccrtltuión aoiona1. - n el caso de estudio,, el Ser HI]UEL AtIT'jtlIo ALVARW) PALJILA mediante,, el ejercicio d o le o6n de tela pretende latrotecci4n Ml derecho de peticidLn. el cual cnaiidera vulnerado por el Jlcaldo Local de EnuatIvá en rz6n que'según informe. no le he oírcido reepueet a la petición <Iüe oreuló al 9 de dicá~re de 1996 en el sentido de que se ¿e parars el derecho a posesión respecto de La pieza dondehabite. Con el fin 4 ver ijic5r Ia h4ÇhC5 eX4lertØe: PO1 el peticn al , .. el Magistrado ponente dispuso el1ctaz tnforación el ¿ticalde LoU de gngattM De1 contenido de la información suwinntrade Por eee tunoioneri, si de loes dcuaonto, aoómpaftados cc'n la uUema se desprende que. efetva.nte, el 9 de diciembre de L998 el Señor tftguel ¿4xitoni lveracIo F'adil la, iiresentoen eec depacho4. tnvoandc el derecho de petición consagrado en el articulo 2a de la

el Señor tftguel ¿4xitoni lveracIo F'adil la, iiresentoen eec depacho4. tnvoandc el derecho de petición consagrado en el articulo 2a de la ('onetituz.in Hactonal. paza solicitar que ce 1a ampare la tenencia sobre une habitación ubicada en la carrera 7 8 tic. 8-)4de ceta ciudad. al neiderar que la Señora Beatriz e1a Y11,15mii. az-,endaJora del inmueble, le imedie ell, disfrute de. le vi.enda el cual fue radicado baio el número 4182 folioe3 b1 Hedi.inte autc, del 9 de diciembre del re¡~ 5%10 el. Inspector Jefe Unidad, Secretaria general de Inspecciones it a las partee a tranetir sus diferencias, sensdsndc, fecha para la realizac&n de la audiencia reepeotiva iftAici

52. Dicha 4il.encia no llevó cabo recpr , inasistencia de las ,partes - i folit 54 be csigulentc ce dispuso remitir 1ss r4tllgenc a 1, Znepecøióyt WL' bietjltal de Policia para e, adelantare e 1 prIimientc contemplado - en el Acuerdo 18 de 1969 folio M. Mediante auto del 70 de dic mbre se dispuso citar al qu0jueo para practicar diligencia de a»w liaci¿U dera guerelis folio 55, La cual st practicó el dia 24,7 -alculento, ttolio.88t. Mediante auto del 2 . de enero del ano en curo el Inspector becim E

a»w liaci¿U dera guerelis folio 55, La cual st practicó el dia 24,7 -alculento, ttolio.88t. Mediante auto del 2 . de enero del ano en curo el Inspector becim E ietrttat de Pltcta dispuso remitir Las diligencias a ja Inspección Décima P de Policie, al advertir uø en te último deepacho o -urea It ereila 4345, igualmente promovida por el Señor Htu.1 Antonio Mvara& Padilla ontra las mismas personas y por le miemos hechos foltc 61. El Despacho que recibió la 'uerelLa seía1 techa Y,," hora pare ilear a cabo la diliencla de conetataci.(foJ.io 64. I,e esta manera La 3a1aobe que si bien ós diarto aún no e ha emitido un nunciamientu definitivo respecto de la opolícitud for~.Iada por el 3ei%or Mlzuel antonio Alvarado Padilla al Alealde Lo-cal 1e Enaativá.la: tekeflcta , por d•iu ralo a' esta te çreVi4t fYL. Las OiiCit. te cQn4Utórt p'onunc tael eato de fon<k preciso ade3antar •1 querella p1ioi. L, e. bi tdo que.. ASAláaldjs Local intar.dio de sub n4Mrioe coet de pera que se ,pneda emitir un eobre Le. jea. p,e';taeente ea ur e .nuetra de EnØatapor , iMprtió el l lev icr.epónd

