TA SANT - 68001-33-33-011-2018-00048-00-(05-03-2018)
Tribunal Administrativo de Santander
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Detalles
- Título
- TA SANT - 68001-33-33-011-2018-00048-00-(05-03-2018)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Santander
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
REFERENCIA: 2018-00048-00
MEDIO DE CONTROL: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
REPUBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ORALIDAD DE SANTANDER
Bucaramanga,
REFERENCIA:
MEDIO DE CONTROL:
DEMANDANTE:
DEMANDADO:
MARZO
CINCO (05)
DE DOS MIL DIECIOCHO
2018-00048-00
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO-impedlmentoJUAN FELIPE RINCON DUARTE
NACIÓN - RAMA JUDICIALCONSEJO SUPERIOR DE LA
JUDICATURADIRECCION EJECUTIVA DE ADMINISTRACION JUDICIAL Ha venido la actuación de la referencia para decidir sobre el impedimento manifestado por la Dra. Edilia Duarte Duarte en calidad de Juez Once Administrativo Oral del circuito Judicial De Bucaramanga en el cual resuelve no asumir el conociM'ertte doi^^kio '^'^o <feclaji|idosWffi^idfi Al respecio/#e C La Dra. Edilia Duarte Duarte, se declara impedida para adelantar el presente proceso con fundamentando en la causal prevista en el numeral 1° del artículo 141 del C.G.P., toda vez que en su calidad de Juez tiene la misma expectativa que el demandante, esto es, que se aplique el 30% de la prima especial de manera adicional al salario. Como se estima procedente el motivo invocado por la Dra. Edilia Duarte Duarte, en razón de las consideraciones expuestas, se aceptará el impedimento manifestado por la Juez Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y como quiera que se advierte que éste se extiende a los demás Jueces Administrativos, se
razón de las consideraciones expuestas, se aceptará el impedimento manifestado por la Juez Once Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga y como quiera que se advierte que éste se extiende a los demás Jueces Administrativos, se procederá a designar Conjuez para que asuma el conocimiento del presente Medio de Control de conformidad con el Art. 131 numeral 2 de la Ley 1437 de 2011. En virtud de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Santander, RESUELVE:REFERENCIA: 2018-00048-00
MEDIO DE CONTROL: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO PRIMERO: DECLARAR fundado el impedimento manifestado por la Dra. Edilia Duarte Duarte, Juez Once Administrativo del Circuito Judicial de Bucaramanga, el que comprende a todos los Jueces Administrativos. En consecuencia se les separa del conocimiento del proceso de la referencia.
SEGUNDO: FIJAR el día Veinte (20) de Marzo de dos mil dieciocho (2018), a los nueve de la mañana (9:30 a.m.) para que de la lista de Conjueces se hago el sorteo respectivo, de acuerdo con el Art. 115 del OPACA.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
EDRA