TA CUN - AT-8556-(13-02-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - AT-8556-(13-02-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
DERECHO DE ASOCIACION
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flIURASe.nta F6 de logøt, D.C., 7ebrsro trece (13) de mil novecientos noventa y siete (1.ec7). r. T. No. 005. Expediente No. AT-8556
Magistrada Ponente: Ira. 15 NAVA~ IMIZI
Solicitantes NUEVO CUERPO DI ICUEROS VOLUNTARIOS DE SOACHA
Acción de Tutela. / Los señores Efratn Hoyos Hoy-os y Gabriel Gómez Hoyos, en su cualidad de Comandante General y Fiscal del NUEVO CUERPO DI SaMUROS VOLUNTARIOS DE SOACHA presentó ante esta Corporación, acción de tutela contra el señor Alcalde y Secretario de Gobierno del Municipio de Sosaha, por considerar que 5e le estA vulnerando .3 derecho de aaociaci6n y el de que le comunidad recibe sun servicios voluntarios. Bese los hechos en lo siguiente 1.- Que ~de el lo. de Agosto de 1.995 se reunieron un grupo de Oficiales, Sub-oficiales y babero. del Municipio de Soacha, a efecto de fundar el Nuevo Cuerpo d• bombero. Voluntarios ye que el anterior le fue cancelada la personería juridia por malos manejos administrativos y una ves reunidas loe rsquiúitos la Gobernación de Cundinamarca, por madio de Resolución No. 0135 del 5 de Marso de 1.9% 1.a otorgó le aludida personsria jurídico. 2.- Que desde el mcøento de le masis fundación han tratado de
dio de Resolución No. 0135 del 5 de Marso de 1.9% 1.a otorgó le aludida personsria jurídico. 2.- Que desde el mcøento de le masis fundación han tratado de conversar con .1. seItor Alcalde yel seflor Secretario de Gobierno del Municipio de Soacha para llevar e cebo en forma coordi~ la prestación de los servicios voluntarios a la comunidad, lo us no han podido conseguir, ya que adimAs eHoja no. 2 Zxpedi.nte No. AT-8558 deben prestar juramento su. unidades • para poder trabajar, Puesto que no lea han hecho entrega de las dependencias, loo enseres, los equipos y daMa perteneciente. al Cuerpo de Bomberos Voluntario.. 3.- Que las autoridades del. Municipio da Soacha no han dado cuap31.ianto a la Ley 322 d 1.096 y por contrario, conformarca otro Cuerpo de Bomberos Voluntirios, quienes no letón bien intsjrados y no prestan el serVicio eficiente que nocasita la comunidad de Soacha. 4.- Que se han presentado varios problemas en 1s em.rencias ocurridas, las cual.s han tenido consecuencias nefastas para la población de Soecha, 5.- Que en virtud de lo antaitor, inatauró esta acción de tutela. Una vez recibida la actuación, por reparto, se dispuso dar aviso de su inicio al p.tióioatario, al flor Alealde Municipal da Soacha y el sdlor Secretario del Municipio de So~. A~ solicitar al burgomaestre aw491pal que informe sobre las peticiones formuladas en esta acción de tutela.
so de su inicio al p.tióioatario, al flor Alealde Municipal da Soacha y el sdlor Secretario del Municipio de So~. A~ solicitar al burgomaestre aw491pal que informe sobre las peticiones formuladas en esta acción de tutela. Ml señor 5eorsterio de Gobierno 4.1 Municipio de Soacha, por medio de Oficio No. 5G-206-91 ssnSfiesta que 111 existe Cuerpo de Bomberos Voluntarios, el que presta los Servicios a la comunidad y que la entidad que Instauró la eco ida de tutela no se la he reconocido coso tal porque hay informes serios sobre cobros irregulares, rifas y otros, por lo que ha solicitado la investigación prtinente. ( .. La Sala reaolvez4 con bese en las siguientes consideraciones Un año ant. de expedir el reóónociaisnto de le personeria juridios si Nuevo Cuerpo de Bomberos Voluntario. de Soacha seHoja No. £xpdi.nte No. A?-8886 habla dado cumplimiento por part, de la Alcaldía 4. Soecha el Acuerdo No. 03 de 1 • 994, ~ante el cual se oreé el Cuerpo Oficial de Bomberos de Sosehe, por lo que los arg1ientos expuestos en la tutela consistente en que el. Alcalde de] Municipio a éltiae hora traté de conformar un cuerpo de bomberos of1cia] está desvirtudado con los documentos aporteds por el set%or Scoretaxioi da Gobierno Municipal. En cuento a] hecho ócnsiatento en que no se han sntregdo bienes que 1.s fueron dedos en coodato desde 19980, encuentra la Sala que respecto a este punto tendría la parte so. ionsnt. meEn cuento a] hecho ócnsiatento en que no se han sntregdo bienes que 1.s fueron dedos en coodato desde 19980, encuentra la Sala que respecto a este punto tendría la parte so. ionsnt. medio de defensa judicial y por ende, la tutela por este aspecto resultarle improcedente acorde a lo establecido en el Numeral lo, del Artículo 6o. dei Decreto 2691 4. 3.991. De otra parte, no aparece demostrado que las autoridades municipales estén impidiendo .l derecho de asociacién pues .1 hecho de no haber contratado hasta el momento con 1.a parte accionante no implica desconocimiento del derecho de e.ociaci6n coso tampoco resulta obligatorio la tome de juramento e los integrantes del Nuevo Cuerpo de Bomberos. Sobre el punto .3. BecrstazLe de Gobierno de Soacha afirma que existiendo en el Municipio un Cuerpo Oficial de Bomberos resulta potestativo contratar con 3.a parte solicitaste de esta tutele, mAzime los costos que se plantearon para el alio de 1.997, alrededor de $112 9000.000.00. Al no encontrar 1 Sala vuiner.ci6n de derecho fundamental, seré denegada en cuanto se planteé d.ssenociiento del derecho de ssociscién y es rechaza respecto reclame entrega de bienes dados en comodato. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADIIINIØTRAUVO Dl CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, RIIUELVE s 1.-. Denegar la presente woolén de tutela formulada por el NUEVOHoja No, 4 Expediente Ro. A!-8556
SECCION PRIMERA, RIIUELVE s 1.-. Denegar la presente woolén de tutela formulada por el NUEVOHoja No, 4 Expediente Ro. A!-8556 CUERPO DE IOSIBIROS VOLUNTARIOS $ MACHA en cuanto a la vulneraci6n dei derecho de asooiact6n. 2.- Enchuar, por iaproosd.nte, respecto al reciaso de entrega de bienes dados en cesodato de que trata •l aludido leento de tuteta. 3.- Cosunicar esta decisión, por ecdio de tel.grasa, al peticionaro, sI señor Alcaldes 8sortsrio de Gobierno del Municipio de $oeche. 4.- Enviar el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisi6n, si seta, decisión no fuere ipugnada dentro de los tice (3) di.s siguientes a la notificación.
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(Discutido y aprobado en sesión da la fecha. Acta No. 019 ).
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Magistrado Registrada 4 I RAVA,m MÍAMIEM uUT UY CMIEVI Registrada Magistrado aguja~ no la vee Magisado