TA MAG - 47-001-3333-002-2018-00338-01-(01-12-2021)
Tribunal Administrativo del Magdalena
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Detalles
- Título
- TA MAG - 47-001-3333-002-2018-00338-01-(01-12-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo del Magdalena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
MMA.iumcuu……romanPÚBLICO TRIBUNALADMINISTRATIVODELMAGDALENA
Sama Maria D T c e H 1 primero (1“) de diciembre deI año dos mII veintiuno (2021)
MAGISTRADO PONENTE DIL ADDNAYFERRARIPADILLA
DEMANDANTE :ALBERTOROPAIN ESCOBAR
DEMANDADO : NACIÓN RAMA JUDICIAL RADICADD : 477001—3333-002-2018—0033&0I
PROCESO : N Y R DEL DERECHO ASUNTO : IMPEDIMENTO DE JUECES VISIO el informe secretarial que antecede, procede el Despachu a adoptar Ia de0i5ión que en derecho corresponda
I. ANTECEDENTB EI señor ALBERTO ROPAIN ESCOBAR actuando por conducto de mandatario IUdICIEI, formuIó ante esta1urisdicción demanda encausada bajo eI medio de control de nulidad y restabIeurmento del derecho contra Ia NACIÓN — RAMA JUDICIAL a fin de que por parle de esta Jurisdicción se elecmen Ias decIaraciones y condenas relac¡onadas en a folios 2 y 3 deI IibeIo demandatono am……si correspondiente reparlo por parte de Ia Ofic¡na de Apoyo Judi6iaI. correspondió el conocimiento deI Sub I!Ie aI Juzgado Segundo Administrativo del Circuiio de Santa Marta, Agencia JudiciaI que medianie proveído de caIenda veinticinco (25) de octubre de dos mII dieciocho
(2018)… resoIvió declararsu impedimento para conocer del presente asumo por encontrarse inmerso en Ia causal contenida en el numeral iº deI artículo 141 de Ia Ley 1564 de 2012, y en tal virtud Ordenó Ia remisión del expediente sub examine al JUZGADO TERCERO ADMINISTRATIVO DE ESTE CIRCUTO JUDICIAL En efecto… tienese que eI JuzgadoTercero Administrativo deI Circuito de Santa Maria medianie providencia adiada veintiséis (26) de noviembre w… e m u 25 deI txpediewie “agira 1 no 5ns…mnurz memono…Escoem nsmnnonuo NACIDN7RAMAJUDICIAL RADICADO imuai 3333 mz mimimauu PROCESO N Y R DEL usnzcno ASUNÍD .iMVEUIMENIO nriuzcgs de dos mil dieciocho (2018)2, resolwó, en igual sentido declarar su impedimento para conocer del presente asunto alegando la causal coniemda en el numeral 1º del articulo 141 de la Ley 1554 de 2012. ordenando la remisión del mismo al JUZGADO CUARTO ADMINISTRATIVODEL CIRCUITO DE SANTAMARTA Al respecto huelga mencionar que el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta mediante providencia adiada veiniiséis (26) de lebrero de dos mil diecmueve (2019)? resolvió, en igual sentido declarar su impedimeniopara conocer del presenteasunto, y en consecuencia, dispuso
remitir el proceso sub examine al JUZGADO QUINTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SANTAMARTA Por su parte, se iiene que en iguales términos, la Juez Quinto Administrativo de este Circuito Judicial en auto leonado cinco (06) de …me de dos mil diecinueve (2019)". manifestó su impedimento para conocer del presenteasunto, y en consecuencia… dispuso remitirel proceso sub examine
al JUZGADO SEXTO ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE SANTA
