TA CUN - No8178-(21-11-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - No8178-(21-11-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
rnaAk.ftLIi
- SEÇT0N PENKMC\1
ASUNTO TRIBUTARIO
Santa Fa de.. &ot, DC., veintiuno 2I) de no'visTbre, de mil novechntoe noventa y acie (1996)
Maletrado.Poríent: DR. bARIO QflONRS PIHIIíLA
Expediente: No 8176
Demaxdantó: AHTÓNIO JOSE MALAGON BELIRAN Nulidad y Restablecimiento del Derecho fU Señor ANTONIO JOSE LIALAGON BLTRAN, por intermedio de apoderado judicial y en ejercicio deja acción de nulidad y restablecImiento del, derecho consagrada en el articulo 65 del presentó deaandaenete Tribunal con ,elfin de obtener le declaración de iiiUidadde.le Resolución número 102 del 28 de junio de 1998. ,expedido por el Jefe de la Divieión de Recureos Tributarioe dei DireciÓnDiøtr1tal de Impuestos de la Secretaria de Hacienda de Santa Fe de
Bogotá. D.G. Y mediante la Resolujón demandada ea conf trató el Auto No 015 del 28 de febrsiu de 1998, por ~dio del cual se rechazó la solicitud de corrección de la Declaración del Impueeto Predial Unificado corr'eepondiente al predio ubicado en la Transversal 18 No100-52 de esta ciudad, año gravable 1994. De manera' que el proceBo que promueve el demandante es relativo a impuestos y, de consiguiente. conforme al articulo 18 del Dcrto 2288 de 1989, esta Sección carece de competencia para conocer del pr000eop pues el conocimiento de loe de nulidad y restablecimiento del)
relativo a impuestos y, de consiguiente. conforme al articulo 18 del Dcrto 2288 de 1989, esta Sección carece de competencia para conocer del pr000eop pues el conocimiento de loe de nulidad y restablecimiento del) 2 (xp. No.8178 derecho :relativoe a impueetoe. tea8 y contribuc.ionea . se encuentra atribuido a la Sección Cuarta de cate Tribunal.-, En ponsecuenci4. la Sala ordenará enviar el expediente a la meóio4ada Sección por omptenc1a Por lo expuesto. KL TRI1A1j AJ)M1$ISTR%TZvO OK CUNDINAI4RcA, SEcCIOII PRIMERA, RES UL Vi Remitaae este asunto a la Sección Cuarta de cate Tribunal, por competencia. Déjenae las conetanciae del caco.
OOPIESE Y NOTIFIQUESE.
(Discutido y aprobado en acelón realizada en la fecha Acta número 142).