TA MAG - 47-001-3333-005-2015-00325-01-(07-12-2022)
Tribunal Administrativo del Magdalena
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Detalles
- Título
- TA MAG - 47-001-3333-005-2015-00325-01-(07-12-2022)
- Autor
- Tribunal Administrativo del Magdalena
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2022
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL MAGDALENA
DESPACHO 01
Magistrada ponente: MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA
Santa Marta D.T.C.H., siete (7) de diciembre de dos mil veintidós (2022)
Radicación número: 47-001-3333-005-2015-00325-01
Actor: Ángel de Dios Fernandez Gamero
Demandado: Departamento del Magdalena-Contraloría
General del Departamento del Magdalena
Medio de control: Reparación Directa Instancia: Segunda Tema: Remite por conocimiento previo
Una vez analizada la actuación sería del caso decidir sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra d e la sentencia de fecha 11 de marzo de 2022 , por medio del cual el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Santa Marta, negó las pretensiones de la demanda ; sin embargo, el Despacho encuentra pertinente remitir el asunto de la referencia al despacho 02 de esta Corporación, a cargo del H. Magistrado Adonay Ferrari Padilla, con fundamento en lo siguiente:
El proceso de la referencia inicialmente era conocido por el Despacho 02, a cargo del Magistrado Adonay Ferrari Padilla, quien mediante auto del 29 de octubre de 20151 declaró falta de competencia para conocer del asunto por factor cuantía, y ordenó su remisión a la Oficina Judicial para que fuera repartida entre los Juzgados Administrativos del Circuito de Santa Marta , correspondiendo así al Juzgado Quinto Administrativo de Santa Marta.
Así las cosas, atendiendo lo preceptuado en el numer al 3º del artículo 19
repartida entre los Juzgados Administrativos del Circuito de Santa Marta , correspondiendo así al Juzgado Quinto Administrativo de Santa Marta.
Así las cosas, atendiendo lo preceptuado en el numer al 3º del artículo 19 del Decreto 1265 de 1970 2, el cual dispone que “Cuando un negocio haya estado al conocimiento de la Sala se adjudicará en el reparto al Magistrado que lo sustanció anteriormente” , se ordenará la remisión inmediata del mismo al despacho 02 de esta Corporación, para adelantar el trámite que corresponda.
En mérito de lo expuesto, este Despacho DISPONE:
1 Ver págs. 115-116 PDF 01 carpeta de primera instancia del expediente digitsl 2 “Por medio del cual se expide el Estatuto Orgánico de la Administración de Justicia”.Radicación número: 47-001-3333-005-2015-00325-01
Actor: Ángel de Dios Fernandez Gamero
pág. 2
1º. Por secretaría, REMITIR de manera inmediata el expediente de la referencia al Despacho 02, cuyo titular es el H. Magistrado Adonay Ferrari Padilla, conforme las consideraciones expuestas en la presente providencia.
2º. Por Secretaría notifíquese la presente providencia por esta do electrónico, de conformidad con lo establecido en el artículo 201 del CPACA, modificado por el artículo 50 de la Ley 2080 de 2021.
3º. Incorporar esta providencia al expediente digitalizado organizado en OneDrive y en el sistema de información Justicia XXI Web – Tyba.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA
Magistrada
OneDrive y en el sistema de información Justicia XXI Web – Tyba.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARÍA VICTORIA QUIÑONES TRIANA
Magistrada
CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la fecha de su encabezado, a través del aplicativo SAMAI para Tribunales Administrativos, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el link
https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx
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