MARTA. Finalmente, se avizora que el Juzgado Sexto Administrativo de este Circuito Judicial mediante providencia de fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil veintiuno (2021)º, dispuso aceptar el impedimento manifestado por la Juez Quinta Administrativo del circuito de Santa Marta, estimando además que la causal invocada comprende a todos los Jueces administrativos de este circuito ¡udicial… por enconirarse inmersos en la causal contenida en el numeral lº del articulo mi de la Ley 1564 de 20i2, y consecuentemenie ordenó la remisión del expediente sub exán4me a este Tribunal, a lin de que emiiiera pronunciamiento en torno al mismo, de conformidad a lo estipulado en el numeral2 del articulo 131 del C P A C A… correspondiéndole el conocimientodel mismo aesie Despacho. ll. GONSID…GIONES El articqu … del Código General de proceso aplicable a la contención por expresa remisión del artículo 130 de la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo“. estableceque el trámite que se debe impariir a los impedimentos de losjueces y magistrados en los siguientes términos oiio 29 del p …… …73 Gal p …… Ve' a …75 del p ena'ia “Vera tol … uy 55 de exuemsii… Pagina2 no anem…narnz -ALHERYO HOPMN ESCOBAR nemmnnnu NAC10N,rm…Jumch RAmcmo r,am meeoz …nasssuu pnoceso N Y R un… newecuo ASUNYO rwz:>»rurswo me JUFCES “Amcula ua Declaración de lmpedimenms Las magrsuados rueses cowueces crr qurerres cnncwra a/nga causal de retusamó/r deberan declararse rmpudrdos rarr pro/710 como adurenarrla exrs[encla de olla expresando las rrecrros arr que se fundamenta Er ¡uez rrrrpccrua pasará er expedrenfe ar que deba reerrrprazarm aurerrsr encuerma conhgwada la causal asurrrrra su conacrrrrrorrm En caso 00/11…er renrrrrra el exnedrenze al supe/mr para que resuelva Sr el superror encuentra fundado er rmpedrmemo errurem; er expedre¡ er ruez que acne reemplazar al r/nuedrdo 5r lo consrdera rrr¡urrr1aue la neuerueraar ¡uez que venía cunecrerrdode el
Er rrragrsrraeo (¡ eerr¡uez que se consrdere rmpeduju pandra las nec/ros err conommremo del que le srgueen turnoen ra respectrva sala con expresion de ¡a causa! rrruoeeda y ue rus hechos er. que se fLmda para que Ve:ue!vu snbre er rrrrper1rrrrerrra y err caso de aceptaria pase es eyped/e/vte a qurerr deba rearrrprazarru o fue (ec/ra y rrora para elsones de cun/uºz sr Numerº lugara ella El aura err que se mam/rcslc cr rmpedrmenla er que lo dscrda yel que drspanga er errur'n delexpedreme m; admrtenrecurso Cuando se declaren rmpedrdns uarrns (; todos lºs magrstrados de una mrsma sara de! mmma! o de ra corre rodas ros rmpcdrmenfos se rrarrrrzararr can/¡¡Mamentey 55resn/veran err urr m/5ma actopor sala de mr…mccs En este mrsmo sentido! el numeral 1º delar1iculo 141 de la Ley 1564 de 2012 “Pormedrode la cual se exprde el Código General delProcesºy se dicla/r atras dlsposrc/ones" estab|ece como casales de impedimento las sugulentes: ”Am'culo 141 causales de recusacmn sorr causares de recueeero'n ¡es 51guíente5' r Tener er /Lrez su corryuge compañero permanente o alguno
da susparrcrrms den…) de! cuarto grado de mrlsanqwmdad ¿) mw! (¡ segunda de ¿v/rmdad rrrzeres arre-em :) rm1rrecm en e/ procesa En lo que respectaa! lema bajo estudio la docmnaL ha señalado" Esta es una causa! generrca dentro de la cuar se pueden eng/anar maas las demas y err ra que es pesr:r¡e encuadrar …rarqurer urrcL/n>temcm que no enca/e den…) de ras arras que consagra er emeu¡oque eorrrerrro CONSUIL/yel ¿¡ nu dudar/ora mas amp/m ¿(e …as las causa/es donde pueden Ub/curse cucunsrancrss que amen(an er rrrrper1rmenm a ra reeusacrorrpero que nº quedaron expresamerrre nm1rcadas Herreree……p…ar…err… rru…rmrermcrur r… penes…re …un… un; 233 Pagma 3 de 5nsmmm…rz ALBERTO me…zscoem DEMANDAth NAcioN ,anmmc… mmceno 47 301 aanuumnaeunaae un eeocssu N v R ner mesmo ASUNTO 1MPEDiMENTODE ¡Users En electo el interés de que habla ¡a ley Quede ser directo o indirecta ¡¿de cualgwerindole es decrrmaleriai ¡nreiecmai o ¡nciusivo el guramememami comola bien exgresa la corto al camemar simiierdisgus¡crdndelanterior codigo ¡¿ al elimar
