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TA MAG - 47-001-2333-000-2019-00075-00-(28-02-2023)

Tribunal Administrativo del Magdalena

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Detalles

Título
TA MAG - 47-001-2333-000-2019-00075-00-(28-02-2023)
Autor
Tribunal Administrativo del Magdalena
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2023

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA

Despacho 01

Magistrada ponente: MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA

Santa Marta D.T.C.H., veintiocho (28) de febrero de dos mil veintitrés (2023)

Asunto: Obedecer y cumplir Radicación número: 47-001-2333-000-2019-00075-00

Actor: Pablo Alberto Peña Dimare y otros

Demandado: Fiscalía General de la Nación Medio de control: Ejecutivo

Instancia: Primera

Teniendo en cuenta la decisión proferida por el H. Consej o de Estado e n providencia del 10 de junio de 2022 , que resolvió recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra auto de fecha 30 de julio de 2021 por medio del cual este Tribunal decretó medida cautelar; es del caso obedecer y cumplir lo dispuesto por el superior.

Conforme a lo anterior este Despacho, DISPONE:

PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo dispuesto por el Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera-Subsección “B” que, en providencia del 10 de junio de 2022 , resolvió lo que a continuación se

transcribe1:

“PRIMERO: CONFIRMAR el Auto de 30 de julio de 2021, mediante el cual el Tribunal Administrativo de Magdalena decretó la medida cautelar de embargo y retención del dinero de la Nación – Fiscalía General de la Nación, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente providenc ia mediante estado

de embargo y retención del dinero de la Nación – Fiscalía General de la Nación, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR la presente providenc ia mediante estado electrónico, en cumplimiento de lo dispuesto por los artícu los 201 y 205 de la Ley 1437 de 2011, modificados por los artículos 50 y 52 de Ley 2080 de 2021, respectivamente.

TERCERO: En firm e esta providencia, DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen para lo de su cargo”.

1 Ver PDF 01 del cuaderno de Consejo de Estado del expediente organizado en la plataforma de OneDrive.

AÑO DE LA

JUSTICIA

95

Años 1928 - 2023pág. 2

Radicación número: 47-001-2333-000-2019-00075-00

Actor: Pablo Peña Dimare y otros SEGUNDO: Por Secretaría notifíquese la presente providencia por estado electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la ley 2080 de 2021.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA

Magistrada

CONSTANCIA: la presente providencia fue firmada electrónicamente en la fecha de su encabezado, a través del aplicativo SAMAI para Tribunales Administrativos, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenti cidad en el

siguiente link: https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx

LCPH

(DCSB)

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