TA CUN - T-1254-(04-04-1997)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - T-1254-(04-04-1997)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1997
INTERESES SOBRE LA CESANTIA -,.Mota en el pago 1 ACCION DE ¶[UELA - Sústracci6n de' materia
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE 'CUNDI NAIIARCA
SEc ION SEGUNDA SBSECCION CA COLOM114.
Retatora _ 08ABR., 97 7r!b-,_ina1 P.drdinistraby de Cundnamar
ACCION DE TUTELA
Magistrado Ponente ; JOSE HERNEY VICTORIA Expediente nüesro : 1254
De.andante : VICENTE J LOZANO BUCIELI De~ nd ada : CONTRALOR lA GENERAL DÉ LA NACION El demandante interoone acción da tutela para que se le orotejan los derechos de los artículos 13.25 y 53 de la Constitución Nacional.
HECHOS
1. Estuve vinculado a la Contraloria General de la Nación desde el •10 de Agosto de 1983 hasta el 15 de Octubre de 196. d!Eempeando el cargo de Administrativa Górda 04. y fui retirada del
Sant _Fé de Bogotá D. C. .4 1997Expediente No.T-1254 2 servicio, junta con 26 comoaeros oor orden del seor Contralor General. 2.- En uso de mí leoitimo derecho presente mi solicitud de pago de cesantía, definitiva de la cual luí notificado el 26 de noviembre de 1996 mediante la Resolución No. 2320 de noviembre 15 de 1996. y hasta la presente fecha no se me ha cancelado,, aduciendo que no se ha contado con la suficiente apropiación y disponibilidad presupuestal para dicho paga.,pero se tiene conocimiento que a la
1996. y hasta la presente fecha no se me ha cancelado,, aduciendo que no se ha contado con la suficiente apropiación y disponibilidad presupuestal para dicho paga.,pero se tiene conocimiento que a la mavorxa de losdems compaeros va se les canceló. 3...- La demora en este pago a repercutido enormemente en mi hogar,, puesto que es con lo único que cuento para cubrir mis obligaciones generadas desde el momento de mi desvinculacióndel trabajo.
Por lo tanto considero que dicha omisión en el pago vulbera en forma ostensible. las garantías constitucionales que voy a citar. 4-• Se .me esta vulnerado el derecho a la igualdad 'i al trabajo por cuanto a los demás compaieros en las mismas circunstancias ,va se les canceló, porqué esta discriminación conmigo. Art. 1325 y 53 de la constitución Nacional. •E1 trabajo es un derecho y una ,obligación social y aoza en 'todas sus modalidades de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas". PRETENSIONESExpediente No.T-1254 ai Se declare total y leoalmen.te tutelado mi derecho que reclamo de manera respetuosa .v justa. b) Que coto consecuencÍa de lo anterior se ordene a la Contraloria General de la Repoblicá representada por el. Doctor David Turbav Turbav se sirva oroceder de inmediato' a paoar el valor estipulado en: je Resolución No. 2.320 de noviembre 15 de 1996. ci Que por tratarse dé un acto arbitrario por, parte de la Contraloría Nacional' se condene a dicha entidad
de inmediato' a paoar el valor estipulado en: je Resolución No. 2.320 de noviembre 15 de 1996. ci Que por tratarse dé un acto arbitrario por, parte de la Contraloría Nacional' se condene a dicha entidad a paoar los respectivos interesas de mora.
C O NS 1 D E R A C 1 QN E 9
Solicita el seor VICENTE JAVIER LOZANO BUCHELI. acción' de tutela para que se le protejan los derechos ftÁndamentales de los artículos 13. 25 '1 53 de la :Constitución Nacional, presuntamente trasgredidos por la ,Contraloría General de la Nación al ro haber cancelado aun los valores correspondientes a la cesantia Causada por su retiro de la entidad. Según los hechos de la demanda de tutela.' al seor Lozano Buchelli se le ntificó la resolución 2320 del 15 dé.novjembre de 1994 mediante la cual se le reconocia el valor de la cesantía sin que a la fecha de haber interpuesto esta acción se hubiere realizado el reconocimiento respectivo.Expediente No..T-1254 4 Reouerida la entidad para oue informara so bre la cancelación respectiva., manifiesta a folios 17 y ss haber consianado la suma de $Z5.117.420.52 a rayar del Fondo de Bienestar Social de la Contraloria General de la República. destinada, a amortizar la deuda que el peticionario de la-,acción había contraído con esa entidad por razón de un.crédita para vivienda que la había otorgado. distinguido con el No.2074. cancelación que se efectuó mediante consionáción hecha en el Banco Ganadero el día 19 de
contraído con esa entidad por razón de un.crédita para vivienda que la había otorgado. distinguido con el No.2074. cancelación que se efectuó mediante consionáción hecha en el Banco Ganadero el día 19 de marzo del aiia en curso, según comprobante que obra al folio 18. De acuerdo con los antecedentes reseados. encuentra la Sala que a la'fecha en que el, Magistrado ponente.. tuvo conoimientode la acción propuesta, 20 de marzo dé 19971 dado que el expediente fue remitida por el TribunalContenciosa deNario. la entidad déudora había cancelado el valor de la cesantía a favor del'Fondo de Bienestar Social de la Contraloria General de la República, por lo . quo habría sustracción de materia para decidir sobre la acción de tutela que se propuso, la que llevará a negar las súplicas impetradas. Por lo expuesto. el T jbijnal Administrativo de Cundinamarca Sección Seáunda..$ubsección "A".
F A L L A : 1.- Niégase la acción de tutela 'promovida por el peticionario 'VICENTE JAVIER LOZANO BUCHELI. para QUC se le amparen los derechos fundamentales de los artículos 13-2 y 53 de la Constitución Nacional.Ex pdiente NO. T-1254 2.- Notifiqítese esta decisión medante comunicación teleoráfica, haciéndoles saber a los interesados la posibilidad de ser impugnada para ante el Consejo de Estado, dentro de los tres días siguientes. Así mismo notifiquese al Defensor del Pueblo. 3..- Si transcurridos tres días después de
interesados la posibilidad de ser impugnada para ante el Consejo de Estado, dentro de los tres días siguientes. Así mismo notifiquese al Defensor del Pueblo. 3..- Si transcurridos tres días después de la notificación ésta no fuere impugnada, envíese el e)Dediente a la H. Corte Constitucional para una eventual revisiÓn de la sentencia 4.- Remítase al interesado aSan Juan de Pasto, copia de los documentas que obran 'a folio 17 a 23 para enteramiento del peticionario sobre el destino final del valor de su cesantía.
NOTIFIQUEBE Y CUMPLASE.
Aprobado en Sesión