gue “la ley ni: disnngue la clase de intereses gue iia de tenerse en cuema ¡ no haciéndose ¡a! dfsx¡nción el interés mara! Queda eomgrenerdaen la causal"7 No se comprende solo ii7[eres econámico ci mas comun …; CUEVULHEV orro me…que Neve ai fui)cianeiw a querer determinada deci5ion acorde con el …!E!é$ (de cualquier indole) que abrigue iieiiieal me… (Subrayas y negritafuera dei texto orlgmal) Ahora bien. en lo que respec(a al trámlte de los impedimenlos, considera ei Despacho que resuile pertinente traer a colación la drspueslo en el numeral 2º del arlicu!o 131 de ia Ley 1437 de 2011, el cual ad litteran reza. “Amr:qu…. Trámite de losimpedimentos Paraelminutº de losimpedimentosseobservaanlassiguiemes reglas' 1 El¡…admirvi5lralivoen quien emmm aigunadelascausaies de …» Uam ei am'cu/o ammm debera eeeiamrse irrwedrdo cua/WD advierta su e…zenme expresanin ias hechas en que se nmaamenia en escuro mngmo ai ¡uez que ie siga en turno para que ies…eivade plena si es 0 m7 fundaday de eeepcerie …n… el conocimiento del asuma 5! HG io devolvera para que aquei
conrmúe con ei mmm si se trata [101UL'IÚVH(X) ordenará VCWN… ei e…eriienie ei carrespandienle tribunal para que deuda Si el impeciiiieiizo es i…ieauo caso en el c…ai designaia ci /…ed iioc que lu reemplace En caso mmreno dex/Divers ei expediente para que ei lirismº¡uez continue con eiasumo 2 Si ei 'uez en quien concuna la causal ae ¡mºedrmemo estima que comºrende ¡ tadas los 'ueces administrativo$ gasará el exgedíeme al sugería! exgresanda ios hechos en gue se fundamenta De acegxarseei imgsd¡mento ei mbunai designara con'uezgana elconocimientodel asumo. (Texto subrayado y en negril¡a dei Tribuna!) Pues bien, encontrándoseei presenteasunto pendiente de desalar lo alinenle al impedlmento manifestado por el doctor FABIO EDEN CABALLERO ARGOTA en su calldad de Juez Sexto Administratlvo de! Circullo de Santa Marta considera penínenle el Tr|buriai traera C0|6CIÓI1 lo man|íesíado por ia Sección Segunda del Honorable Consejo de Eslado en providencia de caienda 27 de septiembre de 2018 expediente Nº 25000 Dane5upremadelusticia num deiurinue'—935 er —xu … 57 PegiiiaAde 9ummm… A1 nsmo nop…escasa»: uzmnnmo NACWON,RAMA Jumcm ¡ummm 4" am ?… wz zn'eaanmna
vnoczso N v n mugnscno ASUNÍG mn=zormswo nz …rcss 23»42700072016-03375701 (2369-2018) Consejera Ponente SANDRA USSET IBARRA VELEZ… que al respecto md¡co lo swgwente: Ervcon(randuae e/ pmcesopara deu/dv e/ recurso de 3;Jeracrón rnlerpL/esfo por el apoderado de la Frseane General de la Neera'n los suscritos Conse¡ems encuentra/7 (me se pre>ema una de ras causales de rmpedlmenfo prcvr5¡as en el como Gemma! del Procesº para conocer de! presenze asunto por …me pese a que dener de! sm Me 5 zraves de aula de! 19 de ocmbre de 2017 se de:/amm/urmado er rrnpe¿¡nnenre rnenrfesranopor los Magrszredas de! TnbL/Hu/ Admrmsnam/o de c…nmnanraree en renzo la demandante cs benefrcrene del regrrnen saranar e=pecra! de la Fiscalía General de la Necron concernp/ade en el Decreto 53 de 19935 mena pas…/a se replanteara en esla Dpormmdud pmcesa/ por lasrazºnes quenesan ¡exponerse 7 Lo prezendrao pm ya nernandan1e es er rcponucrmrenm de la ¡…me espec/al de sen/mms y la banrlrcacron pm compensacron como¡amor e/arre/ a eledos de que se ordene la rehqwdacrún de
