TA CUN - T-714-(11-10-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - T-714-(11-10-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
- QUINQUENIO - Reconocimiento y pago /
DERECHO DE PETICION - Decisi6n /
ACCION DE TUTELA: - Improcedencia
EPUBUCA DE COLOM!
Rdatorf ,Tribunal AdministraIiv de Cuncnamarca.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA SUBSECCION 'A'
Bntaf de Boqotá D
1 f OCTI 1996
A CC 1 0 N D E TUTELA Magistrado ponente ; JOSE HERNEV VICTORIA Expediente No.. . : T-714 • •• • Demandante ALBERTO OCAMPO
Demandada • : SECRETARIA EDUCACIÓN D.C.
E'.L dernadnt:e obrando en u propio nombre interponeación dc tLtt?.1a .para que e le ampare el derecho de petición consagrado en e). ar: 23 -d la Consti tuciót -f Naj..on&;i P E T 1 C 1 0 N ES : Se ordene ;en c.onsecuencia. a l e sePora jefe de Personal d la Secretaria. d€ Ed.caciÓn deE>pediene T. No.714 2 Sntaf' de Bogotá¡ que dentro del término de 48 horas contadoi e partir del re;pectivo fallo proceda a responder Aa petición .ueiedique el seis de septiembre del pressnte aio. ILJNDMENIT(J6 DE Lf PCCIóN £oMediante escrito radicado al ¿ de septiembre de 1996 le salicíté a la Jefe de Personal de le Secretaria de Educación da San tafó de Boqot.á, el
ILJNDMENIT(J6 DE Lf PCCIóN £oMediante escrito radicado al ¿ de septiembre de 1996 le salicíté a la Jefe de Personal de le Secretaria de Educación da San tafó de Boqot.á, el recorc.imierito de un quinquenio al cual tenue) d€rc:ho Habiendo transcurrido el •término consagrado en el C C t no he obtenido ningún tipo de respuesta motivo por el cual considero que se ha violado al derecho fundamental da petición consagrado en el art. de 3a C—Ni puesto que las áCtaridadis tienen la obl igación de respnnder, en al ntidc que sea, pero responder, :ies peticiones que aG les formulen Ç O N IHD E R AC ION ES Propone eJ. seor ALEEFTO - OMPO acción de tutele pare. qee se ciripare el derecho fundamental de petición, en razón a que habiendo formulado a la Secretaría,de Educación -de Santalá da Bogotá¿ une petición para que 'ea, le reconociera Y pagara UOCExpedine T. No..714 prestación o beneficio dnomiçido quinquenio, el día ¿ de eet.i, embre del aPio en cursor :momento prentar esta Tarción el la no había sido contestada o resuelta, riandoque Y, tiiLia trpnicuidíldo un hn mino mayor de 1 os quince días a que aluda el articulo 6 del C. A. F?quer.i.cia la entidad pariu que diera raón del Eunúesto incumplimiento en que hubiera podido estar frente a já petición del querel :t ante •
del C. A. F?quer.i.cia la entidad pariu que diera raón del Eunúesto incumplimiento en que hubiera podido estar frente a já petición del querel :t ante • manífiestá y comprueba que a ella se le dio. respuesta mediante el oficio 22382 del 12. de setiembre pasadoy. sucri€o. por el Jefe de División de. Personal en el que, en términos concretos. se :t€ manifieste que no tiene derecho a la prestación o beneficio eçl.amado Asimismo, le entidad mmif-iest.e que el çi tedo esc:r:Lto Le fue enviado mediante correo certificad a, e la dirección que selló en su petición la que por cierto es idéntica a La que ahora coneina en la acción de tutela, elementos que le indicen e la Sala que la petición fue atendida aun así no haya sido favorable e las pretensiones delpeticionario¡ Y si la respuesta ce consignó en el correo el d.a £:3 de setiembre ínecb.ente la modalidad de certificado, como se .....ede observar en la copia respectiva es posible. afirmar que la respuesta fue hecha dentro del término a que alude el art. 6 del C C A Les anteriores consideraciones 1 levorán a la sala a denegar la protección solicitada por lo que ci Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segundj Subsección "A'Expediene T No714 E P L L A Ni€t'ç4asla acción de t tia promovida por el saNar ALBERTO OCINPO para que se le - ampare el
Segundj Subsección "A'Expediene T No714 E P L L A Ni€t'ç4asla acción de t tia promovida por el saNar ALBERTO OCINPO para que se le - ampare el dr re no d1ca. petípi1n . que tu refiera el zit¡culo 23 de la ConstLtución Nacional 2 NotifíqLe esta disiÓn a los interesado; median tecomunicación teleqráf ic:a haciándol.es saber la oportunidad que tienen de impugnarla dc r 'o oc las tres dí,s siguiéntasu Z.-Si 1 çn no -P Mera, remítase l E peciente a la H Corte Con.etitucioriai eventual revisión de la entencia NOT 1 Fi QUESE Y CUFLAtE en £ç.ón t-,1 c,., '39ara una