TA MAG - 47-000-2333-000-2020-00698-00-(15-12-2021)
Tribunal Administrativo del Magdalena
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Detalles
- Título
- TA MAG - 47-000-2333-000-2020-00698-00-(15-12-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo del Magdalena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA
DESPACHO 01
Magistrada ponente: MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA
Santa Marta D.T.C.H., quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021)
Radicación número: 47-000-2333-000-2020-00698-00
Actor: Miguel Ignacio Martínez Olano Demandado: Nación-Presidencia de la República-Departamento del Magdalena-Invias-Corpamag y otros Referencia: Protección de los derechos e intereses colectivos
Tema: Avoca conocimiento
AUTO DE TRÁMITE PRIMERA INSTANCIA
Una vez analizada la actuación, procede el Despacho a avocar el conocimiento del presente asunto, previo los siguientes:
I. ANTECEDENTES
A través de Resolución No. PCSJSR21 -048 del 24 de mayo de 2021 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, le fue concedida a la suscrita una Comisión Especial de Servicios por el término de tres (3) meses ( desde 1 de junio a 31 de agosto de 2021), cuya duración fue prorrogada hasta el 30 de noviembre de 2021 mediante la Resolución No. PCSJSR21-119 del 30 de agosto de 2021.
Así las cosas, para la dirección del Despacho durante la duración de la Comisión Especial del Servicios , fue nombrada la Dra. Martha Lucía Mogollón S aker, quien manifestó su impedimento para conocer de los procesos donde fungiera como extremo de la Litis la Corporación Autónoma Regional del Magdalena –CORPAMAGteniendo en cuenta que su hija presta sus servicios profesionales en dicha entidad,
manifestó su impedimento para conocer de los procesos donde fungiera como extremo de la Litis la Corporación Autónoma Regional del Magdalena –CORPAMAGteniendo en cuenta que su hija presta sus servicios profesionales en dicha entidad, configurándose entonces la causal de impedimento contemplada en el numeral 4º del artículo 130 de la Ley 1437 de 2011.
No obstante, mediante providencia proferida el 6 de diciembre de 2021, la magistrada titular del Despacho 04 ordenó la d evolución del expediente de la referencia a este Despacho, bajo el argumento de que la causal de impedimento invocada por la Dra. Mogollón Saker, había desaparecido al terminar la Comisión Especial de Servicios que había sido otorgada a la suscrita (PDF 07 del cuaderno principal No. 2); la devolución del expediente digital fue realizada por correo electrónico del 7 de diciembre de 2021. (PDF 08 del cuaderno principal No. 2)Radicación número: 47-000-2333-000-2020-00698-00
Actor: Miguel Martínez Olano Página 2 de 2
En esa medida, es del caso continuar con el trámite procesal correspondiente, entre ellos, fijar nueva fecha para la celebración de audiencia especial de pacto de cumplimiento y resolver la solicitud de coadyuvancia del señor Germán Marchena Lozano, presentada el día 6 de septiembre de 2021 y visible en PDF 04 del Cuaderno Principal No 2.
Conforme a lo anterior este Despacho, DISPONE:
PRIMERO: Avocar el conocimiento del presente asunto. En consecuencia:
SEGUNDO: Señálese el día martes 18 de enero de 2022 a las 2:3 0 p.m., a
PRIMERO: Avocar el conocimiento del presente asunto. En consecuencia:
SEGUNDO: Señálese el día martes 18 de enero de 2022 a las 2:3 0 p.m., a efectos de llevar a cabo la audiencia especial de pacto de cumplimiento, a través de medios virtuales.
TERCERO: Por Secretaría notifíquese la presente providencia por estado electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.
CUARTO: Allegar a las partes con la comunicación de esta providencia, el instructivo para acceder al expediente virtual , garantizando así el debido proceso y la publicidad de las actuaciones dentro del radicado de la referencia, bajo la herramienta de consulta permanente a través del portal de expedientes virtuales, en la página web
de este despacho: https://www.d1tribunaladministrativodelmagdalena.com/index.php/34expedientesdig italizados/342-showexpedientes
QUINTO: Incorporar esta providencia al expediente digitalizado organizado en OneDrive y en el sistema de información Justicia XXI Web – Tyba.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA
Magistrada
MFCLL
Firmado Por: Maria Victoria Quiñonez Triana
Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Tribunal Contencioso Administrativo Tribunal Administrativo De Santa Marta - Magdalena
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Tribunal Administrativo De Santa Marta - Magdalena
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