sus presreerunes soma/es con base en menos erna/…rnenres y la correspondrcnmr…¡exeurún & Ahora bren como >e expuso la acta/a es…—e reg…aua por e/ /eg¡men espeerar de ¡a Frscana Generar de la Nacron en cuyo am'culo 4º mide… contemp/ú re denorwnada npnma espema/ sm caramer ee¡enen, por carvsrgureme se encuentra contemplada en una d/Spasrrrún drferenee & equeue que mnzernpro d¡chn emolumema para ros mag.snaaas entre a1ras del Cause/o de Esmdu mrcs de ana se ocupó en legisladºr ¿¡ [reves del am'5u/o 15 de ra Ley4“de1992º e De lo anfenar se sumeque sr men una yuna pnrna especrarse encuenlmn reguladas en mslmmnnlos nornrawos drfcrcmes lo menu es nue e! muera de drseusrónen esre proceia es e/ carácter 55/5175! del porcentaje devengado a …… de prima espeerar de sun/mms que na na mo¡en… en cuentaparara /rqmdacrún de las preseecrenes sacra/ss lo que padría can/levare un benefrcro para ros Magrstradosque rnzegren estaCorporecren 10 En cuanto a re bom/rcacran por compensar/ón se traza de aquella cantemp/ada en el Decreto 510de! 30 de marzo de mew por el cual creo en er enrcuro 1“ auna born/rcacr0n por
… ”ofe'chelsedrc!ánrvormassun'e EME … sar… ypresrec…spara … ssmdcm<;nnr… …4e … …… Generer … la rm…vr …a… ……(f'Aw:'-:run:5 , º ……rrenela … se X…… … …… ut¡/eí—Vu> ycn!erw> que meDbs:'ver=l e……Na'mrmr ,…la n…… ner vcgrmcn sarznaw'ynm=!w…— un … onm!eádcs u…… de … We'nu'u5 (/ew amg… r…one……la me…mr… , ,… … Namur! de Las presta-vmos sarm$c¡dc!a= rran……es ar …., … 4…r.… …… ………es me cunbnwdad …… m…… oeHe/a'írunu 150 r meraw =9 Jr:era$eaer r :; dcracans:m. nn new—re — ! chum 15 … … w…… ¡,r…,o s……r … … Jnd…:ahrrá ne la c… s.…nra a» …… ¿tu ¡3 cons c…r …ver… en Cause/J un [srann … anrarrw Geneva/de la …… er …… ……de ra chuhhm erF(car Gener “de ra c…… u[A:/nnsor dm n —e y si m… …… m…… w sueno c…… rendran … p … …a…… …… … … caricias-¡lam! … s…… a los doma: —ques'xv/alxom'sv …… e … …zzrcr!:rst er… su rer rm unf
rr.=r»r…………ef5e… … srr J|eenr '1gwcaso/assupnm 5rean…cnre…na 'uar!ann;mepnm¿pñmVD€ Mrn…s:m…r o……—… rm em……yñvrw.wíe: de re me… …! mr… “ /lmrw…… .—[x::cws_£ m…… ' "por es…se es………bon—";acr'vruxcrmmpeuxz—um' ue … Msgrs:rsdosng Trwum!¡arm= n.ncmrvarm$x Pagma 5 seensmmmms Al egmo ROPNN ESCOBAR usm…nmc me… 7 mmJUDlClAL RADlCADD 4747n»3333:nz2015700338700 PROCESO uv RDELusxpcuo ASUNTO wpcimgmo csiusczs comperisaciori con caracter permanente que sumada a ia prima especial de scrvrcros y a los demás irigreso& laliara/es aclua/es iguale al saº/, de los ingresos labora/ss que por lado concepto percibe-ri los Magistradosde la Car19 Suprema de Justicia Cousº/0 de Estado Corte Conslill10iarial y Canse¡a superior de la Judicaluia» de la cual serian dsslinalarios ii los Magistradus de los riimuiaies Superiores de Distrilo Jtidi0ial Contencioso Administrativo Nacional y Superior Militar 11) los Magistrados Áuxlllales de la Cone Suprema de Justicia la Corte Constitucional y el Consejode Estado …; los AbogadosAtlxlllares del Corise¡o de
