TA CUN - No9657-(02-10-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - No9657-(02-10-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
TRASLADO DE RECLUSOS /RECLUSOS -Cambio de patio
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAM
SECCION PRIMERA
Santa Fe de Bogotá, D.C, Octubre dos (2) de mil novecientos noventa y siete (1997).
FATNo 048
Expediente No: 9657
Magistrada Ponente: Dra OLGA INES NAVARRETE BARRERO
Solicitante: MARTHA CECILIA QUIJANO SUAREZ Acción de Tutela La señora MARTHA CECILIA QUIJANO SUAREZ presentó Acción de Tutela en contra del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC" y la Cárcel Nacional Modelo por considerar que se le ha vulnerado el derecho a la Vida y la Integridad Física.
Fundamenta la acción impetrada con base en los siguientes hechos: Que el señor Alfonso Curtidor Castellanos esta recluido en la Cárcel Modelo de Bogotá e investigado por hurto. Que la DIJIN le manifestó al esposo de la accionante que la mercancía que estaba en su poder era robada y por tanto se procedió a su detención, junto con el decomiso de la mercancía. Que al esposo de la accionante lo han venido amenazando de muerte desde hace una semana, tres sujetos recluidos en el mismo Centro Carcelario. Que el día 17 de septiembre de 1997 los hombres antes aludidos amenazaron al señor Curtidor Castellanos pidiéndole una suma de dinero para el día sábado 27 de septiembre, advirtiéndole que en el evento de no cumplir se le daría su muerte ese mismo día.2 Expediente ATNo 9657 Que la accionante ante esa situación solicitó cambio de patio de su
para el día sábado 27 de septiembre, advirtiéndole que en el evento de no cumplir se le daría su muerte ese mismo día.2 Expediente ATNo 9657 Que la accionante ante esa situación solicitó cambio de patio de su Cónyuge , motivo por el cual se agudizaron las amenazas antes aludidas. Que el esposo de la accionante recibió nuevamente una amenaza de manera pública el día 18 de septiembre en donde se le exigió la suma de por lo menos $ 2'000000. Que el señor Curtido Castellanos tiene una familia con cinco hijos y se encuentra en peligro tanto la estabilidad de dicho hogar como la vida del recluso, por consiguiente se solicita ordenar el traslado inmediato a otra Cárcel. Recibida la actuación por reparto se ordenó dar aviso de la iniciación de esta a la peticionaria, al señor Director del INPEC y al señor Director de la Cárcel Nacional Modelo , así mismo se solicitó a este último informar sobre elconocimiento que tenga sobre los hechos a que se refiere el escrito de tutela de la accionante. Se le concedió un término de dos (2) días a partir del recibo de la correspondiente comunicación para la debida respuesta, por tratarse de una Acción de Tutela. Recibida la respuesta del INPEC manifestó que el 17 de septiembre de 1997 se recibió una solicitud de la Personería Delegada para los Derechos Humanos Protección de la Familia y el Menor para proteger la vida e integridad del Interno. Mediante oficio 1404 esa Dirección ordenó al Comando de Vigilancia extremar la medidas de seguridad a fin de proteger la vida del interno y con oficio 516 el Comando antes aludido, envió solicitud para el cambio
integridad del Interno. Mediante oficio 1404 esa Dirección ordenó al Comando de Vigilancia extremar la medidas de seguridad a fin de proteger la vida del interno y con oficio 516 el Comando antes aludido, envió solicitud para el cambio de patio del interno por motivos de seguridad y fue asignado al patio tercero de ese establecimiento Carcelario. Aduce finalmente que se está oficiando a la oficina de Asesoría Jurídica para la posibilidad de gestionar el traslado del interno a otro Centro Carcelario. Se anexó fotocopia de la diligencia de notificación realizada al Interno y de todos las gestiones hasta ahora realizadas. De manera que la Cónyuge del Interno PEDRO ALFONSO CURTIDOR CASTELLANOS solicitó mediante la Acción de Tutela protección al3 Expediente ATNo 9657 derecho a la vida de su esposo, amenazado por los compañeros de patio en donde se encuentra recluido. El Despacho Sustanciador tan pronto recibió el escrito de tutela, telefónicamente informó a la oficina jurídica de asunto penitenciarios , lo que produjo que por tal oficina se expidiera el oficio BOJUOT 9003 dirigido al Director Encargado de la Cárcel la Modelo solicitando de manera urgente medidas de seguridad para dicho Interno y estudio de la posibilidad de traslado de patio (folio28) a lo que la Dirección del Centro accedió otorgando traslado de patio y tramitando estudio de posibilidad de traslado a otro Centro Carcelario, de todo lo cual ya fue informado el interesado (folio 26). Así las cosas la solicitud de la Cónyuge del Interno en el sentido de que se adoptarán medidas para la protección de su vida en el centro Carcelario,
traslado a otro Centro Carcelario, de todo lo cual ya fue informado el interesado (folio 26). Así las cosas la solicitud de la Cónyuge del Interno en el sentido de que se adoptarán medidas para la protección de su vida en el centro Carcelario, amenazada por los compañeros de reclusión, ya fue atendida por las autoridades carcelarias en cuanto al traslado de patio, sin que ello implique deban olvidarse las continuas medidas de protección en aras a la protección a la vida y a la integridad personal con que deben ser cobijados todos aquellos quienes ingresan a un Centro Carcelario para su resocialización. Por lo anterior la Sala denegará la Tutela impetrada Por lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA,
RESUELVE:
1. Denegar la solicitud de Acción de Tutela presentada por la señora
MARTHA CECILIA QUIJANO SUAREZ.
2. Comunicar esta decisión, por medio de telegrama, al peticionario y al
Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC y al Director de la Cárcel Nacional Modelo.
3. Enviar el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, si esta decisión no fuere impugnada dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación.
Nw4 Expediente ATNo 9657
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No 130)
HERIBERTO REYES VARGAS BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
Magistrado Magistrada
OLGA 1NES NAVARRETE BARRERO DARlO QUIÑONES P1NILLA
Magistrada Magistrado
ERNESTO REY CANTOR
HERIBERTO REYES VARGAS BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
Magistrado Magistrada
OLGA 1NES NAVARRETE BARRERO DARlO QUIÑONES P1NILLA
Magistrada Magistrado
ERNESTO REY CANTOR
Magistrado