TA MAG - 47-001-2333-000-2019-00789-00-(11-01-2022)
Tribunal Administrativo del Magdalena
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Detalles
- Título
- TA MAG - 47-001-2333-000-2019-00789-00-(11-01-2022)
- Autor
- Tribunal Administrativo del Magdalena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA
Magistrada sustanciadora: MARIBEL MENDOZA JIMÉNEZ
15 Santa Marta D.T.C.H., once (11) de enero de dos mil veintidós (2022).
RADICACIÓN: 47-001-2333-000-2019-00789-00 47-001-2333-000-2019-00806-01
DEMANDANTE: EGAN ELJAUDE GUTIERREZ .
DEMANDADO: ACTO DE ELECCIÓN DEL ALCALDE DE PIJIÑO DEL
CARMEN – CALOS MACHADO ARQUEZ
MEDIO DE CONTROL: NULIDAD ELECTORAL
Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sección Quinta, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del H. Consejo de Estado que mediante providencia del siete (7) de diciembre dos mil veintiuno (2021), decidió:
‘’PRIMERO: NEGAR la solicitud de desvinculación formulada por el la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral , de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: AMPARAR los derechos fundamentales al participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, así como el derecho a elegir de los ciudadanos del municipio de Pijiño del Carmen (Magdalena), invocados por el señor Egan Eljadue Gutérrez , de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.
TERCERO: En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS la providencia de 21 de julio de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de l Magdalena , por las razones expuestas.
de conformidad con la parte considerativa de esta providencia.
TERCERO: En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS la providencia de 21 de julio de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo de l Magdalena , por las razones expuestas.
CUARTO: ORDENAR al Tribunal Administrativo de l Magdalena , que en el término máximo de 20 días, contados a partir de la notificación de esta providencia, profiera una nueva decisión en la que analice de fondo la controversia conforme con la situación fáctica, el petitum y el material probatorio obrante en el proceso presentad o por la parte accionante contra el acto de elección del señor Carlos Alfonso Machado Arquez como alcalde del municipio de Pijiño del Carmen el cual fue acumulado, identificado con radicación4700123-33-000-2019-00789-00 acumulado 47001-23-33-000-2019-00806-00.
QUINTO: NOTIFICAR a las partes y los intervinientes en la forma prevista en el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991 ‘’.
En firme esta providencia, pásese al Despacho el expediente de la referencia para continuar con el trámite, previas las anotaciones del caso.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIBEL MENDOZA JIMÉNEZ
Magistrada