Estado le los Fiscales y Jeles de Unidad arile el rnmmai Nacional vi los Fiscales del Tribunal Superior Militar …; los Fiscales milo el Tribunal de Disinia y los ¡eres de Unidad aa Fiscaliaante Tnblrna/ de Dislrilo ii Por io amen… las Integrantes de esta Sala de Sección curisiderarrius que rios ericorilramos inmersas eri ia causal de lmpediiiiei!oprevista eri el numeral 1" delam'cuiu i41" del Código Gerieiai del Proceso Iexlo aplicable por la integracion iiorniafrva especial del anicu/o 130 del CPACAiº 4 Asi las cosas… conforme el precepto Jurisprudencial previamente citado resulta dable colegii que por parte de esla Corporación que en efecto se encuentra sustentadoel impedimenlomanifestado en el hecho de tener Interés indirecto en las resultas del proceso al encontrarse en circunstancias similares a la de la parte actora. por consiguiente procedeel Despacho en aceptar el impedimento manifestado por el Juez Sexto Administrativo del Circuito de Sarita Maria. asi como el de los demasjueces administrativos de este Circwto Judicial… por encontrarsetodos en la causal de recusación En efecto, considera esta Sala que de conformidad con la Jurisprudencia pro(erida por el H Consejo de Estado los impedimentos y las recusacionesl se constiluyen figurasJuridicas cuya ñnalidad no es otra que la de garantizar que las deci iones que sean preferidas por los Jueces y/o tribunales sean adoptadas de lorma imparcial independiente y con
transparencia… enlistando de lorma laxatrva en la norma las causales que dan lugar a su conñguracion cuya inobservancia debe arribar al operador judicial a declararle ask a (In de que los usuarios de las justicla puedan tener plena certeza de que sus providencias (decisiones) han sido preferidas con objetividad, imparcialidad y Jusllcla_ aduciendo además el Alto Tribunal que la aplicación de los mismos no solo son laxativos sino — -Ar …… … ca…… rie 'eu.5m:irii— r l i Tenerei¡tiez ;… m…gc coripaivcm p……… o are… (rn ;… conectes centro nel …… g…a t/c ……iigu—……i n .—,…i a a…… no a…… …… …… a rnH—rwrlo eri el W…… = "…— diagrsivadas,…… a…………se in…/… 0 …… …e… .… i… …… .—…i…ns erie'arlicul1) …; … c…… (le a……… … c…… i., » CONSEJODE |:srAco 5A[ADE LO cowz…osoADMiMSVRAHx/O sEccronSkGUNDA sussrcctoNe canse… Ponente SANDRA USSEY lEARR/t VELEZ Pagiiia& nesuzumn…rs ALBtRTOROPAlN Escoenn usmmnmo Nnciowiuineiimic… RADICADO 41Ml manuzznie com… PRoczso n v ¡DEL nsnzcno ASUNYO inni>zuinsuro DE JUECES asimismo restrictivas vale decir que fuera de estas no le es dable al Juez
abstenerse de emitir pronunciamiento. la anterior con el objeto de evitar la vulneración del derecho al acceso a la administración de juslicia, cnterio este, que setranscriben segmdarnenlepara mayorilustración los impedimentos como las rccusac¡ories son mecanismos ¡Wldl00$ dirigidos a geieniizai que las (185l5l0ll05 iuaicieies se adopten con sii¡ecioii a los prlllC/plºs de imparcialidad lndepcndsricray iianspeieneie que gabienian la labor ¡uniciai Pei tanta cuando se …eseiiia algtms sii…iuiiqL/E puededar/llgal a iiiia aeai5ioii palma/izada es decir que comprometa ci iocio Emelldlmle/im y aplicaciondel orden/lHM/CD a Un caso coliC/elo es necesario que ei operada! /lelclñl en iwma anticipada y con iundemenm eii las ceusaies nereimiiiadas laxativainente ¡mi ei Legislador exprese la! circunstancia como lo ordena el arli'culu 149 del Código de Procedirnierlio ClVl/ Así cada persona que acude a un Jllzgada 0 Tribunal puede reiiei la miirieiize plena de que las dez:i5iones adoptadasse profe/irán dentro del maigeii de DD/Cl/vidad imparcialidad y ¡iisricia que se demandan de los iiiuieies de la ruiicioii /Ull$dlcclºlla/ Pol lo a/7[enof si oi impedimentº eeiiipiende a tado im rni…nai la Sección dei
