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TA MAG - 47-001-2333-000-2017-00450-00-(15-03-2023)

Tribunal Administrativo del Magdalena

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Detalles

Título
TA MAG - 47-001-2333-000-2017-00450-00-(15-03-2023)
Autor
Tribunal Administrativo del Magdalena
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2023

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA

Magistrada sustanciadora: MARIBEL MENDOZA JIMÉNEZ

Santa Marta, quince (15) de marzo de dos mil veintitrés (2023)

Expediente: 47-001-2333-000-2017-00450-00

Demandante: JAIME SOCARRAS MAESTRE

Demandado: NACION – MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD

Y TERRITORIO, DISTRITO DE SANTA MARTA,

DEPARTAMENTO NACIONAL DE

PLANEACIÒN, FINANCIERA DE DESARROLLO

TERRITORIAL S.A. “FINDETER”,

CORPORACION AUTONOMA DEL MAGDALENA “CORMAGDALENA”,

CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DEL

MAGDALENA, SUPERINTENDENCIA DE

SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DEL

MAGDALENA, MINISTERIO DE HACIENDA Y

CRÉDITO PÚBLICO, EMPRESA DE SERVICIOS

PÚBLICOS DEL DISTRITO DE SANTA MARTA

(ESSMAR E.S.P.), DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE

SOSTENIMIENTO AMBIENTAL (DADSA) Y LA

EMPRESA VEOLIA

Medio de control: PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E

INTERESES COLECTIVOS

Como quiera que la Directora Nacional Recursos y Acciones Judiciales de la Defensoría del Pueblo, mediante oficio radicado 202 30030300585331 del 20 de febrero de 2023 informó que, en comité técnico del 16 de febrero de 2023, aprobó

Defensoría del Pueblo, mediante oficio radicado 202 30030300585331 del 20 de febrero de 2023 informó que, en comité técnico del 16 de febrero de 2023, aprobó la financiación de gastos de pericia por un valor de $97.184.250 dentro del proceso de la referencia, el Despacho le solicita a la Decana de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional y al ingeniero Otoniel Sanabria rendir el concepto técnico a manera de peritazgo en el t érmino de tres (03) meses, conforme lo ordenado en providencia del 17 de noviembre de 2020, así:

TERCERO: Ordénese a la Universidad Nac ional para que rinda concepto a manera de peritazgo, con el fin de establecer la via bilidad técnica planteada en el estudio denominado “Resultados de los estudios de abastecimiento de AGUA PARA SANTA MARTA” de la Universi dad de los Andes, respecto a la recomendación referida a captar aguas del Río Magdalena y en armonía con las normas del POT del Distrito de Santa Marta. En consecuencia, se debe establecer la viabilidad técnica y económica de la alternativa 7 planteada en dicho estudio en lo relacionado con captar agua del Río Magdalena. Asimism o, se debe analizar técnicamente la fuente hídrica proveniente del río Don Diego con2

Acción Popular – 2017-00450-00

JAIME SOCARRAS MAESTRE VS DISTRITO DE SANTA MARTA, ESSMAR Y OTROS.

Recurso de reposición

el fin de establecer la viabilidad técnica, económica y social y previas consultas, si son del caso, con la comunidad a fin de utilizar su caudal

Recurso de reposición

el fin de establecer la viabilidad técnica, económica y social y previas consultas, si son del caso, con la comunidad a fin de utilizar su caudal para solucionar el proble ma de abastecimiento de agua para el Distrito de Santa Marta.

Para tal efecto, por Secretaría del Tribunal remítase a la Decana de la Facultad de Ingeniería – Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia (correo electrónico: decfaci_bog@unal.edu.co) el oficio radicado 20230030300585331 del 20 de febrero de 2023 , suscrito por la Directora Nacional Recursos y Acciones Judiciales de la Defensoría del Pueblo, mediante el cual informó que el comité técnico del 16 de febrero de 2023, aprobó la financiación de gastos de la pericia, con sus respectivos anexos, asimismo, remítase el mencionado oficio con sus anexos al ingeniero Otoniel Sanabria al correo electrónico oasanabriaa@unal.edu.co . Adicionalmente, anexarles el oficio B.DFI-009-21 del 25 de enero de 2021, suscrito por la Decana de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, el presu puesto para la realizaci ón del peritaje presentado por la Universidad Nacional y la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

MARIBEL MENDOZA JIMÉNEZ

Magistrada

02

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