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TA CUN - T534-(18-09-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - T534-(18-09-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

,1..8 SET 1996 - ltalatoria 2 3 SET 1996 Tr.bunal Administrativo de Cundinamarca -175antafé de Bogotá D.

PErICION DE DOCUMENTOS / DIRECEIO DE PETICION - Protección /

KON DE TUTELA - ProcedenciaTRIEUNAL ADMINISITIMQ DE, CUNDINAMARpA

ZECCION SEGUNDA SUDSECCION

EPUBLI CA DE COLORE»

ACCLON D E TUTELA

Magistrado Ponente Expediente Número Demandante

Demandada JOSE HERNEV VICTORIA : T - 534

: BLANCA L.RAMIREZ DE C.

BENEFICENCIA DE CUNDI. demande obtr,andb p". su propio nombre interpone btcción de',tutela -pc-ir que se m le proteja el derecho lie peticioo: PETICI ta N e s Se me tutele-el detecho de peticiónLxpediente No 534 consagrado eh el rt. 23de l Constitución Nacional. 2a.- En conSecuencia' Se lovdene a la

BENEFICENCIA DE - ZWNDINAMARCA-.REPRESENTADA, POR EL DR.

JOSE,NAFOLEON VELASOUE:¿ TRIV1W, SE PROCEDA 1. DENTRO DEL -.TERMINO DE CUAREUTAI ..Y'OCHO HORAS CONTADOS ' A .PARTIR -DE_ LA•HMOTIFICAC:lON EL - FALLO. RESRECTIVO

RESPONDER LA PETICION Cli.RADIOUE EL DIA'12 DE AGOSTO

DF .1996.

FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE ACCION - 10.- Fui despedido de l RENEF ICINC1A DE

RESPONDER LA PETICION Cli.RADIOUE EL DIA'12 DE AGOSTO

DF .1996. FUNDAMENTOS DE LA PRESENTE ACCION - 10.- Fui despedido de l RENEF ICINC1A DE CUNDINAMARCA por reestl-'ucturacion de la misma. .- 'Al sej7. retirado, consideré pertinente InStaurar una „demanda para que Slet respetaran mis derechba laberales - y por esa razón me vi precisado a solicitar a la , 2eneficencia • de Cundinamarca concretamente a l' seFior -Gerente la expedición de unos documentosy la certi .ficación de algunos puntos que mi abogado -consideró de suma importancia: . „x). --17 Transcurrido el término consagrado en el C.C.Administrativo,no ibido ningún tipo de respuesta, por lb que,cOnsiderp se me ha conculcado el DERECHO DE PETICIONdiente No.534 . CONSIDERACIONES Ha propuesto la seRora MANCA LILSA RANIREZ DE CASTAI:W.1:DA acciÓn de tutela para que se le proteja derecho fundamental de petición previsto en el art.23 de la Constitución Nacional,. el que consi.dera alterado por cuanto habiendo hecho una petición en interés particular relacionada con la actividad laboral de la-actora mientrai-1 , fue funcionaria de la Beneficencia de Cundinamarca. pct3.ción cue se formuló el día 12 de agosto de A996, / que a la fecha en que se interpuso la acción de -tutela. 11 de lbeptiembre do 1996, ella no habla sido atendida por la • entidad oficial. i)1 solicitar Hl Tribunal información sobre

el día 12 de agosto de A996, / que a la fecha en que se interpuso la acción de -tutela. 11 de lbeptiembre do 1996, ella no habla sido atendida por la • entidad oficial. i)1 solicitar Hl Tribunal información sobre las razones de la demora, se manifiesta - "... que efectivamente presentó , solicitud.ante esta entid¿,d, la cual fu s remitida a la Di.visión de Relaciones Industriales (hoy RelcurSs Hu para manos) el respectivo - trámite que no fue posible dar la celeridad requerida deb1d al alto cúmulo de peticiones y que a la fecha la _respuesta a la seillora se encuentra en la Ventanilla de corrspondencia para ser retirada". Considera la Gala de acuerdo con la documentación allegltd,. que i bien l¿mlha elaborado una respuesta a la actora en los :términos en que se23, de , Ampár~ el derecho fundamental de previsto - eh el artículo petición lente No-534 pa hecho llegar cppia a esLa Corporación, esa actuacien no satislce : los ordmamientos leg les, pues igual. da que la informadión. se elabore y haya que reci,amarla en, la depéndeneia oficial sin citar al. interesado, a que no se envie y Siga, por tante, sin cenocimiento de lo solicitado. En las exígenCiOlque mstableco al articulo .1 para' ejercer el derecho de petición en interés. -general.', Pero. extensive -a Cuando se hace con nes partiCulares, está la - de .que. el peticionario debe colr la dirección del domicilio, precisamente

.1 para' ejercer el derecho de petición en interés. -general.', Pero. extensive -a Cuando se hace con nes partiCulares, está la - de .que. el peticionario debe colr la dirección del domicilio, precisamente con - la finalidad de que, 4, :a respuesta c•Jcitación que Se haga, s_ ré4ita es e domicilio que conSigná, como eiitUrrióen el tzaso presente. protegerá, de consiguiente, el derecho dé petiCión que se solicita,' ordenando que se envie al actor y, por correo certificado, el escrito, que se ha hecho conocer al Tribunal - y que obra al folios 11 12, como ,manera de sat sfacer plenamente ,:ese derecho fundamental, 4N)r oexpuesto,• el Tribunal Administrativo . . CúndinaMarca, .:sección Segunda SübsecCión tiAnEKpediente No.334 Cohstitucibn Nacional, en favOr 'de BLANCA LILIA RAMIREZ DE' CASTAI:ZDA identifi:Cada con la cédula de t.;-ludadania'No. 20.-945,342 de'Sibaté, protección', por correo siguientes, enviado a forffia de Materializar esa _la Beneficen4a de Cundinamarca remitirá, certificado ':dentro,. de las 48 horas el original .0e1 escrito cuya Copia ha este TribUnal, mediante el cual se da respuesta a la sblicitudque formuló la peticionaria. ..Notifguese ,r, esta decisión a los al Qu -tenslur del Pueblo, mediante interesados comunicación telegráfica -, haciéndolet. saber -laposibilidad que tienen de impugnarla ante el Consejo

..Notifguese ,r, esta decisión a los al Qu -tenslur del Pueblo, mediante interesados comunicación telegráfica -, haciéndolet. saber -laposibilidad que tienen de impugnarla ante el Consejo de Estado dentrb de los tres dias siguientes. Si la impugnaFibn no se diere, remita e . „ el expediente aJla, k-Lrorte Constitucional para una eventual i-evisíón de:la_sentenCia,-..

NOTIFIOOESE CUMPLAGE :

Aprobado en Sesión

3043E HERNEY VICTORIA WILLIAM GIRALDO GIRALDO

MARGARITA ERNANDEZ DE ALBARRACIN

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