Cºnsejo de E&lado que conuce del tema relacionado con la malaria Db/elu de la conimversie io demana de plano y si lo encuentra runaeuo eiiwnig ei pmcesoal Tribunal de origen para ei sorteo de con…… qulelies aaeian:aran ni asuntº En caso ceniiani; regresara ei cxpe…enie al relerldc rnouiiai paia que miiiinu'e Sil lláml!e El amCl1/D 150 del codigo de Pmcedlm/ertlo Clvl/ elltl"lelíl las causalesde ier sacion que excusari ei fallador peia el CDnoclmlen[ode un determinado asuntu y con liindaiiieiiio en ias cuales debe declararse ei iiiipediinenro sobreviriienle sin embargo la taxatividad y orden restrictiva que ie confirió ei Legisladora Úl6'lds eeiiseies impiden qUe mera de ellas s…n5isie m0lrvo eigiinopara que ei¡uez se absleriga de cuinpiiilos deberas que la Ley ie esiqiia y a su vez eXigen que la meiwmón o los neones que ungman ei iiiiizeninieiiio se enmarquen con toda pieei5iendentru de alguna de ellas la cual obedece además a la especificidadcon la que se encuentran deiinides en la norma '5 Asimismo, la H Corte Constitucional se ha pronunciado en torno al tema, adoptandola misma postura decantada por el H Cºnsejo de Estado En efeclo, resulta pemnenle lraer a colación lo discurndo por la altísima
Corporación en sentencia C 811 de 2011 con ponencla del Magislrado LUIS ERNESTOVARGAS SILVA, enla cual se dlscurrió La ¡llrlspn/dencla colombiana ne destacada ei eeie'eiei excepcional de los impedimenlos y las recusacron55 y por ende el Caracfertaxalivo de las causalesen que se origina/l lo cual exige una ln!9lpre¡aclon restricliva de las mismas reeiiieeineiiie el iinpsdimerllo es una facultad excepcianal oimgada ei juez para “ Ver ¡… ¡te ha Seccion Segunda del n …se… de (si… de ie… tiiz5 iwi ne tebrero … znii ieaicaa= … el c'7n$eculiva Nu 25… 232: a:nznin4)0u5 aiiz:5nsai … florencia del CDri5e|ein VlCYOR new—woALVARADOARDlL/X Pagina 1 eee.… .… . uz…nnsure ALBERTO me…Eset:wa nemunsno mien'RAMA JUDVC1AL RADVCADD un…3333 uu) 2ois un…cd Pnoczso M Y R DE uguzcno A5uNTO meninmru DEJUECES declinarsu Competenciaen Ull asunto esiiecinco separándose de Su conocimienlo cuando considere que existen motivos fundadas para que su imparcialidad se encneriircsoriaineiite compromende sin emoerge con el rin de evitar que el impedimentose eonwcna en una forma de evadr/el e¡ercicio de la larea esencial den… y
en ring lirrriloeiori exceslva al derecho /iiiidarnenral al accesoa le admrnlsfracloli de iuslicie (Affl'nll/0 225 (:Pl ¡drispiudericie corncidcrile y consolidada de los organos de cierie de cada ¡iirisdiccion ria determinado que los impedrnicrilos lierien U" calacrer laxaiivo y que su iiilerpreleciori debe efectuarse de ¡orina r951flrlgldd Ahora blerl descendiendo al caso bajo estudlo se observa que la causal lnvocada por el Juez Sexto Administrativa del Clrcul(o de Santa Mana. y que abarca a los demás Jueces Admlnlstratlvos de este Circuito Judicial, es la prevista en el numeral 1 del articulo 141 del Estatuto General del Proceso, bajo la conslderaclón de que han presentadoreclamaclones en los mismos términos en que sefunda la demandasub me. Por su parle, es dable señalar que en lo que concierne al soneo de coninez, este procedimiento se encuentra previsto en el Acuerdo 209 de calenda 10 de diciembrede i997 del Consejo Superior dela Judicatura “Por mediodel cual se establecenlas reglas generalespara el funcionamiento de los TribunalesAdministrativos“ En efeclo, el articulo 30 del relerido acuerdo establece ART 39 Procesos de elecciori y sorteo posesierLa Sala Plena en el mes de d¡ciembre de cadaaño formara'1alistade con ueces en numero doble al de los magrstrsdos que