de pera que se ,pneda emitir un eobre Le. jea. p,e';taeente ea ur e .nuetra de EnØatapor , iMprtió el l lev icr.epónd fi LNuno podria atirmeree que los, tmcionazie ue inter:Lile,n e, Va actuación hubiesen vulnerado el .p: tir" ue. ese tcicna 4.oncic

el d,r.c1 pettción conearado oøc ntaetTti en eL srUculo 3 d. la Constitución flc%nal e ina4o por aquel. Para fleger onl,ai6n ea pr.cte ieztaL&r 'ue la aludida una querella por perturbctón a esa ctttdfl en eeflia, ti te quá reeorer oflicta la ee debe ade.1antaz p peticio iario kei.. en prlier tórMn. la Jefatura de Ineinee de L Secpetaria 1enerl ctt$ a las partes 'era que traneigieran sus dferenoiaa en razón de le intateni Lee eiee diap,so el en'o de la querelle e le lnapeión 14)1) - ¡o]iia para t se de al Iprocedimiento eotitempladcr en el £t,uer& 18 de lt.nor del Zecreto l3bE de jt) Ee a su u$, dtspuea 5j nvio de la aotwci..ón a la tnapcl4n 1aLma F L'ierittl de Pçlicia al

18 de lt.nor del Zecreto l3bE de jt) Ee a su u$, dtspuea 5j nvio de la aotwci..ón a la tnapcl4n 1aLma F L'ierittl de Pçlicia al advertir qus en se, £'sepbo Qu irott la çuereLle 4345v igualmente da —por, øl Ser lvrado ladilla por Loe mioe heofre y cot!tra Las wtsmae personas, a tin de ue sean acueuladae y tra.Utadaa ba,o una miesa cuerda procesal.,AhorA. ls inapecolon L4ciw F IMetrital de loiicia 11procedió o iepartirle el ttandte són del Sieíjor Miguel Antonio Averadc se advierte ue hubiesen 11w,,urrido en ite de 1ftisma. Padilla. demora en, el. a firma, 1 3a1a neger& le eoiicitud de tutela por el. 3enor Alvarado Padilla. pues como se anotó, no se presenta la vu1nerc-ión del derech' de petioin nsegredo co fundamental en el szttoul 2.3 de la ontttución Waionel por cuento la Iníción del cazo por. 41 proptionto, no permite la adopción de tn' de.- talón fin que previemente es surte el tramite prerieto ez la. orieee del reepeott'so Código de Pcl1o'ie, el cual, omo se enotó, se eieteíedelantaud.

Por lo explumeto. EL TRIØJNAL AN1$IWfRAIVU:1 ~IRAK~, SKCCIC PRIMA, dmLnietrando justicia en nombre de la Reblica de Colombia y por autoridad de la Jey, lo. niega la solicitud de tutela formulada por el Señor MIGUEL ANTC4410 MVARADO PADILLIA oontra el Alcalde Local de Enativ mediante eecritb presenteco en este rrtbunal a) 15 de ^noro da 1927. 2. otiae esti pov-idenci a.1 eíor ¡1c1de Local de Enativ ~diente V-1e "rá óntrejjcado de aner en su Despacho, accmpabado de fotocopia de 134o. El esta rort4.ta no iee gn4dentro de 10 rp 3 f1sa aitdentee a eu ntttictón, realtene e1 epedtnt 6 1 irt DontttueionaL ça eu erentuai reie6n 0P IEiE Y !LJt1PIJE y en seglóri real¡ 1& Zeche. AQ nmer 011

DARlO Quía^PlNIU4 ØKATRIZ 14MTI$KZ JlHRO

OLGA I$IW PIAVARRXTK M9R) R1STO RRY CAProR

PVGiSTRÁ1

ØKRIBERI!O RKYKS VAIMS

MA1STUADO

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