integran la colgarac¡ón los cua/es actL/arán cuando se dl5ml/wya la pluralidadminima prevista eri el articulo 54 de la Ley 270 de 1995 o para dirimir los e¡lluaies que so prescriferlen las salasen inateriade decrsrori¡nrisdiccioriai Esta ¡isla estara integrada por abogados vecrnos del lugar que rednari los requr5rfos para ser magistrados de le respeclive corporaclan Las servidores piiblicos no podrá/l ser designados coii¡iieces El sorteo de canjueces se hara pub/rcamenre en la seoreten'a El presidente rie la sala ¡) seccion en que el cori¡nez delia actuar lyará fechay horapara ral acto Elcon Mel gue resultesalteado tomara Qasesron ante el gre5ídeme de ¡a sala o sección dentro de los cinco días siguientes a aquel en que se le cnmuniguela designación ¡sinolo hiciere sera reemglazado ¡ » En este orden de ideas. y |erlrendo en consideración de quela norma precedentemente mencionada hace referencia a ( ) tener el juez. su cónyuge compañera permanente o alguna de sus parientes dentro de! cuarta grado de consangurnrdad o civil. o segundo de afinidad, mie/és Pagina Bde 5um…mms ALBERTO ……Escorm nsmnNnmo NA N ,RAMA…mCW RAD1CADO una 002 ;…mmm pnocssm wnostpznscm
ASUNTO rmpsurrrswuos…zczs drrecta ¿) /ndvecro en el proceso“… surge al rompe ra |nferencra de que habrendo promov|do los jueces admrnrslralrvos aecrones contencrosas de similares crrcunstancras factrcas es apenas tógrco rnfenr que tes asrste Interés rndrrecto en tas resuttas del proceso y por ello resulta pertrnente ta separacrón del conocimiento de la actuacion en aras de no contrarrar et pnncrpro de |mparclalldad inslto en materra |ud|clal en virtud de to cuat esta Corporacrón procederá a dectarar fundadas las manrlestacrones de |mped|mentos. y consecuentemente se ordenará rem|t|r et expediente a ta Presldencra de esta de Corporacrón a (rn de que se erectue la desrgnacrón de JuezAd-Hoc para er trám1tedel presente proceso En mérito de lo expuesto… el TRIBUNAL ADMINISTRATWVO DEL MAGDALENA en Sala Plena, RESUELVE PRIMERO: DECLÁRESElundado er rrnpedrrnento presentado por el Juez Sexto Adm|nistrativn de este Crrcurlo Judrcrat, asr como de todos los Jueces administrativºs det Circuito de Santa Marta, de contormrdad con los argumentos expuestos en la parle consrderatlva der presente proveído… aceptándoto SEGUNDO: Por conducto de la Pres|denc|a de esta Corporación reatr'cese el soneo de JuezAdrHoc de ta trsta expedrda por te Sala Plena del
Tribunal Administrativo del Magdalena. de conformrdadcon tus argumentos expuestosen ta parte considerativa del presente proveído Para tal efecto, se ORDENA que por conduclo de la Secretaria de esta Corporacrón se remrla e! proceso dela referencia alaPresidencra de este Trtbunat TERCERO: NOTIFÍQUESE por estado electrónico a los extremos procesatesde conformrdada to previstoen el artícqu 201 del C P A C A NOTIFÍQUESE vCÚMPLASE /¡ / W' / IA QUINONES TRIANA 2£s&%n%$íné(¿s%érí Áítos Magistrada 3/a…….f tº
¿'MARIBEL MEN OZA Jl EN 2
Magistrada Pngrnn ºda a